TRIBUNALES

Asesta 11 cuchilladas y dos palazos a un hombre en Navarra, pero evita la cárcel

Imagen de archivo de una pala y un cuchillo generada con inteligencia artificial. CHAT GPT

La sentencia considera probado un homicidio en grado de tentativa, absuelve a la víctima de agresión sexual y aprecia dilaciones indebidas en el proceso.

La Audiencia de Navarra ha condenado a 3 años de prisión a un acusado que asestó 11 cuchilladas y dos palazos en la cabeza a otro hombre en una localidad de Tierra Estella. La sentencia ha considerado probado que los hechos constituyen un delito de homicidio en grado de tentativa con la atenuante de dilaciones indebidas.

El tribunal también ha acordado que el condenado, de origen marroquí, no pueda acercarse al denunciante a menos de 200 metros durante 4 años. Además, deberá indemnizar a la víctima con 14.560 euros por las lesiones y las secuelas sufridas.

La resolución judicial, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, también ha sustituido la pena de prisión por la expulsión de España durante 7 años. La Audiencia ha justificado esta medida al entender que el condenado carece de cualquier vinculación familiar o laboral con el país.

Los hechos ocurrieron sobre las 7.30 horas del 4 de septiembre de 2022, cuando el denunciante invitó al ahora condenado a su domicilio, en una localidad de Tierra Estella. Según la sentencia, ambos no se conocían previamente y se desconoce por qué acabaron juntos en esa vivienda.

La resolución recoge que, poco antes de las 10.50 horas de ese mismo día, y sin que haya quedado acreditado qué ocurrió en ese intervalo, el procesado se despertó desnudo en la cama del otro hombre, que también se encontraba desnudo. Fue entonces cuando comenzó una discusión entre los dos.

En ese momento, según la Audiencia de Navarra, el acusado actuó con intención de acabar con la vida del otro hombre por lo sucedido. Cogió un cuchillo y se lo clavó en once ocasiones, antes de que la víctima lograra salir arrastrándose de la vivienda.

Fue en ese instante cuando el agresor le golpeó dos veces en la cabeza con una pala de construcción que había en la casa. Después, sin embargo, se quedó en el lugar y pidió a terceras personas que llamaran a la policía y a los servicios sanitarios para auxiliar al herido.

La Audiencia de Navarra ha rechazado, por otro lado, que haya quedado probado que la víctima intentara agredir sexualmente al acusado antes del altercado. En concreto, los magistrados han absuelto al hombre apuñalado de un delito de agresión sexual en grado de tentativa.

Antes del juicio, celebrado el 13 de enero, la Fiscalía había solicitado 3 años de cárcel para el autor de las cuchilladas, aunque por un delito de lesiones agravadas. A su vez, acusó al hombre herido de un delito de agresión sexual en tentativa y pidió para él 4 años de prisión.

Por su parte, la víctima del acuchillamiento reclamó para el acusado una condena de 9 años de prisión por homicidio en grado de tentativa. El ahora condenado, a su vez, pidió también 9 años de cárcel para el otro hombre por el supuesto delito de agresión sexual en tentativa.

En la sentencia, los magistrados subrayan que no se ha practicado ninguna prueba que avale la versión del acusado sobre esa supuesta agresión sexual. Por eso, la Audiencia de Navarra descarta ese delito y centra el fallo en el ataque con el cuchillo y la pala.

Sobre ese acometimiento, el tribunal sostiene que, aunque las lesiones no supusieron un riesgo vital para la víctima, los hechos deben calificarse como un homicidio en grado de tentativa. La sentencia pone el foco en uno de los dos golpes con la pala, al entender que fue dirigido a la cabeza de una persona indefensa que ya estaba en el suelo.

Los jueces resaltan, no obstante, que el acusado no llegó a rematar a la víctima pese a tener posibilidad para ello. También valoran que llamara a la policía y permaneciera en el lugar de los hechos hasta la llegada de los agentes y de los sanitarios.

La Audiencia de Navarra ha aplicado además la atenuante de dilaciones indebidas porque los hechos fueron cometidos hace más de 3 años y 4 meses. Según expone la sentencia, la instrucción terminó el 26 de junio de 2023 sin que existieran motivos que justificaran ese retraso en el enjuiciamiento.