• viernes, 29 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

Condenado un colegio religioso a pagar 10.000 euros por no evitar un contacto sexual entre dos alumnos en clase

El juez considera al centro "responsable" al creer que la falta de personal fue lo que permitió que se produjeran los hechos.

Los hechos se produjeron en una de las aulas de necesidades especiales del centro en Madrid.
Los hechos se produjeron en una de las aulas de necesidades especiales del centro en Madrid.

El colegio Sagrado Corazón de Jesús, en Madrid, deberá pagar 10.000 euros en concepto de daños y perjuicios a la madre de una alumna por no evitar un contacto sexual con otro estudiante, ambos menores, en un aula de necesidad educativas especiales del centro.

Tras su conocimiento, la madre ejerció responsabilidades contra al centro al considerar que "la falta de diligencia del personal al servicio del centro educativo fue lo que permitió que se produjeran los hechos". 

Ahora, el juez de Primera Instancia número 68 de Madrid declara probado que los hechos se produjeron en fechas indeterminadas del curso 2014-2015 cuando la menor y uno de sus compañeros mantuvieron un contacto entre ellos en el aula donde ambos reciben clases de apoyo.

El juez destaca, además, que "la voluntariedad de los hechos por parte de los alumnos exigía su ejecución a hurtadillas del profesorado" y agrega que "atendiendo a la edad de los menores y sus circunstancias concretas que les hacían ser partícipes del aula especial exigía una mayor diligencia por parte de los profesores".

Por este motivo, el juez concluye que el centro es "responsable" de lo sucedido, "no habiendo quedado acreditado, en modo alguno, que se desplegara toda la diligencia debida para evitar que se produjera.

Contra esta resolución cabe interponer un recurso de apelación.


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Condenado un colegio religioso a pagar 10.000 euros por no evitar un contacto sexual entre dos alumnos en clase