Demoledora sentencia en Navarra: una viuda cobrará más de 20.000€ tras demostrarse que su marido murió por respirar amianto
La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Pamplona-Iruña n.º 1 ha dictado una sentencia clave para las víctimas del amianto en la Comunidad Foral. El tribunal ha estimado la demanda interpuesta por los servicios jurídicos de la Fundación Bidelagun, reconociendo que la pensión de viudedad de la esposa de un extrabajador fallecido deriva directamente de una enfermedad profesional por exposición a este material cancerígeno.
Como consecuencia de este fallo judicial, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha sido condenado a abonar a la viuda una indemnización a tanto alzado de 20.333,16 euros. Además, la resolución abre la vía legal para que la familia pueda exigir responsabilidades económicas directas a la empresa en la que trabajaba.
El origen del caso: juntas de amianto en hidrolimpiadoras
El operario fallecido prestó servicios durante años como mecánico para la empresa Krüger Technology, SL. Su día a día consistía en la venta, distribución y, especialmente, la reparación de maquinaria de limpieza industrial como fregadoras, barredoras e hidrolimpiadoras.
A pesar de que la empresa intentó defender durante el proceso judicial que en su actividad diaria jamás se utilizaba este componente, la sentencia hace suyos los informes técnicos del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN). El fallo confirma que a las máquinas que reparaban “se les colocaba una junta de amianto como protección, ya que el amianto era un material muy adecuado para soportar las altas temperaturas de la llama”.
La resolución detalla de forma muy gráfica la peligrosidad de la rutina que sufrían los operarios del taller: "La manipulación, corte y taladrado de las planchas producía polvo y residuos de materiales con amianto, que provocaba una exposición a fibras de ese material a los trabajadores”. Dichas tareas de riesgo se prolongaron en el taller hasta aproximadamente el año 1999".
Una sentencia "demoledora" contra la falta de seguridad
A la hora de analizar la prevención de riesgos, el texto del tribunal es tajante. Da como hecho probado que los trabajadores no utilizaban mascarillas ni protección respiratoria alguna, y que en ningún momento habían sido informados del gravísimo peligro que suponía inhalar de forma continuada las fibras invisibles del amianto.
Gracias a este reconocimiento de contingencia profesional, la batalla legal de la familia no termina aquí. La sentencia deja el camino despejado para:
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Reclamar formalmente frente a la empresa el recargo de prestaciones por la falta absoluta de medidas de seguridad.
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Exigir una indemnización por daños y perjuicios añadida en favor de la viuda y la hija del mecánico fallecido.
Una "pandemia invisible" con un retraso de 30 años
Tanto el sindicato ELA como la Fundación Bidelagun han celebrado el dictamen, pero aprovechan el caso para lanzar una seria advertencia: las enfermedades profesionales derivadas del contacto con el amianto son un fenómeno creciente y de dimensiones casi pandémicas, fruto del insuficiente control público durante el siglo pasado.
El gran peligro de estas patologías —en su práctica totalidad de carácter cancerígeno— es su extremo periodo de latencia, que ronda los 30 años. Esto provoca que el origen de la enfermedad tienda a invisibilizarse y que muchas familias no asocien la dolencia con el antiguo puesto de trabajo. Por todo ello, las organizaciones demandan a las instituciones públicas recursos económicos reales e inmediatos, denunciando que las partidas presupuestadas actualmente para el Fondo de Compensación del Amianto resultan del todo insuficientes para paliar esta lacra social.