Tribunales

Un marroquí le salta un diente a un hombre en un pueblo de Navarra tras una discusión por una deuda

Una imagen del centro de salud de Cadreita.
El acusado se enfrenta también a una orden de alejamiento y a pagar el tratamiento para reponer el diente que le arrancó a la víctima.

La Audiencia Provincial de Navarra acoge esta semana el juicio contra un hombre de nacionalidad marroquí para quien la Fiscalía de Navarra solicita una pena de 4 años de prisión por un altercado violento ocurrido en la localidad de Cadreita.

El Ministerio Público pide, además, que la pena de cárcel sea sustituida íntegramente por la expulsión del territorio nacional del encausado, quien no podrá regresar a España durante un periodo de diez años. 

Los hechos por los que este hombre se sentarán en el banquillo de los acusados se remontan al mediodía del 6 de noviembre de 2024. Según detalla el escrito de acusación del fiscal, el procesado se encontraba en una plaza pública de la citada localidad navarra cuando coincidió con la víctima.

Al parecer, ambos mantenían un conflicto previo por motivos económicos, lo que desencadenó una fuerte discusión en el lugar. En el transcurso de la disputa, el acusado, con la clara intención de menoscabar la integridad física del otro hombre, le propinó un fuerte puñetazo en el rostro. 

El impacto causó lesiones de gravedad al agredido, quien sufrió la pérdida completa de un incisivo (la pieza dentaria número 11). Además, el parte médico constató una herida en el cuarto dedo de la mano derecha que requirió puntos de sutura, una erosión en el codo derecho y diversas erosiones en las articulaciones de las manos.

Estas dolencias precisaron de un tratamiento médico-odontológico especializado para su sanidad y tardaron un total de 30 días en curar. Durante ese mes de recuperación, el perjudicado padeció un perjuicio personal calificado de moderado y, como secuela permanente, arrastra la pérdida de la mencionada pieza dental. 

Por todo ello, la Fiscalía califica los hechos como constitutivos de un delito de lesiones. Al no concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal —es decir, sin factores atenuantes ni agravantes—, la acusación pública demanda para el implicado, además de la pena de cárcel y la posterior expulsión, la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo (la imposibilidad de ser votado en unas elecciones) durante el tiempo que dure la condena, así como el abono de las costas del proceso judicial. 

Finalmente, en el ámbito de la protección y la responsabilidad civil (la obligación legal de reparar económicamente los daños causados), el fiscal solicita que se imponga al acusado la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, de su domicilio o de su lugar de trabajo por un periodo de tres años.

En concepto de indemnización, se reclama que el agresor pague al perjudicado la cantidad de 4.250 euros por los días de curación y las secuelas, una suma a la que deberá añadirse el coste íntegro del tratamiento odontológico necesario para la reposición del diente, incrementado con los correspondientes intereses legales.