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  <title><![CDATA[Navarra.com :: Últimas noticias - Tribunales]]></title>

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    <description><![CDATA[Navarra.com | Noticias Navarra | Actualidad Navarra | San Fermin | Todas las noticias en Navarra.com | Última hora en Navarra Hoy | Deportes Navarra | Esquelas Navarra]]></description>
    <lastBuildDate>Mon, 20 Apr 2026 15:13:56 +0200</lastBuildDate>
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      <title><![CDATA[Navarra.com :: Últimas noticias - Tribunales]]></title>
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                  <item>
  <title><![CDATA[Condenado un profesor en Pamplona por agresión sexual a una alumna de 10 años: el "engaño" de las pelotas de velcro]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/condenado-profesor-pamplona-agresion-sexual-alumna-10-anos-engano-pelotas-velcro/20260420145038641404.html</link>
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  <pubDate>Mon, 20 Apr 2026 14:50:38 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[José Ignacio de Quesada]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La Audiencia de Navarra le impone 4 años de prisión por realizar tocamientos a la menor en un almacén tras convencerla para que le ayudara durante el recreo.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha dictado una sentencia contundente contra un docente de un colegio de Pamplona. El tribunal ha condenado a <b data-path-to-node="8,2" data-index-in-node="27">4 años y un día de prisión</b> a un profesor, de 49 años, por un delito de agresión sexual contra una alumna de tan solo 10 años.</p>

<p>Los hechos, que se remontan a marzo de 2024, ocurrieron durante el horario de recreo. El acusado, aprovechando que estaba a cargo del cuidado de los niños, pidió ayuda a la víctima y a una amiga para encontrar unas supuestas "pelotas de velcro". Bajo este pretexto, las condujo al almacén de la sala de calderas del colegio.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2025/02/27/2025022708404970590.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/detenido-menor-tudela-acusado-agredir-sexualmente-companera-piso/20260420131035641396.html">Detenido un menor marroquí tutelado por el Gobierno de Navarra acusado de agredir sexualmente a su compañera de piso</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Una vez allí, el profesor colocó un pupitre junto a un armario y pidió a la menor que se subiera para dar saltos y así intentar mover el mueble. Fue en ese momento cuando, según la sentencia, el docente se colocó detrás de la niña con "evidente ánimo lascivo" y se restregó contra ella durante varios minutos.</p>

<p>El tribunal ha otorgado total credibilidad al relato de la víctima, calificándolo de <b data-path-to-node="13,1" data-index-in-node="85">"preciso, contundente y coherente"</b>. A pesar de que el acusado negó los hechos, los magistrados subrayan que fue cambiando su versión con el tiempo para intentar exculparse.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/20/2026042012492792341.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/pamplona/asiron-regalara-500-euros-curso-todos-que-quieran-aprender-euskera-pamplona/20260420121307641393.html">Asirón regalará hasta 500 euros por curso a todos los que quieran aprender euskera en Pamplona</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Además, la inspección ocular realizada por la <b data-path-to-node="14,1" data-index-in-node="46">Policía Foral</b> confirmó que la maniobra descrita por el profesor —pedir a una niña de 10 años que moviera un armario mientras él miraba— resultaba <b data-path-to-node="14,1" data-index-in-node="192">"extraña e inexplicable"</b> desde cualquier punto de vista lógico.</p>

<p data-path-to-node="16">Además de la pena de cárcel, la Audiencia de Navarra ha impuesto al docente una <b data-path-to-node="17,0,1,0" data-index-in-node="0">Inhabilitación especial</b>&nbsp;de 10 años para cualquier profesión o oficio que conlleve contacto con menores de edad; la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante 6 años, cinco años de seguimiento tras salir de prisión y una <b data-path-to-node="17,3,1,0" data-index-in-node="0">indemnización de </b>4.000 euros a la menor por el daño moral causado.</p>

<p data-path-to-node="18" id="p-rc_1ef7f0879282ee1c-133">La sentencia detalla que la pequeña sufrió graves secuelas emocionales tras el incidente, incluyendo pesadillas, sentimientos de culpa y cambios de ánimo, lo que fue avalado por los informes de la psicóloga forense.</p>
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        <media:title><![CDATA[Condenado un profesor en Pamplona por agresión sexual a una alumna de 10 años: el "engaño" de las pelotas de velcro]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Recreación del hecho juzgado en el juicio por abusos sexuales contra un profesor.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Recreación del hecho juzgado en el juicio por abusos sexuales contra un profesor.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Piden expulsar del país a un colombiano que agredió sexualmente a una chica de 15 años en Pamplona]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/piden-expulsar-pais-colombiano-que-agredio-sexualmente-chica-15-anos-pamplona/20260420082657641340.html</link>
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  <pubDate>Mon, 20 Apr 2026 08:26:57 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La acusación solicita que la condena de cárcel se sustituya por el destierro del procesado una vez que acceda al tercer grado.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Fiscalía de Navarra</strong> solicita una pena de 14 años de prisión para un hombre acusado de agredir sexualmente a una menor de 15 años en un domicilio de <strong>Pamplona</strong>. El juicio tendrá lugar esta semana en la Audiencia de la capital navarra.&nbsp;</p>

<p>El escrito de acusación dirigido a la&nbsp;Sección Primera de la Audiencia, sitúa los hechos en la madrugada del 10 de diciembre de 2023, cuando el procesado y la víctima se encontraban en el interior de una vivienda de Pamplona. Según el relato del Ministerio Público, el acusado, de <strong>nacionalidad colombiana</strong>, aprovechó que la menor se hallaba considerablemente<strong> influenciada por el consumo de alcohol y cocaína</strong> para perpetrar el ataque.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2018/05/28/2018052816371284043.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/el-tiempo/estallido-primaveral-navarra-avisos-tormentas-fuertes-granizo-alcanzar-30-grados-lunes/20260420074624641339.html">'Estallido primaveral' en Navarra: avisos por tormentas fuertes y granizo tras alcanzar los 30 grados</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El texto detalla que el hombre lanzó a la joven sobre la cama e intentó una primera penetración que no pudo consumar debido al "braceo" y la resistencia de la víctima, quien le dijo "no" en varias ocasiones. No obstante, el agresor persistió en su actitud, colocó a la menor de rodillas y, tras sujetarla fuertemente por las muñecas, <strong>consumó la agresión sexual.</strong></p>

<p>Como consecuencia de estos hechos,<strong> la joven presenta una desestabilización emocional importante</strong>, con conductas de aislamiento social y dificultades en el ámbito sexual. Por todo ello, el fiscal califica el suceso como un delito de <strong>agresión sexual sobre menor de 16 años</strong> y solicita, además de la pena de cárcel, una orden de alejamiento a una distancia mínima de 300 metros durante 18 años, así como una medida de libertad vigilada —un régimen de tutela judicial tras la salida de prisión— por un periodo de 8 años.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/19/2026041923534823603.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tudela-y-ribera/gobierno-chivite-permite-corella-practicas-que-prohibio-tudela-alegando-riesgos-medioambientales/20260420074930641338.html">El Gobierno de Chivite permite en Corella las prácticas que prohibió en Tudela alegando riesgos medioambientales</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La petición fiscal incluye también la<strong> inhabilitación especial para cualquier profesión</strong> o actividad que conlleve contacto con menores por un tiempo de 24 años. Asimismo, y en aplicación del artículo 89 del Código Penal, el Ministerio Público solicita que la pena de prisión sea sustituida por la expulsión del procesado del territorio nacional, con la prohibición de regresar a España durante diez años, una vez alcance la libertad condicional.</p>

<p>En concepto de responsabilidad civil, se reclama una indemnización de <strong>6.000 euros para la víctima</strong> por los daños morales causados.</p>
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        <media:title><![CDATA[Piden expulsar del país a un colombiano que agredió sexualmente a una chica de 15 años en Pamplona]]></media:title>
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        <media:description><![CDATA[]]></media:description>
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        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Engaño en Pamplona: vende un móvil falso en Wallapop para poder pagar a un taller y sacar su coche de allí]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/engano-pamplona-vende-movil-falso-poder-pagar-taller-sacar-coche-alli/20260420074310640998.html</link>
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  <pubDate>Mon, 20 Apr 2026 07:43:10 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El acusado convenció a la víctima para enviar 700 euros por Bizum al dueño de un taller mecánico y nunca entregó el teléfono prometido.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Audiencia Provincial de Navarra</strong> ha ratificado la condena de <strong>un año de prisión</strong> impuesta a un hombre que urdió un engaño a través de <strong>Wallapop</strong> para pagar una deuda personal en un taller mecánico. El tribunal de Pamplona&nbsp;ha confirmado íntegramente la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 al considerar acreditado que nunca tuvo intención de entregar el teléfono móvil que ofrecía.</p>

<p>La resolución ha destacado la maniobra&nbsp;tan simple como eficaz. El acusado aprovechó que ya había realizado intercambios previos de teléfonos con la víctima en la conocida plataforma de compraventa para ganarse su confianza y ofrecerle un <strong>iPhone 14 Pro Max</strong> por <strong>700 euros</strong>.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/17/2026041709111649637.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/pelea-robo-movil-desata-pelea-entre-jovenes-tudela-obliga-intervenir-policia/20260417091323640976.html">Una pelea por el robo de un móvil desata una pelea entre jóvenes en Tudela y obliga a intervenir a la Policía</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Los hechos se remontan a <strong>febrero de 2024</strong>. Tras aceptar la compra, el perjudicado recibió una instrucción muy concreta: no debía enviar el dinero al supuesto vendedor, sino hacer un <strong>Bizum</strong> a nombre del propietario de un <strong>taller mecánico local</strong>. Aquella indicación no era casual. Con ese pago, el acusado pretendía saldar la reparación de su propio vehículo, que el mecánico no le entregaba mientras siguiera pendiente la factura.</p>

<p>La operación funcionó. Una vez que el dueño del taller comprobó la recepción de los <strong>700 euros</strong>, permitió al acusado recuperar su coche. Pero el comprador nunca recibió el terminal prometido ni volvió a ver su dinero. Después de obtener el beneficio, el condenado dejó de atender las comunicaciones del perjudicado.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/16/2026041619584416165.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/politica/video-mujer-cerdan-revuelve-preguntas-que-acorralan-corrupcion-soy-paqui-es-clasista/20260416195957640928.html">La mujer de Cerdán se revuelve ante las preguntas que le acorralan por la corrupción: “No soy La Paqui, eso es clasista”</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Para la sala, ese comportamiento confirma que no hubo un incumplimiento puntual ni un simple problema entre particulares. Los magistrados han apreciado la existencia de un <strong>“engaño”</strong> y de un <strong>dolo inicial</strong>, es decir, una voluntad deliberada de estafar desde el primer momento para obtener un beneficio económico a costa de la víctima.</p>

<p>En su recurso, la defensa pidió la libre absolución al sostener que los hechos debían resolverse por la vía civil y no en el ámbito penal. De forma subsidiaria, solicitó que se aplicara la atenuante de confesión al argumentar que el acusado había admitido en todo momento que no entregó el móvil.</p>

<p>La <strong>Sección Segunda</strong> de la Audiencia Provincial de Navarra ha rechazado ambas pretensiones. En primer lugar, porque entiende que el acusado diseñó desde el inicio una actuación destinada a engañar al comprador. Y, en segundo lugar, porque considera que no procede aplicar la atenuante de confesión, ya que el procesado no facilitó la investigación ni realizó ningún gesto para reparar el daño causado.</p>

<p>La sentencia subraya además que su identidad ya era conocida y que la documentación existente ya lo incriminaba. También recalca que no devolvió el dinero ni entregó el teléfono en el juzgado durante la tramitación del procedimiento, por lo que no contribuyó a restaurar el perjuicio económico generado.</p>

<p>Junto a la pena de prisión, el fallo ha confirmado la <strong>inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo</strong> durante el tiempo de la condena, así como el pago de las <strong>costas procesales</strong>. En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar al perjudicado con <strong>700 euros</strong>, cantidad a la que habrá que sumar el interés legal correspondiente.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Engaño en Pamplona: vende un móvil falso en Wallapop para poder pagar a un taller y sacar su coche de allí]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Una persona mira su móvil en un talles de coches.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Una persona mira su móvil en un talles de coches.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El vídeo de la brutal agresión de dos policías a un detenido con problemas mentales por el que han sido condenados en Tudela]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/video-brutal-agresion-dos-policias-detenido-problemas-mentales-que-han-sido-condenados-tudela/20260417161348641088.html</link>
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  <pubDate>Fri, 17 Apr 2026 16:13:48 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[José Ignacio de Quesada]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[Uno de los agentes entró en el calabozo, zarandeó al detenido, le golpeó y le propinó puñetazos en la cara.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p data-start="128" data-end="541">La <strong data-start="131" data-end="155">Audiencia de Navarra</strong> <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/dos-policias-forales-condenados-nueve-seis-meses-prision-golpear-detenido-tudela/20260417085521640974.html">ha condenado a dos agentes de la <strong data-start="189" data-end="206">Policía Foral</strong> por la agresión a un detenido en los calabozos de la comisaría de <strong data-start="273" data-end="283">Tudela</strong></a> el 12 de febrero de 2025. Uno de ellos ha recibido una pena de <strong data-start="347" data-end="373">nueve meses de prisión</strong> por golpear al arrestado, mientras que el segundo ha sido condenado a <strong data-start="444" data-end="458">seis meses</strong> por presenciar lo ocurrido sin impedirlo. Un tercer policía ha resultado absuelto.</p>

<p data-start="543" data-end="876">La sentencia, que puede recurrirse ante el <strong data-start="586" data-end="630">Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong>, considera probado que uno de los agentes entró en el calabozo, zarandeó al detenido, le golpeó y le propinó puñetazos en la cara. El tribunal también atribuye responsabilidad al otro condenado al entender que “pudo y debió impedir lo ocurrido”.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/17/2026041709111649637.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/pelea-robo-movil-desata-pelea-entre-jovenes-tudela-obliga-intervenir-policia/20260417091323640976.html">El robo de un móvil desata una brutal pelea entre exmenas marroquíes y jóvenes de Tudela</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p data-start="543" data-end="876">La víctima, defendida por el penalista José María García Elorz, está diagnosticada de una enfermedad metal. Había sido detenida tras un incidente en el Hospital Reina Sofía de Tudela, a dónde había acudido a recoger una medicación. Allí había protagonizado un altercado, motivo por el que desde el hospital se avisó a la Policía. El hombre se encaró con los agentes, motivo por el que fue reducido y trasladado a dependencias policiales, donde se produjo la posterior agresión.</p>

<p data-start="878" data-end="1084">Los hechos quedaron grabados por las cámaras de seguridad de los calabozos de la comisaría de <strong data-start="972" data-end="982">Tudela</strong>. Esas imágenes han sido determinantes para que la Sala reconstruya lo sucedido y sustente la condena.</p>

<p data-start="1086" data-end="1363">Según la resolución, el autor material de la agresión ha sido condenado por un delito menos grave contra la integridad moral del artículo 175 del <strong data-start="1232" data-end="1248">Código Penal</strong> y por un delito leve de lesiones. Por ello, además de la pena de prisión, deberá pagar una multa de <strong data-start="1349" data-end="1362">600 euros</strong>.</p>

<p data-start="1365" data-end="1657">El segundo agente ha sido condenado a seis meses de prisión por un delito menos grave contra la integridad moral del artículo 176 del <strong data-start="1499" data-end="1515">Código Penal</strong>, que castiga a la autoridad o funcionario que, faltando a los deberes de su cargo, permite que otros cometan actos vejatorios o atentatorios.</p>

<p data-start="1659" data-end="1918">Además, ambos policías han sido inhabilitados para empleo o cargo público durante <strong data-start="1741" data-end="1760">tres y dos años</strong>, respectivamente. El agente que golpeó al arrestado deberá indemnizar a la víctima con <strong data-start="1848" data-end="1861">350 euros</strong> por las lesiones y con <strong data-start="1885" data-end="1900">3.500 euros</strong> por las secuelas.</p>

<p data-start="1920" data-end="2143">Los dos condenados también tendrán que abonar conjunta y solidariamente otros <strong data-start="1998" data-end="2013">4.000 euros</strong> por el daño moral causado al detenido. La sentencia declara además al <strong data-start="2084" data-end="2107">Gobierno de Navarra</strong> como responsable civil subsidiario.</p>

<p data-start="2145" data-end="2439">La Audiencia sostiene que la actuación del agente que accedió al calabozo supuso “un claro acto de dominación arbitraria y abuso de poder”. Los magistrados consideran probado que golpeó al detenido, lo arrastró de las piernas para tirarlo del banco al suelo y lo dejó engrilletado a la espalda.</p>

<p data-start="2441" data-end="2721">Para el tribunal, ese comportamiento atentó no solo contra la integridad física del arrestado, sino también contra su integridad moral. La resolución habla de un maltrato con un evidente componente de vejación y humillación, cometido además en un contexto de especial indefensión.</p>

<p data-start="2723" data-end="2934">Los jueces subrayan que el detenido se encontraba encerrado en el calabozo, sin posibilidad real de defenderse ni de pedir ayuda a terceros. En ese escenario, recalcan, el uso de la fuerza no estaba justificado.</p>

<p data-start="2936" data-end="3222">La sentencia recuerda que la ley encomienda a los agentes de la <strong data-start="3000" data-end="3017">Policía Foral</strong> la persecución de los delitos, pero siempre desde el respeto estricto a los derechos fundamentales. Por eso insiste en que la fuerza solo puede utilizarse en supuestos excepcionales y con un fin legítimo.</p>

<p data-start="3224" data-end="3500">La Sala descarta que haya quedado acreditado que la víctima insultara o amenazara al agente antes de la agresión. Y añade que, aunque eso hubiera ocurrido, tampoco serviría para justificar una reacción como la que reflejan las imágenes grabadas en los calabozos de <strong data-start="3489" data-end="3499">Tudela</strong>.</p>

<p data-start="3502" data-end="3825">Sí da por probado, en cambio, que el detenido mantuvo tras su arresto una actitud desafiante, provocativa e incluso grosera, tanto con palabras como con gestos. Aun así, los magistrados destacan que el resto de policías que intervinieron con él actuaron con profesionalidad y consiguieron reconducir la situación con calma.</p>

<p data-start="3827" data-end="4098">La Audiencia recalca de forma expresa que el agente condenado como autor material “no estaba de ninguna manera legitimado para agredir” al detenido. Su obligación, señala, era calmarlo, velar por su integridad física al estar bajo custodia y respetar su honor y dignidad.</p>

<p data-start="4100" data-end="4363">Los jueces también inciden en que, si las supuestas amenazas o faltas de respeto hubieran sido realmente graves, el policía disponía de cauces legales para denunciarlas. Sin embargo, no lo hizo ni dejó constancia de esos hechos en ningún informe ni parte interno.</p>

<p data-start="4365" data-end="4624">Respecto al segundo condenado, la resolución destaca que llevaba <strong data-start="4430" data-end="4454">26 años en el cuerpo</strong>, por lo que era un agente con experiencia. Por eso no acepta su versión exculpatoria y concluye que vio directamente los puñetazos que su compañero propinó al arrestado.</p>

<p data-start="4626" data-end="4871">Según la sentencia, no intervino, no llamó a otros compañeros y tampoco realizó ninguna acción eficaz para frenar la agresión. La Sala considera acreditado que podía haber hecho un gesto, una advertencia o una indicación para evitar lo sucedido.</p>

<p data-start="4873" data-end="5085">“Pudo y debió impedir lo ocurrido”, resumen los magistrados sobre su actuación. De ahí que le atribuyan responsabilidad penal por no haber actuado ante una agresión cometida dentro de los calabozos de <strong data-start="5074" data-end="5084">Tudela</strong>.</p>

<p data-start="5087" data-end="5299">La sentencia absuelve, en cambio, al tercer acusado, un agente que había ingresado en la <strong data-start="5176" data-end="5193">Policía Foral</strong> el 30 de diciembre de 2024 y que en la fecha de los hechos solo llevaba <strong data-start="5266" data-end="5277">25 días</strong> de servicio efectivo.</p>

<p data-start="5301" data-end="5557">La Sala lo describe como una persona insegura, dubitativa y sin certeza sobre cómo debía actuar en ese momento. Las imágenes lo sitúan en un lateral, mientras era el agente condenado como autor material quien llevaba la iniciativa y daba las instrucciones.</p>

<p data-start="5559" data-end="5846" data-is-last-node="" data-is-only-node="">Los jueces también tienen en cuenta que la agresión se produjo en presencia del otro policía ya veterano, que permaneció pasivo. Por eso entienden que, dadas las circunstancias, al agente recién incorporado no se le podía exigir jurídicamente una actuación distinta frente a un superior.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[El vídeo de la brutal agresión de dos policías a un detenido con problemas mentales por el que han sido condenados en Tudela]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Dos policías forales condenados a nueve y seis meses de prisión por golpear a un detenido en Tudela]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/dos-policias-forales-condenados-nueve-seis-meses-prision-golpear-detenido-tudela/20260417085521640974.html</link>
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  <pubDate>Fri, 17 Apr 2026 08:55:21 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[José Miguel Montes]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La agresión ocurrió en los calabozos de la comisaría de la capital ribera en febrero del año pasado]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p><strong>Dos policías forales</strong> han sido condenados por la <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/camaras-ocultas-videos-fotos-menor-navarra-caso-llega-juez-fiscal-pide-13-anos-prision/20260415073932640618.html"><strong>Audiencia de Navarra</strong></a> por la agresión a un detenido en los calabozos de la comisaría de <strong>Tudela</strong> el 12 de febrero de 2025. La sentencia ha impuesto 9 meses de prisión al agente que golpeó al arrestado y 6 meses al compañero que presenció la escena sin impedirla, mientras que el tercer acusado ha sido absuelto.</p>

<p>La resolución, que puede recurrirse ante el <a href="https://navarra.okdiario.com/tags/tribunal-superior-justicia-navarra/"><strong>Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong></a>, considera probado que uno de los agentes zarandeó al detenido, le golpeó y le propinó puñetazos en la cara dentro de los calabozos de <strong>Tudela</strong>. El tribunal entiende además que el segundo condenado también es responsable porque “pudo y debió impedir lo ocurrido”.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/03/16/2026031608350329403.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/juicio-pamplona-piden-10-anos-perder-ojo-pelea/20260316083525637041.html">Un chico pierde un ojo en Pamplona tras intentar mediar en una pelea: el agresor puede ir a la cárcel</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La víctima acudió al día siguiente al servicio de <strong>Urgencias Hospitalarias</strong>. Allí le apreciaron tumefacción y hematoma en el puente nasal, una erosión superficial en la región escapular derecha y hematomas en ambas rodillas.</p>

<p>En su sentencia, la <strong>Audiencia de Navarra</strong> atribuye al autor material de la agresión un delito menos grave contra la integridad moral del artículo 175 del <strong>Código Penal</strong>, además de un delito leve de lesiones. Por ello, le ha impuesto 9 meses de prisión por el primero y una multa de 600 euros por el segundo.</p>

<p>Al otro agente condenado, los magistrados le han impuesto 6 meses de prisión por un delito menos grave contra la integridad moral del artículo 176 del <strong>Código Penal</strong>. Ese precepto castiga a la autoridad o funcionario que, faltando a los deberes de su cargo, permite que otras personas ejecuten actos atentatorios o vejatorios.</p>

<p>Además, ambos encausados han sido inhabilitados para empleo o cargo público durante 3 y 2 años, respectivamente. El agente que golpeó al arrestado deberá indemnizarle con 350 euros por las lesiones y con 3.500 euros por las secuelas.</p>

<p>Los dos policías también tendrán que abonar de forma conjunta y solidaria otros 4.000 euros por el <strong>daño moral</strong> causado a la víctima. La sentencia declara además al <strong>Gobierno de Navarra</strong> como responsable civil subsidiario.</p>

<p>Los hechos juzgados quedaron grabados por las cámaras de los <strong>calabozos</strong> de la comisaría de Tudela. Esas imágenes han resultado clave para el análisis que hace el tribunal sobre lo ocurrido aquella jornada.</p>

<p>La Sala sostiene que la actuación del agente 979, al acceder al calabozo y agredir al detenido con golpes y puñetazos, además de arrastrarlo de las piernas para tirarlo del banco al suelo y dejarlo engrilletado a la espalda, supuso “un claro acto de dominación arbitraria y abuso de poder”. Los magistrados entienden que esa conducta atentó tanto contra la integridad física como contra la integridad moral del arrestado.</p>

<p>Según recoge la resolución, se trató de un supuesto de <strong>maltrato</strong> con un claro componente de vejación y humillación. El detenido, dentro del calabozo y en una situación de indefensión, quedó sin posibilidad real de repeler la agresión ni de pedir auxilio a terceros.</p>

<p>La Audiencia subraya que la ley encomienda a los agentes de la <strong>Policía Foral</strong> la persecución de los delitos, pero siempre desde el respeto pleno a los derechos fundamentales. Por eso recuerda que el uso de la fuerza solo está legitimado en situaciones excepcionales y con un fin constitucionalmente legítimo.</p>

<p>Los jueces añaden que no ha quedado acreditado que la víctima hubiera insultado o amenazado al agente antes de sufrir la agresión. Y remarcan que, en cualquier caso, ese extremo no serviría para justificar una reacción como la que se produjo en los calabozos de Tudela.</p>

<p>Sí consideran probado, sin embargo, que tras la detención el denunciante mantuvo una actitud desafiante, provocativa e incluso grosera y obscena, tanto con palabras como con gestos. Aun así, la Sala destaca que el resto de agentes que intervinieron con él actuaron con profesionalidad y lograron reconducir la situación con calma.</p>

<p>“El agente 979 no estaba de ninguna manera legitimado para agredir” al detenido, recalca la sentencia. Los magistrados inciden en que su obligación era calmarlo, proteger su integridad física al estar bajo custodia y respetar su honor y dignidad.</p>

<p>La resolución también pone el foco en que, si las supuestas amenazas o faltas de respeto hubieran sido graves, el agente podía haber utilizado las vías legales previstas. Sin embargo, no solo no lo hizo, sino que tampoco dejó constancia de esos hechos en ningún informe o parte interno.</p>

<p>Sobre el segundo condenado, el agente 570, la <strong>Audiencia de Navarra</strong> resalta que llevaba 26 años en el cuerpo, por lo que era un policía experimentado. Por eso no acepta su versión exculpatoria y concluye que vio directamente los puñetazos que su compañero propinó al arrestado.</p>

<p>Según el tribunal, este agente no intervino ni avisó a otros compañeros para que acudieran al calabozo. La Sala considera acreditado que podía haber hecho un gesto, una advertencia o una indicación eficaz para frenar la actuación del otro policía.</p>

<p>“Pudo y debió impedir lo ocurrido”, resumen los magistrados sobre su conducta. De ahí que concluyan que es tan responsable como el autor material de la agresión en los hechos sucedidos en <strong>Tudela</strong>.</p>

<p>En cambio, la sentencia absuelve al tercer acusado, <strong>defendido por el letrado Guillermo Chaverri</strong>, el agente 1442, que había ingresado en la Policía Foral el 30 de diciembre de 2024. Hasta el momento de los hechos solo había trabajado 25 días en el cuerpo.</p>

<p>La Sala describe a este tercer policía como una persona “insegura”, dubitativa y sin certeza sobre cómo debía actuar. Las imágenes, según la resolución, lo sitúan en un lateral, mientras era el agente 979 quien llevaba la iniciativa y daba las instrucciones.</p>

<p>Los jueces también tienen en cuenta que la agresión se produjo en presencia del agente 570, con 26 años de antigüedad, que permaneció pasivo. Por eso entienden que, dadas todas las circunstancias, al policía recién incorporado no se le podía exigir jurídicamente una actuación distinta frente a un superior.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Dos policías forales condenados a nueve y seis meses de prisión por golpear a un detenido en Tudela]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Una imagen de archivo de los calabozos de la Policía Foral.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Una imagen de archivo de los calabozos de la Policía Foral.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Condenado a 180 años de cárcel el profesor del instituto de Zizur que grabó a 42 mujeres en baños y probadores]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/condenado-180-anos-profesor-instituto-zizur-que-grabo-42-mujeres-banos-probadores/20260415100027640695.html</link>
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  <pubDate>Wed, 15 Apr 2026 10:00:27 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[José Miguel Montes]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[Además, deberá indemnizar a las víctimas con cantidades de entre 3.000 y 15.000 euros]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p><strong>La <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/camaras-ocultas-videos-fotos-menor-navarra-caso-llega-juez-fiscal-pide-13-anos-prision/20260415073932640618.html">Audiencia de Navarra</a></strong> ha condenado a <strong>180 años y 9 meses de prisión</strong> al profesor del <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/sociedad/estudiantes-navarra-zizur-mayor-firman-hazana-concurso-nacional-hormigon/20251101102042621704.html"><strong>IES de Zizur</strong></a> que grabó a <strong>42 mujeres</strong> en los baños del centro y también en <strong>probadores</strong> de establecimientos comerciales. La sentencia, que todavía puede ser recurrida ante el <a href="https://navarra.okdiario.com/tags/tribunal-superior-justicia-navarra/"><strong>Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong></a>, fija además un máximo de cumplimiento efectivo de <strong>15 años de cárcel</strong>.</p>

<p>Los magistrados han aplicado el artículo 76 del <strong>Código Penal</strong> y han precisado que ese límite de cumplimiento equivale al triple de la pena más alta impuesta en esta causa, fijada en <strong>5 años</strong>. Junto a la condena de prisión, la <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/camaras-ocultas-videos-fotos-menor-navarra-caso-llega-juez-fiscal-pide-13-anos-prision/20260415073932640618.html"><strong>Audiencia de Navarra</strong></a> también le ha impuesto <strong>10 años de inhabilitación</strong> para cualquier profesión, oficio o actividad relacionada con <strong>menores de edad</strong>.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/03/26/2026032614335322957.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/abogada-evita-multa-navarra-tsjn-deja-aviso-serio-inteligencia-artificial-juicios/20260326143438638212.html">Una abogada evita una multa por usar IA, pero el TSJN deja un aviso serio para el futuro</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El fallo recoge que el condenado deberá indemnizar a las <strong>42 víctimas</strong> con cantidades de entre <strong>3.000 y 15.000 euros</strong>. Antes del juicio, celebrado los días <strong>24 y 25 de marzo</strong>, el acusado había consignado <strong>273.000 euros</strong> para reparar a las denunciantes, por lo que el tribunal ha apreciado la atenuante de <strong>reparación del daño</strong>.</p>

<p>Entre las víctimas figuraba una <strong>vecina</strong>, que fue quien descubrió la cámara y presentó en <strong>octubre de 2023</strong> la denuncia que desencadenó la posterior investigación policial y judicial. A partir de ese momento, el titular del <strong>Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona</strong> autorizó el <strong>19 de octubre de 2023</strong> la entrada y registro en el domicilio del procesado.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2023/11/09/2023110915292756897.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/marroqui-viola-nina-13-anos-pamplona/20260213171852632906.html">Un marroquí viola a una niña de 13 años en Pamplona: la llevó a un lugar apartado y solitario junto al río Arga</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La resolución considera acreditado que el acusado se aprovechó de su condición de <strong>docente</strong> para acceder a la intimidad de varias menores. Según la sentencia, utilizó los <strong>datos personales</strong> de las alumnas para apoderarse de claves de acceso a correos electrónicos y redes sociales como <strong>Instagram</strong> o <strong>Snapchat</strong>, desde donde obtenía archivos e imágenes privadas que luego almacenaba.</p>

<p>La defensa admitió durante la vista tanto las <strong>grabaciones</strong> como el acceso a las carpetas personales de las alumnas para conseguir imágenes. Sin embargo, trató de que esos hechos fueran considerados como un <strong>delito continuado</strong>, una tesis que la Audiencia ha rechazado de forma tajante al entender que cada perjudicada es independiente y que cada una de ellas veía vulnerado su derecho fundamental a la <strong>intimidad</strong>.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/03/05/2026030515265097962.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/vuelvo-enseguida-volvio/20260305152832635121.html">“Vuelvo enseguida”, pero no volvió: la Justicia en Navarra lo condena por encerrarla y violarla</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Además, el tribunal ha dado especial relevancia a la pericial elaborada por los <strong>agentes investigadores</strong>. La sentencia subraya que fue “demoledora” para desmontar la versión de la defensa, ya que rebatió la idea de un acceso masivo e indiscriminado a las cuentas y confirmó, en cambio, un acceso <strong>selectivo</strong> a los perfiles y archivos de las víctimas.</p>

<p>La Audiencia también ha descartado que los archivos se borraran de forma inmediata, como sostenía la defensa. Al contrario, la resolución indica que prácticamente todos los contenidos fueron <strong>conservados</strong>, por lo que ni siquiera fue necesario recuperarlos en la mayoría de los casos.</p>

<p>Otro de los aspectos que destaca el fallo es que el condenado tenía en su poder las <strong>contraseñas</strong> de las menores, lo que le garantizaba un acceso directo, libre y completo a sus perfiles y contenidos privados. Los investigadores encontraron además indicios de la posesión de un <strong>programa informático</strong> que podría emplearse con <strong>inteligencia artificial</strong> para obtener fotografías desnudas de las menores.</p>

<p>En cuanto a las atenuantes solicitadas por la defensa, la <strong>Audiencia de Navarra</strong> ha rechazado las de <strong>trastorno mental</strong>, <strong>dilaciones indebidas</strong> y <strong>confesión</strong>. Solo ha estimado la de reparación del daño, una circunstancia que ha llevado a los magistrados a imponer las penas en su límite mínimo.</p>

<p>El condenado ha sido considerado autor de una <strong>cuarentena de delitos contra la intimidad</strong>, además de delitos continuados contra la intimidad, delitos de <strong>posesión de pornografía infantil</strong> y delitos de <strong>elaboración de pornografía infantil</strong>. La sentencia de la <strong>Audiencia de Navarra</strong> sitúa así uno de los casos más graves conocidos en un centro educativo de <strong>Zizur</strong> por el número de víctimas y por el alcance de la vulneración de su intimidad.</p>
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        <media:title><![CDATA[Condenado a 180 años de cárcel el profesor del instituto de Zizur que grabó a 42 mujeres en baños y probadores]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Sede del edificio de la Audiencia Provincial de Navarra, donde se encuentra el TSJN. ARCHIVO]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Sede del edificio de la Audiencia Provincial de Navarra, donde se encuentra el TSJN. ARCHIVO]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[La estafa que vació 81.000 euros de una empresa navarra con un solo correo electrónico falso]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/estafa-que-vacio-81000-euros-empresa-navarra-solo-correo-falso/20260415074510640549.html</link>
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  <pubDate>Wed, 15 Apr 2026 07:45:10 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El fraude se produjo cuando una empresa del sector agrícola abonó dos facturas a cuentas que no pertenecían a sus proveedores.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Fiscalía de Navarra</strong> ha solicitado la apertura de juicio oral contra <strong>cuatro acusados</strong> por una presunta estafa informática que logró desviar <strong>81.440,03 euros</strong> de una empresa navarra. El caso llega esta semana a la <strong>Audiencia de Navarra&nbsp;</strong>después de una investigación que sitúa el origen del fraude a comienzos de 2022.</p>

<p>Según sostiene el Ministerio Público, todo comenzó con un <strong>correo electrónico fraudulento</strong> enviado a una empresa del <strong>sector agrícola</strong>. El mensaje simulaba una comunicación comercial legítima y reclamaba el pago de dos facturas pendientes, por importes aproximados de <strong>51.800</strong> y <strong>29.600 euros</strong>, pero facilitaba dos cuentas bancarias que no pertenecían a los proveedores reales.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/10/2026041010185370223.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/dos-medicos-clinica-universidad-navarra-viajan-congo-operar-10-mujeres-cancer/20260414073634640032.html">Salvar a 10 mujeres con un peligroso cáncer: el viaje de dos médicos de la Clínica Universidad de Navarra</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La acusación mantiene que detrás de esa maniobra actuaban los cuatro procesados junto a un <strong>quinto implicado</strong>, que actualmente se encuentra en <strong>rebeldía procesal</strong>. La finalidad, siempre según el relato del fiscal, era conseguir que el administrador de la mercantil realizara los pagos creyendo que estaba cumpliendo con una obligación ordinaria de la empresa.</p>

<p>La maniobra funcionó. La <strong>empresa navarra</strong>, convencida de que las instrucciones eran auténticas, hizo las transferencias en una sola jornada. El dinero acabó así en cuentas controladas por la red, en lugar de llegar a sus destinatarios legítimos.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/13/2026041311023331312.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/hotel-mas-famoso-pamplona-era-fonda-solo-31-camas-hoy-es-unico-cinco-estrellas/20260414073535640369.html">El hotel más famoso de Pamplona nació como una fonda con 31 camas y hoy es el único de 5 estrellas</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Uno de los elementos que, según la Fiscalía, buscaba dificultar el seguimiento del dinero era el uso de una <strong>cuenta bancaria</strong> abierta a nombre de una persona completamente ajena a la trama. Esa persona había denunciado previamente la <strong>sustracción de su documentación personal</strong>. La otra cuenta figuraba a nombre del acusado que permanece fugado.</p>

<p>Una vez recibido el dinero, el fiscal relata que comenzó un rápido proceso de <strong>reparto y ocultación de fondos</strong>. Parte del efectivo fue retirado en cajeros automáticos y otra parte se transfirió a los cuatro acusados que ahora se sentarán en el banquillo.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/13/2026041311154688694.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/clinica-universidad-navarra-halla-factor-inesperado-que-mejora-inmunoterapia-cancer/20260413112117640374.html">El hallazgo inesperado de la Clínica Universidad de Navarra que cambia el pronóstico de un temido cáncer</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Las cantidades que, supuestamente, recibió cada uno de los procesados oscilaron entre <strong>4.400</strong> y <strong>17.800 euros</strong>. Esa distribución del dinero es uno de los indicios en los que se apoya la acusación para sostener que existió una actuación coordinada entre los implicados.</p>

<p>La Fiscalía califica los hechos como un delito de <strong>falsedad en documento privado</strong> en concurso de normas con un delito de <strong>estafa</strong>. En términos prácticos, la acusación entiende que la falsificación de la comunicación sirvió como instrumento para ejecutar el engaño y obtener el dinero de la empresa perjudicada.</p>

<p>En el escrito de acusación también se recoge una medida específica para uno de los procesados, de <strong>nacionalidad extranjera</strong>. En su caso, el fiscal solicita que la pena de prisión sea sustituida por la <strong>expulsión del territorio nacional</strong>, con prohibición de regresar a España durante <strong>diez años</strong>.</p>

<p>Además, el Ministerio Público reclama que los acusados indemnicen de forma <strong>directa y solidaria</strong> a la mercantil afectada con el total del dinero defraudado, es decir, <strong>81.440,03 euros</strong>, junto con los intereses legales correspondientes.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[La estafa que vació 81.000 euros de una empresa navarra con un solo correo electrónico falso]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Una persona envía correos electrónicos.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Una persona envía correos electrónicos.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Cámaras ocultas, vídeos y fotos a una menor en Navarra: el caso llega ante el juez y el fiscal pide hasta 13 años de prisión]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/camaras-ocultas-videos-fotos-menor-navarra-caso-llega-juez-fiscal-pide-13-anos-prision/20260415073932640618.html</link>
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  <pubDate>Wed, 15 Apr 2026 07:39:32 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>El Ministerio Público acusa al procesado de captar imágenes íntimas de la víctima desde que era menor y difundirlas posteriormente sin su consentimiento.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra será el escenario esta semana del juicio contra un hombre para quien la Fiscalía solicita una pena total de trece años y tres meses de prisión por <strong>diversos delitos cometidos contra una misma mujer</strong>.</p>

<p>El escrito de acusación detalla una serie de episodios que van desde la<strong> elaboración de material pornográfico</strong> cuando la víctima era menor de edad hasta la grabación no consentida de encuentros íntimos y una posterior agresión física en la vía pública.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/10/2026041010185370223.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/dos-medicos-clinica-universidad-navarra-viajan-congo-operar-10-mujeres-cancer/20260414073634640032.html">Salvar a 10 mujeres con un peligroso cáncer: el viaje de dos médicos de la Clínica Universidad de Navarra</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Los hechos más remotos se sitúan en torno al mes de junio de 2021, momento en el que, según el relato fiscal, el acusado realizó numerosas fotografías de contenido obsceno a la joven en su domicilio particular. <strong>En aquel periodo, la víctima era todavía menor de edad</strong> y aparecía en las imágenes en posturas lascivas y con escasa ropa, unos archivos que el procesado almacenó posteriormente en un ordenador de su propiedad.</p>

<p>Por este motivo, el fiscal le imputa <strong>dos delitos de utilización de menores de edad</strong> para elaborar material pornográfico, solicitando por cada uno de ellos cuatro años de cárcel.La relación entre ambos continuó hasta mayo de 2023, fecha en la que se produjo un nuevo incidente de gravedad. Según el Ministerio Público, el acusado mantuvo relaciones sexuales con la mujer tras haber ocultado previamente un teléfono móvil en modo grabación. Esta captura de vídeo se realizó sin el conocimiento ni el consentimiento de la joven.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/10/2026041014023780052.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/obra-religiosa-desaparecida-parroquia-navarra-reaparece-avila-ha-sido-devuelta-dueno/20260410142406640057.html">La obra religiosa desaparecida de una parroquia navarra reaparece en Ávila y ya ha sido devuelta a su dueño</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Apenas una semana después, el procesado exhibió tanto ese <strong>vídeo íntimo como otras fotografías de la víctima</strong> a una tercera persona, de nuevo sin contar con la autorización de la afectada. Estos hechos son calificados por la Fiscalía como un delito de descubrimiento y revelación de secretos, por el que solicita una condena de cuatro años y seis meses de prisión.</p>

<p>El último de los episodios recogidos <strong>tuvo lugar en una zona pública de una localidad navarra</strong>. Tras iniciar una discusión motivada por los celos, el acusado empujó y propinó un golpe a la joven, causándole lesiones que requirieron asistencia facultativa y diez días de recuperación. Por esta agresión, que se tipifica como un delito de maltrato no habitual, se solicitan otros nueve meses de prisión y la privación del derecho a portar armas durante dos años.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/13/2026041311023331312.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/hotel-mas-famoso-pamplona-era-fonda-solo-31-camas-hoy-es-unico-cinco-estrellas/20260414073535640369.html">El hotel más famoso de Pamplona nació como una fonda con 31 camas y hoy es el único de 5 estrellas</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Además de las penas privativas de libertad, <strong>la Fiscalía pide medidas de protección contundentes para la víctima</strong>. Se solicita la prohibición de que el acusado se aproxime a menos de 200 metros de la mujer o se comunique con ella por cualquier medio durante un periodo de cinco años tras cumplir la condena. Asimismo, el procesado quedaría sujeto a una medida de libertad vigilada durante cinco años y se le impondría una inhabilitación especial de doce años para cualquier oficio que conlleve contacto directo con menores de edad.</p>

<p>En concepto de responsabilidad civil, <strong>el fiscal reclama que el acusado indemnice a la joven con un total de 1.900 euros</strong>. De esta cantidad, 1.000 euros corresponden a las lesiones físicas sufridas durante la agresión y los 900 euros restantes al daño moral causado por la invasión de su intimidad y la difusión de material sensible.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Cámaras ocultas, vídeos y fotos a una menor en Navarra: el caso llega ante el juez y el fiscal pide hasta 13 años de prisión]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Una sala de vistas del Palacio de Justicia de Pamplona.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Una sala de vistas del Palacio de Justicia de Pamplona.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El juez confirma que la mujer muerta en Pamplona huía por la ventana y manda a la cárcel a su expareja]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/prision-pareja-mujer-fallecida-pamplona-quiso-escapar-ventana-sabanas/20260414161606640665.html</link>
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  <pubDate>Tue, 14 Apr 2026 16:16:06 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La resolución judicial destaca que existía una orden de alejamiento vigente y que el investigado la incumplía pese a conocerla perfectamente.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>El juez ha decretado el <strong>ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza</strong> del hombre de nacionalidad argelina detenido el pasado día 12<a target="_blank" href="https://navarra.okdiario.com/articulo/pamplona/investigan-caso-violencia-genero-caida-mujer-piso-barrio-pamplones-san-jorge/20260412130652640208.html"> tras la muerte de su <strong>expareja</strong>, que se precipitó cuando trataba de descolgarse desde una ventana del domicilio de él</a>, un tercer piso situado en el barrio pamplonés de <strong>San Jorge</strong>.</p>

<p>El titular del juzgado número 2 de la <strong>Sección de Violencia sobre la Mujer</strong> del Tribunal de Instancia de Pamplona le imputa un <strong>quebrantamiento continuado de medida cautelar</strong> en concurso con un delito de <strong>detención ilegal</strong>, según recoge una resolución judicial que puede ser recurrida.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/10/2026041010185370223.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/dos-medicos-clinica-universidad-navarra-viajan-congo-operar-10-mujeres-cancer/20260414073634640032.html">Salvar a 10 mujeres con un peligroso cáncer: el viaje de dos médicos de la Clínica Universidad de Navarra</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La pareja había mantenido una relación sentimental durante la cual la mujer, natural de Nicaragua y de 37 años,&nbsp;interpuso una denuncia contra él por un delito de <strong>malos tratos</strong>. En ese procedimiento, en septiembre de 2025 se decretó una <strong>orden de alejamiento</strong> que seguía en vigor en el momento de los hechos.</p>

<p>Pese a ello, ambos habían retomado la relación desde hacía aproximadamente dos meses. El magistrado subraya en el auto que el investigado era “<strong>perfectamente conocedor</strong>” de la vigencia de esa resolución judicial y sostiene que había mostrado una actitud “<strong>deliberadamente obstativa y despreciativa</strong>” hacia su cumplimiento.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/13/2026041311023331312.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/hotel-mas-famoso-pamplona-era-fonda-solo-31-camas-hoy-es-unico-cinco-estrellas/20260414073535640369.html">El hotel más famoso de Pamplona nació como una fonda con 31 camas y hoy es el único de 5 estrellas</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Según consta en la resolución, el atestado deja reflejado que una testigo que convivía en la vivienda, y que se encontraba en una habitación contigua, escuchó sobre las 4.10 horas cómo la víctima abrió la puerta de acceso al piso con intención de <strong>abandonar la vivienda</strong>.</p>

<p>Sin embargo, siempre según el relato judicial, el investigado se lo impidió de inmediato. Primero cerró la puerta con fuerza y después la cerró con llave, “de forma que no dejó que la mujer saliese del domicilio”, recoge el auto.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/14/2026041412543468443.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/hombre-agrede-nina-4-anos-supermercado-pamplona-madre-perdio-vista/20260414125620640546.html">Un hombre agrede a una niña de 4 años en un supermercado de Pamplona: la madre la perdió de vista</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>A continuación, la misma testigo oyó un golpe en la cocina, como si la puerta de esa estancia hubiera chocado contra una mesa. Por ello interpretó que el investigado había podido <strong>empujar a la víctima</strong>, a la que también escuchó emitir “<strong>sonidos jadeantes</strong>”.</p>

<p>Después de volver a acostarse, esta conviviente oyó “un grito de mujer como si viniese de la calle”, mientras el investigado gritaba: “¡Por qué, Dios, por qué!”.</p>

<p>El magistrado relata además que el atestado deja constancia de la <strong>precipitación</strong> de la víctima desde una ventana del piso, desde la que se habría intentado descolgar utilizando <strong>sábanas</strong>. También señala que los testigos coincidieron en que la puerta de la vivienda no solía quedar cerrada, aunque una de las personas presentes oyó cómo se cerraba por dentro cuando la mujer quería marcharse.</p>

<p>El juez añade que esa circunstancia se produjo mientras ambos mantenían una <strong>discusión</strong> dentro del domicilio, extremo que el investigado no niega, aunque ofreció una versión exculpatoria en la que atribuyó la tensión vivida a los <strong>celos de la víctima</strong>.</p>

<p>La resolución también recuerda que entre los motivos de la denuncia presentada por la mujer en septiembre de 2025 figuraba que el encausado la había <strong>golpeado</strong> y que le había <strong>impedido salir</strong> del lugar en el que se encontraba, reteniéndola contra su voluntad.</p>

<p>Con esos elementos, el magistrado ha acordado la prisión solicitada por la <strong>Fiscalía</strong>, tanto por la gravedad de las penas previstas para los delitos que se investigan como para evitar una posible fuga del encausado, al que describe en una “<strong>situación irregular y carente de arraigo</strong>”.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[El juez confirma que la mujer muerta en Pamplona huía por la ventana y manda a la cárcel a su expareja]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[La Policía Municipal de Pamplona ha detenido este domingo a un hombre, por quebrantamiento de condena, después de que una mujer se haya precipitado desde la terraza de un edificio de viviendas en el barrio de San Jorge. El suceso, ha informado a EFE la Policía Municipal de Pamplona, ha tenido lugar hacia las 4:30 horas de este domingo en la calle Sanduzelai, hasta donde se ha desplazado además un equipo médico que no ha podido hacer nada por salvar la vida de la mujer.-EFE/ Iñaki Porto]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[La Policía Municipal de Pamplona ha detenido este domingo a un hombre, por quebrantamiento de condena, después de que una mujer se haya precipitado desde la terraza de un edificio de viviendas en el barrio de San Jorge. El suceso, ha informado a EFE la Policía Municipal de Pamplona, ha tenido lugar hacia las 4:30 horas de este domingo en la calle Sanduzelai, hasta donde se ha desplazado además un equipo médico que no ha podido hacer nada por salvar la vida de la mujer.-EFE/ Iñaki Porto]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Un hombre agrede a una niña de 4 años en un supermercado de Pamplona: la madre la perdió de vista]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/hombre-agrede-nina-4-anos-supermercado-pamplona-madre-perdio-vista/20260414125620640546.html</link>
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  <pubDate>Tue, 14 Apr 2026 12:56:20 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[Los hechos fueron denunciados y esta semana serán juzgados en la Audiencia de Navarra: la fiscalía solicita prisión para el acusado.&nbsp;]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La Fiscalía de <strong>Navarra </strong>ha solicitado una pena de <strong>cinco años de prisión</strong> para un hombre acusado de agredir sexualmente a una menor de edad en un conocido hipermercado de Pamplona.</p>

<p>Los hechos, que serán juzgados este miércoles en la Audiencia Provincial, ocurrieron durante la tarde del 25 de enero de 2025. Según el relato del Ministerio Público, el acusado se encontraba realizando las <strong>compras en el establecimiento cuando</strong>, sobre las ocho de la tarde, detectó a una niña de 4 años que se encontraba jugando en el local.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/13/2026041311023331312.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/hotel-mas-famoso-pamplona-era-fonda-solo-31-camas-hoy-es-unico-cinco-estrellas/20260414073535640369.html">El hotel más famoso de Pamplona nació como una fonda con 31 camas y hoy es el único de 5 estrellas</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Aprovechando que la víctima se había alejado <strong>momentáneamente de su madre</strong>, el procesado se acercó a ella y, con ánimo libidinoso —es decir, con una intención de obtener satisfacción sexual—, le tocó los glúteos con fuerza.&nbsp;</p>

<p>El fiscal considera que estos hechos son <strong>constitutivos de un delito de agresión sexual</strong> a una persona menor de 16 años, por el que además de la pena de cárcel, solicita&nbsp;la imposición de cinco años de libertad vigilada.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/10/2026041010185370223.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/dos-medicos-clinica-universidad-navarra-viajan-congo-operar-10-mujeres-cancer/20260414073634640032.html">Salvar a 10 mujeres con un peligroso cáncer: el viaje de dos médicos de la Clínica Universidad de Navarra</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Asimismo, la acusación pública reclama que se <strong>prohíba al implicado ejercer cualquier profesión</strong>, oficio o actividad, ya sea remunerada o no, que suponga un contacto regular y directo con menores de edad durante un periodo de diez años.</p>

<p>En el apartado de la responsabilidad civil, el escrito de conclusiones provisionales establece que el acusado debe indemnizar a la menor, a través de sus representantes legales, con la <strong>cantidad de 600 euros </strong>en concepto de daños morales. Esta cifra busca compensar el impacto emocional y el sufrimiento causado a la víctima por la acción del procesado.</p>

<p>Por último, el Ministerio Público ha solicitado que se mantenga la<strong> inhabilitación especial para el derecho de sufragio </strong>pasivo durante el tiempo que dure la condena, lo que impediría al acusado ser elegido para cargos públicos.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Un hombre agrede a una niña de 4 años en un supermercado de Pamplona: la madre la perdió de vista]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Una niña pequeña en el pasillo de un supermercado.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Una niña pequeña en el pasillo de un supermercado.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El narco de Pamplona que vigilaba cada movimiento antes de vender cocaína en la calle]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/narco-pamplona-que-vigilaba-cada-movimiento-antes-vender-cocaina-calle/20260414122747640539.html</link>
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  <pubDate>Tue, 14 Apr 2026 12:27:47 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La Fiscalía pide cinco años de prisión para un acusado de vender cocaína en Pamplona y Berriozar y plantea su expulsión de España.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Audiencia Provincial de Navarra</strong> va a juzgar este miércoles a un hombre para quien la <strong>Fiscalía</strong> solicita <strong>cinco años de prisión</strong> y una multa de <strong>1.845 euros</strong> por un presunto <strong>delito contra la salud pública</strong>. El Ministerio Público sostiene que el acusado se dedicaba de forma habitual al suministro de <strong>cocaína</strong> en distintos puntos de <strong>Pamplona</strong> y <strong>Berriozar</strong>.</p>

<p>La acusación añade además una petición especialmente relevante en este caso. Al tratarse de un ciudadano extranjero y contar con antecedentes por hechos similares, el fiscal ha interesado que la pena de cárcel sea sustituida por su <strong>expulsión de España</strong>, con la prohibición de regresar al territorio nacional durante <strong>diez años</strong>.ç</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Según el relato de la Fiscalía, la actividad investigada se prolongó durante los meses de <strong>febrero, marzo y abril</strong> del pasado año. El primer episodio recogido en el escrito se produjo a finales de febrero, en una calle céntrica de la capital navarra, cuando el acusado mantuvo una fuerte discusión con un posible comprador al negarse a fiarle la sustancia.</p>

<p>Aquella escena terminó con la intervención de agentes de la <strong>Policía Foral</strong>, que interceptaron al investigado y le encontraron tres bolsitas de <strong>cocaína</strong> entre sus pertenencias. La droga presentaba una pureza superior al 80% y su valor en el mercado ilícito habría superado los <strong>460 euros</strong>, siempre según la acusación pública.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>A partir de ahí, las vigilancias policiales continuaron durante semanas. Los investigadores sostienen que el <strong>acusado repetía un mismo patrón </strong>antes de cada encuentro: realizaba maniobras de seguridad con su vehículo para comprobar el entorno y, solo después, cerraba las operaciones con sus clientes en distintos puntos de la comarca de Pamplona.</p>

<p>Una de esas transacciones se produjo en el barrio de la <strong>Rochapea</strong>. Según expone el fiscal, un varón se subió al coche del procesado durante apenas veinte segundos, el tiempo suficiente para completar un intercambio de <strong>droga por dinero</strong>. Los agentes mantuvieron el seguimiento y documentaron escenas similares también en <strong>Berriozar</strong> y en las inmediaciones de un establecimiento hostelero de <strong>San Jorge</strong>.</p>

<p>En varios de esos movimientos, la Policía logró interceptar a los compradores nada más terminar las entregas. A algunos de ellos les fueron incautadas dosis de estupefacientes envueltas con el mismo tipo de <strong>embalaje térmico</strong> que, presuntamente, utilizaba el acusado para preparar la sustancia.</p>

<p>El operativo terminó con un registro autorizado en el domicilio del encausado, situado en una avenida principal de <strong>Pamplona</strong>. En el interior de la vivienda, los agentes hallaron una <strong>máquina termoselladora</strong>, bolsas de plástico para empaquetado y una <strong>báscula de precisión</strong> con restos de sustancias blanquecinas, además de una pequeña cantidad de anfetaminas.</p>

<p>La Fiscalía sostiene que todos esos elementos eran compatibles con una actividad orientada a la preparación y distribución de dosis de droga. El valor conjunto de las sustancias intervenidas en este procedimiento asciende, según el escrito de acusación, a <strong>más de 600 euros</strong>.</p>

<p>El Ministerio Público califica los hechos como un <strong>delito contra la salud pública</strong> en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud. En su petición de pena pesa además una circunstancia que considera clave: la <strong>reincidencia</strong>, ya que el acusado cuenta con una condena anterior firme por hechos similares dictada en <strong>Barcelona</strong> en 2016.</p>

<p>Por todo ello, la Fiscalía solicita la pena de prisión, la multa económica y el <strong>comiso</strong> de la droga y del dinero intervenido durante la investigación. También mantiene su petición de que, en caso de acordarse la sustitución de la cárcel, el procesado sea expulsado del territorio nacional y no pueda volver a <strong>España</strong> durante una década.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[El narco de Pamplona que vigilaba cada movimiento antes de vender cocaína en la calle]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Operación contra un narco en una calle de Navarra.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Operación contra un narco en una calle de Navarra.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El presidente de Acciona acaba citado como investigado tras plantar dos veces al Parlamento de Navarra]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/presidente-acciona-acaba-citado-como-investigado-plantar-dos-veces-parlamento-navarra/20260414113214640507.html</link>
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  <pubDate>Tue, 14 Apr 2026 11:32:14 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>La citación judicial llega después de que el presidente de Acciona faltara a dos convocatorias de la comisión que investiga adjudicaciones y obras públicas del Gobierno de Navarra.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/politica/fiscalia-pide-investigar-presidente-acciona-comparecer-comision-investiga-trama-cerdan/20260325140027637998.html"><strong>José Manuel Entrecanales</strong></a> ha sido citado como investigado por un presunto delito de <strong>desobediencia</strong> después de <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/politica/presidente-acciona-planta-parlamento-navarra-deja-vacia-comision-obras-publicas/20260120103904630558.html">no acudir en dos ocasiones a la comisión del <strong>Parlamento de Navarra</strong></a> que investiga la licitación y adjudicación de obras públicas del Gobierno foral. El presidente de <strong>Acciona</strong> deberá declarar el próximo 4 de septiembre en <strong>Pamplona</strong>.</p>

<p>La decisión judicial se ha conocido después de que la Mesa del <strong>Parlamento de Navarra</strong> haya sido informada este lunes y la comisión de investigación este martes del auto dictado por el juzgado de Instrucción número 5 de <strong>Pamplona</strong>. El procedimiento se ha abierto tras la denuncia presentada por la Fiscalía, que actuó a partir de la denuncia interpuesta por la Cámara foral por la incomparecencia del empresario.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p><strong>Entrecanales</strong> había sido citado por primera vez para comparecer el 20 de enero de 2026. Después, tras no acudir a esa convocatoria, volvió a ser llamado para el 9 de febrero del mismo año, pero tampoco asistió a esa segunda sesión.</p>

<p>La comisión del <strong>Parlamento de Navarra</strong> quería que el presidente de <strong>Acciona</strong> explicara qué conocimiento tenía sobre licitaciones, adjudicaciones y procedimientos administrativos en los que hubiera participado la compañía en relación con obras realizadas o financiadas por el Gobierno de <strong>Navarra</strong> durante las cuatro últimas legislaturas. Esa comparecencia se enmarcaba en la investigación parlamentaria sobre contratos públicos de especial relevancia.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Entre los asuntos sobre los que se pretendía recabar información figuraban las obras del <strong>túnel de Belate</strong>. En ese proyecto, <strong>Acciona</strong> concurrió en UTE con Osés Construcción y Servinabar, empresa que, según la UCO, pertenece en un 45 % al exdirigente socialista <strong>Santos Cerdán</strong>.</p>

<p>Antes de la primera citación, la empresa registró un escrito en el <strong>Parlamento de Navarra</strong> para solicitar que se reconsiderara la pertinencia de convocar a <strong>Entrecanales</strong>. Más tarde, la compañía comunicó que su presidente no acudiría porque se encontraba fuera de España debido a “un compromiso ineludible e inaplazable”.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>En su lugar, <strong>Acciona</strong> anunció la presencia de otros dos directivos de la compañía. El 20 de enero acudieron a la Cámara el director general de Relaciones Institucionales, Comunicación y Marca, <strong>Joaquín Mollinedo</strong>, y el director general de Asesoría Jurídica, <strong>José Julio Figueroa</strong>, aunque no se les permitió intervenir al no haber sido citados por la comisión.</p>

<p>Tras aquella sesión, la comisión volvió a convocar a <strong>Entrecanales</strong> para el 9 de febrero. Además, le requirió que justificara su ausencia y le advirtió de que no comparecer podía constituir un delito de <strong>desobediencia</strong> conforme al artículo 502 del <strong>Código Penal</strong>.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Sin embargo, el presidente de <strong>Acciona</strong> tampoco acudió a la segunda convocatoria en <strong>Pamplona</strong>. Para la <strong>Fiscalía</strong>, según consta en su denuncia, esa incomparecencia carecía de justificación, ya que el empresario había sido advertido de manera expresa de su obligación de asistir y de las posibles consecuencias penales.</p>

<p>Por ese motivo, el ministerio público ha considerado que los hechos podrían encajar en un delito contra las instituciones del Estado previsto en el artículo 502 del <strong>Código Penal</strong>. A partir de esa denuncia, el juzgado de Instrucción número 5 de <strong>Pamplona</strong> ha decidido citar a <strong>José Manuel Entrecanales</strong> como investigado para el próximo 4 de septiembre.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[El presidente de Acciona acaba citado como investigado tras plantar dos veces al Parlamento de Navarra]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[El CEO de Acciona, José Manuel Entrecanales. JESUS HELLÍN / EUROPA PRESS]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[El CEO de Acciona, José Manuel Entrecanales. JESUS HELLÍN / EUROPA PRESS]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Lo que escondía en la estación de tren de Pamplona lo ha llevado directo ante el juez]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/que-parecia-control-mas-estacion-tren-pamplona-termino-acusacion-muy-seria/20260413151945640399.html</link>
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  <pubDate>Mon, 13 Apr 2026 15:19:45 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La Fiscalía sostiene que el acusado llevaba cinco dosis de cocaína de alta pureza ocultas entre la ropa interior en la estación de tren de Pamplona.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>Un control policial en la <strong>estación de tren de Pamplona</strong> ha acabado con un hombre acusado de <strong>tráfico de drogas</strong> camino de la <strong>Audiencia Provincial de Navarra</strong>. La Fiscalía ha pedido para él dos años de prisión después de que la policía le encontrara varias dosis de cocaína ocultas entre la ropa interior. El juicio se celebrará este martes en Pamplona.&nbsp;</p>

<p>El escrito del <strong>Ministerio Fiscal</strong> sitúa los hechos en la tarde del <strong>23 de septiembre de 2022</strong>, en las instalaciones ferroviarias del barrio de <strong>San Jorge</strong>. Allí, sobre las 18:45 horas, los agentes identificaron al acusado, un ciudadano de nacionalidad francesa, y durante el registro hallaron cinco bolsitas de cocaína escondidas en la zona de los genitales.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/13/2026041314593951654.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/peticion-12-anos-carcel-vigilante-centro-menores-navarra-agresion-sexual/20260413150844640395.html">El guardián convertido en lobo: piden 12 años para un vigilante que abusó de dos menores en Navarra</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Según mantiene la acusación, la droga estaba distribuida en dosis y preparada para su venta. El informe pericial de la Sección de Inspección Farmacéutica recoge que una de las bolsas contenía <strong>3,52 gramos</strong> con una pureza del <strong>66,4%</strong>, mientras que otra alcanzaba los <strong>4,81 gramos</strong> con una pureza del <strong>62,7%</strong>.</p>

<p>Junto a esas dos cantidades, los agentes localizaron otras tres dosis menores de <strong>0,82</strong>, <strong>0,78</strong> y <strong>0,79 gramos</strong>, con porcentajes de pureza que llegaban hasta el <strong>79,3%</strong>. La valoración total de la sustancia intervenida en el mercado ilícito ha quedado fijada en <strong>2.206,11 euros</strong>.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/13/2026041312474465091.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/osasuna/athletic-vuelve-meter-mano-tajonar-lleva-otra-joya-criada-osasuna/20260413124001640386.html">El Athletic vuelve a meter la mano en Tajonar y se lleva a otra joya formada en Osasuna</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Por estos hechos, la Fiscalía califica el caso como un delito contra la <strong>salud pública</strong> por tráfico de sustancias que causan grave daño a la salud, con apoyo en los artículos 368.2 y 374 del <strong>Código Penal</strong>. Aunque el acusado carece de antecedentes penales, el fiscal ha solicitado para él una pena de <strong>dos años de prisión</strong>.</p>

<p>A esa petición se suma una <strong>multa de 4.412 euros</strong>, equivalente al doble del valor de la droga incautada. En caso de que no pague esa cantidad, el escrito prevé un arresto subsidiario de tres meses de privación de libertad.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Lo que escondía en la estación de tren de Pamplona lo ha llevado directo ante el juez]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Agentes de la Policía Foral viviglan la estación de Renfe en Pamplona mientras varios viajeros suben al tren POLICÍA FORAL]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Agentes de la Policía Foral viviglan la estación de Renfe en Pamplona mientras varios viajeros suben al tren POLICÍA FORAL]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El guardián convertido en lobo: piden 12 años para un vigilante que abusó de dos menores en Navarra]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/peticion-12-anos-carcel-vigilante-centro-menores-navarra-agresion-sexual/20260413150844640395.html</link>
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  <pubDate>Mon, 13 Apr 2026 15:08:44 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La Audiencia de Navarra acoge este martes un juicio contra un ciudadano de nacionalidad búlgara que desempeñaba funciones de seguridad privada en un centro de menores.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La Audiencia de Navarra acoge este martes un juicio contra&nbsp;un<strong> ciudadano de nacionalidad búlgara</strong> que desempeñaba funciones de seguridad privada en un centro de menores de la Comunidad foral para el que la <strong>Fiscalía solicita una pena total de 12 años </strong>de prisión por dos delitos de agresión sexual contra menores de 16 años cometidos en agosto de 2023.</p>

<p>Según las conclusiones del <strong>Fiscal</strong>, el primer incidente ocurrió la noche del 4 de agosto de 2023, cuando una de las internas, de 14 años, pidió al acusado que le abriera el baño. El procesado, tras responder de forma lasciva, utilizó el pretexto de un supuesto olor a tabaco para<strong> realizarle un cacheo inapropiado</strong>, aprovechando su autoridad en el centro.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2018/03/26/2018032614331592447.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tudela-y-ribera/ejemplar-gesto-agricultor-tudela-perdona-robo-huerta-ayudar-comedor-social/20260413134122640388.html">El ejemplar gesto de un agricultor en Navarra: perdona un robo en su huerta para ayudar a un comedor social</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Durante esta acción, <strong>le tocó sus partes íntimas por encima de la ropa</strong>, deteniéndose únicamente porque la menor logró zafarse de un golpe y huyó a su habitación en estado de shock. El escrito destaca que el acusado vulneró gravemente los protocolos de seguridad del centro, que establecen que cualquier registro debe realizarse en presencia de educadoras, en una sala específica y utilizando exclusivamente un detector de metales.</p>

<p>Al día siguiente, <strong>el acusado se dirigió a una segunda menor de 14 años</strong> con comentarios lascivos sobre su anatomía y supuestas relaciones previas con otras jóvenes. Tras la cena, el vigilante siguió a la víctima por las escaleras y le tocó los glúteos con ánimo libidinoso.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/13/2026041312474465091.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/osasuna/athletic-vuelve-meter-mano-tajonar-lleva-otra-joya-criada-osasuna/20260413124001640386.html">El Athletic vuelve a meter la mano en Tajonar y se lleva a otra joya formada en Osasuna</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La<strong> Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de dos delitos de agresión sexual</strong>. Por la agresión a la primera menor, solicita 8 años de prisión, mientras que por la segunda pide otros 4 años. Además de la cárcel, se solicita la inhabilitación especial para cualquier actividad relacionada con la seguridad privada y para cualquier profesión que conlleve contacto con menores por periodos de hasta 15 años.</p>

<p>La petición incluye medidas de protección adicionales, como la <strong>prohibición de aproximación y comunicación con las víctimas</strong> durante 15 y 12 años respectivamente, así como la imposición de libertad vigilada tras el cumplimiento de la pena privativa de libertad. De la misma manera, se solicita la privación o inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad o tutela durante varios años.</p>

<p>Dada la condición de <strong>extranjero del procesado, la Fiscalía ha solicitado</strong>, conforme al Código Penal, que la pena de prisión sea sustituida por su <strong>expulsión del territorio nacional</strong>, con la prohibición de regresar a España durante diez años.</p>

<p>Junto a todo ellos, se reclama una <strong>indemnización de 6.000 euros para la primera menor y 2.000 euros</strong> para la segunda en concepto de responsabilidad por daños morales.&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[El guardián convertido en lobo: piden 12 años para un vigilante que abusó de dos menores en Navarra]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Recreación de un vigilante de seguridad ante una menor en un centro.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Recreación de un vigilante de seguridad ante una menor en un centro.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[La socialista navarra Patricia Úriz declara en el juicio contra Ábalos sobre las 'chistorras y lechugas' del caso Koldo]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/socialista-navarra-patricia-uriz-declara-juicio-caso/20260413083043640359.html</link>
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  <pubDate>Mon, 13 Apr 2026 08:30:43 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[José Ignacio de Quesada]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[Además de ella, está citado el ex director general de Carreteras Javier Herrero y dos socios de Aldama, todos ellos investigados en la Audiencia Nacional.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>El Tribunal Supremo retoma este lunes el juicio por presunta corrupción al exministro José Luis Ábalos con una jornada en la que podrían volver a salir alusiones a dinero en efectivo en la sede del PSOE, al estar citada la expareja de su exasesor Koldo García, que afirmó que fue a recoger el reintegro de gastos.</p>

<p>Patricia Uriz es una de las ocho testigos que escuchará el tribunal que juzga a Ábalos, su asesor y el reconocido comisionista Víctor de Aldama por presuntas mordidas y amaños en contratos de mascarillas a entes públicos de la esfera del Ministerio de Transportes.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/descubre-navarra/pequeno-pueblo-navarra-solo-22-habitantes-que-surgio-nada/20260412080222640048.html">El pequeño pueblo de Navarra que solo tiene 22 habitantes y que surgió de la nada</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Además de ella, está citado el ex director general de Carreteras Javier Herrero y dos socios de Aldama, todos ellos investigados en la Audiencia Nacional.</p>

<p>Uriz tiene derecho a no contestar a las preguntas que le formulen, precisamente por estar investigada en la Audiencia, si bien lo previsible es que responda al interrogatorio de la abogada de su expareja, que también es la suya, como ocurrió asimismo con el hermano del exasesor.</p>

<p>Está por ver si entre las preguntas que se le hagan figuran las veces que, según ha admitido, acudió a la sede del PSOE, en la calle Ferraz de Madrid, para recoger dinero en efectivo correspondiente al reintegro de gastos de su entonces marido y del exministro Ábalos, que en ocasiones adelantaba Koldo García.</p>

<p>Y también el lenguaje en clave que, según la Guardia Civil, empleó con su expareja para hablar de dinero.</p>

<p>Las "chistorras" eran billetes de 500 euros; los "soles", de 200; y las "lechugas", de 100, según la UCO; Uriz dijo que no reconocía esos mensajes y que no es su forma de expresarse. Y de los "folios" de los que hablaba el ministro, aseguró que eran folios de verdad.</p>

<p>Además de ella, están citados varios empresarios, incluidos dos socios de Aldama. Uno es Claudio Rivas, con quien comparte imputación en otra causa judicial sobre un fraude millonario de hidrocarburos, un asunto que también ha salido en el juicio.</p>

<p>La Fiscalía Anticorrupción cree que Aldama aprovechó el "afán" de Rivas para obtener un título de operador en el sector de hidrocarburos para que, de la mano de otra empresaria, corriera con los gastos de la compra de un chalé en La Alcaidesa (Cádiz) para alquilárselo al exministro. El disfrute de este inmueble forma parte de las presuntas mordidas que el fiscal imputa a Ábalos.</p>

<p>El último testigo de la jornada será el ex director general de Carreteras Javier Herrero, investigado en la parte del caso que lleva la Audiencia Nacional sobre presuntos amaños en adjudicaciones de obra pública.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[La socialista navarra Patricia Úriz declara en el juicio contra Ábalos sobre las 'chistorras y lechugas' del caso Koldo]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Patricia Úriz, la expareja de Koldo acude al Senado con parte del rostro tapado y se acoge a su derecho a no declarar. EUROPA PRESS]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Patricia Úriz, la expareja de Koldo acude al Senado con parte del rostro tapado y se acoge a su derecho a no declarar. EUROPA PRESS]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El TAN da la razón al PP de Artica y declara ilegales las dietas que cobraron miembros del concejo]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/tan-da-razon-pp-artica-declara-ilegales-dietas-que-cobraron-miembros-concejo/20260410102504640033.html</link>
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  <pubDate>Fri, 10 Apr 2026 10:25:04 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>La resolución del Tribunal Administrativo de Navarra anula los pagos a varios miembros del concejo y el PP de Artica reclama dimisiones y la devolución del dinero.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p><strong>El <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/tribunal-que-solo-existe-navarra-que-cumple-60-anos/20250408115412588555.html">Tribunal Administrativo de Navarra (TAN)</a></strong> ha dado la razón al <strong>PP de Artica</strong> y ha declarado ilegales las <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/politica/2800-euros-dietas-polemicas-acusan-varios-concejales-pueblo-navarra-cobrar-justificacion/20250801115623609525.html">dietas que cobraron varios miembros del <strong>Concejo de Artica</strong></a>, al estimar el recurso presentado por la portavoz popular, Cristina Recalde. La resolución, fechada este viernes,&nbsp;10 de abril de 2026, concluye que <strong>esos pagos no tenían cobertura legal</strong>.</p>

<p>Según ha informado el Partido Popular, el <strong>Tribunal Administrativo de Navarra</strong> ha anulado las resoluciones que permitieron esos abonos al entender que no existía un acuerdo previo que fijara la cuantía por la asistencia a tribunales calificadores. Además, el TAN tampoco ha avalado el intento posterior de modificar el concepto de esos cobros para justificar su pago.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Los pagos que el tribunal ha declarado ilegales los recibieron <strong>Antonio Novoa</strong>, entonces presidente del concejo, y los vocales <strong>Juan Martín Lacunza</strong>, <strong>Iván Fernández Dean</strong> y <strong>Rosa Blanco</strong>, actual presidenta del Concejo de Artica. Todos ellos pertenecen a la agrupación política <strong>Vecinos por Artica</strong>.</p>

<p>Desde el <strong>PP de Artica</strong> han defendido que esta resolución respalda la labor de control que ha venido realizando su portavoz en el concejo. Los populares sostienen que la decisión del TAN confirma que las denuncias planteadas estaban “rigurosamente fundamentadas”.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>En esa línea, Cristina Recalde ha recordado que desde <strong>Vecinos por Artica</strong> se le acusó de “sembrar dudas de forma intencionada” y de lanzar “acusaciones infundadas”. A juicio de la portavoz popular, la resolución deja claro que “no había insinuaciones, había <strong>irregularidades</strong>”.</p>

<p>El <strong>PP</strong> también ha señalado que <strong>el concejo intentó mantener unos pagos que ya habían sido reconocidos como incorrectos</strong>. Siempre según la formación, después se trató de darles cobertura de forma posterior, pero sin respaldo legal suficiente.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Para los populares, la resolución del <strong>TAN</strong> abre ahora un escenario de consecuencias políticas inmediatas en <strong>Artica</strong>. Por eso han reclamado la dimisión de los responsables que aprobaron y defendieron esos pagos y han pedido también la devolución íntegra de las cantidades cobradas de forma indebida.</p>

<p>“Lo grave no es solo haber pagado <strong>dietas</strong> sin cobertura legal, sino haber intentado justificarlas, desacreditar a quien las denunció y utilizar las instituciones para sostener lo que no se sostiene”, ha afirmado Recalde. La portavoz del PP ha añadido que su grupo ha hecho “su trabajo: fiscalizar, denunciar y defender el interés público”.</p>

<p>La resolución del tribunal se ha conocido este viernes en <strong>Pamplona</strong>, aunque sus efectos políticos se centran en el <strong>Concejo de Artica</strong>, donde el enfrentamiento entre el PP y Vecinos por Artica se ha intensificado tras este pronunciamiento. Recalde ha insistido en que el tiempo “pone a cada uno en su sitio” después de que el TAN haya estimado su recurso.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[El TAN da la razón al PP de Artica y declara ilegales las dietas que cobraron miembros del concejo]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[El presidente del Concejo de Artica, Antonio Antonio y los concejantes, Rosa Blanco, Iván Fernández, y Juan Martín Lacunza, de Vecinos por Artica. VECINOS POR ARTICA]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[El presidente del Concejo de Artica, Antonio Antonio y los concejantes, Rosa Blanco, Iván Fernández, y Juan Martín Lacunza, de Vecinos por Artica. VECINOS POR ARTICA]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[La violó amenazándola con una navaja al cuello: condenado en Navarra el joven que abusó de una menor tutelada]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/mensajes-amenazantes-violacion-clave-condenar-13-anos-medio-joven-que-ataco-menor-pamplona/20260409153910639998.html</link>
  <comments>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/mensajes-amenazantes-violacion-clave-condenar-13-anos-medio-joven-que-ataco-menor-pamplona/20260409153910639998.html#comentarios-639998</comments>
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  <pubDate>Thu, 9 Apr 2026 15:39:10 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>La sentencia incluye 16 años de orden de alejamiento, 9 años de libertad vigilada y una indemnización de 25.000 euros a la víctima por el daño moral sufrido en los Sanfermines de 2023.&nbsp;</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/nueva-presidenta-audiencia-navarra-marca-prioridad-lanza-mensaje-claro/20260112135751629732.html"><strong>Sección Segunda de la Audiencia de Navarra</strong></a> ha condenado a 13 años y 6 meses de prisión a un acusado que el 8 de julio de 2023 violó a una joven de 15 años en Pamplona tras <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/sucesos/amenaza-muerte-hombre-navaja-madrugada-bar-casco-viejo-pamplona/20251103092040621881.html"><strong>amenazarla con una navaja en el cuello.</strong></a></p>

<p>En la sentencia, que puede ser recurrida ante el <strong>Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong>, los magistrados imponen al inculpado la prohibición de comunicarse y acercarse a la denunciante a menos de 500 metros durante 16 años.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/politica/navarra-concentra-12-extranjeros-que-cobran-renta-garantizada-espana-siete-veces-mas-que-corresponderia-poblacion/20260409113038639961.html">Navarra concentra el 12% de extranjeros que cobran la renta garantizada en España: muy por encima de su peso poblacional</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Además, el procesado, de nacionalidad española, deberá cumplir una <strong>medida de libertad vigilada</strong>, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 9 años. En concepto de responsabilidad civil, indemnizará a la joven con 25.000 euros por el daño moral.</p>

<p>En 2023, el encausado, que tenía entonces 18 años, y la víctima <strong>convivían en un centro de menores</strong>. El 6 de julio, los dos, junto con otros compañeros del centro y algunos educadores, acudieron al Chupinazo de los Sanfermines. Ese día, según reza la resolución judicial, "tontearon" y "se liaron", pero ella ya le advirtió entonces que "no quería mantener relaciones sexuales completas".</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/tres-vecinos-pamplona-logran-borrar-120704-euros-deuda-gracias-ley-segunda-oportunidad/20260407200802639764.html">Tres vecinos de Pamplona logran borrar 120.704 euros de deuda gracias a la Ley de Segunda Oportunidad</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>En compañía de otro joven que había estado en el centro hasta mayo, ambos volvieron a salir el día 8. Acudieron por la tarde a un <strong>concierto en la plaza de los Fueros</strong>. Entretanto, compraron una botella de pacharán, que se tomaron entre los dos chicos. Ella no bebió.</p>

<p>En un momento dado, el <strong>acusado dijo que quería ir al baño</strong>. Ella le acompañó. Pasaron de largo la estación de autobuses, a donde ella creía que iban. Él dijo que habría mucha cola en los baños, y la llevó hacia las murallas, a una zona apartada.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Allí, según recoge la sentencia, el inculpado <strong>le dijo que quería tener relaciones sexuales</strong>, a lo que ella se negó. Él insistió. La tocó "por todo el cuerpo" y la agarró para que no se pudiera marchar. Sacó una navaja de la riñonera y se la colocó en el cuello a la adolescente. Le espetó que, si gritaba, se lo rajaba. Entonces, la violó, añade.</p>

<p>Cuando el encausado se marchó, la víctima se quedó allí un rato en estado de shock. De regreso al centro, recibió un mensaje del inculpado en el que la amenazaba para que no contara lo ocurrido. En una de sus respuestas, la víctima le contestó: "<strong>Déjame en paz. Me has jodido la vida.</strong> Espero que te quedes Agusto [sic] después de lo que me has hecho". El día 15, el condenado le escribió otra vez para indagar si había "contado algo" y volvió a amenazarla.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>El agresor se marchó del centro a principios del mes de agosto. En octubre, la víctima relató a su terapeuta la <strong>agresión sexual sufrida</strong>. Pusieron los hechos en conocimiento de la coordinadora del centro, quien los comunicó a la fiscalía e interpuso denuncia ante la Policía Foral.</p>

<p>En el juicio, celebrado el 13 de marzo, la fiscalía y la acusación particular solicitaron 14 años de prisión por un delito de <strong>agresión sexual a menor</strong> de 16 años. La defensa, por su parte, reclamó la absolución.</p>

<h2>LOS MENSAJES CORROBORAN LOS HECHOS DENUNCIADOS</h2>

<p>La <strong>Sección Segunda de la Audiencia</strong> constata la existencia de dos versiones contradictorias respecto a los hechos objeto de enjuiciamiento, ante los cuales la única prueba directa es la declaración de la víctima.</p>

<p>Al respecto, el tribunal considera que <strong>el testimonio de la denunciante reúne todos los requisitos</strong> que exige la jurisprudencia para servir como prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia del procesado. "Esta declaración ha resultado plenamente convincente, ha declarado de forma precisa, concreta, creíble, coherente y sin contradicciones, manteniendo el relato la necesaria conexión lógica entre sus distintas partes", remarca.</p>

<p>Asimismo, agregan los magistrados, no se ha acreditado la existencia de móvil espurio, de resentimiento, venganza, enemistad o cualquier otro motivo ilegítimo que lleve a la adolescente a presentar denuncia. "Tampoco existe ningún dato que indique que tiene algún interés o propósito en perjudicar al procesado más allá del legítimo interés a que se le castigue por haber cometido <strong>un hecho delictivo</strong> y se le resarza por los perjuicios sufridos", subrayan.</p>

<p>La Audiencia destaca, por otra parte, las conclusiones del informe pericial, según las cuales <strong>la menor "padece una afectación o daño psicológico </strong>que corresponde a un diagnóstico de trastorno de estrés postraumático compatible con el hecho denunciado".</p>

<p>Sin duda, concluye el tribunal, el elemento más relevante para la corroboración de los hechos radica en los <strong>mensajes enviados el 8 y 15 de julio por el encausado</strong>. En este sentido, la Sala considera que "la explicación más coherente y lógica para estos mensajes es la ofrecida por la denunciante, que es, además, la que se desprende de su propio tenor literal".</p>
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        <media:title><![CDATA[La violó amenazándola con una navaja al cuello: condenado en Navarra el joven que abusó de una menor tutelada]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Imagen de archivo de una chica llorando agazapada. ARCHIVO]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Imagen de archivo de una chica llorando agazapada. ARCHIVO]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[La Audiencia Nacional ordena investigar las imágenes de etarras exhibidas en la Korrika a su paso por Navarra]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/audiencia-nacional-investiga-imagenes/20260408191727639880.html</link>
  <comments>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/audiencia-nacional-investiga-imagenes/20260408191727639880.html#comentarios-639880</comments>
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  <pubDate>Wed, 8 Apr 2026 19:17:27 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>La denuncia presentada por UPN por la exhibición de fotografías de miembros de ETA en la Chantrea de Pamplona ha derivado en una investigación de la Guardia Civil y la Policía Nacional.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p><strong>La <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/politica/upn-quiere-identificar-que-portaron-fotos-etarras-korrika-ponerles-querella/20260326074919638113.html">Audiencia Nacional</a></strong> ha ordenado a la <strong>Guardia Civil</strong> y a la <strong>Policía Nacional</strong> que investiguen la exhibición de imágenes de terroristas de ETA durante la <strong>Korrika</strong>, después de la denuncia presentada por <strong>UPN</strong> el pasado 25 de marzo. La formación entiende que los hechos pueden ser constitutivos de delitos de <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/politica/bolanos-fotos-terroristas-asesinos-korrika-eta-existe-es-otra-epoca/20260408153717639861.html"><strong>enaltecimiento del terrorismo</strong> y <strong>humillación a las víctimas</strong></a>.</p>

<p>La resolución judicial se ha producido tras la denuncia registrada por UPN por la presencia de fotografías de dos miembros de ETA durante el paso de la <strong>Korrika</strong> por el barrio de la <strong>Chantrea</strong>, en <strong>Pamplona</strong>, así como en otras localidades navarras. Según la formación foralista, la decisión del juez ha llegado además tras un informe favorable del <strong>Ministerio Fiscal</strong>.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/01/2026040113121281062.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/medico-reclamo-mas-13000-euros-guardias-pueblo-navarra-tribunal-ha-rechazado/20260408143459639811.html">Una médico reclama más de 13.000 euros por sus guardias en un pueblo de Navarra y el tribunal lo ha rechazado</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>En concreto, la denuncia pedía identificar a los portadores de las imágenes de <strong>Francisco Ruiz Romero</strong>, asesino del concejal regionalista <strong>Tomás Caballero</strong>, y de <strong>Alberto Viedma Morillas</strong>, condenado por el asesinato del también concejal de UPN y subteniente del Ejército de Tierra, <strong>Francisco Casanova</strong>. Esas imágenes se han exhibido durante la celebración de la <strong>Korrika</strong> en la <strong>Chantrea</strong> de <strong>Pamplona</strong> y en otros puntos de Navarra.</p>

<p>UPN ha sostenido que estos hechos pueden encajar en delitos de <strong>enaltecimiento del terrorismo</strong> y de <strong>humillación a las víctimas</strong>. Por eso, había reclamado la actuación de la <strong>Guardia Civil</strong> y la <strong>Policía Nacional</strong> para esclarecer quiénes mostraron esas imágenes durante la prueba.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/03/06/2026030610235780467.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/comercio-local/27-anos-entre-fogones-pamplona-cocinero-que-sigue-llenando-ajoarriero-callos-clasico-ciudad/20260407140642635257.html">27 años entre fogones en Pamplona: el cocinero que sigue llenando de ajoarriero y callos un clásico de la ciudad</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Tras conocer la instrucción judicial, la presidenta de <strong>UPN</strong>, <strong>Cristina Ibarrola</strong>, ha reclamado que “se llegue hasta el final ante unos hechos que denigran a las víctimas del terrorismo”. Además, ha pedido que “se haga justicia con las familias de <strong>Tomás Caballero</strong> y <strong>Francisco Casanova</strong>”.</p>

<p>Ibarrola ha señalado que esas familias “no solo tienen que sufrir la pérdida de un ser querido a manos de los terroristas, sino que se ven humilladas nuevamente por la exaltación que se lleva a cabo con el consentimiento de los organizadores de la <strong>Korrika</strong>”. También ha trasladado un mensaje de “<strong>memoria</strong>, <strong>justicia</strong>, <strong>dignidad</strong> y verdad para todas las víctimas del terrorismo”.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Además, la presidenta regionalista ha vuelto a exigir a los organizadores una <strong>disculpa pública</strong> y la adopción de medidas para impedir que hechos de este tipo se repitan en futuras ediciones de la <strong>Korrika</strong>. También ha pedido que las entidades que hayan apoyado económicamente esta iniciativa reclamen la devolución de sus aportaciones.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[La Audiencia Nacional ordena investigar las imágenes de etarras exhibidas en la Korrika a su paso por Navarra]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Imagen del niño con la camiseta del etarra Patxi Ruiz, en la Korrika de hoy a su paso por Pamplona]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Imagen del niño con la camiseta del etarra Patxi Ruiz, en la Korrika de hoy a su paso por Pamplona]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Una médico reclama más de 13.000 euros por sus guardias en un pueblo de Navarra y el tribunal lo ha rechazado]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/medico-reclamo-mas-13000-euros-guardias-pueblo-navarra-tribunal-ha-rechazado/20260408143459639811.html</link>
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  <pubDate>Wed, 8 Apr 2026 14:34:59 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El TSJN ha rechazado indemnizar a una residente de Pamplona que pedía cobrar como presenciales sus guardias localizadas en Arribe.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong> ha confirmado la sentencia que rechazó indemnizar con <strong>13.062 euros</strong> a una doctora residente en <strong>Pamplona</strong> por las <strong>guardias localizadas</strong> que tenía que realizar en <strong>Arribe</strong>, una localidad situada a <strong>47 kilómetros</strong> de su domicilio. perteneciente al municipio de Araiz</p>

<p>La médica sostenía que esas guardias debían pagarse como <strong>guardias presenciales</strong>, ya que, para poder atender las urgencias de manera inmediata, tenía que <strong>pernoctar en un piso del Ayuntamiento</strong> situado encima del consultorio. Sin embargo, tanto la juez de instancia como el TSJN han concluido que esa circunstancia no cambiaba la naturaleza del servicio realizado.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/dos-hombres-acaban-detenidos-colarse-chalet-segundo-ensanche-pamplona-tratar-huir-verse-rodeados/20260408142058639810.html">Dos hombres acaban detenidos tras colarse en un chalet del Segundo Ensanche de Pamplona y tratar de huir al verse rodeados</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El tribunal ha sido claro al atribuir esa situación a una elección personal de la trabajadora. Según recoge la resolución, el hecho de que la demandante durmiera en ese piso municipal para poder responder correctamente a las urgencias “no desvirtúa la naturaleza y calificación de la guardia realizada”, ya que se trataba de una consecuencia derivada de haber fijado su residencia en Pamplona y no en la zona donde prestaba servicio.</p>

<p>La resolución remarca que esa <strong>fijación del domicilio</strong> respondía a una “<strong>voluntad personal</strong> no impuesta por el empleador”. Es decir, la Administración no le obligó ni legal ni contractualmente a residir a esa distancia del lugar en el que realizaba las guardias.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/acosadores-nino-tudela-acuden-casa-seguir-insultandole/20260408102522639793.html">El acoso a un niño en Navarra llega hasta su casa: fueron a buscarle para seguir insultándole</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La cantidad reclamada por la doctora derivaba de un total de <strong>910 horas de guardia</strong>. En concreto, reclamaba por <strong>540 horas</strong> realizadas entre el <strong>1 de julio y el 31 de octubre de 2023</strong>, y por otras <strong>370 horas</strong> correspondientes al periodo comprendido entre el <strong>1 de enero y el 30 de abril de 2024</strong>.</p>

<p>La diferencia económica era importante. En <strong>2023</strong>, la <strong>guardia localizada</strong> se retribuía a <strong>14,26 euros por hora</strong>, mientras que la <strong>guardia presencial</strong> se pagaba a <strong>28,50 euros por hora</strong>. En <strong>2024</strong>, la localizada pasaba a abonarse a <strong>14,55 euros por hora</strong> y la presencial a <strong>29,07 euros por hora</strong>.</p>

<p>La demandante defendía que, aunque formalmente esas guardias fueran calificadas como localizadas, en la práctica debían ser consideradas <strong>tiempo de trabajo</strong>. Argumentaba que tenía que permanecer a disposición del servicio, con capacidad de respuesta inmediata y urgente, y que no existía ninguna obligación legal o contractual que le exigiera fijar su domicilio en la zona de prestación.</p>

<p>La primera sentencia, dictada por la sección&nbsp;<strong>nº 3 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Pamplona</strong>, ya había desestimado la reclamación presentada contra el <strong>Servicio Navarro de Salud</strong>. Aquella resolución entendió que la necesidad de dormir en Arribe no derivaba de una exigencia empresarial, sino de una decisión personal de la propia trabajadora.</p>

<p>Ahora, el <strong>TSJN</strong> ha confirmado ese criterio y ha centrado el debate en una cuestión clave: determinar si el tiempo en que la médica se encontraba en <strong>guardia localizada</strong> podía considerarse o no <strong>tiempo efectivo de trabajo</strong>, y si por ello debía ser abonado como una guardia presencial.</p>

<p>La Sala responde que no. Según expone, la doctora prestó el servicio en un régimen de <strong>disponibilidad</strong>, lo que significa que podía disponer de su tiempo libremente mientras no recibiera avisos. Además, añade que las intervenciones registradas durante esos periodos fueron mínimas.</p>

<p>El tribunal también subraya que las veces en las que se activaron esos avisos no superaron el umbral recogido en el <strong>Acuerdo de 13 de marzo de 2008</strong>, por el que se aprueba el pacto suscrito por la Administración sanitaria con las centrales sindicales sobre atención continuada en la <strong>Atención Primaria rural</strong> y otras condiciones laborales del personal del <strong>Servicio Navarro de Salud</strong>.</p>

<p>A partir de la prueba practicada, la Sala concluye que la obligación de estar físicamente en el municipio y pasar allí la noche no nacía de la propia guardia, sino de la decisión libremente adoptada por la trabajadora de residir en Pamplona. Y ese elemento, insiste el tribunal, no basta por sí solo para transformar toda la guardia en tiempo efectivo de trabajo.</p>

<p>La sentencia añade además una referencia al marco europeo y recuerda que el hecho de que el domicilio elegido por el trabajador esté a una distancia considerable del lugar en el que debe presentarse en un determinado plazo durante la guardia no es, por sí mismo, un criterio válido para calificar todo ese periodo como <strong>“tiempo de trabajo”</strong> en el sentido del artículo 2.1 de la <strong>Directiva 2003/88</strong>, al menos cuando ese lugar coincide con su centro de trabajo habitual.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Una médico reclama más de 13.000 euros por sus guardias en un pueblo de Navarra y el tribunal lo ha rechazado]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Entrada del Hospital Universitario de Navarra / Europa Press]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Entrada del Hospital Universitario de Navarra / Europa Press]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Tres vecinos de Pamplona logran borrar 120.704 euros de deuda gracias a la Ley de Segunda Oportunidad]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/tres-vecinos-pamplona-logran-borrar-120704-euros-deuda-gracias-ley-segunda-oportunidad/20260407200802639764.html</link>
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  <pubDate>Tue, 7 Apr 2026 20:08:02 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>Los tribunales han exonerado en el último mes las deudas de dos hombres y una mujer de Pamplona atrapados por la insolvencia y el sobreendeudamiento.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p><strong>La <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/juez-perdona-45-millones-deuda-empresario-jubilado-navarra/20251121124202623834.html">Ley de Segunda Oportunidad</a></strong> ha permitido a tres personas residentes en <strong>Pamplona</strong> cancelar un total de <strong>120.704 euros</strong> de deuda en procedimientos tramitados por un mismo despacho. Los tres casos se han resuelto durante el último mes y los tribunales han concedido la exoneración al considerar que existía una situación de <strong>insolvencia</strong> y <strong>sobreendeudamiento</strong>.</p>

<p>Según ha explicado el despacho, las resoluciones han beneficiado a dos hombres y una mujer de <strong>Pamplona</strong> que no podían hacer frente a sus obligaciones económicas. La aplicación de la <strong>Ley de Segunda Oportunidad</strong> les ha permitido dejar atrás deudas acumuladas por problemas familiares, laborales y personales.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/01/2026040113121165168.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/estudiante-navarra-primer-fallecido-peligroso-opioide-mas-potente-que-fentanilo/20260407162304639749.html">Un estudiante de Navarra, primer fallecido por un peligroso opioide más potente que el fentanilo</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Uno de los beneficiarios ha logrado cancelar <strong>36.621 euros</strong>. Su situación económica se ha deteriorado después de asumir los gastos del traslado a España de su esposa y su hijo desde su país de origen, un esfuerzo que ha afectado de lleno a la economía familiar.</p>

<p>Además, más tarde se han sumado <strong>problemas laborales</strong> que han dejado a la familia con ingresos mínimos procedentes de una <strong>pensión no contributiva</strong>. Esa cantidad resultaba insuficiente para afrontar los pagos pendientes y mantener al día sus compromisos financieros.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/03/06/2026030610235780467.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/comercio-local/27-anos-entre-fogones-pamplona-cocinero-que-sigue-llenando-ajoarriero-callos-clasico-ciudad/20260407140642635257.html">27 años entre fogones en Pamplona: el cocinero que sigue llenando de ajoarriero y callos un clásico de la ciudad</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>En el segundo caso, un hombre ha conseguido la exoneración de <strong>41.984 euros</strong>. El afectado había firmado un <strong>préstamo hipotecario</strong> con su expareja y, posteriormente, puso en marcha un negocio de <strong>cafetería-panadería</strong> como trabajador autónomo.</p>

<p>Aunque el establecimiento llegó a obtener beneficios en un primer momento, la apertura de un supermercado cercano que también vendía pan provocó una caída importante de las ventas. Esa situación obligó al cierre del negocio y agravó todavía más su situación económica.</p>

<p>Ese mismo año perdió su vivienda en una <strong>ejecución hipotecaria</strong>. Pese a contar ahora con una situación laboral estable, no podía asumir el conjunto de los pagos que arrastraba desde entonces.</p>

<p>El tercer procedimiento tramitado por el despacho <strong>Repara tu Deuda Abogados&nbsp;</strong>corresponde a una mujer que ha cancelado <strong>42.099 euros</strong> de deuda. En su caso, la situación de <strong>insolvencia</strong> se originó tras su segunda separación, un momento en el que sus gastos se dispararon y sus recursos no fueron suficientes.</p>

<p>Los créditos que había solicitado estaban destinados a cubrir <strong>gastos básicos del hogar</strong>, alimentación y suministros. Sin embargo, tras la ruptura, todos los pagos recayeron sobre ella y tuvo que pedir nuevos préstamos para afrontar los anteriores, hasta entrar en una espiral de <strong>sobreendeudamiento</strong>.</p>

<p>La <strong>Ley de Segunda Oportunidad</strong>, aprobada en <strong>España</strong> en <strong>2015</strong>, permite a particulares y autónomos cancelar parte o la totalidad de sus deudas cuando acreditan una situación real de insolvencia. Para acceder a este mecanismo deben cumplir varios requisitos legales y actuar de buena fe durante todo el procedimiento.</p>

<p>Entre esas condiciones figuran no haber sido condenados por <strong>delitos socioeconómicos</strong> en los diez años anteriores, no haberse acogido a este sistema en los cinco años previos y no ocultar bienes o ingresos. Se trata de una herramienta pensada para ofrecer una salida legal a personas que, pese a no poder pagar, quieren rehacer su vida económica.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Tres vecinos de Pamplona logran borrar 120.704 euros de deuda gracias a la Ley de Segunda Oportunidad]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Imagen de archivo de dinero. EUROPA PRESS / ARCHIVO]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Imagen de archivo de dinero. EUROPA PRESS / ARCHIVO]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
          </channel>
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