Pamplona

Pamplona cambia las normas para bicicletas y patinetes: estas son las nuevas obligaciones y multas de 200 euros

Carril bici en la calle Irunlarrea, en el tramo comprendido entre las avenidas de Pío XII y Barañáin. PABLO LASAOSA
Los cambios afectan al casco, las luces, el seguro, el registro, la edad mínima y los lugares por los que pueden circular estos vehículos.

Moverse en bicicleta o patinete por Pamplona va a exigir prestar atención a nuevas obligaciones. Con la llegada de octubre entran en vigor cambios que afectan desde el casco y las luces hasta el seguro, el registro o los lugares por los que se puede circular.

La Policía Municipal de Pamplona realizará durante la primera semana de octubre una campaña informativa para explicar las novedades y las conductas que pueden ser denunciadas. Habrá un periodo inicial para informar a los usuarios, pero ya hay una fecha marcada en el calendario: a partir del 19 de octubre se denunciarán todas las acciones que contravengan la Ordenanza.

Multas de 200 euros por algunas infracciones

Entre las novedades con mayor repercusión para los usuarios están las sanciones relacionadas con el equipamiento. Las infracciones por no utilizar casco cuando sea obligatorio o por carecer del alumbrado o de las prendas reflectantes exigidas tendrán, con carácter general, la consideración de graves.

Estas conductas llevan aparejada una multa de 200 euros. Las nuevas reglas afectan tanto a las bicicletas como a los vehículos de movilidad personal (VMP), aunque las obligaciones concretas varían dependiendo del vehículo y de las circunstancias de circulación.

Por dónde pueden circular bicicletas y patinetes

Las bicicletas y los VMP podrán circular por carriles bici, calzadas, parques, paseos y calles residenciales. Tendrán que mantener una distancia mínima de dos metros respecto a las fachadas y de metro y medio respecto a los peatones.

En cambio, queda expresamente prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales. La excepción corresponde a los menores de 12 años que circulen en bicicleta.

Casco obligatorio y edad mínima para los patinetes

Los VMP están destinados al uso de una única persona y la edad mínima para conducirlos será de 15 años. Además, será obligatorio utilizar un casco homologado.

En el caso de las prendas reflectantes, serán obligatorias durante la noche o cuando existan condiciones de baja visibilidad para los usuarios particulares. Para los conductores profesionales y repartidores, serán obligatorias tanto en bicicletas como en VMP.

Luces, timbre, frenos, seguro y registro

En las bicicletas, el casco será obligatorio sin excepciones cuando se circule por vías interurbanas. También se mantiene la prohibición de circular bajo los efectos del alcohol o las drogas y de utilizar el teléfono móvil o auriculares durante la conducción.

El equipamiento de bicicletas y VMP deberá incorporar timbre, frenos y elementos reflectantes, además de una luz blanca delantera y otra roja trasera. En los vehículos de movilidad personal, las luces deberán permanecer siempre encendidas.

Los VMP deberán tener seguro obligatorio

Otra de las obligaciones afecta directamente a los patinetes y otros vehículos considerados VMP. Estos vehículos deberán estar inscritos en el registro de la Dirección General de Tráfico y contar con seguro obligatorio.

La velocidad tendrá que adaptarse al entorno. Los usuarios deberán extremar la prudencia y reducirla en cruces y pasos ciclistas. También tendrán que señalizar con el brazo los giros y otras maniobras.

Las bicicletas, preferentemente por el centro del carril

En las vías urbanas, las bicicletas deberán circular preferentemente por el centro del carril. Con esta posición se busca aumentar su visibilidad y reducir riesgos relacionados con la apertura de puertas de vehículos estacionados o los ángulos muertos.

Los vehículos de motor tendrán que guardar una distancia mínima de seguridad de cinco metros por detrás de las bicicletas. Las obligaciones también cambian cuando el adelantamiento se produce en carretera.

Nuevas condiciones para adelantar a los ciclistas

Para adelantar a una bicicleta en carretera será obligatorio reducir la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite establecido en la vía.

Además, en las carreteras con más de un carril por sentido, el vehículo deberá ocupar completamente el carril contiguo durante el adelantamiento. Las nuevas medidas pretenden reforzar así la protección de ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal, considerados usuarios vulnerables de la vía.

Puedo ajustar el enfoque todavía más hacia Discover si quieres priorizar en el titular la multa de 200 euros, el seguro obligatorio de los patinetes o la prohibición de circular por las aceras.