Condenado un marroquí en situación irregular por violar y robar a una mujer en Pamplona
La sentencia indica que el condenado no cumplirá toda la pena de cárcel que se le ha impuesto.
La Audiencia de Navarra ha condenado a 12 años de prisión a un joven por violar y robar a una mujer en Pamplona en diciembre de 2023. El tribunal también ha acordado su expulsión de España cuando cumpla la mitad de la pena y le ha prohibido regresar durante 10 años.
La sentencia, dictada por la Sección Primera de la Audiencia de Navarra, impone al procesado, de 23 años y natural de Marruecos, una pena de 9 años de cárcel por agresión sexual y otros 3 años por robo con violencia. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
Además de la pena de prisión, el condenado no podrá acercarse a la víctima a menos de 200 metros ni comunicarse con ella durante 15 años. También deberá cumplir una medida de libertad vigilada de otros 10 años tras salir de prisión y pagar una indemnización de 60.000 euros por el daño moral causado.
Los hechos ocurrieron a las 2:37 horas del 17 de diciembre de 2023 en las inmediaciones del Archivo General de Navarra, en el Casco Viejo de Pamplona. La mujer, que entonces tenía 56 años, regresaba de una fiesta cuando fue abordada por el agresor.
Según recoge la sentencia, el acusado, que llevaba una gorra beige, se acercó hasta situarse a unos dos metros de la víctima. Cuando ella estaba sentada en un murete, se abalanzó sobre ella, la empujó y ambos cayeron a una zona ajardinada, donde la agredió con gran violencia y la violó.
La mujer intentó defenderse durante el ataque. De hecho, mordió en la mano y golpeó en la boca al agresor, unas lesiones que el propio acusado reconoció después durante el juicio y que el tribunal ha considerado relevantes para sostener el relato de la denunciante.
Tras la agresión, el condenado abandonó el lugar llevándose del bolso de la víctima un iPhone 11, valorado en 748,33 euros, y 70 euros en efectivo. Sin embargo, regresó cuatro minutos después para recoger más objetos, tanto del suelo como del propio bolso, antes de marcharse de nuevo.
En la zona donde ocurrieron los hechos, la Policía Municipal de Pamplona localizó, entre otras pertenencias y ropas, la gorra que portaba el acusado. Ese hallazgo resultó después clave en la investigación.
La sentencia destaca la actuación “diligente y rápida” de la Policía Municipal en la identificación del agresor. Tanto la prueba de ADN realizada sobre la gorra como las imágenes de las cámaras de seguridad corroboraron, según los magistrados, la identificación del inculpado.
Durante el juicio, celebrado los días 25 y 26 de febrero, el procesado admitió el robo, pero negó la violación. Su defensa pidió por ello una condena de 2 años por el robo, con la atenuante de dilaciones indebidas, y solicitó su absolución por el delito de agresión sexual.
La Audiencia de Navarra rechaza esa versión. Los magistrados sostienen que ese reconocimiento del robo llegó de forma tardía y “ante la contundencia de la prueba practicada” a lo largo de la vista oral.
Sobre la agresión sexual, la defensa alegó que la prueba de ADN había dado resultado negativo. Sin embargo, el tribunal se apoya en la prueba pericial y en el informe del médico forense, que concluyó que las lesiones vaginales eran compatibles con una penetración no consentida.
La resolución también recoge que las lesiones abdominales y torácicas sufridas por la mujer eran compatibles con la caída y el arrastre durante la agresión. Para los jueces, las lesiones defensivas causadas por la víctima al acusado solo se explican por la violación que, según consideran acreditado, se produjo aquella noche en Pamplona.
Además, la sentencia subraya las consecuencias que la agresión ha dejado en la mujer. La víctima sufrió lesiones físicas y, desde entonces, padece ataques de ansiedad, miedo a salir a la calle y pesadillas nocturnas que, según recoge la resolución, continúan a día de hoy.
La Audiencia ha impuesto finalmente la pena más alta de las solicitadas en el juicio, la planteada por la acusación particular. El tribunal también rechaza que haya existido una dilación indebida en la tramitación del caso.