Varapalo judicial a Bildu en Berrioplano: anulan una convocatoria de empleo por discriminar el cupo de discapacidad
Contundente varapalo judicial contra la gestión de personal en la Comarca de Pamplona. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 3 de Pamplona ha estimado de forma íntegra el recurso presentado por el sindicato CCOO de Navarra y ha anulado por completo la convocatoria realizada por el Ayuntamiento de Berrioplano —gobernado por EH Bildu— para cubrir cuatro plazas de oficial administrativo.
La resolución del magistrado considera probado que el consistorio liderado por la coalición abertzale vulneró la normativa legal vigente en materia de acceso al empleo público para las personas con discapacidad. Asimismo, este fallo judicial tumba de forma directa la decisión previa del Tribunal Administrativo de Navarra (TAN), órgano que en primera instancia había respaldado la polémica actuación del ayuntamiento.
Consecuencias inmediatas: Proceso anulado y condena a costas
La sentencia dictada tiene efectos fulminantes sobre la administración local de Berrioplano. En primer lugar, deja sin efecto de manera íntegra todo el proceso selectivo que ya estaba en marcha para las cuatro plazas mencionadas. En segundo lugar, obliga legalmente al consistorio a redactar y aprobar una nueva convocatoria que incorpore de forma expresa la correspondiente reserva de plazas para el colectivo.
Por si fuera poco, el Juzgado ha castigado la posición del consistorio condenando al Ayuntamiento de Berrioplano al pago de las costas procesales derivadas de todo el litigio judicial.
Un incumplimiento sistemático que se arrastraba desde 2020
El origen de este conflicto laboral y político se remonta a la Oferta Pública de Empleo (OPE) del año 2024. CCOO decidió acudir a la vía judicial al constatar que el equipo de gobierno de Berrioplano venía incumpliendo de forma reiterada, al menos desde el año 2020, la obligación legal de garantizar el cupo mínimo de reserva del 7% para personas con diversidad funcional.
| La defensa del Ayuntamiento (Bildu) | La réplica contundente del Juez |
|---|---|
| Alegaba que al calcular el 7% sobre el total de la OPE salía una cifra inferior a una plaza y, por tanto, consideraba que estaba exento de aplicarla. | Apoyándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, determina que la reserva legal debe aplicarse en cada procedimiento selectivo concreto y no sobre el conjunto global. |
El juzgado advierte de forma tajante en su escrito que, de aceptarse la tesis defendida por el ayuntamiento, se estaría otorgando a las administraciones públicas un "margen de discrecionalidad" totalmente incompatible con el espíritu de la ley y con el derecho constitucional a la igualdad efectiva de las personas con discapacidad.
Un aviso de impacto estatal para el resto de ayuntamientos
Desde las filas de CCOO han valorado la resolución como un hito de enorme relevancia que trasciende las fronteras de la Comunidad foral y que sienta un precedente de impacto estatal. Según el sindicato, la sentencia consolida las garantías de igualdad de oportunidades y lanza un recordatorio nítido a todos los ayuntamientos y administraciones de Navarra: las medidas de inclusión laboral no dependen del color político del gobernante ni son opcionales, sino una obligación legal estricta.