Hito en España: una jueza de Pamplona logra el primer permiso de la historia para cuidar a un bebé en acogimiento de urgencia
Una magistrada destinada en la capital navarra ha protagonizado un hito jurídico y social sin precedentes en España. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha concedido, de forma pionera en todo el país, un permiso de maternidad de al menos 17 semanas a una jueza para que pueda hacerse cargo del acogimiento familiar de urgencia de un bebé recién nacido. La decisión tumba un vacío legal histórico que, de manera incomprensible, negaba este derecho a los funcionarios públicos.
Pese a que la Ley Orgánica del Poder Judicial no contempla de forma expresa esta modalidad de baja, la Comisión Permanente del CGPJ, tras recibir un informe previo favorable del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), ha dado luz verde a la solicitud de la afectada. El órgano de gobierno de los jueces determina que en estos casos de máxima vulnerabilidad es de justicia aplicar la misma licencia que ya existe para el resto de modalidades de acogimiento.
Un vacío legal "incomprensible" que penaliza a los bebés
Hasta el momento, la legislación española recomendá el derecho a una licencia de 17 semanas para los acogimientos temporales, permanentes o preadoptivos, una medida aplicable tanto a jueces como al resto de funcionarios a través del Estatuto Básico del Empleado Público. Sin embargo, la modalidad de "urgencia" —clave para la protección de menores desamparados— se encontraba en un limbo legal y no daba derecho a ningún tipo de permiso.
La protagonista de este logro histórico es la magistrada María Boedo, titular de la plaza número 5 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Pamplona. Boedo explica la gravedad de la situación que existía hasta ahora: "El acogimiento de urgencia está previsto para niños de 0 a 6 años que, en muchas ocasiones, llegan con graves problemas de salud, como síndromes de abstinencia. Está médicamente constatado que necesitan crear un apego seguro, lo que exige una dedicación absoluta".
La jueza tilda de "incomprensible" que el Estatuto de los Trabajadores sí reconozca este derecho para el sector privado, mientras que la administración pública daba la espalda a estas familias, a pesar de la acuciante necesidad que transmiten los Servicios Sociales para evitar que los bebés acaben en centros de menores masificados.
El Supremo atiende el interés superior del menor
La raíz del problema radica en que el Reglamento de la Carrera Judicial no se actualizaba en esta materia desde antes de 2015, ignorando por completo la reforma del Código Civil que introdujo los acogimientos de urgencia. Ante esta parálisis legislativa, realizar un acogimiento de este tipo resultaba inviable para cualquier funcionario al no poder conciliar la vida laboral con el cuidado intensivo de un recién nacido.
Para solucionar el conflicto, la magistrada Boedo solicitó formalmente acogerse al artículo del reglamento que permite ausentarse "por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber relacionado con la conciliación". El CGPJ ha terminado aceptando el pulso en un gesto que la jueza agradece, aunque lanza un aviso urgente a la política: "El CGPJ se ha mostrado sensible a una realidad de la que deben hacerse eco con urgencia los poderes públicos, modificando el Estatuto del Empleado Público con premura para proteger a los más vulnerables", concluye.