Estos son los nuevos requisitos para acceder a una vivienda protegida en Navarra desde el próximo mes de septiembre
El Censo de Solicitantes de Vivienda Protegida de Navarra estrenará en septiembre nuevas condiciones de acceso y adjudicación. Los cambios incorporan más modalidades de vivienda, nuevos límites de renta y un sistema de sorteo para determinados alquileres protegidos.
La reforma, impulsada por el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, también ha adaptado los requisitos a nuevas realidades familiares y sociales. Además, ha endurecido las consecuencias para quienes renuncien a una vivienda después de haber sido adjudicada.
La vicepresidenta tercera y consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, Begoña Alfaro, ha presentado este viernes 31 de julio las novedades. Según ha explicado, el objetivo es que más personas puedan acceder a una vivienda protegida en Navarra.
Alfaro ha señalado que la renovación busca ampliar las opciones disponibles, incorporar al censo a nuevos perfiles de renta y reforzar la función social de la vivienda protegida. Las condiciones comenzarán a aplicarse a partir de septiembre de 2026.
Uno de los principales cambios afectará a las viviendas destinadas al alquiler y al alquiler asequible. Las adjudicaciones correspondientes a las reservas generales se realizarán mediante sorteo público desde septiembre.
El sorteo se celebrará ante notario entre las personas incluidas en la reserva general. Sin embargo, las reservas especiales para personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o terrorismo y familias numerosas seguirán adjudicándose mediante un sistema de baremo.
Las personas participantes en el sorteo se distribuirán en cuatro grupos, teniendo en cuenta su edad y si están empadronadas en el municipio donde se encuentre la promoción. Cada solicitante participará únicamente en el grupo que le corresponda.
El primer grupo incluirá a las personas de 35 años o menos y a las de 60 años o más que estén empadronadas en el municipio. Otro grupo estará formado por solicitantes de esos mismos tramos de edad que no estén empadronados.
Los otros dos grupos diferenciarán entre el resto de personas empadronadas y quienes no estén incluidos en las categorías anteriores. La participación quedará limitada, además, a las viviendas cuyo número de dormitorios coincida con el indicado en la solicitud del censo.
La renovación del Censo de Solicitantes de Vivienda Protegida también ha incorporado nuevas formas de acceso. Entre ellas destaca la compra en derecho de superficie, una modalidad que permite adquirir la propiedad de la vivienda durante un periodo determinado, pero no la del suelo.
Esta fórmula se ha sumado al alquiler asequible, que entró en vigor a principios de 2026 para facilitar el acceso a hogares con rentas medias. De esta manera, pueden inscribirse personas y familias que anteriormente superaban los límites establecidos para entrar en el censo.
La reforma también ha elevado los ingresos mínimos exigidos para optar a las distintas modalidades. En el caso del alquiler, será necesario acreditar unos ingresos mínimos de 5.000 euros.
Para comprar una vivienda de protección oficial, conocida como VPO, el mínimo se ha fijado en 19.000 euros. En el caso de la vivienda de precio tasado, o VPT, los ingresos mínimos exigidos serán de 24.000 euros.
También se ha elevado hasta los 100.000 euros el límite de ingresos procedentes de transmisiones patrimoniales que pueden tener las personas solicitantes. Este requisito se tendrá en cuenta para determinar si cumplen las condiciones de acceso a una vivienda protegida en Navarra.
Los cambios han ampliado, además, el concepto de unidad familiar. A partir de ahora se incluirá a las personas convivientes que residan junto a hijos o hijas comunes, aunque no estén casadas ni hayan formalizado su relación como pareja estable.
Las reservas específicas también han sido actualizadas. En el caso de las personas con discapacidad motriz grave, ha desaparecido la exigencia de acreditar un grado mínimo de discapacidad del 40%.
Por su parte, las familias numerosas pasarán a contar con dos reservas diferenciadas. Una estará destinada a familias numerosas de categoría general y otra a las consideradas de categoría especial.
La reforma del Censo de Solicitantes de Vivienda Protegida también ha establecido nuevas penalizaciones por rechazar una vivienda adjudicada. La renuncia a una vivienda en régimen de propiedad supondrá la exclusión del censo durante tres años.
Cuando la renuncia afecte a una vivienda en alquiler o alquiler asequible, el periodo de exclusión será de dos años. Durante ese tiempo, la persona solicitante no podrá participar en nuevos procesos de adjudicación.
El Gobierno de Navarra también ha puesto en marcha una nueva aplicación del censo, diseñada para que los trámites sean más sencillos, ágiles e intuitivos. La herramienta centraliza las gestiones relacionadas con las adjudicaciones de vivienda protegida.
Las personas que ya estén inscritas pueden acceder a la aplicación para revisar sus solicitudes, comprobar si cumplen todos los requisitos y actualizar sus preferencias. La Administración foral ha preparado también una campaña de comunicación para informar sobre los cambios.
La inscripción en el Censo de Vivienda Protegida continúa siendo un requisito imprescindible para poder acceder a una vivienda protegida. En el caso de las solicitudes de compra, el trámite deberá realizarse obligatoriamente por internet mediante la ficha correspondiente del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra.
Quienes necesiten realizar alguna gestión presencial tendrán que solicitar cita previa. Podrán hacerlo a través de la página web de Nasuvinsa para las oficinas de Pamplona y Tudela o mediante el teléfono 848 420 600.