La fiscalía no ve delito en las mentiras de Santos Cerdán en la comisión de investigación del Senado
El Ministerio Público rechaza la querella de Hazte Oír al no apreciar alteraciones sustanciales de la verdad en su declaración.
La Fiscalía ha rechazado que el exdirigente socialista Santos Cerdán incurriera en falso testimonio durante su comparecencia en la comisión Koldo del Senado en 2024, al considerar que este delito solo se produciría si hubiera “alteraciones sustanciales de la verdad” sobre hechos determinantes y no por “meras reticencias o inexactitudes”.
El Ministerio Público critica que se pretenda imponer “un deber penal de veracidad sin parangón” en el marco constitucional o legal, y subraya que aplicar el delito de falso testimonio en este caso “atentaría contra el principio de intervención mínima del derecho penal”. Así lo expone en el informe en el que se oponía a la admisión de la querella presentada por la organización Hazte Oír, que acusaba al exsecretario de Organización del PSOE de haber mentido ante la comisión parlamentaria.
Pese al criterio de la Fiscalía, el Juzgado de Instrucción número 24 de Madrid decidió admitir a trámite la querella, al apreciar indicios de una “desviación clara entre lo declarado y la realidad material de los hechos”. La magistrada sostiene que Cerdán “habría faltado sustancialmente a la verdad” durante su comparecencia del 30 de abril de 2024, un año antes de renunciar a su escaño en el Congreso tras verse implicado en una presunta trama de mordidas por adjudicaciones de obra pública que le mantiene en prisión preventiva por orden del Tribunal Supremo.
En su informe, la fiscal argumenta que las declaraciones de Cerdán carecen de relevancia penal, ya que decir que solo vio al exasesor ministerial Koldo García en dos ocasiones o que nunca conoció al presunto comisionista Víctor de Aldama “no es faltar a la verdad”, puesto que se trata de “una construcción valorativa de los hechos” y no de una alteración objetiva.
Además, la representante del Ministerio Público añade que las manifestaciones de Cerdán no tienen trascendencia jurídica para el objeto de la comisión, que era analizar la contratación pública de productos sanitarios durante la pandemia. En consecuencia, concluye que no existen indicios de falso testimonio, recordando que el propio Cerdán ya está siendo investigado penalmente en otro procedimiento y apoyándose en un precedente del Tribunal Supremo que rechazó una querella similar contra la exdirigente popular Alicia Sánchez Camacho por su testimonio en una comisión parlamentaria sobre el caso Pujol y la Operación Cataluña.
La jueza que ha admitido la querella hace referencia a un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, pieza clave en la imputación judicial de Cerdán dentro de la investigación que dirige el magistrado Leopoldo Puente, del Tribunal Supremo. Este procedimiento se centra en una presunta trama de comisiones ilegales vinculada a adjudicaciones de obra pública, en la que también figura como investigado el exministro José Luis Ábalos.