• sábado, 20 de abril de 2024
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SOCIEDAD

La justicia tumba el certificado Covid en residencias de Navarra por hacer mal la solicitud

El TSJN ni siquiera entra a valorar la proporcionalidad de la medida, ya que Derechos Sociales lo ha solicitado sin tener competencias. 

La residencia de ancianos de Amavir Betelu vacuna a sus residentes con la segunda dosis del coronavirus para conseguir la inmunidad al virus. MIGUEL OSÉS
La residencia de ancianos de Amavir Betelu vacuna a sus residentes con la segunda dosis del coronavirus para conseguir la inmunidad al virus. MIGUEL OSÉS

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha denegado autorizar la exigencia del certificado Covid para acceder a las residencias de mayores de Navarra por carecer de competencias para decretarlo la consejera de Derechos Sociales del Gobierno foral.

Los magistrados, que no entran en el fondo del asunto, es decir, en el análisis de la proporcionalidad de la medida y su posible afectación a derechos fundamentales, consideran que esta decisión sólo puede decretarse por parte de la consejera de Salud del Gobierno de Navarra.

Este auto puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo.

La consejera de Bienestar Social del Gobierno de Navarra, Mª Carmen Maeztu, había promulgado una Orden Foral con una serie de medidas de carácter restrictivo así como unas recomendaciones para las residencias de Navarra que afectaban a los residentes, así como a los profesionales, familiares y residentes. 

Entre esas medidas, aparecía la obligación de presentar un certificado emitido por el servicio público de Salud que acreditara que la personas que accedían al interior de la residencia ya había recibido la doble pauta de la vacuna, que hubiera dado negativo en una PCR efectuada con 72 horas de tiempo, que la persona se hubiera recuperado de la enfermedad en los últimos 6 meses o que no hubiera podido recibir la vacuna por algún motivo de salud. 

Según el TSJN, se trata de la adopción de medidas sanitarias restrictivas de derechos fundamentales, no de meras medidas organizativas en su ámbito, como, de forma apodíctica se afirma en el informe jurídico acompañado. 

De esta manera y por el momento, la Sala deniega la autorización/ratificación de las medidas contenidas en la Orden Foral 271/2021 por incompetencia de la Consejera Maeztu, autora de la misma.

Si el Gobierno de Navarra considera que son necesarias aplicar todas las restricciones en las residencias, tendrá que ser el departamento de Salud bajo un informe que lo acompañe el que haga de nuevo la solicitud a la justicia para poder aplicarlas. 


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