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  <title><![CDATA[Navarra.com :: Últimas noticias - Tribunales]]></title>

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    <description><![CDATA[Navarra.com | Noticias Navarra | Actualidad Navarra | San Fermin | Todas las noticias en Navarra.com | Última hora en Navarra Hoy | Deportes Navarra | Esquelas Navarra]]></description>
    <lastBuildDate>Fri, 04 Sep 2026 11:48:40 +0200</lastBuildDate>
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      <title><![CDATA[Navarra.com :: Últimas noticias - Tribunales]]></title>
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                  <item>
  <title><![CDATA[Entrecanales declara media hora por sus dos plantones al Parlamento y sale del juzgado de Pamplona por la puerta de atrás]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/presidente-acciona-acude-declarar-como-investigado-pamplona-dos-plantones-parlamento-navarra/20260904094715658860.html</link>
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  <pubDate>Fri, 4 Sep 2026 09:47:15 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El presidente de Acciona ha respondido a las preguntas del juez, la Fiscalía y el Parlamento antes de abandonar el edificio por otra salida.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>El presidente de <strong>Acciona, José Manuel Entrecanales</strong>, ha declarado este viernes durante aproximadamente <strong>30 minutos</strong> en el Palacio de Justicia de Pamplona como <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/presidente-acciona-acude-declarar-como-investigado-pamplona-dos-plantones-parlamento-navarra/20260904094715658860.html">investigado por sus dos incomparecencias ante la comisión del Parlamento de Navarra que analiza adjudicaciones públicas</a>.</p>

<p>Tras prestar declaración, Entrecanales ha abandonado el Palacio de Justicia <strong>por la puerta de atrás</strong>, evitando así a los medios de comunicación que aguardaban su salida en el acceso principal. El presidente de Acciona había llegado al edificio sobre las nueve de la mañana, una hora antes de la cita fijada para las 10 horas.</p>

<h2>Media hora de declaración y ninguna explicación a los medios</h2>

<p>A la comparecencia, celebrada en la <strong>Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Pamplona</strong>, han asistido el abogado de Entrecanales, <strong>Javier Asiáin</strong>, el Ministerio Fiscal y la letrada del Parlamento de Navarra.</p>

<p>El empresario no ha realizado declaraciones tras salir del juzgado. Ha sido su abogado quien ha explicado posteriormente que Entrecanales había respondido a todas las partes presentes durante el interrogatorio.</p>

<h2>Entrecanales ha respondido a todas las preguntas</h2>

<p>"El señor Entrecanales ha contestado a todas las preguntas tanto de su señoría, como del Ministerio público y de la letrada del Parlamento que ha asistido a la declaración", ha asegurado <strong>Javier Asiáin</strong> ante los medios.</p>

<p>El letrado ha evitado desvelar, sin embargo, qué ha explicado el presidente de Acciona durante esa media hora. "Respecto del contenido de la declaración no voy a hacer ningún comentario por respeto al Juzgado, a la Fiscalía y a la letrada del Parlamento", ha señalado. Asiáin ha añadido que desconoce cuál será el siguiente paso del procedimiento.</p>

<h2>Dos citaciones del Parlamento a las que no acudió</h2>

<p>La investigación judicial tiene su origen en las ausencias de Entrecanales ante la <strong>comisión de investigación del Parlamento de Navarra sobre adjudicaciones públicas</strong>. El presidente de Acciona fue citado personalmente en dos ocasiones: el <strong>20 de enero</strong> y el <strong>9 de febrero de 2026</strong>.</p>

<p>Entrecanales no acudió a ninguna de las dos comparecencias. En ambas ocasiones, Acciona envió a la sede del Legislativo a <strong>Joaquín Mollinedo</strong>, director de Relaciones Institucionales, Comunicación y Marca, y al también directivo <strong>José Julio Figueroa</strong>.</p>

<h2>Acciona cuestionó la citación de su presidente</h2>

<p>Los dos representantes dejaron constancia de su presencia en el registro del Parlamento, pero la comisión mantuvo que la persona a la que había requerido comparecer era el propio <strong>José Manuel Entrecanales</strong>.</p>

<p>Acciona remitió además un escrito a la Cámara en el que argumentaba que el requerimiento dirigido a su presidente podría "no ajustarse al marco normativo regulador de las comisiones de investigación". La compañía entendía que la convocatoria podía afectar a derechos fundamentales y que no guardaba relación directa con el objeto material de la investigación.</p>

<h2>La Fiscalía vio una ausencia "sin justificación"</h2>

<p>La Mesa del Parlamento terminó dando cuenta al <strong>Ministerio Fiscal</strong> de la doble incomparecencia. La Fiscalía pidió posteriormente al juzgado de instrucción que abriese diligencias contra Entrecanales por un posible <strong>delito de desobediencia</strong>.</p>

<p>Para la Fiscalía, la ausencia del presidente de Acciona "carece de justificación", puesto que Entrecanales "había sido advertido expresamente por el propio Parlamento" de que ni el escrito presentado por la empresa ni la asistencia de los dos directivos podían sustituir su comparecencia personal.</p>

<h2>Las adjudicaciones públicas y las obras de Velate</h2>

<p>La comisión parlamentaria había reclamado la presencia de Entrecanales para conocer su posible información sobre <strong>licitaciones, adjudicaciones y procedimientos administrativos</strong> en los que hubiera participado Acciona en obras realizadas o financiadas por el Gobierno de Navarra durante las cuatro últimas legislaturas.</p>

<p>Entre las adjudicaciones situadas en el foco de la comisión se encuentran las <strong>obras del túnel de Velate</strong>, a las que Acciona concurrió dentro de una UTE junto con <strong>Osés Construcción y Servinabar</strong>, esta última empresa supuestamente vinculada con <strong>Santos Cerdán</strong>.</p>

<h2>De dos ausencias en el Parlamento a declarar ante el juez</h2>

<p>Acciona ha defendido durante este proceso que la citación parlamentaria debía entenderse dirigida a la sociedad y no personalmente a su presidente. También ha sostenido que, en todo caso, debería haberse convocado a <strong>Acciona Construcción</strong>, al ser la sociedad que participó en la UTE adjudicataria de las obras investigadas.</p>

<p>Entrecanales sí ha comparecido finalmente este viernes ante la Justicia. Ha entrado aproximadamente una hora antes de su cita, ha declarado durante alrededor de media hora y, tras contestar a las preguntas del juez, la Fiscalía y la representación del Parlamento, <strong>ha abandonado el Palacio de Justicia de Pamplona por una salida trasera sin atender a los periodistas</strong>.</p>
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        <media:title><![CDATA[Entrecanales declara media hora por sus dos plantones al Parlamento y sale del juzgado de Pamplona por la puerta de atrás]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[El presidente de Acciona, José Manuel Entrecanales, ha acudido este viernes al Palacio de Justicia de Navarra para declarar como investigado por su incomparecencia en dos ocasiones ante la comisión de investigación del Parlamento de Navarra sobre licitaciones y adjudicaciones de obras públicas del Gobierno foral.Alrededor de las nueve de la mañana, con una hora de antelación sobre el horario previsto para su comparecencia en el juzgado de Instrucción número 5, ha accedido al edificio acompañado por abogados. A su llegada, en declaraciones a EFE, ha reconocido su disposición a declarar. "Si, claro", ha dicho al ser preguntado al respecto. Al tratarse de la fase de instrucción su declaración no tiene carácter de audiencia pública. EFE/ Jesús Diges]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[El presidente de Acciona, José Manuel Entrecanales, ha acudido este viernes al Palacio de Justicia de Navarra para declarar como investigado por su incomparecencia en dos ocasiones ante la comisión de investigación del Parlamento de Navarra sobre licitaciones y adjudicaciones de obras públicas del Gobierno foral.Alrededor de las nueve de la mañana, con una hora de antelación sobre el horario previsto para su comparecencia en el juzgado de Instrucción número 5, ha accedido al edificio acompañado por abogados. A su llegada, en declaraciones a EFE, ha reconocido su disposición a declarar. "Si, claro", ha dicho al ser preguntado al respecto. Al tratarse de la fase de instrucción su declaración no tiene carácter de audiencia pública. EFE/ Jesús Diges]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El octogenario acusado de matar a su mujer en Zizur Mayor no será juzgado debido a su "deterioro cognitivo"]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/octogenario-investigado-matar-mujer-zizur-mayor-sera-juzgado/20260902131255658713.html</link>
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  <pubDate>Wed, 2 Sep 2026 13:12:55 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[José Miguel Montes]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La magistrada ha acordado el sobreseimiento provisional después de que el informe forense haya concluido que el acusado carece de capacidad procesal suficiente para afrontar un juicio con garantías.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>El <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/sucesos/mujer-zizur-muerta-investigan-violencia-machista/20250729195315609316.html"><strong>asesinato de Zizur Mayor</strong></a>, en el que murió una mujer de <strong>78 años</strong> el 29 de julio de 2025, ha quedado archivado provisionalmente después de que la jueza haya determinado que el octogenario investigado <strong>carece de capacidad para afrontar el procedimiento penal</strong>.</p>

<p>La titular de la plaza número 1 de la <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/navarra-coloca-entre-peores-comunidades-violencia-genero-aumentar-denuncias-2025/20260331143503638966.html"><strong>Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Pamplona</strong></a> ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa tras recibir el informe de la médico forense. La magistrada considera que el investigado no puede comprender actualmente <strong>el alcance del proceso ni sus consecuencias</strong>.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/29/2026042911044655873.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/politica/futuro-monumento-caidos-llega-tribunales-upn-recurre-decision-que-abre-puerta-derribo/20260731140033655860.html">El futuro del Monumento a los Caídos llega a los tribunales: UPN recurre la decisión que abre la puerta a su derribo</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El informe forense ha concluido que el encausado “no tiene capacidad procesal suficiente ni se encuentra en condiciones de comprender el alcance del proceso penal seguido en su contra y prestar declaración en juicio”. Además, ha advertido de que el <strong>deterioro cognitivo</strong> que presenta tiene un carácter “<strong>irreversible y progresivo</strong>”.</p>

<p>La médico forense ha señalado también que la incapacidad del octogenario para afrontar el procedimiento y defenderse durante un juicio es “definitiva”. A la vista de estas conclusiones y tal y como había solicitado la <strong>Fiscalía</strong>, la jueza ha acordado el <strong>sobreseimiento provisional</strong> mientras persista esta situación.</p>

<p>La magistrada ha recogido en su resolución que el investigado “carece de cualquier capacidad en este momento para conocer el alcance del procedimiento y sus consecuencias”. La incapacidad procesal, según ha explicado, ha aparecido <strong>después de los hechos investigados</strong>, es decir, tras el <strong>asesinato de su esposa en Zizur Mayor</strong>.</p>

<p>Para fundamentar su decisión, la jueza ha citado el <strong>artículo 383 de la <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/ley-reforma-tribunales-asuntos-penales-descienden-navarra/20160627164157051870.html">Ley de Enjuiciamiento Criminal</a></strong>. Este precepto contempla el archivo de una causa cuando la incapacidad mental aparece después de haberse cometido el delito y hasta que el procesado recobre la salud.</p>

<p>El artículo establece que, “si la demencia sobreviniera después de cometido el delito”, el tribunal competente deberá <strong>archivar la causa</strong> hasta que el procesado pueda recuperar la salud. La resolución ha aplicado este supuesto al procedimiento abierto por el <strong>crimen de Zizur Mayor</strong>.</p>

<p>El octogenario estaba siendo investigado por la muerte de su mujer, de <strong>78 años</strong>, ocurrida el <strong>29 de julio de 2025</strong> en Zizur Mayor. El procedimiento se había abierto por un presunto <strong>delito de asesinato</strong>, al apreciarse inicialmente la posible concurrencia de la agravante de alevosía.</p>

<p>En una de las resoluciones anteriores dictadas durante la investigación, la jueza había indicado que la víctima había sufrido “<strong>dos traumatismos en la cabeza mientras dormía</strong>, con eventual sujeción”. Estas circunstancias llevaron a tramitar el caso mediante el <strong>procedimiento del tribunal del jurado</strong>.</p>

<p>El investigado había permanecido privado de libertad durante los primeros meses de la causa. Desde <strong>noviembre de 2025</strong> se encontraba en <strong>libertad bajo fianza</strong>, después de haber consignado los 6.000 euros fijados judicialmente para poder abandonar la prisión.</p>

<p>La decisión adoptada ahora no supone el archivo definitivo del procedimiento desde el punto de vista procesal. La jueza ha decretado expresamente el <strong>sobreseimiento provisional de la causa</strong> “en tanto persista la situación de incapacidad procesal del investigado”, después de que el informe forense haya considerado irreversible y progresivo su deterioro cognitivo.</p>
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        <media:title><![CDATA[El octogenario acusado de matar a su mujer en Zizur Mayor no será juzgado debido a su "deterioro cognitivo"]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Sala de Visitas del Palacio de Justicia de Navarra.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Sala de Visitas del Palacio de Justicia de Navarra.]]></media:description>
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        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Condenado por violar a una mujer en los baños de un bar de Pamplona: no ingresará en prisión por ahora]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/condenado-violar-mujer-banos-bar-pamplona-ingresara-prision-ahora/20260810171922656583.html</link>
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  <pubDate>Mon, 10 Aug 2026 17:19:22 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>La Audiencia de Navarra ha impuesto además cinco años de libertad vigilada, una orden de alejamiento y una indemnización de 30.000 euros a la víctima.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Audiencia de Navarra</strong> ha condenado a <strong>5 años de prisión</strong> a un hombre de 30 años por <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/sucesos/detenido-hombre-54-anos-presunta-agresion-sexual-pareja-domicilio-pamplona/20260810143531656569.html"><strong>violar a una mujer en Pamplona</strong></a>, a la que conocía previamente y que se encontraba muy afectada por el consumo de alcohol. Los hechos ocurrieron en los baños de un bar del Casco Viejo y continuaron posteriormente en la vivienda del acusado.</p>

<p>La sentencia de la <strong>Sección Primera de la Audiencia de Navarra</strong> ha sido dictada de conformidad después de un acuerdo entre la Fiscalía y la defensa. El tribunal ha considerado los hechos constitutivos de un <strong>delito continuado de agresión sexual con acceso carnal</strong>, con las atenuantes de toxicomanía y reparación del daño.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/pamplona/afectados-veto-viviendas-bajos-pamplona-unen-llevar-asiron-tribunales/20260810142430656568.html">El veto de Asiron a las viviendas en bajos de Pamplona se vuelve en su contra: los afectados preparan una batalla judicial</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El condenado, natural de Venezuela, no podrá <strong>comunicarse ni acercarse a menos de 300 metros de la víctima durante cinco años</strong>. Además, deberá cumplir otros <strong>cinco años de libertad vigilada</strong> una vez finalizada la pena privativa de libertad.</p>

<p>En concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá <strong>indemnizar a la mujer con 30.000 euros</strong> por el daño moral ocasionado. Antes del juicio ya había depositado <strong>29.950 euros</strong> de esa cantidad.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Sin embargo, tras el acuerdo alcanzado entre las partes, la Audiencia ha decidido <strong>suspender el ingreso en prisión</strong>. Para mantener esta suspensión, el condenado no podrá cometer ningún delito durante <strong>cinco años</strong> y tendrá que cumplir varias condiciones.</p>

<p>En concreto, deberá continuar con el <strong>programa de deshabituación del alcohol y las drogas</strong>, participar en un <strong>programa formativo para agresores en materia de educación sexual</strong> y respetar las medidas de alejamiento y prohibición de comunicación. Así lo ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/pamplona/afectados-veto-viviendas-bajos-pamplona-unen-llevar-asiron-tribunales/20260810142430656568.html">El veto de Asiron a las viviendas en bajos de Pamplona se vuelve en su contra: los afectados preparan una batalla judicial</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Los hechos declarados probados ocurrieron durante la madrugada del <strong>7 de octubre de 2022</strong>. El acusado se encontró en el interior de un <strong>bar del Casco Viejo de Pamplona</strong> con una mujer a la que conocía a través de las redes sociales.</p>

<p>A lo largo de aquella noche, la víctima consumió <strong>bebidas alcohólicas</strong> que, según recoge la sentencia, afectaron seriamente a su <strong>capacidad de autodeterminación</strong>. En un momento determinado, ambos entraron en los aseos del establecimiento después de que el acusado le dijera que iba a invitarla a una raya de una sustancia estupefaciente.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Una vez dentro del baño, el procesado cerró la puerta y, pese a la <strong>negativa de la mujer</strong>, comenzó a besarla y a tocarle sus partes íntimas. La sentencia considera probado que posteriormente el hombre <strong>la violó en el interior del aseo</strong>.</p>

<p>Después de lo sucedido, el acusado propuso a la víctima acudir a su piso. La mujer, que se encontraba <strong>muy confundida</strong>, accedió porque pensaba que no volvería a ocurrir nada y porque la vivienda del procesado le quedaba mejor para acudir a clase al día siguiente.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2019/02/01/2019020117495029494.jpg" /></figure>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Sin embargo, tanto en la vivienda como posteriormente en el trastero, el acusado volvió a aprovecharse del <strong>estado de intoxicación etílica de la mujer</strong>. Allí la tocó, besó y lamió en distintas partes del cuerpo <strong>sin su consentimiento</strong>, tal y como recoge la resolución judicial.</p>

<p>La víctima tardó en presentar la denuncia debido a la <strong>situación de bloqueo</strong> en la que se encontraba tras lo ocurrido. También tenía miedo a que el procedimiento afectase seriamente a su <strong>vida académica</strong> y a que no creyeran su relato.</p>

<p>La sentencia señala que la mujer ha sufrido desde entonces una situación de <strong>malestar y desasosiego</strong>, con consecuencias en su vida cotidiana. Estos daños han sido tenidos en cuenta para fijar la <strong>indemnización de 30.000 euros</strong> que deberá abonar el condenado.</p>
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        <media:title><![CDATA[Condenado por violar a una mujer en los baños de un bar de Pamplona: no ingresará en prisión por ahora]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Imagen generada con inteligencia artificial de una mujer accediendo a un baño público. CHAT GPT]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Imagen generada con inteligencia artificial de una mujer accediendo a un baño público. CHAT GPT]]></media:description>
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        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El TSJN rebaja a la mitad la condena al profesor de Zizur que grabó a 42 mujeres en baños del instituto y probadores]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/tsjn-rebaja-mitad-condena-profesor-zizur-que-grabo-42-mujeres-banos-instituto-probadores/20260731115017655851.html</link>
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  <pubDate>Fri, 31 Jul 2026 11:50:17 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El tribunal ha apreciado una atenuante de trastorno mental, aunque el condenado deberá indemnizar a las víctimas y podrá cumplir un máximo efectivo de siete años y medio.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>El <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/comienzan-testificar-alumnas-profesor-zizur-que-espiaba/20260324122443637853.html"><strong>profesor del IES de Zizur</strong></a> que grabó a <strong>42 mujeres</strong> en los baños del centro educativo y en probadores de comercios ha visto reducida a la mitad su condena. El <a href="https://navarra.okdiario.com/tags/tsjn/">Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN)</a> ha rebajado la pena de <strong>180 años y 9 meses</strong> a 90 años, 4 meses y 15 días de prisión.</p>

<p>La Sala de lo Civil y Penal ha estimado parcialmente el recurso de la defensa al apreciar una <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/tribunales-agresion-sexual-condena-tsjn/20210316151559359606.html"><strong>atenuante de trastorno mental</strong></a>. No obstante, el máximo de estancia efectiva en prisión será de <strong>7 años y 6 meses</strong>, de acuerdo con los límites establecidos en el Código Penal.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/07/25/2026072516184789051.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/condenado-agredir-dos-policias-nacionales-intervencion-madrugada-pamplona/20260725162128655478.html">Condenado por agredir y lesionar a dos policías nacionales durante una intervención en Pamplona</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La sentencia del <a href="https://navarra.okdiario.com/tags/tsjn/"><strong>TSJN</strong></a>, que todavía puede ser recurrida ante el <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/golpe-judicial-18-millones-que-sacude-gobierno-navarra-protestas-arozteguia/20260701161807651012.html">Tribunal Supremo</a>, ha aplicado una atenuante analógica simple de trastorno mental. Esta circunstancia se ha sumado a la atenuante de <strong>reparación del daño</strong> que ya había reconocido la Audiencia Provincial.</p>

<p>El diagnóstico de alteración psíquica apareció recogido en el informe elaborado por el médico forense del <strong>Instituto Navarro de Medicina Legal</strong>. Sus conclusiones también fueron corroboradas por los <strong>psiquiatras</strong> que han tratado al condenado.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/26/2026062611483675921.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/condenado-prision-intentar-agredir-sexualmente-menor-ciudadela-pamplona/20260721115258655031.html">Condenado a prisión por intentar agredir sexualmente a una menor en la Ciudadela de Pamplona</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La Sala ha precisado que el artículo 76 del Código Penal limita el cumplimiento efectivo de las penas a <strong>tres veces la condena más alta</strong> impuesta. En este procedimiento, la pena individual más elevada ha sido de 2 años y 6 meses, por lo que el límite se ha fijado en <strong>7 años y medio de cárcel</strong>.</p>

<p>El <strong>profesor del IES de Zizur</strong> deberá indemnizar a las 42 víctimas con cantidades situadas entre <strong>3.000 y 15.000 euros</strong>. Antes del juicio, celebrado en marzo, había consignado 273.000 euros para reparar el daño causado a las denunciantes.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/prision-agresor-sexual-que-elegia-azar-mujeres-solas-asaltaba-detras-calles-pamplona/20260730110929655802.html">Prisión para el agresor sexual que elegía al azar a mujeres solas y las asaltaba por detrás en las calles de Pamplona</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Este depósito llevó a la Audiencia Provincial a apreciar la atenuante de <strong>reparación del daño</strong>. Como consecuencia, los magistrados impusieron inicialmente las distintas penas de prisión en su <strong>límite mínimo</strong>.</p>

<p>Entre las víctimas se encontraba una <strong>vecina del acusado</strong>. La mujer descubrió una de las cámaras ocultas y presentó en octubre de 2023 la denuncia que dio origen a la posterior investigación policial y judicial.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/policia-foral-investiga-agresion-sexual-menor-tudela/20260726110533655494.html">Una menor, víctima de una presunta agresión sexual de madrugada en las fiestas de Tudela</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Tras recibir la denuncia, el titular del <strong>Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona</strong> autorizó el 19 de octubre de 2023 la entrada y el registro del domicilio del investigado. Los agentes localizaron entonces material relacionado con las <strong>grabaciones clandestinas</strong>.</p>

<p>El acusado se había aprovechado también de su condición de <strong>docente en Zizur</strong> y de los datos personales de varias menores. Con esa información se apoderó de las claves de acceso a cuentas de correo electrónico y redes sociales como <strong>Instagram y Snapchat</strong>.</p>

<p>De esta manera, el profesor accedía a fotografías y archivos privados de sus alumnas, que después almacenaba. Estas conductas se añadieron a las grabaciones realizadas en <strong>baños del instituto</strong> y en <strong>probadores de establecimientos comerciales</strong>.</p>

<p>La Audiencia Provincial rechazó en su primera sentencia las atenuantes de <strong>trastorno mental</strong>, dilaciones indebidas y confesión que había solicitado la defensa. Únicamente aceptó la reparación del daño por el dinero consignado antes de la vista oral.</p>

<p>El <strong>profesor del IES de Zizur</strong> fue considerado autor de alrededor de cuarenta delitos. Entre ellos figuraban delitos contra la intimidad, delitos continuados contra la intimidad y delitos de <strong>posesión y elaboración de pornografía infantil</strong>.</p>

<p>La Sección Primera de la Audiencia Provincial le impuso, además, <strong>10 años de inhabilitación</strong> para ejercer cualquier profesión, oficio o actividad relacionada con <strong>menores de edad</strong>. Esta medida se ha mantenido dentro de la condena.</p>

<p>El TSJN ha corregido ahora el criterio de la Audiencia respecto al trastorno mental. El tribunal provincial había descartado esta atenuante porque consideró que el condenado había <strong>mentido a los psiquiatras</strong> que le atendieron.</p>

<p>Sin embargo, la Sala de lo Civil y Penal ha señalado que la falta de veracidad o la ocultación de ciertos datos no invalida automáticamente los <strong>informes psiquiátricos</strong>. La posible distorsión del relato del paciente es un elemento previsto y analizado habitualmente en la <strong>psiquiatría forense</strong>.</p>

<p>El tribunal también ha recordado que algunas personas realizan revelaciones progresivas sobre situaciones que les provocan <strong>culpa, vergüenza o un fuerte impacto emocional</strong>. Los especialistas están capacitados para detectar contradicciones, valorar signos objetivos y comparar el relato con otros indicadores clínicos.</p>

<p>“La mera afirmación de que el condenado no dijo la verdad a los peritos no constituye, por sí sola, una base suficiente para rechazar las conclusiones periciales sin una <strong>motivación técnica reforzada</strong>”, han explicado los magistrados.</p>

<p>La Sala ha aceptado la tesis del médico forense, que diagnosticó al acusado un <strong>trastorno del control de los impulsos en la esfera sexual</strong>. Esta alteración estaba centrada en la actividad de observar la vida de otras personas y se asentaba sobre una personalidad con <strong>tendencias obsesivas</strong>.</p>

<p>Según la valoración médica, el trastorno afectaba de forma leve o moderada a las capacidades intelectivas y volitivas del procesado. Esta relación entre la patología y los hechos ha permitido aplicar la nueva <strong>circunstancia atenuante</strong> y reducir todas las penas en un grado.</p>

<p>El tribunal ha subrayado que el diagnóstico ha sido realizado por <strong>dos especialistas independientes</strong>. “Su coincidencia diagnóstica refuerza la solidez del nexo causal entre la patología descrita y las conductas delictivas desarrolladas por el acusado”, recoge la sentencia.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[El TSJN rebaja a la mitad la condena al profesor de Zizur que grabó a 42 mujeres en baños del instituto y probadores]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Sede del edificio de la Audiencia Provincial de Navarra, donde se encuentra el TSJN. ARCHIVO]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Sede del edificio de la Audiencia Provincial de Navarra, donde se encuentra el TSJN. ARCHIVO]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Prisión para el agresor sexual que elegía al azar a mujeres solas y las asaltaba por detrás en las calles de Pamplona]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/prision-agresor-sexual-que-elegia-azar-mujeres-solas-asaltaba-detras-calles-pamplona/20260730110929655802.html</link>
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  <pubDate>Thu, 30 Jul 2026 11:09:29 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La magistrada aprecia riesgo de fuga y peligrosidad por la violencia, la reiteración de los ataques en pocos días y la falta de arraigo del investigado.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>Se mantiene la&nbsp;<strong>prisión provisional</strong>, comunicada y sin fianza, para el joven investigado por <strong>cinco presuntas agresiones sexuales</strong> cometidas en <strong>Pamplona</strong> entre el 27 de junio y el 9 de julio. El acusado permanece encarcelado desde el <strong>11 de julio</strong>.</p>

<p>La magistrada titular de la plaza número 1 de la <strong>Sección de Violencia sobre la Mujer de Pamplona</strong> ha ratificado la medida cautelar en tres resoluciones judiciales. Los autos pueden ser recurridos ante la <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/nueva-presidenta-audiencia-navarra-marca-prioridad-lanza-mensaje-claro/20260112135751629732.html"><strong>Audiencia Provincial de Navarra</strong></a>.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/07/24/2026072413254339779.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/policia-foral-investiga-agresion-sexual-menor-tudela/20260726110533655494.html">Una menor, víctima de una presunta agresión sexual de madrugada en las fiestas de Tudela</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La jueza ha destacado la <strong>gravedad</strong>, la violencia y la reiteración con las que el investigado, de nacionalidad colombiana, presuntamente llevó a cabo los ataques contra la <strong>libertad sexual</strong> de las víctimas, según ha informado el <a href="https://navarra.okdiario.com/tags/tsjn/">Tribunal Superior de Justicia de Navarra</a>.</p>

<p>Durante su declaración judicial, el encausado reconoció los hechos, aunque negó "haber querido llegar más allá de los tocamientos". Sin embargo, la magistrada ha analizado los <strong>fotogramas del atestado</strong> y las grabaciones captadas por las <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/pamplona/ubicacion-nuevas-camaras-seguridad-pamplona/20220329174345401898.html"><strong>cámaras del Ayuntamiento de Pamplona</strong></a>.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/07/14/2026071416085215154.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/carcel-detenido-san-fermin-violar-mujer-dejarla-semiinconsciente-semidesnuda-portal/20260714161001654323.html">A la cárcel un detenido en San Fermín por violar a una mujer y dejarla semiinconsciente y semidesnuda en un portal</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>De estas imágenes se desprende, según recoge una de las resoluciones, que el investigado salía de su domicilio y "buscaba eventuales víctimas". Las pesquisas realizadas hasta el momento no han revelado que conociera previamente a ninguna de las <strong>mujeres atacadas</strong>.</p>

<p>La jueza considera que las víctimas fueron escogidas <strong>al azar</strong>, dentro de la "vorágine agresiva con la que salía por la noche". El acusado abordaba principalmente a <strong>mujeres solas</strong> que regresaban a sus domicilios.</p>

<p>El joven las asaltaba "por detrás para evitar cualquier tipo de defensa" y para dificultar que pudieran identificarlo. Esta forma de actuar se ha repetido en varios de los ataques investigados en <strong>Pamplona</strong>.</p>

<p>En dos de las presuntas agresiones sexuales, el acusado siguió a las mujeres hasta los <strong>portales de sus viviendas</strong>. Allí aprovechó el funcionamiento de las puertas automáticas de apertura y cierre para entrar detrás de ellas y agredirlas sexualmente.</p>

<p>Otro de los ataques se produjo en plena calle, en el <strong>centro de Pamplona</strong>. La víctima regresaba a casa de madrugada con los auriculares puestos cuando el investigado se abalanzó contra ella "de manera sorpresiva".</p>

<p>En tres de los episodios descritos en los autos, el hombre besó y realizó <strong>tocamientos por la fuerza</strong>, sin el consentimiento de las denunciantes. La resistencia de las mujeres y sus <strong>gritos de auxilio</strong> hicieron que el acusado huyera del lugar.</p>

<p>La magistrada ha ratificado la <strong>prisión provisional</strong> al apreciar un riesgo de fuga y una elevada peligrosidad. Para justificar la medida, ha citado "la actitud y gravedad de los hechos", la reiteración delictiva "en tan escasos días" y la violencia empleada para abordar a las víctimas.</p>

<p>La resolución también señala que todavía deben practicarse varias <strong>pruebas durante la instrucción</strong>. La jueza considera necesario impedir que el investigado pueda sustraerse a la acción de la justicia mientras continúa la investigación de las cinco presuntas agresiones sexuales.</p>

<p>El auto también ha tenido en cuenta que el acusado no dispone de <strong>documentación expedida en España</strong>, carece de trabajo y no tiene arraigo. Estas circunstancias, junto con las penas que podrían imponérsele en caso de condena, hacen "necesario ratificar la medida de prisión acordada".</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Prisión para el agresor sexual que elegía al azar a mujeres solas y las asaltaba por detrás en las calles de Pamplona]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Una imagen de la Audiencia Provincial de Navarra. ARCHIVO]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Una imagen de la Audiencia Provincial de Navarra. ARCHIVO]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Maltrato, amenazas y agresiones: la condena a un hombre por someter durante años a su mujer en Navarra]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/maltrato-amenazas-agresiones-sexuales-condena-hombre-someter-anos-esposa-navarra/20260729123258655719.html</link>
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  <pubDate>Wed, 29 Jul 2026 12:32:58 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La Audiencia considera probado que ejercía una posición de dominio, la empujaba, la amenazaba y la coaccionaba para mantener relaciones sexuales.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>Empujones, zarandeos, expresiones de menosprecio, amenazas y relaciones sexuales aceptadas bajo coacción. La <strong>Audiencia de Navarra</strong> ha considerado probado el maltrato sufrido por una mujer durante los últimos años de convivencia con su marido.</p>

<p>La Sección Segunda de la Audiencia ha condenado al hombre a un total de <strong>5 años y 4 meses de prisión</strong> por maltratar, amenazar y agredir sexualmente de forma continuada a su esposa en una localidad de la <strong>comarca de Pamplona</strong>.</p>

<p>La sentencia, que todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, le ha impuesto <strong>5 meses de cárcel por maltrato habitual</strong>, otros <strong>5 meses por amenazas continuadas</strong> y <strong>4 años y 6 meses por agresión sexual continuada</strong>.</p>

<p>El condenado, de nacionalidad española y <strong>38 años</strong>, tampoco podrá comunicarse con la víctima ni acercarse a ella a menos de 300 metros durante <strong>9 años y 5 meses</strong>.</p>

<p>Además, una vez cumplida la pena de prisión, deberá permanecer otros <strong>5 años en libertad vigilada</strong>.</p>

<p>La Audiencia le ha obligado también a indemnizar a su exmujer con <strong>10.000 euros por el daño moral ocasionado</strong>. Antes de celebrarse el juicio, el procesado ya había depositado 5.000 euros para hacer frente a esta responsabilidad civil.</p>

<p>El tribunal ha aplicado en todos los delitos las atenuantes de <strong>enajenación mental y reparación del daño</strong>.</p>

<p>La pareja había comenzado su relación sentimental en 2007 y había contraído matrimonio en octubre de 2016. La mujer decidió separarse en 2017, aunque el divorcio no se produjo hasta octubre de 2023. Tres meses después, en enero de 2024, interpuso la denuncia.</p>

<p>Durante los últimos años de convivencia, el acusado “<strong>empujaba y zarandeaba</strong>” a su esposa. También se dirigía a ella mediante “<strong>expresiones ofensivas y de menosprecio</strong>”.</p>

<p>Cuando la víctima planteaba dejar la relación, el procesado le decía que iba a suicidarse. También la amenazaba con atropellarla y con matar a sus hijas o a su madre.</p>

<p>La sentencia ha analizado igualmente el comportamiento del acusado dentro de las relaciones sexuales que mantenía con su esposa.</p>

<p>Los magistrados han concluido que el hombre “<strong>actuaba con posición de dominio</strong>”. Cuando ella manifestaba su negativa, él insistía en mantener relaciones y en realizar prácticas sexuales, entre ellas las de sumisión.</p>

<p>La denunciante terminaba accediendo para que el acusado tuviera un mejor comportamiento familiar y para evitar su mal humor o sus recriminaciones.</p>

<p>A partir de los mensajes de WhatsApp y del resto de las pruebas, la Audiencia ha considerado que “<strong>el consentimiento de la denunciante se encontraba viciado</strong>”.</p>

<p>El procesado, además, podía percibir que su esposa no quería mantener esas relaciones. Esta conducta ha sido considerada por el tribunal como un <strong>delito continuado de agresión sexual</strong>.</p>

<p>Como consecuencia de los hechos sufridos, la víctima padece <strong>sintomatología ansioso-depresiva</strong>, con sentimientos de miedo y desesperanza.</p>

<p>Por su parte, el condenado presenta un trastorno bipolar sobre rasgos disfuncionales de la personalidad. Esta situación afectó de forma moderada-grave a sus facultades intelectivas y volitivas en relación con los hechos juzgados.</p>

<p>Durante el juicio, la Fiscalía había solicitado <strong>10 años de prisión por agresión sexual continuada</strong>, 2 años por maltrato habitual y otros 9 meses por amenazas. La defensa había reclamado la absolución.</p>

<p>La Sección Segunda ha señalado que la participación del acusado en varios de los delitos imputados no ofrecía “<strong>la más mínima duda razonable</strong>”.</p>

<p>Para alcanzar esta conclusión, el tribunal ha valorado las pruebas testificales, periciales y documentales practicadas durante el juicio oral.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Maltrato, amenazas y agresiones: la condena a un hombre por someter durante años a su mujer en Navarra]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Un detenido es conducido a los calabozos por dos agentes.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Un detenido es conducido a los calabozos por dos agentes.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Un policía de Pamplona robó un coche patrulla en San Fermín y condujo borracho con cuatro niños dentro]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/policia-pamplona-roba-coche-patrulla-conduce-borracho-pamplona-varios-menores/20260729075742655698.html</link>
  <comments>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/policia-pamplona-roba-coche-patrulla-conduce-borracho-pamplona-varios-menores/20260729075742655698.html#comentarios-655698</comments>
  <guid>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/policia-pamplona-roba-coche-patrulla-conduce-borracho-pamplona-varios-menores/20260729075742655698.html</guid>
  <pubDate>Wed, 29 Jul 2026 07:57:42 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[Los hechos ocurrieron en la tarde del 6 de julio, día del Chupinazo de San Fermín, y fueron sus propios compañeros los que tuvieron que actuar ante la gravedad de los hechos.&nbsp;]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>Vestía de blanco y rojo, estaba fuera de servicio y tenía que incorporarse unas horas después a su turno de noche. Sin embargo, la tarde del pasado <strong>6 de julio</strong>, primer día de las <a href="https://navarra.okdiario.com/sanfermin/">fiestas de <strong>San Fermín</strong></a>, un agente de la <strong>Policía Municipal de Pamplona</strong> protagonizó un grave episodio que obligó a intervenir a sus propios compañeros.</p>

<p>El policía accedió en estado de embriaguez a la zona de cocheras de la base policial del barrio de <strong>San Juan</strong>, cogió sin autorización las llaves de un furgón patrulla y salió a conducir por las calles cercanas acompañado de <strong>cuatro menores de edad</strong>.</p>

<p>Uno de los niños, de muy corta edad, se encontraba <strong>sentado sobre el regazo del agente, a la altura del volante</strong>. Ninguno de los cuatro menores llevaba un sistema de retención infantil.</p>

<p>El agente ha sido condenado, tras reconocer los hechos en un juicio rápido, a <strong>12 meses de multa y un año de retirada del permiso de conducir</strong> por un delito contra la seguridad vial y otro de hurto de uso de vehículo.</p>

<p>La resolución se ha dictado oralmente de conformidad en los juzgados de Pamplona y ha quedado firme de inmediato. El agente ha aceptado dos penas de seis meses de multa, ambas a razón de ocho euros diarios, además del pago de las costas procesales.</p>

<h2>Avisos de vecinos por la conducción del furgón</h2>

<p>Los hechos ocurrieron durante la tarde del 6 de julio. El policía no se encontraba trabajando en ese momento y vestía de paisano, con la tradicional indumentaria blanca y roja de San Fermín.</p>

<p>Aunque no estaba de servicio, tenía asignado el <strong>turno nocturno entre el 6 y el 7 de julio</strong>. Durante la tarde accedió a las dependencias de la Policía Municipal y se apoderó de las llaves del vehículo oficial sin contar con autorización.</p>

<p>Después de sacar el furgón del garaje, circuló por las inmediaciones de la <strong>Cuesta de la Reina</strong> y por otras calles cercanas a la sede policial.</p>

<p>Varios vecinos alertaron a la Policía Municipal después de observar que el vehículo circulaba en circunstancias anómalas. También advirtieron de la presencia de varios niños en el interior y de que uno de ellos se encontraba sentado sobre el regazo del conductor.</p>

<p>Uno de los menores sería hijo del agente, mientras que los demás serían amigos, conocidos o familiares, según la información facilitada sobre el caso.</p>

<h2>Golpeó una columna al regresar al garaje</h2>

<p>El agente regresó pocos minutos después a la base de la Policía Municipal. Al intentar estacionar nuevamente el furgón en el garaje, golpeó con la parte trasera una columna.</p>

<p>El impacto no provocó aparentemente daños materiales de consideración, pero la maniobra levantó las sospechas de los agentes que se encontraban trabajando.</p>

<p>Sus propios compañeros intervinieron de inmediato y comprobaron que el conductor presentaba <strong>síntomas evidentes de embriaguez</strong>.</p>

<p>El policía tenía una fuerte halitosis alcohólica que podía percibirse a distancia, los ojos brillantes y un habla pastosa, repetitiva y poco clara. Su estado le impedía conducir con normalidad y generó una situación de desconcierto dentro de las propias dependencias policiales.</p>

<p>El jefe de Sala le retiró la <strong>placa y la pistola reglamentaria</strong> antes de que fuera sometido a las correspondientes pruebas de alcoholemia.</p>

<h2>Tasas de alcohol de 0,79 y 0,74 miligramos</h2>

<p>El resultado del etilómetro oficial confirmó el elevado nivel de alcohol. El agente dio una tasa de <strong>0,79 miligramos de alcohol por litro de aire espirado</strong> en la primera prueba y de <strong>0,74 miligramos</strong> en la segunda.</p>

<p>En el caso de los conductores profesionales, como los policías municipales, el límite aplicable se encuentra en <strong>0,15 miligramos por litro de aire espirado</strong>. Por tanto, el agente superó ampliamente la tasa permitida.</p>

<p>El relato de hechos acreditado concluyó que se encontraba incapacitado física y psíquicamente para conducir. Pese a ello, manejó el vehículo policial por la vía pública con cuatro menores en el interior.</p>

<p>La Fiscalía consideró inicialmente que su conducta constituía dos delitos independientes: un <strong>delito contra la seguridad vial</strong> y un <strong>delito de hurto de uso del furgón policial</strong>.</p>

<p>Por el primero solicitaba nueve meses de multa y 18 meses de retirada del permiso de conducir. Por el uso no autorizado del vehículo reclamaba otros nueve meses de multa.</p>

<h2>Reconoció los hechos y aceptó la condena</h2>

<p>El acusado reconoció íntegramente lo ocurrido y mostró su conformidad con las acusaciones durante el juicio rápido.</p>

<p>Este reconocimiento ha permitido aplicar la reducción legal de un tercio prevista para las sentencias de conformidad en este tipo de procedimientos.</p>

<p>La condena definitiva ha quedado establecida en <strong>seis meses de multa a razón de ocho euros diarios y 12 meses de privación del permiso de conducir</strong> por el delito contra la seguridad vial.</p>

<p>Por el hurto de uso del vehículo policial ha recibido otros <strong>seis meses de multa a ocho euros diarios</strong>, además de la obligación de abonar las costas procesales.</p>

<p>En caso de no pagar las cuotas, se aplicará una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.</p>

<p>La sentencia contempla también la obligación genérica de indemnizar por los perjuicios que pudieran haberse producido. No obstante, el golpe contra la columna no dejó desperfectos aparentes de importancia.</p>

<h2>Destinado a la emisora tras perder el carné</h2>

<p>La retirada del permiso de conducir ha impedido que el agente pueda continuar realizando patrullas o desempeñar puestos que requieran manejar vehículos policiales.</p>

<p>Por este motivo, el policía ha sido destinado a trabajar en la <strong>emisora de la Policía Municipal de Pamplona</strong>, un puesto en el que no necesita disponer del permiso de conducir.</p>

<p>El agente ya había protagonizado años atrás otros hechos que también terminaron con otra condena judicial.</p>
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        <media:title><![CDATA[Un policía de Pamplona robó un coche patrulla en San Fermín y condujo borracho con cuatro niños dentro]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Agentes de la Policía Municipal que nada tienen que ver con el agente condenado, trabajan durante las pasadas fiestas de San Fermín en un encierro. PABLO LASAOSA]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Agentes de la Policía Municipal que nada tienen que ver con el agente condenado, trabajan durante las pasadas fiestas de San Fermín en un encierro. PABLO LASAOSA]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Alquiló una habitación en Tudela con sus dos hijas pequeñas y fue violada por un compañero de piso: ya hay sentencia]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/alquilo-habitacion-tudela-dos-hijas-pequenas-fue-violada-companero-piso/20260728112652655672.html</link>
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  <pubDate>Tue, 28 Jul 2026 11:26:52 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La víctima se encontraba en situación de alta exclusión social y tuvo que permanecer en la vivienda tras sufrir la primera agresión.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>Una mujer que acababa de divorciarse, no hablaba castellano y vivía con sus dos hijas de <strong>1 y 3 años</strong> en una habitación alquilada de Tudela sufrió dos agresiones sexuales por parte de uno de los hombres con los que compartía vivienda.</p>

<p>La <strong>Sección Segunda de la Audiencia de Navarra</strong> ha condenado al acusado a un total de <strong>12 años y 6 meses de prisión</strong> por violar a su compañera de piso y realizarle posteriormente tocamientos sin su consentimiento.</p>

<p>Los hechos ocurrieron entre marzo y abril de 2024 en una vivienda de <strong>Tudela</strong>. El condenado, natural de Marruecos y de 47 años, residía en el mismo piso que la víctima, una mujer de origen extranjero que tenía entonces 34 años.</p>

<p>El tribunal también le ha prohibido comunicarse o acercarse a menos de <strong>200 metros de la víctima durante 18 años y 6 meses</strong>. Además, deberá cumplir <strong>9 años de libertad vigilada</strong> después de salir de prisión e indemnizar a la mujer con <strong>15.000 euros por el daño moral</strong> sufrido.</p>

<p>La sentencia, que todavía puede ser recurrida ante el <strong>Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong>, ha impuesto 9 años de cárcel por un delito de agresión sexual con penetración y otros 3 años y 6 meses por una segunda agresión sexual, cometida mediante tocamientos sin consentimiento.</p>

<p>Ambos delitos han sido agravados por el prevalimiento de una situación de convivencia, ya que el procesado y la víctima compartían la misma vivienda.</p>

<p>La mujer se había instalado en febrero de 2024 junto a sus dos hijas en una habitación por la que pagaba <strong>300 euros mensuales</strong>. En aquel momento se encontraba en una situación de alta exclusión social y atravesaba importantes dificultades personales.</p>

<p>La sentencia ha recogido que acababa de divorciarse del hombre con el que había convivido en Francia, había dado a luz a su hija menor un año antes y no hablaba castellano. También presentaba profundas dificultades para comprender lo que otras personas le decían.</p>

<p>En un día no concretado de marzo, al mediodía, el acusado entró en la habitación de la denunciante y <strong>la violó</strong>. La mujer se encontraba, según el tribunal, en una situación de “extrema vulnerabilidad”.</p>

<p>Tras la agresión, tuvo que continuar viviendo en el mismo domicilio al no disponer de otra alternativa habitacional.</p>

<p>Días más tarde, el procesado le propuso que se casara con él. La mujer rechazó la petición y, a partir de ese momento, el acusado cambió su comportamiento y comenzó a tratarla de manera agresiva, humillante y despectiva.</p>

<p>Un sábado del mes de abril, mientras la víctima se encontraba en la ducha, el hombre irrumpió en el baño, le tocó los pechos y frotó sus genitales contra su cuerpo sin su consentimiento.</p>

<p>El juicio se celebró el pasado <strong>18 de junio</strong>. La Fiscalía y la acusación particular habían solicitado 11 años de cárcel por la violación y otros 4 años por la segunda agresión sexual. La defensa había reclamado la absolución.</p>

<p>La Audiencia de Navarra ha considerado que las pruebas practicadas durante el procedimiento han permitido desvirtuar la presunción de inocencia del acusado.</p>

<p>Los magistrados han destacado especialmente <strong>“la credibilidad y fuerza de convicción” de la declaración de la víctima</strong>. A su juicio, la mujer ha ofrecido un relato “completo, coherente, descriptivo, lógico y verosímil”.</p>

<p>La sala ha remarcado que su versión se ha mantenido uniforme, sin contradicciones y prácticamente inalterada desde que presentó la denuncia hasta la celebración del juicio oral.</p>

<p>Los policías y voluntarios que atendieron a la denunciante también han confirmado que se encontraba extremadamente alterada y angustiada cuando explicó las agresiones sufridas.</p>

<p>El tribunal ha señalado además la existencia de un relevante elemento de corroboración: <strong>varios audios de comunicaciones realizadas a través de redes sociales</strong>. La sala no ha apreciado dudas sobre su legitimidad, fidelidad o autenticidad.</p>

<p>Según ha concluido la Audiencia, estas grabaciones demuestran que personas del entorno del procesado trataron de <strong>presionar a la víctima para impedir que presentara la denuncia</strong>. Una circunstancia que ha reforzado la credibilidad de su relato y la realidad de los hechos denunciados.</p>
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        <media:title><![CDATA[Alquiló una habitación en Tudela con sus dos hijas pequeñas y fue violada por un compañero de piso: ya hay sentencia]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Una mujer en una vivienda.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Una mujer en una vivienda.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Las imágenes grabadas en el portal, claves en la investigación de una violación los pasados Sanfermines]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/imagenes-grabadas-portal-clave-investigacion-violacion-pasados-sanfermines/20260727124504655642.html</link>
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  <pubDate>Mon, 27 Jul 2026 12:45:04 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La magistrada aprecia indicios "claros y evidentes" de que no hubo consentimiento y asegura que el investigado utilizó violencia física.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La jueza ha mantenido en <strong>prisión provisional, comunicada y sin fianza</strong> al joven investigado por la <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/sanfermin/decretan-prision-fianza-marroqui-detenido-san-fermin-supuesta-agresion-sexual/20260712160201653894.html">presunta violación de una mujer </a>que se encontraba en estado de semiinconsciencia durante la madrugada del pasado 10 de julio en Pamplona.</p>

<p>La agresión sexual investigada se produjo en <strong>un portal de la calle Estafeta</strong>, en el centro de la capital navarra. El joven había ingresado en prisión el día 14 y ahora la magistrada ha ratificado la medida cautelar.</p>

<p>La titular de la plaza número 1 de la <strong>Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Pamplona</strong> ha considerado que existen indicios "claros y evidentes" de que las relaciones no fueron consentidas.</p>

<p>Además, la jueza ha asegurado que el investigado no solo se aprovechó de la situación de vulnerabilidad química de la mujer, sino que también <strong>empleó violencia física</strong>.</p>

<p>El investigado sostuvo durante su declaración que las relaciones sexuales habían sido consentidas. La magistrada, sin embargo, ha rechazado esta versión a la vista del informe forense, las lesiones que presentaba la denunciante y las imágenes grabadas en el portal.</p>

<p>El análisis médico ha señalado que la víctima arrojó a las 8.10 horas una tasa de alcoholemia de <strong>2,21 gramos por litro</strong>. También se encontraron restos de cocaína en la orina.</p>

<p>El informe forense, según ha recogido el auto, "deja poca duda de la falta de consentimiento consciente" debido al estado de vulnerabilidad química en el que se encontraba la mujer.</p>

<p>La magistrada ha concedido una especial relevancia a las lesiones observadas durante la exploración. La víctima presentaba <strong>erosiones y un hematoma en las rodillas</strong>, además de hematomas en ambos brazos, especialmente en los antebrazos.</p>

<p>Las lesiones se habían producido, según el dictamen médico, en un margen de unas dos horas antes de la exploración forense.</p>

<p>Para la jueza, estas heridas son "difícilmente encuadrables en unas relaciones libres y voluntarias".</p>

<p>Las grabaciones obtenidas en el portal también han resultado relevantes para mantener la prisión. Según ha explicado la magistrada, en las imágenes se observa cómo el investigado <strong>agarra a la mujer del antebrazo izquierdo para llevársela</strong>.</p>

<p>La jueza ha considerado que esta acción no resulta compatible con el consentimiento alegado por el joven durante su declaración.</p>

<p>La investigación todavía no ha concluido. Entre las diligencias pendientes se encuentra la declaración de los amigos que acompañaban al investigado durante aquella madrugada.</p>

<p>También se trata de localizar a los testigos que entraron en el portal y que podrían haber presenciado parte de los hechos.</p>

<p>La causa permanece además a la espera de los informes psicológicos y de los resultados de los análisis de <strong>ADN</strong>.</p>

<p>Estas pruebas podrían aportar más claridad a los indicios ya existentes de que no se produjo una relación consentida, sino una agresión sexual en la que se habría aprovechado la vulnerabilidad química de la mujer y se habría utilizado violencia física.</p>

<p>La magistrada ha ratificado la prisión por la gravedad de los hechos y por las elevadas penas que podrían imponerse en caso de condena.</p>

<p>La medida también pretende <strong>proteger a la víctima</strong>, evitar que puedan alterarse pruebas y garantizar que el investigado permanezca a disposición del tribunal durante la tramitación de la causa.</p>

<p>El auto ha descartado que exista una medida menos gravosa que permita cumplir estos objetivos.</p>

<p>La jueza ha rechazado el uso de dispositivos telemáticos al considerar que no ofrecen suficiente efectividad. También ha señalado que una prohibición de abandonar España sería insuficiente, dado que dentro de la Unión Europea no existen controles fronterizos interiores.</p>
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        <media:title><![CDATA[Las imágenes grabadas en el portal, claves en la investigación de una violación los pasados Sanfermines]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[La Policía Foral despeja el recorrido para el sexto encierro de San Fermín 2026.  PABLO LASAOSA]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[La Policía Foral despeja el recorrido para el sexto encierro de San Fermín 2026.  PABLO LASAOSA]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Cinco años de cárcel para el dueño de una inmobiliaria de Navarra que se quedó más de 50.000 euros de clientes]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/cinco-anos-carcel-dueno-inmobiliaria-tierra-estella-que-quedo-53360-euros/20260727083718655518.html</link>
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  <pubDate>Mon, 27 Jul 2026 08:37:18 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>El tribunal ha considerado probado que recibió las arras de tres operaciones inmobiliarias en Lodosa y Viana y destinó el dinero a otros fines.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>Tres intentos de compra de viviendas en <strong>Lodosa y Viana</strong> han terminado <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/vendedor-humo-tierra-estella-llega-juicio-desfalcar-15-familias-falsas-viviendas/20260428122117642481.html">con una condena de <strong>5 años de prisión</strong> para el propietario de una inmobiliaria de <strong>Tierra Estella</strong></a>. El agente recibió dinero de varios compradores para reservar los inmuebles, pero utilizó esas cantidades para fines distintos de los acordados.</p>

<p>En total, el acusado se apropió de <strong>53.360 euros entregados como arras</strong> entre <strong>2023 y 2024</strong>. Ahora, la <strong>Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN)</strong> ha rechazado su recurso y ha respaldado íntegramente la resolución dictada el pasado marzo por la <strong>Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra</strong>.</p>

<p>El empresario ha sido condenado a <strong>5 años de cárcel</strong> y al pago de una multa de <strong>900 euros</strong>. La sentencia todavía puede ser recurrida ante el <strong>Tribunal Supremo</strong>.</p>

<p>El procesado trabajaba como <strong>agente inmobiliario</strong> y era administrador único de la empresa. Durante esos dos años intervino en <strong>tres operaciones de compraventa de viviendas</strong> situadas en <strong>Lodosa y Viana</strong>.</p>

<p>En todos los casos recibió cantidades económicas de los compradores en concepto de arras. Sin embargo, en lugar de destinarlas a las operaciones pactadas, se quedó con el dinero con “ánimo de enriquecimiento injusto”, según recoge la sentencia.</p>

<p>El tribunal ha considerado probados los hechos a partir de las declaraciones de las personas perjudicadas y de la documentación incorporada al procedimiento. Los magistrados han concluido que el acusado dispuso del dinero con una finalidad diferente a la acordada y quebrantó la confianza de quienes se lo habían entregado.</p>

<p>La resolución también ha tenido en cuenta que el condenado ya acumulaba <strong>cinco sentencias firmes anteriores por apropiación indebida</strong>. Esta circunstancia ha permitido aplicar la <strong>agravante de reincidencia</strong>.</p>

<p>Los hechos han sido considerados constitutivos de un <strong>delito continuado de falsedad en documento privado</strong>, en relación con un <strong>delito continuado de apropiación indebida</strong>.</p>

<p>La defensa únicamente había discutido en su recurso una de las tres operaciones. Se trataba de un contrato de arrendamiento con opción de compra en el que sostenía que el denunciante no había sufrido ningún perjuicio económico.</p>

<p>La <strong>Sala de lo Civil y Penal del TSJN</strong> ha descartado ese argumento. La sentencia ha señalado que la defensa no aportó ninguna prueba que demostrara que se hubiera realizado la transferencia o el pago reflejado en un cheque.</p>

<p>“Si se hubiere correspondido con la realidad esa transferencia o el abono de la cantidad reflejada en el cheque, pudo, sin dificultad, la defensa haberlo acreditado”, han recalcado los magistrados.</p>

<p>El tribunal ha concluido que el acusado recibió las cantidades y se apropió de ellas, destinándolas a fines diferentes de los pactados. A juicio de la Sala, actuó con deslealtad hacia las personas que habían depositado el dinero bajo su custodia para una finalidad concreta.</p>
]]></content:encoded>
                    <enclosure url="https://navarra.okdiario.com/media/navarra/images/2026/07/28/2026072818131213364.jpg" length="134848" type="image/jpeg"/>
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        <media:title><![CDATA[Cinco años de cárcel para el dueño de una inmobiliaria de Navarra que se quedó más de 50.000 euros de clientes]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Viviendas en construcción. ARCHIVO]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Viviendas en construcción. ARCHIVO]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Condenado por agredir y lesionar a dos policías nacionales durante una intervención en Pamplona]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/condenado-agredir-dos-policias-nacionales-intervencion-madrugada-pamplona/20260725162128655478.html</link>
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  <pubDate>Sat, 25 Jul 2026 16:21:28 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[José Miguel Montes]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El acusado se negó a identificarse, opuso una intensa resistencia y lesionó a los agentes durante su detención en la madrugada del 29 de junio de 2024.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>agresión a dos <a href="https://navarra.okdiario.com/tags/policia-nacional/">policías nacionales</a> en Pamplona</strong> durante una intervención en la madrugada del <strong>29 de junio de 2024</strong> ha terminado con una sentencia firme. El acusado ha sido condenado por enfrentarse a los agentes, resistirse a su detención y causar lesiones a ambos funcionarios.</p>

<p>El <strong>Juzgado de Instrucción número 5</strong> del Tribunal de Instancia de Pamplona ha considerado acreditado que el hombre mantuvo una actitud de <strong>abierta hostilidad</strong> hacia los policías nacionales. También se negó de forma reiterada a identificarse cuando fue requerido por los agentes.</p>

<div class="related-content related-content-inner clearfix">
<ul class="colorize-text">
	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/26/2026062611483675921.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/condenado-prision-intentar-agredir-sexualmente-menor-ciudadela-pamplona/20260721115258655031.html">Condenado a prisión por intentar agredir sexualmente a una menor en la Ciudadela de Pamplona</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Durante la actuación policial, el acusado opuso una <strong>intensa resistencia</strong> y llegó a agredir físicamente a los dos funcionarios cuando estos procedían a detenerlo. La intervención se había desarrollado de madrugada en <strong>Pamplona</strong>.</p>

<p>Como consecuencia de la agresión, uno de los agentes sufrió un <strong>traumatismo en un dedo</strong> de la mano derecha. El segundo policía padeció diversas <strong>erosiones y policontusiones</strong> que limitaron temporalmente su movilidad.</p>

<p>Los dos policías nacionales necesitaron <strong>asistencia facultativa</strong> por las lesiones sufridas durante la detención. Sin embargo, ninguno de ellos ha presentado <strong>secuelas permanentes</strong> derivadas de la agresión.</p>

<p>Tras mostrar su conformidad con los hechos, el acusado ha sido condenado como autor de un delito de <strong>resistencia o desobediencia grave</strong> a agentes de la autoridad. Este delito ha sido apreciado en concurso ideal con <strong>dos delitos leves de lesiones</strong>.</p>

<p>La sentencia ha impuesto al condenado una <strong>multa de 848 euros</strong> y el pago de <strong>1.500 euros en costas procesales</strong>. También deberá indemnizar con 100 euros al primero de los agentes y con 1.700 euros al segundo por las lesiones causadas.</p>

<p>La resolución sobre la <strong>agresión a dos policías nacionales en Pamplona</strong> ya es firme. Las partes han renunciado a presentar cualquier recurso contra la sentencia dictada por el órgano judicial.</p>

<p>El <strong>Sindicato Unificado de Policía en Navarra</strong>, organización mayoritaria en la Policía Nacional en la Comunidad Foral, ha ejercido la acusación particular en representación de los agentes perjudicados. La defensa ha sido asumida por el abogado <strong>Guillermo Chaverri</strong>.</p>

<p>SUP Navarra ha destacado que la resolución refuerza su compromiso con la <strong>defensa jurídica de sus afiliados</strong> y con la protección de los policías que son víctimas de agresiones mientras desempeñan sus funciones.</p>

<p>El secretario general de SUP Navarra, <strong>Eduardo Riballo</strong>, ha señalado que la sentencia demuestra que las agresiones y los actos de violencia contra los policías nacionales tienen “<strong>consecuencias penales y económicas</strong>”.</p>

<p>“Desde SUP Navarra seguiremos ejerciendo la acusación particular en todos aquellos procedimientos en los que un policía nacional resulte agredido durante el desempeño de su servicio, porque defender a quienes garantizan la seguridad de los ciudadanos forma parte de nuestro compromiso irrenunciable”, ha manifestado Riballo.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Condenado por agredir y lesionar a dos policías nacionales durante una intervención en Pamplona]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Imagen de dos policías nacionales en Pamplona. SUP NAVARRA]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Imagen de dos policías nacionales en Pamplona. SUP NAVARRA]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Estuvo seis meses en prisión acusado de incendiar el piso de su ex pareja en Pamplona y ahora ha sido absuelto]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/estuvo-seis-meses-prision-acusado-incendiar-piso-ex-pareja-pamplona-ahora-ha-sido-absuelto/20260723095414655221.html</link>
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  <pubDate>Thu, 23 Jul 2026 09:54:14 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La acusación particular había solicitado diez años de cárcel, pero la Fiscalía no respaldó la imputación por el delito de incendio.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Audiencia de Navarra</strong> ha absuelto a un hombre <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/provoca-incendio-casa-expareja-pamplona-decision-juez/20240711133158548883.html">acusado de incendiar la vivienda de su expareja en el <strong>Casco Viejo de Pamplona</strong></a>. Los magistrados han concluido que no existen pruebas suficientes para acreditar que entrara en el piso y provocara el fuego durante la noche del <strong>6 de julio de 2024</strong>.</p>

<p>La resolución destaca que en la vivienda <strong>no se han encontrado huellas, restos biológicos ni ADN del procesado</strong>. Tampoco ha quedado demostrado que tuviera unas llaves que permitieran abrir la puerta o que se las hubiera sustraído previamente a la denunciante.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/07/23/2026072309331413421.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/matrimonio-que-cuidaba-anciana-navarra-quito-mas-40000-euros-ganarse-confianza/20260723093716655220.html">Un matrimonio que cuidaba a una anciana en Navarra le quitó más de 44.000 euros tras ganarse su confianza</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La <strong>Sección Segunda de la Audiencia de Navarra</strong> ha considerado que las pruebas presentadas no permiten superar las "meras sospechas" de la expareja. La absolución por el delito de incendio ya es firme.</p>

<p>La acusación particular había solicitado <strong>10 años de prisión</strong> por un delito de incendio en casa habitada con riesgo para las personas. Esta imputación, sin embargo, no había sido respaldada por la Fiscalía durante el juicio celebrado el pasado mes de junio.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/07/22/2026072216010111419.jpg" /></figure>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>La tesis de la acusación sostenía que el procesado había accedido al domicilio después de que la mujer saliera para acudir a su trabajo. Una vez dentro, habría colocado <strong>tres focos diferentes con ropa y enseres</strong> antes de prenderles fuego.</p>

<p>El tribunal ha concluido que esta secuencia no ha podido ser acreditada. "No existe prueba alguna" que demuestre que el acusado estuviera en posesión de unas llaves que abrieran la vivienda, han señalado los magistrados.</p>

<p>La sentencia añade que tampoco se ha probado su intervención directa en el incendio. "No se han acreditado indicios base más allá de las meras sospechas de la denunciante", ha recalcado la Audiencia.</p>

<p>Los jueces han explicado que la ausencia de ADN no puede utilizarse como una prueba contra el acusado. Aunque un incendio puede destruir determinados restos, no siempre elimina todo el material genético que pudiera encontrarse en una vivienda.</p>

<p>El procesado había negado haber provocado el fuego. Además, presentó varios testigos que aseguraron haber estado con él en un bar durante algunos momentos de la tarde del 6 de julio, dentro del periodo transcurrido entre la salida de la denunciante y el inicio del incendio.</p>

<p>La Audiencia ha determinado que no existen "indicios bastantes y suficientes" para atribuirle la autoría con el grado de certeza que exige el derecho penal.</p>

<p>El acusado permaneció en <strong>prisión provisional desde el 9 de julio de 2024 hasta el 8 de enero de 2025</strong> por esta causa.</p>

<p>Pese a la absolución por el incendio, el hombre sí ha sido condenado por otros dos delitos relacionados con el incumplimiento de las medidas judiciales que tenía impuestas.</p>

<p>El propio acusado reconoció durante la vista oral que había infringido tanto la <strong>prohibición de comunicación</strong> como la <strong>prohibición de acercamiento</strong> a su expareja.</p>

<p>La sentencia considera probado que, pese a conocer la vigencia de la prohibición de comunicación acordada en febrero de 2023, envió un correo electrónico a la mujer el <strong>1 de abril de 2024</strong>.</p>

<p>También le mandó mensajes de WhatsApp los días <strong>18 de junio y 2 y 3 de julio de 2024</strong>.</p>

<p>Además, sobre las <strong>17 horas del 6 de julio</strong>, acudió al domicilio de la denunciante, subió hasta su piso e "intentó abrir la puerta, marchándose del lugar sin conseguirlo".</p>

<p>Por estos hechos, la Audiencia le ha impuesto <strong>9 meses de prisión por un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar</strong> y otros <strong>3 meses por un delito de allanamiento de morada en grado de tentativa</strong>.</p>

<p>En ambos delitos se ha aplicado la atenuante de <strong>embriaguez y toxicomanía</strong>. En total, el procesado ha sido condenado a <strong>12 meses de prisión</strong>, aunque ha quedado definitivamente absuelto de haber provocado el incendio en la vivienda.</p>
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        <media:title><![CDATA[Estuvo seis meses en prisión acusado de incendiar el piso de su ex pareja en Pamplona y ahora ha sido absuelto]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Un camión de bomberos en el lugar del incendio. BOMBEROS DE NAVARRA]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Un camión de bomberos en el lugar del incendio. BOMBEROS DE NAVARRA]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Condenado a prisión por intentar agredir sexualmente a una menor en la Ciudadela de Pamplona]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/condenado-prision-intentar-agredir-sexualmente-menor-ciudadela-pamplona/20260721115258655031.html</link>
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  <pubDate>Tue, 21 Jul 2026 11:52:58 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[José Miguel Montes]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El condenado, de 47 años, y natural de Pamplona, deberá indemnizar a la menor con 2.000 euros por el daño moral ocasionado.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<meta http-equiv="Content-Type" content="text/html; charset=UTF-8" /><meta http-equiv="Content-Style-Type" content="text/css" /><meta name="Generator" content="Cocoa HTML Writer" /><meta name="CocoaVersion" content="2575.7" />
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<p>La Sección Segunda de la <strong>Audiencia Provincial</strong> ha <strong>condenado a 2 años de prisión</strong> a un hombre que, en una de las puertas de acceso de la <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/descubre-navarra/ciudadela-pamplona-asi-construyo-cedio/20210602192028368166.html">Ciudadela de Pamplona</a>, acorraló a una <strong>menor de 15 años</strong> e intentó tocarle los pechos y las nalgas, unas agresiones sexuales que impidió la víctima, quien consiguió zafarse y huir.</p>

<p>Según recoge la sentencia, que ha sido dictada de conformidad tras un acuerdo entre la fiscalía y la defensa, los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual a menor de 16 años con la concurrencia de la atenuante de trastorno mental.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/30/2026063012480871175.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/condena-navarra-hombre-que-pego-punetazo-dejo-ojo/20260630124845650896.html">Ocho años de prisión por dejar sin un ojo a un hombre que intentaba mediar en una pelea en Pamplona</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El procesado, natural de Pamplona, de <strong>47 años</strong>, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante 5 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 5 años.</p>

<p>En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la menor con <strong>2.000 euros</strong> por el daño moral ocasionado.</p>

<p>Sobre las 7.20 horas del 3 de febrero de 2023, el encausado se encontraba en la <strong>Puerta del Socorro de la <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/descubre-navarra/ciudadela-pamplona-asi-construyo-cedio/20210602192028368166.html">Ciudadela</a></strong>, que da acceso al barrio de Iturrama, “increpando, insultando y molestando a varios adolescentes”.</p>

<p>Veinte minutos después, según recoge la resolución judicial, el acusado se acercó a una joven de 15 años que pasaba por dicha puerta. Con ánimo lascivo, le dijo: “Eres muy guapa, estás muy buena, ¿te puedo besar?”.</p>

<p>Ante la negativa de la víctima, el procesado impidió su avance y la acorraló contra la muralla. A continuación, agrega la sentencia, “intentó tocarle los pechos por encima de la cazadora”, agresión que repelió la víctima con sus brazos. Posteriormente, “intentó tocarle las nalgas”, acción que también fue impedida por la joven, quien logró zafarse y huir.</p>

<p>A consecuencia de esta agresión sexual, la menor presenta secuelas, como ansiedad fóbica y ciertos pensamientos recurrentes relacionados con los hechos.</p>

<p>El inculpado, según consta en la sentencia, “presenta un diagnóstico de esquizofrenia paranoide y trastorno por consumo de tóxicos, que al tiempo de los hechos limitaron sus facultades volitivas e intelectivas de forma leve”.</p>

<p>La Sección Segunda de la Audiencia, tras el acuerdo alcanzado entre la fiscalía y la defensa, ha acordado la suspensión durante 2 años de la pena impuesta a condición de que el condenado abone la indemnización de 2.000 euros en plazos mensuales de 50, no se comunique ni se aproxime a la víctima durante este tiempo a menos de 200 metros y participe en un programa formativo de educación sexual.</p>
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        <media:title><![CDATA[Condenado a prisión por intentar agredir sexualmente a una menor en la Ciudadela de Pamplona]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Imagen de la entrada de la Ciudadela de Pamplona. CEDIDA]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Imagen de la entrada de la Ciudadela de Pamplona. CEDIDA]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Insultos, empujones y golpes durante años: condenado en Navarra por maltratar a su mujer e hijos]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/insultos-empujones-golpes-anos-condenado-navarra-maltrato-mujer-hijos/20260717123633654737.html</link>
  <comments>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/insultos-empujones-golpes-anos-condenado-navarra-maltrato-mujer-hijos/20260717123633654737.html#comentarios-654737</comments>
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  <pubDate>Fri, 17 Jul 2026 12:36:33 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El fallo recoge años de insultos, empujones y golpes en el ámbito familiar y condiciona la suspensión de la cárcel al cumplimiento de varias medidas.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/magistrada-pamplonesa-que-cambia-destino-incorpora-audiencia-provincial-navarra/20260512140128644492.html"><strong>Audiencia Provincial de Navarra</strong></a> ha condenado a <strong>22 meses de prisión</strong> a un hombre por <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/abogados-guardia-balance-sanfermines-asistencias-delitos-mas-comunes/20190719150801279796.html"><strong>maltrato físico y psíquico</strong></a> a su esposa y sus dos hijos.</p>

<p>La sentencia ha sido dictada de conformidad después del acuerdo alcanzado entre la <strong>Fiscalía, la acusación particular y la defensa</strong>. El condenado, natural de <strong>Pamplona</strong>, tampoco podrá acercarse ni comunicarse con su mujer y sus hijos durante cuatro años.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/29/2026042911005261897.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/amenaza-que-sufrio-mujer-querer-separarse-pamplona-juicio-maltrato-amenazas-agresion/20260502075700642553.html">La amenaza que sufrió una mujer al querer separarse en Pamplona: a juicio por maltrato, amenazas y agresión</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>En concreto, tendrá prohibido aproximarse a ellos a menos de <strong>300 metros</strong>. El matrimonio se encuentra actualmente en <strong>trámites de separación</strong>, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.</p>

<p>La pareja había convivido durante <strong>más de 20 años</strong> en una localidad de la <strong>merindad de Pamplona</strong>. Durante ese tiempo, el acusado se dirigía de forma habitual a su esposa con expresiones insultantes y vejatorias.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/04/21/2026042109211351057.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/calvario-mujer-pamplona-palizas-insultos-agresion-tijeras/20260421092255641438.html">El calvario de una mujer en Pamplona: palizas, insultos y hasta una agresión con unas tijeras</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La resolución judicial señala que este comportamiento estaba motivado por el <strong>carácter "voluble y agresivo"</strong> del procesado y por la "nula consideración" que tenía hacia su mujer. El <strong>maltrato físico y psíquico</strong> se fue agravando con el paso del tiempo.</p>

<p>La situación provocó que la mujer viviera con <strong>miedo y angustia</strong>. Temía cualquier posible reacción de su marido ante alguna acción o comentario que pudiera molestarle.</p>

<p>El condenado también mantuvo un <strong>comportamiento agresivo con sus hijos</strong>. La sentencia destaca especialmente el trato que dispensaba a su hija, a la que insultaba, empujaba y abofeteaba.</p>

<p>En una ocasión, el acusado llegó a <strong>agarrar del cuello a su hija</strong>. También había abofeteado alguna vez a su hijo por las notas obtenidas.</p>

<p>Los gritos, reproches, empujones y golpes llevaron a la esposa a una <strong>"situación extrema"</strong>. En enero de 2023, la mujer protagonizó un <strong>intento autolítico</strong>, según los hechos declarados probados en la sentencia.</p>

<p>A finales de junio de ese mismo año, la madre recibió el alta y regresó al <strong>domicilio familiar</strong>. Poco después comenzó una nueva discusión en la que el procesado volvió a insultarla.</p>

<p>La hija decidió entonces avisar a la <strong>Guardia Civil</strong>. Desde ese día, el acusado abandonó la vivienda situada en la merindad de <strong>Pamplona</strong> y continuaron los trámites de separación.</p>

<p>Los hechos han sido considerados constitutivos de un delito de <strong>violencia física y psíquica habitual</strong> en el ámbito de la <strong>violencia de género y doméstica</strong>.</p>

<p>La Audiencia de Navarra ha acordado suspender durante <strong>dos años</strong> la pena de prisión impuesta. Esta decisión ha contado con el consentimiento de las acusaciones y de la defensa, aunque está condicionada al cumplimiento de varias medidas.</p>

<p>El condenado deberá realizar los actos necesarios para hacer frente a la <strong>responsabilidad civil</strong>, respetar las prohibiciones de acercamiento y comunicación y participar en un <strong>programa formativo de igualdad de trato y no discriminación</strong>.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Insultos, empujones y golpes durante años: condenado en Navarra por maltratar a su mujer e hijos]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Violencia de género. ARCHIVO]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Violencia de género. ARCHIVO]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Condenado a prisión por tocar los glúteos a una niña de tres años en un supermercado de Pamplona]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/condenado-cuatro-anos-carcel-tocar-gluteos-nina-tres-anos-supermercado-pamplona/20260716122104654702.html</link>
  <comments>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/condenado-cuatro-anos-carcel-tocar-gluteos-nina-tres-anos-supermercado-pamplona/20260716122104654702.html#comentarios-654702</comments>
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  <pubDate>Thu, 16 Jul 2026 12:21:04 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El condenado, de 72 años, no podrá acercarse a 300 metros de la víctima durante seis años y deberá indemnizarla con 600 euros por el daño moral causado.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<meta http-equiv="Content-Type" content="text/html; charset=UTF-8" /><meta http-equiv="Content-Style-Type" content="text/css" /><meta name="Generator" content="Cocoa HTML Writer" /><meta name="CocoaVersion" content="2575.7" />
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<p>La Sección Segunda de la <strong>Audiencia de Navarra</strong> ha condenado a <strong>4 años y un día de prisión</strong> a un hombre que tocó los glúteos "con fuerza" a una <strong>niña de 3 años y medio</strong> en un supermercado de Pamplona.</p>

<p>Los hechos declarados probados en la sentencia, que puede ser recurrida ante el <a href="https://navarra.okdiario.com/tags/tribunal-superior-justicia-navarra/"><strong>Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong></a>, son constitutivos de un delito de agresión sexual a menor de 16 años, en el subtipo agravado por la circunstancia de que la víctima era menor de 4 años.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/29/2026062900014170961.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/detenidos-tres-agresores-joven-agredido-brutal-pelea-tudela/20260630154610650918.html">Detenidos los tres agresores y el joven agredido tras la brutal pelea de Tudela</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El encausado, de nacionalidad española, que en el momento de los hechos tenía <strong>72 años</strong>, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante 6 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de 5 años.</p>

<p>En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizarla con <strong>600 euros</strong> por el daño moral ocasionado.</p>

<p>Sobre las 20.15 horas del 25 de enero de 2025, el inculpado se hallaba haciendo la compra en un supermercado de la capital navarra. En uno de los pasillos, según recoge la resolución judicial, se encontraba la menor, algo apartada de su madre, jugando con un guante de plástico.</p>

<p>El procesado, según se considera probado, "con conocimiento del carácter sexual de ese acto, se agachó ligeramente detrás de la niña y tocó con su mano derecha los glúteos con fuerza por encima de pantaloncito que llevaba". Acto seguido, el acusado se marchó de ese lugar con su carro de compra.</p>

<p>Inmediatamente después, añade la sentencia, la niña se dirigió a su madre, que se encontraba de espaldas viendo las indicaciones de las cajas de galletas: "Mamá, mamá, ese hombre me ha tocado mi culito", le espetó.</p>

<p>"Pero, qué hombre, qué hombre", le insistió la madre, quien siguió al inculpado hasta que lo encontró en la zona de la frutería. Allí, la madre le dijo que cómo podía hacer eso a una niña, a lo que el hombre respondió: "Vale, vale", e hizo ademán de abandonar el lugar. La madre llamó a su marido, quien le dijo que avisara a la policía.</p>

<p>Como consecuencia de estos hechos, según reza la sentencia, la víctima "muestra determinadas actitudes de rechazo a trabajar con niños en el entorno escolar, no deja a su abuelo que le acaricie, en ocasiones recuerda lo que le ocurrió en el supermercado con un señor y tiene determinadas perturbaciones anímicas, que han requerido apoyo psicológico".</p>

<h2>Sin exageración ni fabulación en su relato</h2>

<p>En el juicio, celebrado el 15 de abril, la fiscalía solicitó <strong>5 años de prisión</strong> para el procesado, mientras que la defensa reclamó la absolución.</p>

<p>En sentencia, dictada el 18 de junio, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial sostiene que no resulta consistente la alegación exculpatoria ofrecida por el encausado, en el sentido de que simplemente quería apartar a la niña al considerar que no era prudente retirarle rozándole en la zona del cuello.</p>

<p>"En efecto, no está acreditado que el paso fuera tan angosto que requiera esa modalidad de apartamiento o cualquier otra; la madre estaba junto a la niña y pudiera haberle advertido de la estimada dificultad y, en cualquier caso, ello no justifica que precisamente tuviera que apartar a la pequeña tocándole con fuerza en las nalgas, agachándose ligeramente detrás de la niña", apostilla el tribunal.</p>

<p>Respecto a la declaración de la víctima, los magistrados destacan que, "de un modo cristalino", la pequeña "narró la realidad de la situación que se había producido; ninguna exageración ni fabulación existe en su relato lleno de expresividad".</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Condenado a prisión por tocar los glúteos a una niña de tres años en un supermercado de Pamplona]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Imagen del Palacio de Justicia de Navarra.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Imagen del Palacio de Justicia de Navarra.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[La abogada de Koldo niega pagos del PSOE y acusa a Carmen Pano de inventar el supuesto intento de soborno]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/abogada-koldo-niega-pagos-psoe-acusa-carmen-pano-inventar-supuesto-intento-soborno/20260714163441654324.html</link>
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  <pubDate>Tue, 14 Jul 2026 16:34:41 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>Leticia de la Hoz ha declarado como investigada ante Santiago Pedraz y ha atribuido la acusación a una venganza por una operación de hidrocarburos frustrada.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/politica/koldo-garcia-vuelve-carga-cuestiona-que-supremo-juzgue-caso-mascarillas/20260302112433634833.html"><strong>abogada de Koldo García</strong>, Leticia de la Hoz</a>, ha negado este martes, 14 de julio de 2026, que el <strong>PSOE</strong> haya pagado su defensa o que ella mantenga algún vínculo con el partido. También ha rechazado haber intentado sobornar a la empresaria <strong>Carmen Pano</strong> para que cambiara su versión sobre la supuesta entrega de 90.000 euros en la sede socialista de Ferraz.</p>

<p><strong><a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/juez-entregara-koldo-disco-duro-copia-moviles-ver-refresca-memoria/20260119173750630547.html">De la Hoz ha declarado como investigada</a></strong> durante algo más de hora y media ante <strong>Santiago Pedraz</strong>, juez del denominado caso Leire. La letrada ha respondido a las preguntas de la Fiscalía y de la acusación popular ejercida por el <strong>Partido Popular</strong> y ha acusado a Pano de mentir.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/carcel-detenido-san-fermin-violar-mujer-dejarla-semiinconsciente-semidesnuda-portal/20260714161001654323.html">A la cárcel un detenido en San Fermín por violar a una mujer y dejarla semiinconsciente y semidesnuda en un portal</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Durante su comparecencia en <strong>Madrid</strong>, la abogada de Koldo García ha asegurado que no ha recibido ningún pago del PSOE, ni de manera directa ni a través de terceras personas. Ha añadido que ni siquiera es simpatizante de la formación socialista y que no mantiene relación alguna con el partido.</p>

<p>La empresaria había insinuado que el PSOE podía estar detrás de una supuesta oferta de <strong>250.000 euros</strong> para que se retractara de su afirmación de haber llevado 90.000 euros a Ferraz. De la Hoz ha rechazado esa acusación y la ha atribuido a una <strong>venganza personal y empresarial</strong>.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/sigue-directo-octavo-encierro-fiestas-san-fermin-toros-peligrosa-ganaderia-jandilla/20260713144541654086.html">Embestida brutal de los Jandilla, que dejan dos corneados en el último encierro de las fiestas de San Fermín 2026</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La letrada ha explicado que conoció a <strong>Leire Díez</strong> el 11 de marzo de 2025. Ambas volvieron a hablar el 9 de mayo, después de que se publicara una información sobre la apertura de una investigación a Koldo García por unos presuntos malos tratos a su mujer, <strong>Patricia Úriz</strong>.</p>

<p>Leticia de la Hoz ha representado anteriormente a Patricia Úriz, antes de asumir la defensa del exasesor del exministro <strong>José Luis Ábalos</strong>. Una conversación de WhatsApp entre la abogada y Leire Díez ha sido incorporada por la <strong>Unidad Central Operativa (UCO)</strong> a uno de sus informes.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/asiron-pide-respeto-espana-francia-noche-terminemos-fiestas-buen-ambiente/20260714135113654225.html">Asiron pide "respeto" ante el España-Francia de esta noche, tras impedir que se pueda seguir el partido en pantallas</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>En esos mensajes, De la Hoz se quejó de determinadas <strong>filtraciones</strong> relacionadas con la investigación. Leire Díez le respondió: “Acabo de jugarme una comida con Mercedes a que las filtraciones vienen de la UCO”.</p>

<p>La UCO ha deducido de este intercambio que la letrada conocía la relación de Leire Díez con <strong>Mercedes González</strong>, directora general de la Guardia Civil. González está citada para declarar como investigada el próximo jueves por unas supuestas <strong>presiones a la UCO</strong>, unidad que participa en varias causas que afectan al Gobierno.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/album/sanfermin/secuencia-completa-cornada-toro-jandilla-corredor-plaza-ayuntamiento/20260714093523654202.html">La secuencia completa de la cornada del toro de Jandilla a un corredor en la Plaza del Ayuntamiento</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La abogada de Koldo García también ha rechazado la versión de Carmen Pano sobre el supuesto intento de soborno. La empresaria ha afirmado que la letrada le ofreció inicialmente <strong>50.000 euros</strong> y que la cantidad aumentó después hasta los 250.000 euros.</p>

<p>Según el testimonio de Pano, la propuesta incluía el pago de la <strong>boda de su hija</strong> y las mensualidades del piso en el que vivía. La empresaria ha asegurado que rechazó la oferta después de consultar la situación con su abogado.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/dos-apunalamientos-pamplona-marcan-penultima-jornada-san-fermin-uno-heridos-es-menor/20260714122928654218.html">Dos apuñalamientos en Pamplona marcan la penúltima jornada de San Fermín: uno de los heridos es un menor</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>De la Hoz ha explicado ante el juez que la acusación responde a la frustración de una operación para vender una <strong>operadora de hidrocarburos</strong>. Según su declaración, Pano pretendía cobrar una comisión elevada, pero el despacho consideró que la empresa se encontraba en una situación irregular y que la operación no podía realizarse.</p>

<p>La letrada ha relatado la secuencia de reuniones mantenidas con Carmen Pano y con el empresario <strong>Álvaro Gallego</strong>. Este último ha declarado que acompañó a Pano a la sede del PSOE en Ferraz y ha corroborado como testigo el supuesto intento de soborno.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Álvaro Gallego ha asegurado además que él también habría obtenido un beneficio si Carmen Pano modificaba su declaración. En concreto, ha sostenido que le habrían ofrecido el <strong>pago de un coche</strong> como parte de la operación.</p>

<p>De la Hoz ha recalcado que en aquellas reuniones celebradas en el despacho participaron otras personas interesadas en la compra de <strong>operadoras de hidrocarburos</strong>. Por este motivo, ha señalado que existen testigos que pueden confirmar el contenido y la finalidad de esos encuentros.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/julen-madina-corredor-encierro-san-fermin-que-esquivo-muerte-toros-encontro-mar/20260711065815650908.html">Julen Madina, el corredor del encierro de San Fermín que esquivó la muerte ante los toros y la encontró en el mar</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Carmen Pano declaró el pasado <strong>29 de junio de 2026</strong> como testigo ante Santiago Pedraz. Durante aquella comparecencia ratificó la existencia del supuesto intento de soborno y consideró que el PSOE podía encontrarse detrás de la oferta.</p>

<p>Pano y su acompañante explicaron que, durante una de las reuniones, la abogada mantuvo una llamada telefónica con una persona. Ambos dedujeron que al otro lado del teléfono se encontraba alguien vinculado al <strong>PSOE</strong>.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/album/sanfermin/cuerno-pecho-toros-jandilla-ponen-patas-arriba-encierro-san-fermin-callejon/20260714084636654155.html">Con el cuerno en el pecho: los toros de Jandilla ponen patas arriba el encierro de San Fermín en el Callejón</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Leticia de la Hoz ha desmentido esa interpretación. Ha explicado que llamó al <strong>propietario del despacho</strong> y que activó el manos libres para que confirmara ante Pano y Gallego que la operación de hidrocarburos que proponían no era viable.</p>

<p>La letrada ha situado el origen definitivo del enfrentamiento el <strong>27 de febrero de 2026</strong>. Ese día, una persona le advirtió de que Pano estaba informando al medio The Objective de que acudía al despacho de De la Hoz para vender operadoras.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/cristina-ibarrola-remanga-san-fermin-asi-ha-trabajado-como-medica-voluntaria-ultimo-encierro-pamplona/20260714124933654222.html">Cristina Ibarrola se remanga en San Fermín: la líder de UPN trabaja como médica voluntaria en el último encierro de Pamplona</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Esta actuación provocó, según la versión ofrecida ante el juez en Madrid, una <strong>quiebra de confianza</strong>. El despacho decidió entonces prohibir el acceso a sus instalaciones tanto a Carmen Pano como a las personas que la acompañaban.</p>

<p>De la Hoz ha enmarcado las acusaciones posteriores en un <strong>afán de venganza</strong> por la imposibilidad de cerrar la operación y cobrar la comisión prevista. La letrada ha sostenido que esa disputa empresarial ha terminado convirtiéndose en una acusación falsa de soborno.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[La abogada de Koldo niega pagos del PSOE y acusa a Carmen Pano de inventar el supuesto intento de soborno]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Koldo García acompaña a José Luis Ábalos al Parlamento de Navarra para asistir a la toma de posesión de María Chivite como presidenta del Gobierno de Navarra. IÑIGO ALZUGARAY / ARCHIVO]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Koldo García acompaña a José Luis Ábalos al Parlamento de Navarra para asistir a la toma de posesión de María Chivite como presidenta del Gobierno de Navarra. IÑIGO ALZUGARAY / ARCHIVO]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Un argelino viola a una menor con discapacidad en Pamplona y huye a Francia: será deportado]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/argelino-viola-menor-discapacidad-pamplona-huye-francia-sera-deportado/20260710132514653012.html</link>
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  <pubDate>Fri, 10 Jul 2026 13:25:14 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[José Ignacio de Quesada]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El Tribunal Superior avala íntegramente la condena al procesado, que asaltó a la joven de 16 años a la salida de un hospital de día.&nbsp;]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha ratificado de forma íntegra la condena de <strong>13 años de prisión</strong> impuesta por la Audiencia Provincial a un hombre de nacionalidad argelina por <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/sucesos/argelino-32-anos-viola-menor-pamplona-emiten-orden-busqueda-captura/20250304142653583632.html">violar en Pamplona a una menor de 16 años</a>. La víctima presenta una discapacidad reconocida del 56% y padece el síndrome de Gilles de la Tourette, circunstancias de especial vulnerabilidad que fueron utilizadas por el agresor para cometer el delito.</p>

<p>La resolución judicial reafirma que el procesado, en situación irregular en el país, <strong>será expulsado del territorio nacional una vez extinga la mitad de la pena de prisión</strong>, quedando inhabilitado para regresar a España durante un periodo de 10 años. Asimismo, se le imponen 8 años de libertad vigilada posterior, la prohibición de acercarse o comunicarse con la denunciante a menos de 300 metros durante dos décadas y una indemnización de 80.000 euros en concepto de responsabilidad civil por el daño moral causado.</p>

<h2>Aprovechamiento de la vulnerabilidad y huida a Francia</h2>

<p>Los hechos validados por los magistrados se remontan a febrero, cuando el encausado abordó a la menor a las puertas del hospital de día donde recibe tratamiento especializado. Aprovechándose de sus evidentes dificultades físicas, conductuales y emocionales —visibles para cualquiera, según detalla el texto legal—, el agresor la forzó y la arrastró del brazo hasta una habitación de alquiler donde se consumó la agresión sexual con violencia.</p>

<p>La menor logró escapar del domicilio aprovechando un descuido, huyendo presa del pánico de tal manera que se dejó olvidadas sus pertenencias, como el abrigo y la mochila, y tuvo que ser auxiliada por un vecino en el portal al encontrarse bloqueada. Por su parte, el agresor abandonó apresuradamente la vivienda minutos después y <strong><a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/sucesos/detenido-francia-argelino-que-huyo-violar-menor-discapacidad-pamplona/20250412091931588974.html">huyó a Francia bajo el pretexto de celebrar el Ramadán</a>, donde finalmente fue detenido por la Gendarmería</strong> mes y medio después gracias a una orden europea de detención.</p>

<h2>El Tribunal Superior avala la total credibilidad de la víctima</h2>

<p>La defensa del acusado recurrió la sentencia inicial de la Audiencia de Navarra, pero el TSJN ha desestimado el recurso en su totalidad al considerar que la declaración de la víctima reúne todos los requisitos jurisprudenciales para desvirtuar la presunción de inocencia. Los magistrados subrayan que la persistencia y coherencia en el testimonio de la joven ha sido "innegable" en todo momento.</p>

<p>A esto se suma el informe pericial psicológico que califica el relato de la menor como lógico y carente de contradicciones, así como los elementos periféricos de corroboración, como la huida desesperada de la víctima y la posterior fuga del condenado a suelo francés para eludir la acción de la justicia. Contra esta resolución judicial todavía cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Un argelino viola a una menor con discapacidad en Pamplona y huye a Francia: será deportado]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[La Policía Municipal de Pamplona coloca las esposas y detiene a un hombre en la capital navarra. POLICÍA MUNICIPAL DE PAMPLONA]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[La Policía Municipal de Pamplona coloca las esposas y detiene a un hombre en la capital navarra. POLICÍA MUNICIPAL DE PAMPLONA]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Ascenso en la judicatura de Navarra: la joven pamplonesa Andrea Elizalde jura como nueva magistrada en Tafalla]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/ascenso-judicatura-navarra-pamplonesa-andrea-elizalde-jura-como-nueva-magistrada-tafalla/20260704133607651383.html</link>
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  <pubDate>Sat, 4 Jul 2026 13:36:07 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[Con solo 33 años, la titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de la ciudad del Cidacos promociona en su carrera y ratifica su continuidad al frente del órgano judicial.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>Relevante movimiento e impulso profesional dentro de la carrera judicial en la Comunidad foral. La jueza <strong>Andrea Elizalde Fernández</strong> ha prometido oficialmente su cargo como <strong>nueva magistrada</strong> en un solemne acto celebrado ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), marcando un hito importante en la renovación y consolidación de las plazas judiciales de la región.</p>

<p>Natural de Pamplona y con tan solo 33 años de edad, Elizalde es la actual titular de la plaza número 1 de la <strong>Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tafalla</strong>. A pesar de este importante ascenso de categoría profesional, la nueva magistrada no cambiará de aires y <strong>continuará destinada al frente del mismo órgano judicial de la ciudad del Cidacos</strong>, garantizando la estabilidad y la continuidad del servicio para los ciudadanos de la merindad.</p>

<h2>Una trayectoria ascendente tras su paso por La Rioja</h2>

<p>Antes de asumir las riendas de la plaza de Tafalla, la magistrada pamplonesa ya contaba con experiencia en la judicatura de la ribera tras haber estado destinada previamente en el <strong>Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Calahorra</strong>, en la comunidad vecina de La Rioja. Su nueva condición de magistrada supone un respaldo institucional a su trayectoria y capacidad técnica a pesar de su juventud.</p>

<p>La ceremonia judicial ha estado presidida por el máximo responsable del TSJN, <strong>Julián Huarte</strong>, y ha contado con la presencia formal de los principales representantes de la Sala de Gobierno de Navarra. Entre ellos se encontraban figuras de gran relevancia institucional en la comunidad como María Jesús Azcona (presidenta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo), Ana Llorca (presidenta de la Audiencia Provincial) o Mari Paz Benito, entre otros magistrados y secretarios del alto tribunal.</p>

<h2>Respaldada por la cúpula judicial y fiscal foral</h2>

<p>En este importante acto de ascenso profesional, Andrea Elizalde ha contado con un fuerte apoyo de sus compañeros de profesión, habiendo sido <strong>amadrinada de forma oficial por la también magistrada Irene Ferrary</strong>.</p>

<p>El acto institucional tampoco se lo ha querido perder la máxima representación del Ministerio Público en la región, contando con la asistencia destacada del <strong>fiscal superior de la Comunidad foral, Jaime Goyena</strong>, así como de un nutrido grupo de jueces y fiscales destinados en los diferentes partidos judiciales de Navarra que han querido arropar a la joven magistrada en este nuevo paso clave para su futuro en Tafalla.</p>
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        <media:title><![CDATA[Ascenso en la judicatura de Navarra: la joven pamplonesa Andrea Elizalde jura como nueva magistrada en Tafalla]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[La jueza Andrea Elizalde Fernández. TSJN]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[La jueza Andrea Elizalde Fernández. TSJN]]></media:description>
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        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[La Justicia condena en Navarra a un profesor que se restregó contra una alumna de 10 años]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/justicia-condena-navarra-profesor-que-restrego-alumna-10-anos/20260702145358651166.html</link>
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  <pubDate>Thu, 2 Jul 2026 14:53:58 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial que condenó al docente por tocamientos en el interior del colegio, respaldando el testimonio de la víctima y las pruebas periciales. (32 palabras)</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La<strong> <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/golpe-judicial-18-millones-que-sacude-gobierno-navarra-protestas-arozteguia/20260701161807651012.html">Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN)</a></strong> ha confirmado la pena de 4 años y un día de prisión por un delito de agresión sexual impuesta el pasado marzo por la Audiencia Provincial a <strong>un profesor de un colegio de Pamplona que realizó tocamientos a una alumna de 10 años</strong>.</p>

<p>La <strong>sentencia</strong>, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, ratifica que el procesado, de 49 años, <strong>no podrá comunicarse ni acercarse a la menor </strong>a menos de 300 metros durante 6 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 5. En concepto de responsabilidad civil, la indemnizará con 4.000 euros por el daño moral.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Asimismo, ha sido condenado a una <strong>inhabilitación especial por tiempo de 10 años</strong> para cualquier profesión, oficio o actividad, sea retribuida o no, con menores de edad.</p>

<p>Los hechos enjuiciados se produjeron sobre las 10.45 horas del 18 de marzo de 2024. El acusado, que estaba a cargo del cuidado de los niños en el recreo, <strong>se dirigió a la víctima y a una amiga y les preguntó si querían ayudarle a encontrar unas pelotas</strong> de velcro que necesitaba. Las niñas accedieron y le acompañaron al almacén de la sala de calderas.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Allí, según recoge la sentencia, el inculpado cogió un pupitre, lo colocó junto al lateral del armario y dijo a las niñas que entre el armario y la pared había aprisionadas unas pelotas de velcro. Les hizo creer que se podían ver a través del hueco, ya que había un <strong>agujero entre el armario y la pared</strong>.</p>

<p>El profesor le dijo a la víctima que se subiera al pupitre, que se colocara en el borde y que diera saltos para intentar mover el armario. Le indicó que él estaría apoyando para hacer presión y así las pelotas podrían salir por el hueco.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>“Con evidente ánimo lascivo”, añade la resolución judicial, el encausado se colocó detrás de la niña y, “durante unos minutos”, <strong>se restregó contra los glúteos</strong> y la zona lumbar de la menor.</p>

<p>En un momento dado, el acusado dijo que había escuchado caer una pelota, que mostró a las niñas, y salieron los tres del almacén. La víctima, que se sintió <strong>“rara y molesta con la situación, acosada y utilizada”</strong>, tras acceder al patio con sus amigos, “se puso a llorar y, cuando salió del colegio, contó lo sucedido a sus padres, visiblemente afectada”.</p>

<p>Según la sentencia de instancia, <strong>la menor, durante los primeros meses, presentó diversos índices de malestar emocional </strong>como pesadillas, recuerdos intrusivos que le generan malestar, cambios lábiles en el estado de ánimo, nerviosismo, preocupación, sentimientos de tristeza y culpa, e incomodidad en las muestras de afecto de familiares varones.</p>

<h2><b>Límite mínimo de la pena</b></h2>

<p>La condena impuesta por la<strong> Sección Segunda de la Audiencia Provincial </strong>fue recurrida por la defensa ante el Tribunal Superior, que ha desestimado todos los motivos, salvo el de la apreciación de la atenuante de reparación del daño, por la consignación por parte del procesado de 6.000 euros antes del juicio para hacer frente a la hipotética responsabilidad civil. Sin embargo, como el tribunal sentenciador ya impuso la pena en su límite mínimo, dicha atenuante, calificada por la Sala de lo Civil y Penal como “simple”, no tiene efectos sobre la rebaja de la pena.</p>

<p>Por lo demás, el Tribunal subraya que, en el presente caso, <strong>la convicción judicial alcanzada por el tribunal de instancia resulta correcta</strong> y respetuosa con las exigencias constitucionales derivadas del derecho a la presunción de inocencia, en la medida en que no se fundamenta en meras intuiciones, sospechas o apreciaciones subjetivas, sino en una valoración racional, conjunta y motivada de la totalidad del material probatorio practicado en el acto del juicio oral.</p>

<p>En cuanto a las <strong>críticas de la defensa</strong> a la inspección ocular realizada por los agentes de la Policía Foral un mes después de que se produjeran los hechos, la Sala sostiene que “resulta evidente que las fotografías que constan en el informe policial recogen con fidelidad las características y dimensiones del armario, y el propio acusado ha reconocido la posición que ocupaba como la que figura en la fotografía con un agente figurante. Tales fotografías, con independencia de que hubiese transcurrido un mes desde los hechos, aportan suficiente corroboración objetiva a la versión de la menor”.</p>

<p>“Tampoco apreciamos, como aduce el recurrente, que el <strong>colegio</strong>, con la colaboración de la Policía Foral (sic), haya aportado información incompleta, inexacta o basada en conjeturas con el único objetivo de poner en entredicho la labor educativa y la imagen del [inculpado]. Lo cierto es que el colegio tramitó la queja de la familia y la Policía Foral actuó tras tener conocimiento de la denuncia de los hechos. La trayectoria intachable de más de 20 años del acusado como profesor en el centro no resulta óbice, objetivamente considerado, a la realidad de los hechos declarados probados”, destacan los magistrados.</p>

<p>Por otra parte, el Tribunal rechaza la versión del profesor: “<strong>Resulta incongruente, desde cualquier punto de vista racional, la actuación llevada a cabo por el acusado en la búsqueda</strong>, supuestamente, de unas pelotas de velcro, según indica, queriendo comprobar si se encontraban en un armario-estantería de muy grandes dimensiones, que mide 3,20 m de largo, 1,87 m de alto y 34 cm de ancho, cuyos estantes o huecos estaban colocados contra la pared, como se aprecia en las fotografías, con la dinámica que refiere de interponer un pupitre para que las niñas saltasen repetidamente para empujar el armario desde el lateral,<strong> logrando así la posición corporal apetecida</strong>, tras quitarle la sudadera que portaba atada en su cintura, que colocó encima del pupitre”.</p>

<p>Además, añaden los magistrados, la<strong> afectación emocional de la menor</strong>, que se dio cuenta de lo que realmente estaba sucediendo, fue “inmediata”, y se pudo percatar de ello el propio encausado, quien se acercó a ella y pretendió darle explicaciones. Asimismo, resaltan la reacción de la menor con su padre en el trayecto del coche y con su madre al llegar a casa, “con quien estuvo abrazada durante 15 minutos, llorando, dando cuenta de la situación de angustia que presentaba”. Para los jueces, esta inmediatez temporal otorga verosimilitud al relato de la menor.</p>

<p>Y a mayor abundamiento, apostilla la Sala, la pericial de la psicóloga forense consideró <strong>“altamente creíble” tal relato</strong>.</p>

<p>En definitiva, el Tribunal recalca que la <strong>convicción judicial plasmada en la resolución impugnada puede considerarse correcta</strong> porque aparece construida sobre una actividad probatoria suficiente, practicada con todas las garantías procesales, valorada conforme a criterios de racionalidad y experiencia y exteriorizada mediante una motivación que permite conocer las razones por las cuales el tribunal alcanza su conclusión. No se aprecia, por tanto, arbitrariedad, irracionalidad ni insuficiencia probatoria, sino el legítimo ejercicio de la función jurisdiccional de valoración de la prueba que corresponde en exclusiva al órgano de instancia.</p>
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        <media:title><![CDATA[La Justicia condena en Navarra a un profesor que se restregó contra una alumna de 10 años]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Vista del Palacio de Justicia en Pamplona. PABLO LASAOSA]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Vista del Palacio de Justicia en Pamplona. PABLO LASAOSA]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El Gobierno de Navarra entra en la causa contra el ex presidente del Tudelano y del Ribera Fútbol Sala]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/gobierno-navarra-entra-causa-expresidente-tudelano-ribera-futbol-sala/20260701192041651043.html</link>
  <comments>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/gobierno-navarra-entra-causa-expresidente-tudelano-ribera-futbol-sala/20260701192041651043.html#comentarios-651043</comments>
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  <pubDate>Wed, 1 Jul 2026 19:20:41 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>El Gobierno de Navarra analizará si las posibles irregularidades afectan solo a la última temporada o se han extendido durante varios ejercicios.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Hacienda Foral de Navarra</strong> y el <strong>Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física</strong> se van a personar como acusación particular en la <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/lazaro-intento-amanar-3-partidos-tudelano-ribera-navarra-desvio-fondos-clubes-pisos-nombre/20260610171436648608.html">causa judicial abierta contra <strong>Ramón Lázaro</strong></a>, ex presidente del <strong>Club Deportivo Tudelano</strong> y del <strong>Ribera Fútbol Sala</strong>.</p>

<p>El procedimiento investiga presuntos <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/futbol/policia-registra-corella-oficinas-ramon-lazaro/20260608174816648460.html">delitos de <strong>fraude en subvenciones</strong>, <strong>falsedad documental</strong>, <strong>apropiación indebida</strong> y <strong>blanqueo de capitales</strong></a>. La decisión ha sido anunciada este miércoles, <strong>1 de julio de 2026</strong>, tras la sesión semanal del Gobierno de Navarra.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/alerta-roja-policia-foral-avisan-colapso-tecnico-dias-arrancar-san-fermin/20260701141131650999.html">Alerta roja en la Policía Foral: avisan de un "colapso técnico" a cinco días de arrancar San Fermín</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La consejera de <strong>Cultura, Deporte y Turismo</strong>, Rebeca Esnaola, ha explicado que el <strong>INDAF</strong> ha iniciado los trámites para personarse en la causa. Al tratarse de un organismo autónomo, ha solicitado ya a la <strong>Asesoría Jurídica del Gobierno de Navarra</strong> que formule la correspondiente querella criminal.</p>

<p>Esnaola ha señalado que esta decisión se ha adoptado tras apreciar la posible existencia de delitos de <strong>fraude de subvenciones</strong> y <strong>falsedad documental</strong>. Según ha indicado, presuntamente pudieron alterarse <strong>facturas</strong> u otros documentos mercantiles para acceder a un mayor volumen de ayudas públicas.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/drama-hospitales-navarra-mas-50-vigilantes-seguridad-quedan-cobrar-nomina-quiebra-empresa/20260701140051650997.html">Drama en los hospitales de Navarra: más de 50 vigilantes de seguridad se quedan sin cobrar la nómina por la quiebra de su empresa</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La consejera ha añadido que esas <strong>subvenciones públicas</strong> podrían no haberse destinado a la finalidad para la que fueron concedidas. El Gobierno de Navarra analizará ahora la documentación incorporada a la causa para comprobar el alcance de las posibles irregularidades.</p>

<p>Por su parte, el portavoz del Ejecutivo foral, <strong>Javier Remírez</strong>, ha avanzado que la <strong>Hacienda Foral de Navarra</strong> también se personará en el procedimiento judicial abierto contra <strong>Ramón Lázaro</strong>.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/26/2026062610534856878.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/bar-pamplona-que-debuta-san-fermin-almuerzos-oferta-especial-bocadillos-fritos/20260630104003650506.html">El bar de Pamplona que debuta en San Fermín cerca de la plaza de toros y con una gran oferta de bocadillos y fritos</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El Ejecutivo quiere determinar si las presuntas irregularidades afectan únicamente a la <strong>última temporada</strong> o si se han extendido durante varios ejercicios. Esta revisión será clave para delimitar el posible perjuicio sobre las ayudas concedidas.</p>

<p>La investigación ha sido desarrollada por la <strong>Policía Nacional</strong>, con el apoyo de <strong>Europol</strong> e <strong>Interpol</strong>. Las pesquisas atribuyen al ex presidente del <strong>Tudelano</strong> y del <strong>Ribera Fútbol Sala</strong> distintos delitos vinculados a la gestión económica y documental.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[El Gobierno de Navarra entra en la causa contra el ex presidente del Tudelano y del Ribera Fútbol Sala]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[El empresario corellano Ramón Lázaro, presidente del Tudelano y del Ribera Navarra de fútbol Sala.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[El empresario corellano Ramón Lázaro, presidente del Tudelano y del Ribera Navarra de fútbol Sala.]]></media:description>
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        </item>
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