Viola a su expareja en la Comarca de Pamplona aprovechando que seguían viviendo juntos: la condena
El tribunal ha ratificado la condena inicial de la Audiencia Provincial y ha destacado la claridad y coherencia del testimonio de la víctima.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de 14 años de prisión impuesta a un hombre que violó en dos ocasiones a su expareja en una localidad de la comarca de Pamplona.
La sentencia, que aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, ratifica la decisión de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial dictada el pasado mes de junio.
El procesado ha sido condenado por dos delitos: uno de abuso sexual con penetración, con una pena de 7 años, y otro de agresión sexual, con otros 7 años de cárcel.
Además, no podrá comunicarse ni acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante 16 años y tendrá que cumplir una medida de libertad vigilada de 20 años tras salir de prisión. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la mujer con 10.000 euros.
La pareja había mantenido una relación sentimental durante 15 años, hasta que ella decidió poner fin el 12 de julio de 2022. Aun así, ambos continuaron viviendo en el domicilio común, en habitaciones separadas, hasta noviembre de ese año.
El tribunal consideró probados dos episodios de violencia sexual. El primero ocurrió el 14 de agosto de 2022, cuando la víctima regresó a casa tras haber consumido alcohol. Según la sentencia, el acusado se aprovechó de su estado para mantener relaciones sexuales completas, pese a que ella manifestó su negativa.
El segundo hecho tuvo lugar el 9 de octubre de 2022. La mujer había salido con una amiga y, tras consumir marihuana, pidió al acusado que la recogiera. De vuelta al domicilio, él se aprovechó de que su expareja estaba bajo los efectos de la droga para mantener relaciones sexuales sin su consentimiento.
Como consecuencia de estos sucesos, la denunciante sufre una afectación emocional con síntomas depresivos y ansiosos. La defensa del acusado recurrió la condena solicitando su absolución, pero la fiscalía y la acusación particular pidieron la confirmación de la sentencia inicial.
El TSJN ha concluido que la negativa de la víctima fue clara en el primer caso y que, en el segundo, su estado le impidió incluso expresar oposición. Dos testigos corroboraron que el 14 de agosto ella estaba tan afectada por el alcohol que no podía regresar sola a casa. El propio acusado reconoció que mantuvieron relaciones sexuales esa noche, aunque aseguró que fueron consentidas.
Sobre el episodio del 9 de octubre, la Sala ha considerado probado que la mujer estaba bajo los efectos del alcohol y la marihuana, sin capacidad para reaccionar ni oponerse. Por ello, el tribunal ha ratificado la ausencia de consentimiento en ambos hechos y la verosimilitud del testimonio de la denunciante, que ha calificado de claro y coherente.