• jueves, 28 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

Pamplona también deberá pagar los gastos judiciales por intentar colocar la bandera republicana en el consistorio

Un juez estima el recurso de la Abogacía del Estado que recurrió la medida de izar la enseña republicana el pasado 14 de abril. 

Joseba Asirón sobre una bandera de la República. PABLO LASAOSA
Joseba Asirón sobre una bandera de la República.

El juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Pamplona ha estimado el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado frente a la decisión del Ayuntamiento de Pamplona de colocar la bandera republicana en la fachada del consistorio con motivo del pasado 14 de abril. 

El Ayuntamiento que dirige Joseba Asirón (Bildu) tendrá que volver a pagar las costas de una nueva sentencia en su contra, tal y como ha ocurrido con muchas otras relacionadas también con la manipulación de los símbolos que rigen al consistorio pamplonés desde la llegada de Bildu y el cuatripartito al poder. 

La decisión de colocar una bandera no constitucional en la fachada municipal contó con el apoyo de Bildu, Geroa Bai-PNV, Aranzadi-Podemos, PSN e IE. Sólo UPN votó en contra de esta decisión en una decisión tomada el 10 de abril pasado. 

La sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala del TSJN, señala que el Ayuntamiento de Pamplona aprobó en su sesión del 10 de abril izar el día 14 la bandera tricolor de la República Española (II República). La Abogacía del Estado recurrió, al entender que se vulneraban los artículos que regulan el uso de la bandera de España, además del principio de neutralidad y objetividad que ha de regir a las administraciones públicas y con un uso incorrecto de los bienes públicos. 

La decisión de colocar la bandera republicana fue suspendida en primera instancia y de manera cautelar, por lo que la acción no pudo llevarse a cabo, al igual que ocurrió también en el Parlamento de Navarra, que trató también de efectuar un acto similar este mismo año. El Parlamento de Navarra que preside Ainhoa Aznárez (Podemos) también fue condenado a pagar las costas judiciales por el mismo motivo. 

El consistorio pamplonés alegó en su descarga la falta de legitimidad del Estado para el recurso, algo que el juez no ha aceptado, al entender que el Estado tiene "interés legítimo en que se respete por parta de las instituciones la legalidad vigente y los símbolos constitucionales".

En su argumentación para anular el acuerdo del Ayuntamiento de Pamplona de colocar la bandera republicana, el juez considera la ley que regula el uso de la bandera de España, que explica además qué otras enseñas pueden acompañarla en un edificio público, como son las banderas propias del municipio o de la comunidad autónoma. 

Además, indica el magistrado que los órganos jurisdiccionales de esta Comunidad Foral se han pronunciado ya "de manera reiterada sobre esta materia y lo han hecho en el único sentido posible, como es el de la estricta observancia de la legislación vigente".


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