TRIBUNALES

Encadena contratos y el Supremo le da la razón: considera fija a una empleada del Gobierno de Navarra

Fachada de la sede del Tribunal Supremo en Madrid. ARCHIVO / EUROPA PRESS

La sentencia anula el fallo del TSJN y confirma que la trabajadora del Conservatorio Pablo Sarasate mantenía una relación laboral ordinaria desde septiembre de 2010.

El Tribunal Supremo ha avalado la condición de personal laboral fijo de una empleada pública del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra que encadenó contratos temporales desde el año 2010 para cubrir funciones estructurales y permanentes.

La sentencia, hecha pública este 20 de enero de 2026, considera que no se puede eludir la aplicación del Derecho laboral cuando concurren los elementos propios de una relación laboral ordinaria, aunque la Administración haya utilizado fórmulas de contratación administrativa.

La trabajadora había prestado servicios durante más de 12 años como profesora de Música y Artes en el Conservatorio Profesional Pablo Sarasate, mediante sucesivos contratos administrativos temporales. Había superado un proceso selectivo público, aunque sin obtener plaza fija.

El Juzgado de lo Social de Pamplona ya había estimado su demanda y reconoció la naturaleza laboral fija del vínculo desde el inicio de la relación laboral, en septiembre de 2010. Sin embargo, el Gobierno de Navarra recurrió esta decisión.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra estimó ese recurso y declaró que el orden jurisdiccional competente no era el social, sino el contencioso-administrativo, al considerar que se trataba de una relación de carácter administrativo.

Ante esta decisión, la afectada presentó un recurso de casación para la unificación de doctrina, alegando contradicción con otras sentencias de la Sala de lo Social del propio TSJN en casos similares.

El Tribunal Supremo ha atendido ese recurso, ha casado y anulado la sentencia del TSJN y ha declarado firme el pronunciamiento del Juzgado de lo Social de Pamplona, confirmando así la condición de empleada laboral fija.

En su fallo, el Alto Tribunal subraya que cuando existe una grave irregularidad en la contratación administrativa y se utilizan estas fórmulas para ocultar la verdadera naturaleza laboral del vínculo, la competencia del orden social es “indiscutible e irrenunciable”.

Desde Unive Abogados han valorado que este pronunciamiento puede tener un impacto directo en miles de empleados públicos temporales que encadenan contratos durante años para cubrir puestos estructurales en la Administración.

El despacho considera que la sentencia refuerza la protección jurídica de estos profesionales y se suma a una línea jurisprudencial cada vez más consolidada contra las prácticas de contratación abusiva en determinadas administraciones públicas.

Además, recuerdan que el fallo deja claro que las Administraciones no pueden esquivar el Derecho laboral mediante contratos administrativos cuando concurren los elementos propios de una relación laboral ordinaria.