TRIBUNALES

El Constitucional revisará la ley foral que impide descalificar las VPO en Navarra: admite el recurso del PP

Imagen de archivo del Tribunal Constitucional.
El Pleno del alto tribunal acepta examinar el recurso del Partido Popular contra la disposición que blindó el alquiler protegido de forma retroactiva, al entender que puede vulnerar el derecho de propiedad y la Constitución.

La controvertida reforma de la política de vivienda pública impulsada en la Comunidad foral queda bajo la lupa de la más alta instancia judicial. El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Partido Popular contra la reciente modificación de la ley foral del derecho a la vivienda en Navarra, una normativa que bloquea de manera permanente la posibilidad de que los inmuebles protegidos pierdan esa condición.

En el centro de la disputa legal se encuentra la disposición transitoria única (apartados 1 y 2) de la Ley Foral 14/2026, aprobada el pasado 2 de julio para modificar el marco legal vigente desde 2010. Estos preceptos fijan el régimen jurídico que ata de forma indefinida a las viviendas de protección oficial (VPO) destinadas a arrendamiento y alquiler asequible, aplicándose además con efectos retroactivos a promociones ya existentes.

Posible vulneración de la propiedad y retroactividad

La impugnación admitida por el Constitucional argumenta que el blindaje perpetuo forzoso quebranta principios nucleares de la Carta Magna española:

  • Vulneración del derecho de propiedad: El recurso sostiene que imponer esta limitación perpetua lesiona el artículo 33 de la Constitución, restringiendo de forma indebida las facultades legítimas de los titulares de los inmuebles.
  • Principio de irretroactividad: Se denuncia la contravención directa del artículo 9.3 de la Constitución, que prohíbe taxativamente la aplicación con carácter retroactivo de disposiciones sancionadoras o restrictivas de derechos individuales consolidados.

Un pulso clave para el mercado inmobiliario navarro

Con la admisión formal a trámite comunicada por el tribunal de garantías, se abre ahora el plazo para que las partes personadas —el Parlamento y el Gobierno de Navarra— formulen sus alegaciones en defensa de la ley foral antes de que los magistrados emitan una sentencia definitiva que determinará si la norma decae o se mantiene en vigor.