• sábado, 20 de abril de 2024
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TERRORISMO

Estraburgo rechaza el recurso de tres etarras encarcelados en Francia que pedían el acercamiento a sus domicilios

Los terroristas habían alegado estar a más de 800 kilómetros del domicilio de sus familias y no haber tenido derecho a un recurso efectivo.

Imagen de uno de los comunicados de la banda terrorista ETA en vídeo. ARCHIVO
Imagen de uno de los comunicados de la banda terrorista ETA en vídeo. ARCHIVO

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado este jueves la demanda de tres etarras que estuvieron encarcelados en la prisión francesa de Lyon-Corbas, que habían alegado estar a más de 800 kilómetros del domicilio de sus familias y no haber tenido derecho a un recurso efectivo.

Los litigantes son el exjefe militar de ETA Alejandro Zobaran Arriola, Urko Labarca Larrea y Ione Lozano Miranda.

Zobaran se encuentra ahora internado en la prisión de Saint Martin de Ré, a poco más de 400 kilómetros del País Vasco español.

Los otros dos fueron entregados a España donde estaban reclamados por la Audiencia Nacional en 2016 y 2015, tras cumplir su condena en Francia, y se encuentran ahora en libertad, indicaron a Efe fuentes del gabinete de sus abogados.

Los tres habían sido detenidos en el norte y el centro de Francia en marzo de 2011. Tras pasar por centros penitenciarios de la región parisina, fueron transferidos a la cárcel de Lyon el 18 y el 21 de ese mismo mes. Fueron condenados a 8, 6 y 5 años, respectivamente.

VISITAS Y LLAMADAS TELEFÓNICAS

Los demandantes recurrieron a la corte europea en 2013 cuando estaban encarcelados en Lyon-Corbas de manera individual, pero todos han estado representados por la abogada de Bayona Xantiana Cachenaut. Los jueces europeos se pronunciaron sobre su caso.

Según el Gobierno francés, los reclusos recibieron mientras estuvieron detenidos en ese país entre 343 y 453 visitas, y entre 426 y 1.283 comunicaciones telefónicas.

El Tribunal de Estrasburgo, sin examinar el fondo de la demanda, señaló que, según los documentos aportados por el Gobierno y no impugnados por los demandantes, "se beneficiaron de numerosas visitas y conversaciones telefónicas con sus allegados".

"Nada demuestra -añadieron los jueces europeos- que los desplazamientos efectuados por los allegados hayan planteado problemas insuperables o muy difíciles de resolver".

Negaron que este caso sea comparable con otro contra Ucrania de dos internos (Vintman y Rodzevillo), internados en cárceles a miles de kilómetros de sus domicilios, y que ganaron su demanda. Vintman no había visto a su madre en 10 años y Rodzevillo sólo recibió 7 visitas en 8 años.

El Tribunal de Estrasburgo hizo notar que en la carta que los tres etarras enviaron al juez de instrucción en 2012 "no pidieron de manera clara estar más cerca de sus familias" y "podían haber solicitado una medida de acercamiento".

Por ello, la Sala Quinta consideró que las quejas de los demandantes "no son suficientes para que constituyan una injerencia en el derecho al respeto de su vida familiar" y están "manifiestamente mal fundadas".


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