SUCESOS

Prisión para los magrebíes detenidos por una agresión sexual en Pamplona: uno se enfrenta a penas de más de 25 años

Fachada del Palacio de Justicia de Pamplona. EDUARDO SANZ - EUROPA PRESS
La jueza aprecia riesgo de fuga y graves indicios contra los investigados, con posibles penas superiores a 25 años para uno y 12 para el otro.

La jueza de Pamplona ha decretado este domingo el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza de los dos hombres de origen magrebí detenidos por la presunta agresión sexual a una mujer en Aranzadi. Las penas por los delitos que se investigan podrían superar los 25 años de prisión para uno de ellos y los 12 años para el segundo.

La titular de la plaza número 3 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Pamplona ha adoptado la medida después de analizar la denuncia de la víctima, una mujer de 24 años, el informe médico forense y los indicios recabados durante la investigación. Los hechos denunciados se habrían producido en varias ocasiones en tiendas de campaña instaladas en la Vuelta de Aranzadi, en Pamplona.

La magistrada aprecia indicios suficientes para atribuir al primer detenido un delito continuado de agresión sexual, un delito de prostitución coactiva, dos delitos de lesiones menos graves con instrumento peligroso y un delito leve continuado de hurto. Las penas correspondientes podrían superar conjuntamente los 25 años de cárcel.

En cuanto al segundo detenido, el auto aprecia indicios de un delito de agresión sexual, con penas que podrían superar los 12 años de prisión.

La investigación parte de la denuncia presentada por la víctima. La joven ha relatado que el 30 de septiembre, dentro de la tienda de campaña en la que residía el primero de los detenidos en la Vuelta de Aranzadi, este la amenazó y la agredió con un cuchillo, causándole cortes en el gemelo izquierdo.

Tras lo ocurrido, la mujer se refugió en otra tienda de campaña cercana, en la que residía el segundo arrestado, y se quedó dormida. Según su relato, se despertó posteriormente con un fuerte dolor y se percató de que el primer acusado la estaba agrediendo sexualmente.

La denunciante ha explicado que, debido al impacto emocional y al miedo, permaneció en el interior de la tienda hasta la mañana siguiente, cuando regresó el segundo acusado.

Ese mismo día, según consta en el auto, el primer investigado volvió a agredirla al lanzarle un vaso de cristal, que le impactó en la frente. Posteriormente, el 2 de octubre, se habría tumbado encima de ella e intentado besarla y abrazarla.

Fue entonces cuando la mujer consiguió salir corriendo de la tienda y pidió auxilio a un viandante. Esta persona alertó a la Policía y los agentes localizaron a la víctima en un estado de shock emocional.

La joven también ha relatado otros episodios que supuestamente se habían producido durante los días anteriores. Según su denuncia, el primero de los detenidos le habría sustraído su medicación y administrado otras sustancias con el objetivo de dejarla aturdida.

El acusado habría aprovechado ese estado para agredirla sexualmente en varias ocasiones y habría permitido que otros hombres realizaran actos sexuales con ella. La víctima ha asegurado que se encontraba bajo los efectos de las sustancias suministradas y era incapaz de hablar o manifestar su oposición.

Durante el registro de las dos tiendas de campaña de Aranzadi en las que supuestamente ocurrieron los hechos, los investigadores han recogido diferentes evidencias. Entre ellas figura un pantalón con una mancha de sangre, además de medicamentos y un cuchillo.

Los dos detenidos han dado su consentimiento para la extracción de muestras de ADN. Estas podrán compararse con los vestigios encontrados durante la investigación y con las muestras obtenidas de la víctima durante la exploración médico-forense.

La magistrada ha señalado que la declaración prestada por la perjudicada en dependencias policiales “reviste a priori los requisitos de veracidad y credibilidad”. Añade que debe valorarse teniendo en cuenta el estado de afectación emocional en el que se encontraba cuando presentó la denuncia.

Sin perjuicio de las diligencias que todavía deben practicarse durante la instrucción, la jueza considera que los hechos denunciados están actualmente “suficientemente acreditados de forma indiciaria”. Entre los elementos considerados figura el informe forense, que acredita lesiones compatibles con el relato ofrecido por la víctima.

La gravedad de los delitos investigados y las elevadas penas que podrían imponerse han llevado a la magistrada a acordar la prisión provisional sin fianza para los dos investigados. El auto señala expresamente el riesgo de fuga como uno de los motivos para adoptar esta medida.

La resolución recoge además que ambos detenidos carecen de arraigo suficiente en España, no tienen domicilio conocido, residen en tiendas de campaña y no tienen trabajo. En el caso del primer investigado, la jueza señala además que se encuentra en situación irregular.

La magistrada también ha considerado necesaria la prisión para proteger a la víctima y evitar nuevas actuaciones contra su integridad física, sexual o incluso contra su vida. Para ello ha tenido en cuenta la reiteración de los hechos descrita por la perjudicada y los ataques sexuales que, según su denuncia, habrían sido cometidos tanto por los investigados como por terceras personas.

La víctima había solicitado una orden de protección, pero la jueza ha decidido no adoptarla en este momento debido a que los dos investigados han ingresado en prisión provisional por esta causa.

Contra el auto se puede presentar un recurso de reforma en tres días y/o un recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.