Pamplona lanza ayudas para familias con hijos y personas con discapacidad: así puedes solicitarlas
La convocatoria del Ayuntamiento de Pamplona estará abierta todo el año y cubre guarderías, atención en domicilio y servicios comunitarios según ingresos y patrimonio.
Las ayudas de conciliación de Pamplona ya se han puesto en marcha para apoyar a las familias con menores de hasta 12 años a su cargo, o hasta 16 años si presentan discapacidad. La convocatoria del Ayuntamiento de Pamplona también incluye a las familias con miembros con una discapacidad igual o superior al 33%, con independencia de su edad.
El Área de Acción Social ha abierto estas subvenciones para cubrir situaciones de conciliación de la vida laboral, social y familiar durante todo 2026. Las bases pueden consultarse en el Boletín Oficial de Navarra número 58, publicado el 23 de marzo, y también en la Sede Electrónica municipal.
La convocatoria cuenta con una partida de 25.000 euros y las ayudas se conceden por orden de presentación de las solicitudes que cumplan los requisitos. La cuantía se fija según los ingresos y el patrimonio familiar, distribuidos en distintos tramos que determinan el porcentaje de subvención.
El límite de ingresos de la unidad familiar se ha establecido en 24.000 euros cuando solo trabaja una persona y en 32.252 euros cuando trabajan dos miembros. Además, el porcentaje subvencionado se aplica sobre el coste del servicio o sobre la cuantía máxima subvencionable.
Las solicitudes pueden presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, en la calle Mayor número 2, planta baja del Palacio del Condestable. También pueden tramitarse en los registros auxiliares o en cualquiera de los lugares previstos por la Ley 39/2015, y el plazo permanece abierto durante todo el año desde su publicación en el BON.
Estas ayudas tienen en cuenta distintos supuestos que afectan a la conciliación familiar en Pamplona. Entre ellos figuran la falta de plazas en la red de Escuelas Infantiles públicas, la atención en el domicilio, la necesidad de apoyo en desplazamientos a centros escolares u otros recursos y el uso de servicios de atención matutina o vespertina.
También se contempla el caso de menores con discapacidad cuando existe incompatibilidad entre los horarios escolares y los horarios laborales o de actividades socioformativas de sus responsables. En ese marco, se consideran gastos subvencionables el pago de centros de educación infantil, la atención en el domicilio y los servicios comunitarios de cuidado en horario de mañana o tarde.
Para acceder a estas ayudas es necesario tener empadronamiento y vecindad efectiva en Pamplona con una antigüedad mínima de seis meses, además de mantener esa residencia mientras se perciba la subvención. Las personas solicitantes deben ser madres, padres o tutores legales de menores de hasta 12 años, de hasta 16 si tienen discapacidad, o de mayores de 16 con una discapacidad igual o superior al 33%.
Además, deben carecer de medios económicos por encima de los límites fijados, no contar con apoyo familiar suficiente para afrontar la situación y presentar la documentación que requieran los servicios sociales municipales. En el caso de las ayudas para guarderías privadas, las familias deberán haber solicitado plaza previamente en una Escuela Infantil Pública dentro del plazo anual correspondiente.
Quedarán fuera de la convocatoria las familias cuyo patrimonio supere los 7.000 euros en capital mobiliario o los 20.000 euros en capital inmobiliario. En ese cálculo no se incluye la vivienda habitual, sus anexos, el ajuar doméstico ni el vehículo de transporte habitual, todo ello con un límite de trescientos mil euros.
Las personas beneficiarias también deberán acreditar que realizan una actividad por cuenta propia o ajena que les impide atender al menor, o bien que participan en programas de formación para acceder a un empleo o en itinerarios de incorporación social. Las situaciones excepcionales, como los menores en desprotección o la coincidencia en una misma persona de tareas de cuidado de un adulto dependiente y de un menor sin posibilidad de compartirlas, deberán justificarse mediante informe técnico.