TRIBUNALES

Raja la cara a un hombre y da un botellazo a otro en un parque de Pamplona: irá a la cárcel

Un hombre porta un cuchillo escondido en los bolsillos de su pantalón. ARCHIVO
Se han desestimado tanto los recursos presentados por la defensa, como por las acusaciones particulares

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una condena de 5 años de prisión para un hombre que, en agosto de 2021, agredió a dos personas en Pamplona con una botella y un objeto punzante. La sentencia, emitida por la Audiencia Provincial en abril, ha sido ratificada por la Sala de lo Civil y Penal del TSJN y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Según la decisión del tribunal, el procesado ha sido condenado a 2 años de prisión por un delito de lesiones con instrumento peligroso y 3 años más por un delito de lesiones con deformidad. Además, deberá indemnizar a cada una de las víctimas con 1.165 y 5.818 euros, respectivamente.

Los hechos ocurrieron alrededor de las 0:30 horas del 15 de agosto de 2021, cuando el acusado se encontraba en la Vuelta del Castillo de Pamplona con otras personas no identificadas. Usando una botella o un objeto punzante, agredió a un hombre, causándole “deliberadamente” varios cortes en la cara, el cuello y el brazo derecho. La víctima recibió atención médica y sanó en 7 días tras un tratamiento quirúrgico que incluyó la sutura de las heridas.

La sentencia también establece que, poco después, el acusado golpeó a otro hombre en la cabeza con la misma botella, causándole una herida en la región temporal izquierda. Esta lesión también requirió tratamiento médico y se curó en 7 días, aunque le dejó una cicatriz, lo que representa un perjuicio estético “leve”.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJN ha desestimado los recursos presentados por la defensa y las acusaciones particulares, confirmando los delitos cometidos. Los jueces consideraron que las lesiones estaban respaldadas por los partes de urgencias emitidos ese mismo día y que las víctimas denunciaron la agresión de inmediato. Además, el autor fue identificado gracias a las descripciones coincidentes proporcionadas por ambas víctimas, así como a los reconocimientos fotográficos realizados durante el juicio.

Asimismo, el Tribunal destacó que no existía relación previa entre el acusado y las víctimas, lo que descarta la posibilidad de motivos espurios en la denuncia.

Por último, la Sala subrayó la coherencia en los relatos de las víctimas y la presencia de pruebas objetivas que confirmaron la agresión, como la rápida intervención policial y la asistencia médica brindada a ambos afectados.