De la Gamazada a Montoro

Vista del monumento a los Fueros. PABLO LASAOSA
En 1893 Navarra se levantó contra Gamazo para defender su autonomía fiscal. Más de un siglo después, Montoro la elogió en el Congreso con una enmienda que aún resuena.

“Aquí, en esta mesa, con la mano puesta en los Santos Evangelios y la vista puesta en la imagen del Crucificado, juramos todos defender en su pureza nuestros sacrosantos Fueros y no habrá poder en la tierra que nos haga faltar a nuestro juramento; estamos dispuestos a todo, a todo… ¡hasta el sacrificio de nuestra propia vida si fuera necesario!”. Estas dramáticas palabras fueron pronunciadas en el Palacio de Navarra por el vicepresidente de la Diputación Foral Ramón Eseverri, con motivo de la primera gran manifestación celebrada en Pamplona el 23 de mayo de 1893 para protestar porque un ministro de Hacienda, llamado Germán Gamazo, estaba empeñado en suprimir la autonomía tributaria de Navarra. En aquella ocasión la fuerza no hizo el derecho y, diez años después, el pueblo navarro pudo proclamar su victoria frente a las pretensiones de Gamazo y erigió por suscripción popular el monumento a los Fueros situado en el Paseo de Sarasate.

Pero a partir de entonces no todo fue un camino de rosas. Durante la II República se produjo un gravísimo contrafuero. Presidía el Gobierno en 1932 Manuel Azaña, al pretender que la contribución de la renta de las personas físicas recién aprobada sería recaudada en Navarra por la Hacienda del Estado. Las leyes de la memoria histórica se empeñan en elevar a los altares como el mejor estadista español del siglo XX a un personaje ególatra cuyas decisiones más contribuyeron al desenlace cainita de la guerra civil de 1936. La Comisión Gestora de la Diputación de Navarra se opuso radicalmente invocando el carácter paccionado de la Ley de 1841. Y dio un paso más. En 1933 se dictaron las normas de establecimiento y recaudación por la Hacienda Foral.

Se produjo un tira y afloja entre ambas partes, hasta que Manuel Azaña, presidente del Gobierno por segunda vez, ordenó a la Hacienda estatal que tomara las medidas necesarias para la aplicación del impuesto estatal en Navarra. El 17 de julio de 1936, una orden del ministerio de Hacienda daba a la delegación de Hacienda del Estado las instrucciones precisas para dar cumplimiento a la orden. El 20 de julio se publicó la orden ministerial en el Boletín Oficial de Navarra. Pero el 29 de julio, tras adherirse al movimiento cívico-militar dirigido por el general Mola, se zanjó el contrafuero. Se anuló la orden y se dispuso que los contribuyentes navarros presentaran a la Hacienda foral las correspondientes declaraciones.

Hay que decir que la Constitución de la II República no incluía ningún precepto de salvaguarda del régimen foral, cuyo futuro estaba en entredicho. En 1927 se había aprobado el primer Convenio Económico. Por parte del Estado, firmó José Calvo Sotelo, ministro de Hacienda, y de la Diputación, que calificó el acuerdo de “obra de titanes”. En su libro Mis servicios al Estado: “Duras y profundas fueron mis contiendas con ellos [los comisionados navarros]… pero he de reconocer sus altas cualidades de rectitud y competencia…; he de confesar que su intransigencia fue mucho mayor en cuestiones de principio que en las de cifrado”.

De 1927 nos trasladamos a 1975, momento en que se inicia la Transición a la democracia, tras la muerte del general Franco. Aunque durante el franquismo se firmaron los Convenios de 1941 y 1969, este último de gran trascendencia por ser el primero en abordar con profundidad la armonización entre el régimen fiscal del Estado y el navarro, lo cierto es que un gran número de los principales hacendistas de España consideraba que los Convenios Económicos podían modificarse o derogarse mediante una ley ordinaria de las Cortes. Los representantes navarros de UCD, liderado por el presidente del Gobierno Adolfo Suárez, tuvimos que hacer una importante labor de catequesis para ilustrar sobre el carácter paccionado del régimen foral. La primera prueba de fuego se produjo tras la aprobación unánime y emocionante de la Ley de Amnistía que ponía fin a las dos Españas.

La siguiente ley la promovió el ministro de Hacienda, Francisco Fernández Ordóñez. El destino me situó en la comisión de trabajo que asesoró al ministro para la redacción del proyecto de Ley de Reformas Urgentes en materia fiscal. Conocí a Fernández Ordóñez cuando él desempeñaba el cargo de secretario general técnico de Hacienda en 1972 y yo desempeñaba idéntica función en la Diputación Foral. Nos hicimos amigos y, cuando se dio el pistoletazo de salida para la creación de partidos políticos, un grupo de quijotes de la política creamos el Partido Social Demócrata Foral de Navarra y nos incorporamos a la Federación de Partidos Social Demócratas, que presidía Ordóñez.

Cuando la comisión de asesores terminamos la elaboración del proyecto de ley, manifesté al ministro que faltaba un precepto de salvaguarda del Convenio Económico de Navarra a la hora de aplicar las Medidas Urgentes. Me pidió que la redactara y le presenté la siguiente fórmula: “Disposición transitoria segunda. Para la aplicación de los impuestos de la presente Ley en Navarra se estará a lo dispuesto en el vigente Convenio Económico respecto a la armonización de los regímenes fiscales común y foral”. Le gustó, pero me puso como condición que obtuviera la conformidad del PSOE. De nuevo el destino me fue favorable. Se da la circunstancia de que el portavoz socialista en la comisión de Hacienda era el diputado por León Baldomero Lozano, con quien mantenía gran amistad forjada durante mi etapa como funcionario foral y él se ocupaba de la asesoría fiscal de la Papelera Sarrió de Leiza.

Lo localicé en el Salón de Pasos Perdidos del Congreso y le mostré la propuesta. En unos segundos que me parecieron una eternidad, Lozano me dio su conformidad y la firmó sin vacilar. Regresé al ministerio y Fernández Ordóñez ordenó su inclusión en el proyecto de Ley de Medidas Urgentes de Reforma fiscal (Ley 50/1977, de 14 de noviembre).

Otro paso gigantesco lo dimos, después de la aprobación de la Constitución, en el debate en el Senado de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA). Actué en comandita con el senador Gabriel Sarasa, que defendió una enmienda a la referida ley con el siguiente texto: “En virtud de su régimen foral, la actividad financiera y tributaria de Navarra se regulará por el sistema tradicional del Convenio Económico. En el mismo se determinarán las aportaciones de Navarra a las cargas generales del Estado, así como los criterios de armonización de su régimen tributario con el régimen general del Estado”. Hay que tener presente que Navarra no era una Comunidad Foral, pues el Amejoramiento del Fuero se promulgó en 1984. Tuvimos la fortuna de que el ministro de Hacienda fuera el navarro Jaime García Añoveros, uno de los hacendistas con mayor prestigio.

En 1990 se aprobó el primer gran Convenio Económico de la democracia. Las negociaciones tuvieron como interlocutor a José Borrell, secretario de Estado de Hacienda. Otro navarro, Carlos Solchaga, era ministro de Hacienda. La comisión negociadora de la Comunidad Foral estuvo presidida por José Antonio Asiáin, vicepresidente del Gobierno y consejero de Presidencia, en el gabinete de Gabriel Urralburu. Tuve el honor de formar parte de la comisión negociadora en representación del Partido Popular.

Y ahora damos un salto hasta 2015, en que se aprobó una modificación del Convenio Económico de 1990. Todos los grupos habían presentado enmiendas, cuyo texto no compartía el Partido Popular de Navarra. El 13 de abril de 2015 escribí una carta al ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, enviándole la enmienda que había presentado el PPE al Grupo Popular. Solicitaba su aprobación. La petición fue aceptada y, en el debate celebrado el 16 de abril, el PP presentó una enmienda transaccional, con el visto bueno del ministro, que fue aprobada por el Congreso. Decía así:

“Al amparo de lo que establece la Disposición adicional primera de la Constitución, en virtud de su régimen foral, la actividad financiera y tributaria de Navarra se regulará por el sistema tradicional del Convenio Económico, y, en particular, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del régimen foral de Navarra.
En el mismo se determinarán las aportaciones de Navarra a las cargas generales del Estado, así como los criterios de armonización de su régimen tributario con el régimen general del Estado”.

En defensa de la enmienda, Cristóbal Montoro pronunció un discurso que fue una auténtica elegía de nuestra autonomía tributaria. No conozco un ministro de Hacienda que se hubiera pronunciado de semejante forma. Ahí está el Diario de Sesiones como prueba perenne. Hoy Cristóbal Montoro está en entredicho. La Justicia tendrá la última palabra. Al menos en 2015 se comportó como un ministro de Hacienda cumplidor de su deber.