La Audiencia Navarra va a juzgar esta semana a un marroquí para el que la Fiscalía solicita una pena de tres años y medio de prisión por, presuntamente, agredir sexualmente a una mujer con un grado de discapacidad del 94%. El Ministerio Público solicita que el cumplimiento de esta pena de cárcel sea sustituido por la expulsión inmediata del acusado del territorio nacional y la prohibición de regresar a España durante un periodo de diez años.
Los hechos que ahora se elevan a juicio tuvieron lugar en Pamplona a mediados del mes de junio. Según sostiene el escrito de acusación de la Fiscalía, el investigado se aproximó a la víctima cuando esta se encontraba en las inmediaciones de una fundación de asistencia a personas con parálisis cerebral y alteraciones afines. Con evidente ánimo libidinoso, el acusado le solicitó un beso a la mujer. Ante la negativa tajante de esta, el hombre procedió a realizarle tocamientos en el pecho con ambas manos, obviando la voluntad de la perjudicada.
El relato del fiscal pone especial énfasis en la situación de extrema vulnerabilidad de la víctima, quien padece una gran dependencia que determina la necesidad de asistencia por parte de una tercera persona para su día a día, además de presentar severas dificultades de movilidad. Este episodio ha dejado una huella psicológica en la mujer, quien, según recoge el Ministerio Público, ha manifestado sentirse muy afectada emocionalmente y padece un intenso miedo a salir sola por la calle. Desde un par de semanas después de que ocurrieran los hechos, y durante toda la fase de instrucción de la causa, el Juzgado impuso al acusado una medida cautelar de alejamiento para proteger a la víctima hasta la celebración de la vista oral.
En su calificación provisional, la Fiscalía considera que estos hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual. Además de la pena principal de privación de libertad y su posterior conmutación por la expulsión del país, la acusación pública solicita que se imponga al encausado la inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo (lo que le impide presentarse a cargo público) durante el tiempo de la condena, así como la inhabilitación para ejercer cualquier profesión u oficio que implique un contacto directo y regular con menores de edad por un plazo de diez años.
En el ámbito de la protección a la perjudicada, el fiscal solitica que se establezca una medida de libertad vigilada durante seis años, un sistema de control judicial que se aplicaría tras el cumplimiento de la condena principal. Asimismo, exige que se le imponga la prohibición definitiva de acercarse a menos de 200 metros de la víctima, de su domicilio o de su lugar de trabajo, y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, ya sea verbal, escrito, telemático o a través de terceras personas, también por un periodo de seis años. Finalmente, en concepto de responsabilidad civil el acusado deberá indemnizar a la mujer con la cantidad de 3.000 euros, a la que habrá que sumar los intereses legales correspondientes.