Se aprovechó de que su amiga estaba borracha y le tocó: confirman la sentencia que le condena en Pamplona
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de 15 meses de prisión impuesta a un hombre por agresión sexual a una mujer que se encontraba “bastante afectada por el excesivo consumo de alcohol”. Los hechos ocurrieron el 24 de mayo de 2023 en un domicilio de Barañáin, después de que ambos coincidieran en varios bares con sus respectivos amigos y familiares.
El tribunal ratifica así la sentencia dictada en febrero por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, que consideró probado que el acusado se aprovechó del estado de embriaguez de la víctima, una excompañera de trabajo, para realizarle tocamientos sexuales en los genitales, besarle el pecho y darle varios cachetes en las nalgas.
Además de la pena de cárcel, el condenado no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante 2 años y 6 meses y deberá cumplir una medida de libertad vigilada de otros 2 años, una vez cumplida la condena. También deberá indemnizarla con 3.000 euros por los daños morales ocasionados.
El fallo, que aún puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo, descarta la petición de la defensa, que solicitaba la absolución, y la de la acusación particular, que reclamaba un nuevo juicio. La fiscalía pidió la confirmación de la sentencia inicial, postura que ha respaldado el TSJN.
Según se detalla en la resolución, la víctima y el acusado coincidieron en un bar entre las 19:30 y las 22:30 horas, consumiendo vino y cerveza. Más tarde, en otro local, la mujer vomitó debido a la cantidad de alcohol ingerido. Hacia las 23:30 horas, ambos y un amigo del procesado se desplazaron al domicilio de este último, donde continuaron bebiendo. Cuando quedaron solos, el hombre aprovechó que la víctima estaba muy afectada por la ingesta alcohólica para realizar los tocamientos.
La sentencia considera probado que la mujer no prestó su consentimiento. La prueba de ADN confirmó la presencia de saliva del acusado en el sujetador, el legging y la zona genital de la víctima, así como restos biológicos de ambos en una manta y una funda de almohada del sofá.
El tribunal subraya que el grado de intoxicación etílica era tan alto que la víctima perdió la conciencia y llegó incluso a quedarse dormida, situación que el acusado aprovechó para satisfacer su ánimo libidinoso. Los magistrados destacan que “lo relevante es que la víctima no prestó su consentimiento a los tocamientos sexuales, acreditados analíticamente e incluso reconocidos por el acusado, simplemente porque su estado de embriaguez no se lo permitía”.
Por otro lado, la Sala rechaza el recurso de la acusación particular que pedía condenar al hombre por violación, al no existir lesiones genitales ni pruebas concluyentes de penetración vaginal. El tribunal recuerda que el relato de la denunciante fue “confuso y fragmentario” debido a las lagunas de memoria ocasionadas por la fuerte intoxicación alcohólica y recalca que, en caso de duda razonable, esta debe favorecer al reo.