TRIBUNALES

El juez ordena prisión para Ábalos y Koldo: "Podrían irse con dinero en el extranjero"

Koldo García acompaña a José Luis Ábalos al Parlamento de Navarra para asistir a la toma de posesión de María Chivite como presidenta del Gobierno de Navarra. IÑIGO ALZUGARAY / ARCHIVO

El magistrado Leopoldo Puente ordena el ingreso en prisión de ambos al considerar insuficientes las medidas cautelares previas y temer que se sustraigan a la justicia.

El magistrado Leopoldo Puente ha decretado prisión provisional y sin fianza para el exministro y actual diputado José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García, al apreciar un riesgo de fuga “extremo y máximo” debido a las altas penas de prisión que afrontan por presuntas comisiones irregulares en contratos de mascarillas.

El juez ha atendido así la petición de la Fiscalía Anticorrupción y de las acusaciones populares, coordinadas por el Partido Popular, al entender que las medidas cautelares anteriores —comparecencias periódicas y retirada del pasaporte— resultan insuficientes. La Fiscalía solicita 24 años de cárcel para Ábalos y 19 años y medio para García, mientras que las acusaciones populares elevan la petición hasta 30 años.

Según el auto judicial, los indicios de criminalidad son “numerosos y racionales”, y el riesgo de fuga aumenta por la inminente celebración del juicio oral y por la naturaleza no recurrible de la sentencia que se dicte. Por ello, el magistrado considera la prisión “el único instrumento posible” para garantizar que ambos comparezcan ante la justicia.

Tanto Ábalos como Koldo García negaron ese riesgo durante las vistillas celebradas este jueves en el Tribunal Supremo. El exasesor afirmó que “no se va a ir a ningún sitio” por su arraigo familiar en España, y el exministro aseguró que “no se va a fugar” por el mismo motivo.

El juez recuerda en su auto que, incluso en el caso de que se les impusieran las penas en su mínima extensión legal, ambos serían condenados a más de diez años de prisión. También menciona que están investigados junto al exdirigente socialista Santos Cerdán por presuntas mordidas en adjudicaciones de obra pública.

Puente detalla que existen indicios de que Ábalos manejó importantes cantidades de dinero en metálico, lo que le habría permitido disponer de fondos suficientes para fugarse. Añade que el exministro mantiene contactos internacionales, posee inmuebles en países hispanoamericanos y fue socio fundador de la Fundación Fiadelso, además de recibir ingresos del extranjero a través de uno de sus hijos.

En el caso de Koldo García, el magistrado señala que también habría manejado grandes sumas de dinero y asumido “gastos personales incomprensibles” de Ábalos, lo que le situaría en una posición económica que podría facilitar su huida. A ello se suma, indica el juez, que ambos mantienen vínculos con personas y empresas extranjeras.

Por otro lado, el juez descarta que la entrada en prisión de Ábalos —primer diputado del Congreso que ingresa en la cárcel— vulnere el derecho de representación política de sus votantes. Argumenta que si así fuera, “cualquier medida restrictiva de libertad” sería incompatible con ese derecho.

El exministro alegó que podría perder su salario como diputado al ingresar en prisión. El magistrado responde que esa circunstancia también se produciría en caso de condena. Finalmente, recuerda que corresponde al Congreso de los Diputados decidir los efectos que esta medida tendrá sobre su actividad parlamentaria, para lo cual ya se ha iniciado el trámite de suspensión del escaño.