SOCIEDAD

El Supremo avala la creación de plazas docentes con perfil de lengua extranjera en Navarra

Imagen de archivo de unas oposiciones a maestros en Pamplona. MIGUEL OSÉS / ARCHIVO
El alto tribunal ha rechazado el recurso presentado por el sindicato STEILAS y ha ratificado que Navarra actuó dentro de su competencia al establecer este tipo de puestos.

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el sindicato STEILAS contra el Gobierno de Navarra y ha confirmado que la comunidad foral actuó dentro de su competencia al crear plazas de personal docente con perfil de lengua extranjera.

La sentencia, dictada el 15 de julio de 2025, ha desestimado la pretensión del sindicato de anular el Decreto Foral 59/2022, que aprobaba una oferta parcial de empleo público para docentes no universitarios, incluyendo 352 plazas con perfil lingüístico. STEILAS alegaba que esta medida vulneraba la Ley Orgánica de Educación (LOE) y la Constitución, al imponer un requisito de acceso no previsto a nivel estatal y planteaba incluso la inconstitucionalidad de la Ley Foral 11/2022, en la que se basa la convocatoria.

Sin embargo, el alto tribunal ha concluido que Navarra tiene plena competencia para crear estos puestos conforme al artículo 49.1.b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral (LORAFNA), y que dicha creación no supone la constitución de nuevos cuerpos docentes, sino la definición de puestos específicos en el marco de su función pública.

Además, el Supremo subraya que el personal seleccionado no se integra automáticamente en los cuerpos docentes estatales, sino que participará únicamente en concursos autonómicos a plazas con el perfil correspondiente. También señala que el conocimiento de una lengua extranjera es un requisito adicional razonable en el contexto de programas educativos implantados por Navarra, y no vulnera los artículos 14, 103 y 149.1.18ª de la Constitución.

El sindicato AFAPNA y el Gobierno de Navarra, personados como partes recurridas, han defendido la legalidad de la norma foral y han coincidido en que la oferta de empleo público se ajusta a derecho. En línea con esta posición, la Sala del Supremo no ha apreciado motivos para plantear la cuestión de inconstitucionalidad solicitada por STEILAS.

La sentencia establece como doctrina que es posible, desde las categorías docentes existentes, crear puestos con perfil de lengua extranjera en el ámbito educativo navarro, dentro del régimen constitucional de distribución de competencias.