POLÍTICA

Chivite convierte Navarra en una oficina de regularización masiva: la FNMC moviliza a los ayuntamientos

El presidente de la FNMC, Xabier Alcuaz, con la presidenta Chivite. GOBIERNO DE NAVARRA
Una circular de la FNMC orienta a los ayuntamientos sobre la documentación que puede servir para acreditar arraigo, vulnerabilidad o permanencia en España.

Apenas quince días después de que el Gobierno de Pedro Sánchez publicara el Real Decreto 316/2026, que abre una de las mayores vías extraordinarias de regularización de inmigrantes en situación irregular de los últimos años, el Gobierno de María Chivite ha activado en Navarra una estructura institucional de apoyo al proceso. Y lo ha hecho, de nuevo, a través de la Federación Navarra de Municipios y Concejos (FNMC), el organismo que agrupa a los ayuntamientos y concejos de la comunidad foral.

El pasado 23 de abril, la FNMC envió a todas las entidades locales una circular informativa interna —firmada y distribuida oficialmente— que no se limita a trasladar la existencia del nuevo decreto. El documento homogeniza criterios, orienta a los ayuntamientos y detalla qué documentación municipal puede servir para acreditar requisitos clave en los expedientes de arraigo extraordinario. En la práctica, sitúa a los consistorios navarros en una posición relevante dentro del engranaje administrativo que puede facilitar la regularización de miles de personas en situación irregular.

La circular, a la que ha tenido acceso este medio, llega acompañada del propio Real Decreto, del modelo oficial de certificado de vulnerabilidad y de los puntos de información habilitados por el Gobierno de Navarra. El mensaje institucional es inequívoco: los ayuntamientos navarros deben conocer el procedimiento, preparar la documentación que pueda solicitarse y colaborar en la acreditación de circunstancias como el empadronamiento, la convivencia, la estancia previa o la vulnerabilidad social.

Este nuevo paso no surge de la nada. Es la continuación del protocolo de empadronamiento de personas en situación de vulnerabilidad que la propia FNMC aprobó en noviembre de 2024 con el respaldo del Ejecutivo foral. Aquel protocolo ya contemplaba la posibilidad de empadronar a personas sin domicilio fijo o con dificultades para acreditar residencia en direcciones municipales, recursos sociales u otros domicilios de referencia. Es decir, permitía utilizar fórmulas de domicilio ficticio o social para que determinadas personas pudieran figurar en el padrón.

Ese mecanismo, presentado oficialmente como una garantía de acceso a derechos básicos, abre ahora una derivada política y administrativa de enorme calado. Con el Real Decreto 316/2026 en vigor, el empadronamiento, los certificados de convivencia y los documentos emitidos por servicios sociales pueden convertirse en piezas relevantes para acreditar permanencia en España y facilitar el acceso a una autorización de residencia por arraigo extraordinario.

La circular que allana el camino: basta con uno de los tres supuestos específicos

La circular de la FNMC resulta especialmente significativa por la forma en la que explica la vía del arraigo extraordinario. Tras describir las dos vías de regularización previstas en el decreto, se detiene en la destinada a extranjeros en situación administrativa irregular que no hayan solicitado protección internacional.

El aspecto más relevante es que, además de cumplir los requisitos generales previstos en la normativa, el solicitante solo debe acreditar uno de los tres supuestos específicos establecidos para esta vía. No hace falta demostrar los tres. Ni siquiera dos. Basta con uno.

Según el documento, ese supuesto puede ser haber trabajado en España por cuenta ajena o propia, o presentar una oferta de trabajo o una declaración responsable de intención de trabajar; permanecer junto con la unidad familiar; o encontrarse en situación de vulnerabilidad, circunstancia que debe acreditarse mediante el correspondiente certificado.

La propia circular insiste en que quienes cumplan cualquiera de las dos primeras condiciones específicas no tienen que presentar certificado de vulnerabilidad. El efecto práctico es evidente: para quienes no puedan acreditar trabajo previo, oferta laboral o unidad familiar, la vía de la vulnerabilidad social se convierte en una puerta especialmente relevante dentro del procedimiento.

El modelo oficial de certificado adjunto a la circular maneja conceptos muy amplios. Incluye aislamiento social, sinhogarismo o vivienda precaria, carencia de ingresos, pobreza o riesgo de exclusión económica, dificultad de acceso al empleo, personas a cargo, riesgos psicosociales o exposición a situaciones de explotación. Son situaciones graves y reales, pero también categorías suficientemente extensas como para abarcar perfiles muy diversos de personas atendidas por recursos sociales.

La FNMC señala además que las personas interesadas pueden solicitar a las entidades locales documentación útil para acreditar su permanencia en España antes del 1 de enero de 2026. Entre esos documentos figuran certificados de empadronamiento, certificados de convivencia, historiales de citas en servicios sociales, informes sobre el uso de bancos de alimentos u otra documentación municipal que pueda acreditar una relación previa con los servicios públicos.

En la práctica, la circular sitúa a los consistorios navarros como una red documental de apoyo al proceso. Aunque recuerda formalmente que los ayuntamientos no actuarán como registro ni como oficina receptora de solicitudes, sí les asigna un papel clave: emitir o facilitar documentos que después podrán incorporarse a expedientes tramitados por las vías previstas por el Estado.

Entidades colaboradoras subvencionadas: el circuito institucional de la vulnerabilidad

Para cerrar el círculo, el Gobierno de María Chivite ha anunciado una convocatoria extraordinaria de subvenciones por 150.000 euros dirigida a entidades y sindicatos inscritos como colaboradores en el proceso. Entre ellas figuran Elkarri Laguntza-Apoyo Mutuo, Itxaropen Gune, Posthac, SARE, CEAR, Rumiñahui, CCOO Navarra, Fundación Koine Aequalitas, UGT Navarra, Fénix y Garaian Sociedad Cooperativa.

Estas organizaciones adquieren un papel determinante en el nuevo escenario. No solo pueden informar y acompañar a los solicitantes, sino que también forman parte del circuito previsto para acreditar situaciones de vulnerabilidad en el marco del procedimiento extraordinario. Es decir, entidades financiadas con fondos públicos pasan a desempeñar una función sensible en una vía que puede acabar facilitando la obtención de una autorización de residencia.

Desde una perspectiva política, el sistema plantea una pregunta incómoda: ¿hasta qué punto resulta razonable que el Gobierno de Navarra financie a entidades colaboradoras que participan en la orientación, acompañamiento y acreditación de circunstancias utilizadas en procesos de regularización extraordinaria?

Desde el punto de vista legal, el mecanismo se ampara formalmente en el Real Decreto estatal y en la normativa de extranjería. Pero la cuestión política de fondo es evidente: ¿debe una federación de entidades locales, financiada con fondos públicos, dedicar sus esfuerzos a homogeneizar y facilitar al máximo la documentación necesaria para una vía extraordinaria de regularización masiva? ¿Dónde queda el control efectivo de la residencia habitual si el padrón ya admite fórmulas de domicilio social y los certificados de vulnerabilidad se basan en categorías tan amplias?

De los domicilios sociales al arraigo extraordinario

El protocolo de empadronamiento de noviembre de 2024 y la circular de abril de 2026 forman una secuencia administrativa con consecuencias claras. Primero se habilitan fórmulas para empadronar a personas vulnerables sin domicilio ordinario. Después, ese empadronamiento y la documentación municipal asociada pueden servir como elementos de prueba en expedientes de arraigo extraordinario.

No se trata de un procedimiento automático, porque la autorización final corresponde a la Administración competente y exige cumplir otros requisitos. Pero sí se configura una vía especialmente favorable, respaldada por una red institucional de información, orientación, certificados y documentos municipales que facilita el acceso al proceso.

El resultado es un itinerario administrativo mucho más despejado desde la situación irregular hasta la posibilidad de obtener residencia legal, acceso pleno a prestaciones, tarjeta sanitaria, escolarización de menores y otros derechos asociados a la documentación. Todo ello con los ayuntamientos, los servicios sociales y las entidades colaboradoras como piezas relevantes del procedimiento.

Así, Navarra no es un simple observador pasivo del proceso de regularización extraordinaria impulsado por Pedro Sánchez. A través del Gobierno foral, la FNMC, los ayuntamientos y las entidades colaboradoras subvencionadas, la comunidad se ha situado como un actor activo en la puesta en marcha de esta vía. Los navarros, que financian con sus impuestos tanto los recursos públicos como las ayudas a las organizaciones participantes, tienen derecho a conocer el alcance real de este engranaje administrativo.

La circular concluye recomendando consultar siempre fuentes oficiales. Y precisamente esas fuentes oficiales permiten constatar los elementos esenciales del proceso: el Real Decreto, el modelo de certificado de vulnerabilidad, la lista de entidades colaboradoras, las subvenciones públicas y el papel documental de las entidades locales. La lectura política es inevitable: bajo un lenguaje administrativo neutro, Navarra ha activado una estructura institucional que facilita una regularización extraordinaria de gran alcance.