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  <title><![CDATA[Navarra.com :: Últimas noticias - Tribunales]]></title>

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    <description><![CDATA[Navarra.com | Noticias Navarra | Actualidad Navarra | San Fermin | Todas las noticias en Navarra.com | Última hora en Navarra Hoy | Deportes Navarra | Esquelas Navarra]]></description>
    <lastBuildDate>Mon, 20 Jul 2026 23:35:50 +0200</lastBuildDate>
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      <title><![CDATA[Navarra.com :: Últimas noticias - Tribunales]]></title>
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                  <item>
  <title><![CDATA[Insultos, empujones y golpes durante años: condenado en Navarra por maltratar a su mujer e hijos]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/insultos-empujones-golpes-anos-condenado-navarra-maltrato-mujer-hijos/20260717123633654737.html</link>
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  <pubDate>Fri, 17 Jul 2026 12:36:33 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El fallo recoge años de insultos, empujones y golpes en el ámbito familiar y condiciona la suspensión de la cárcel al cumplimiento de varias medidas.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/magistrada-pamplonesa-que-cambia-destino-incorpora-audiencia-provincial-navarra/20260512140128644492.html"><strong>Audiencia Provincial de Navarra</strong></a> ha condenado a <strong>22 meses de prisión</strong> a un hombre por <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/abogados-guardia-balance-sanfermines-asistencias-delitos-mas-comunes/20190719150801279796.html"><strong>maltrato físico y psíquico</strong></a> a su esposa y sus dos hijos.</p>

<p>La sentencia ha sido dictada de conformidad después del acuerdo alcanzado entre la <strong>Fiscalía, la acusación particular y la defensa</strong>. El condenado, natural de <strong>Pamplona</strong>, tampoco podrá acercarse ni comunicarse con su mujer y sus hijos durante cuatro años.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/amenaza-que-sufrio-mujer-querer-separarse-pamplona-juicio-maltrato-amenazas-agresion/20260502075700642553.html">La amenaza que sufrió una mujer al querer separarse en Pamplona: a juicio por maltrato, amenazas y agresión</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>En concreto, tendrá prohibido aproximarse a ellos a menos de <strong>300 metros</strong>. El matrimonio se encuentra actualmente en <strong>trámites de separación</strong>, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.</p>

<p>La pareja había convivido durante <strong>más de 20 años</strong> en una localidad de la <strong>merindad de Pamplona</strong>. Durante ese tiempo, el acusado se dirigía de forma habitual a su esposa con expresiones insultantes y vejatorias.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/calvario-mujer-pamplona-palizas-insultos-agresion-tijeras/20260421092255641438.html">El calvario de una mujer en Pamplona: palizas, insultos y hasta una agresión con unas tijeras</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La resolución judicial señala que este comportamiento estaba motivado por el <strong>carácter "voluble y agresivo"</strong> del procesado y por la "nula consideración" que tenía hacia su mujer. El <strong>maltrato físico y psíquico</strong> se fue agravando con el paso del tiempo.</p>

<p>La situación provocó que la mujer viviera con <strong>miedo y angustia</strong>. Temía cualquier posible reacción de su marido ante alguna acción o comentario que pudiera molestarle.</p>

<p>El condenado también mantuvo un <strong>comportamiento agresivo con sus hijos</strong>. La sentencia destaca especialmente el trato que dispensaba a su hija, a la que insultaba, empujaba y abofeteaba.</p>

<p>En una ocasión, el acusado llegó a <strong>agarrar del cuello a su hija</strong>. También había abofeteado alguna vez a su hijo por las notas obtenidas.</p>

<p>Los gritos, reproches, empujones y golpes llevaron a la esposa a una <strong>"situación extrema"</strong>. En enero de 2023, la mujer protagonizó un <strong>intento autolítico</strong>, según los hechos declarados probados en la sentencia.</p>

<p>A finales de junio de ese mismo año, la madre recibió el alta y regresó al <strong>domicilio familiar</strong>. Poco después comenzó una nueva discusión en la que el procesado volvió a insultarla.</p>

<p>La hija decidió entonces avisar a la <strong>Guardia Civil</strong>. Desde ese día, el acusado abandonó la vivienda situada en la merindad de <strong>Pamplona</strong> y continuaron los trámites de separación.</p>

<p>Los hechos han sido considerados constitutivos de un delito de <strong>violencia física y psíquica habitual</strong> en el ámbito de la <strong>violencia de género y doméstica</strong>.</p>

<p>La Audiencia de Navarra ha acordado suspender durante <strong>dos años</strong> la pena de prisión impuesta. Esta decisión ha contado con el consentimiento de las acusaciones y de la defensa, aunque está condicionada al cumplimiento de varias medidas.</p>

<p>El condenado deberá realizar los actos necesarios para hacer frente a la <strong>responsabilidad civil</strong>, respetar las prohibiciones de acercamiento y comunicación y participar en un <strong>programa formativo de igualdad de trato y no discriminación</strong>.</p>
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        <media:text><![CDATA[Violencia de género. ARCHIVO]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Violencia de género. ARCHIVO]]></media:description>
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        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Condenado a prisión por tocar los glúteos a una niña de tres años en un supermercado de Pamplona]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/condenado-cuatro-anos-carcel-tocar-gluteos-nina-tres-anos-supermercado-pamplona/20260716122104654702.html</link>
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  <pubDate>Thu, 16 Jul 2026 12:21:04 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El condenado, de 72 años, no podrá acercarse a 300 metros de la víctima durante seis años y deberá indemnizarla con 600 euros por el daño moral causado.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<meta http-equiv="Content-Type" content="text/html; charset=UTF-8" /><meta http-equiv="Content-Style-Type" content="text/css" /><meta name="Generator" content="Cocoa HTML Writer" /><meta name="CocoaVersion" content="2575.7" />
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<p>La Sección Segunda de la <strong>Audiencia de Navarra</strong> ha condenado a <strong>4 años y un día de prisión</strong> a un hombre que tocó los glúteos "con fuerza" a una <strong>niña de 3 años y medio</strong> en un supermercado de Pamplona.</p>

<p>Los hechos declarados probados en la sentencia, que puede ser recurrida ante el <a href="https://navarra.okdiario.com/tags/tribunal-superior-justicia-navarra/"><strong>Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong></a>, son constitutivos de un delito de agresión sexual a menor de 16 años, en el subtipo agravado por la circunstancia de que la víctima era menor de 4 años.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/detenidos-tres-agresores-joven-agredido-brutal-pelea-tudela/20260630154610650918.html">Detenidos los tres agresores y el joven agredido tras la brutal pelea de Tudela</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El encausado, de nacionalidad española, que en el momento de los hechos tenía <strong>72 años</strong>, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante 6 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de 5 años.</p>

<p>En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizarla con <strong>600 euros</strong> por el daño moral ocasionado.</p>

<p>Sobre las 20.15 horas del 25 de enero de 2025, el inculpado se hallaba haciendo la compra en un supermercado de la capital navarra. En uno de los pasillos, según recoge la resolución judicial, se encontraba la menor, algo apartada de su madre, jugando con un guante de plástico.</p>

<p>El procesado, según se considera probado, "con conocimiento del carácter sexual de ese acto, se agachó ligeramente detrás de la niña y tocó con su mano derecha los glúteos con fuerza por encima de pantaloncito que llevaba". Acto seguido, el acusado se marchó de ese lugar con su carro de compra.</p>

<p>Inmediatamente después, añade la sentencia, la niña se dirigió a su madre, que se encontraba de espaldas viendo las indicaciones de las cajas de galletas: "Mamá, mamá, ese hombre me ha tocado mi culito", le espetó.</p>

<p>"Pero, qué hombre, qué hombre", le insistió la madre, quien siguió al inculpado hasta que lo encontró en la zona de la frutería. Allí, la madre le dijo que cómo podía hacer eso a una niña, a lo que el hombre respondió: "Vale, vale", e hizo ademán de abandonar el lugar. La madre llamó a su marido, quien le dijo que avisara a la policía.</p>

<p>Como consecuencia de estos hechos, según reza la sentencia, la víctima "muestra determinadas actitudes de rechazo a trabajar con niños en el entorno escolar, no deja a su abuelo que le acaricie, en ocasiones recuerda lo que le ocurrió en el supermercado con un señor y tiene determinadas perturbaciones anímicas, que han requerido apoyo psicológico".</p>

<h2>Sin exageración ni fabulación en su relato</h2>

<p>En el juicio, celebrado el 15 de abril, la fiscalía solicitó <strong>5 años de prisión</strong> para el procesado, mientras que la defensa reclamó la absolución.</p>

<p>En sentencia, dictada el 18 de junio, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial sostiene que no resulta consistente la alegación exculpatoria ofrecida por el encausado, en el sentido de que simplemente quería apartar a la niña al considerar que no era prudente retirarle rozándole en la zona del cuello.</p>

<p>"En efecto, no está acreditado que el paso fuera tan angosto que requiera esa modalidad de apartamiento o cualquier otra; la madre estaba junto a la niña y pudiera haberle advertido de la estimada dificultad y, en cualquier caso, ello no justifica que precisamente tuviera que apartar a la pequeña tocándole con fuerza en las nalgas, agachándose ligeramente detrás de la niña", apostilla el tribunal.</p>

<p>Respecto a la declaración de la víctima, los magistrados destacan que, "de un modo cristalino", la pequeña "narró la realidad de la situación que se había producido; ninguna exageración ni fabulación existe en su relato lleno de expresividad".</p>
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        <media:text><![CDATA[Imagen del Palacio de Justicia de Navarra.]]></media:text>
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                        <item>
  <title><![CDATA[La abogada de Koldo niega pagos del PSOE y acusa a Carmen Pano de inventar el supuesto intento de soborno]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/abogada-koldo-niega-pagos-psoe-acusa-carmen-pano-inventar-supuesto-intento-soborno/20260714163441654324.html</link>
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  <pubDate>Tue, 14 Jul 2026 16:34:41 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>Leticia de la Hoz ha declarado como investigada ante Santiago Pedraz y ha atribuido la acusación a una venganza por una operación de hidrocarburos frustrada.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/politica/koldo-garcia-vuelve-carga-cuestiona-que-supremo-juzgue-caso-mascarillas/20260302112433634833.html"><strong>abogada de Koldo García</strong>, Leticia de la Hoz</a>, ha negado este martes, 14 de julio de 2026, que el <strong>PSOE</strong> haya pagado su defensa o que ella mantenga algún vínculo con el partido. También ha rechazado haber intentado sobornar a la empresaria <strong>Carmen Pano</strong> para que cambiara su versión sobre la supuesta entrega de 90.000 euros en la sede socialista de Ferraz.</p>

<p><strong><a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/juez-entregara-koldo-disco-duro-copia-moviles-ver-refresca-memoria/20260119173750630547.html">De la Hoz ha declarado como investigada</a></strong> durante algo más de hora y media ante <strong>Santiago Pedraz</strong>, juez del denominado caso Leire. La letrada ha respondido a las preguntas de la Fiscalía y de la acusación popular ejercida por el <strong>Partido Popular</strong> y ha acusado a Pano de mentir.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/carcel-detenido-san-fermin-violar-mujer-dejarla-semiinconsciente-semidesnuda-portal/20260714161001654323.html">A la cárcel un detenido en San Fermín por violar a una mujer y dejarla semiinconsciente y semidesnuda en un portal</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Durante su comparecencia en <strong>Madrid</strong>, la abogada de Koldo García ha asegurado que no ha recibido ningún pago del PSOE, ni de manera directa ni a través de terceras personas. Ha añadido que ni siquiera es simpatizante de la formación socialista y que no mantiene relación alguna con el partido.</p>

<p>La empresaria había insinuado que el PSOE podía estar detrás de una supuesta oferta de <strong>250.000 euros</strong> para que se retractara de su afirmación de haber llevado 90.000 euros a Ferraz. De la Hoz ha rechazado esa acusación y la ha atribuido a una <strong>venganza personal y empresarial</strong>.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/sigue-directo-octavo-encierro-fiestas-san-fermin-toros-peligrosa-ganaderia-jandilla/20260713144541654086.html">Embestida brutal de los Jandilla, que dejan dos corneados en el último encierro de las fiestas de San Fermín 2026</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La letrada ha explicado que conoció a <strong>Leire Díez</strong> el 11 de marzo de 2025. Ambas volvieron a hablar el 9 de mayo, después de que se publicara una información sobre la apertura de una investigación a Koldo García por unos presuntos malos tratos a su mujer, <strong>Patricia Úriz</strong>.</p>

<p>Leticia de la Hoz ha representado anteriormente a Patricia Úriz, antes de asumir la defensa del exasesor del exministro <strong>José Luis Ábalos</strong>. Una conversación de WhatsApp entre la abogada y Leire Díez ha sido incorporada por la <strong>Unidad Central Operativa (UCO)</strong> a uno de sus informes.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/asiron-pide-respeto-espana-francia-noche-terminemos-fiestas-buen-ambiente/20260714135113654225.html">Asiron pide "respeto" ante el España-Francia de esta noche, tras impedir que se pueda seguir el partido en pantallas</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>En esos mensajes, De la Hoz se quejó de determinadas <strong>filtraciones</strong> relacionadas con la investigación. Leire Díez le respondió: “Acabo de jugarme una comida con Mercedes a que las filtraciones vienen de la UCO”.</p>

<p>La UCO ha deducido de este intercambio que la letrada conocía la relación de Leire Díez con <strong>Mercedes González</strong>, directora general de la Guardia Civil. González está citada para declarar como investigada el próximo jueves por unas supuestas <strong>presiones a la UCO</strong>, unidad que participa en varias causas que afectan al Gobierno.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/album/sanfermin/secuencia-completa-cornada-toro-jandilla-corredor-plaza-ayuntamiento/20260714093523654202.html">La secuencia completa de la cornada del toro de Jandilla a un corredor en la Plaza del Ayuntamiento</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La abogada de Koldo García también ha rechazado la versión de Carmen Pano sobre el supuesto intento de soborno. La empresaria ha afirmado que la letrada le ofreció inicialmente <strong>50.000 euros</strong> y que la cantidad aumentó después hasta los 250.000 euros.</p>

<p>Según el testimonio de Pano, la propuesta incluía el pago de la <strong>boda de su hija</strong> y las mensualidades del piso en el que vivía. La empresaria ha asegurado que rechazó la oferta después de consultar la situación con su abogado.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>De la Hoz ha explicado ante el juez que la acusación responde a la frustración de una operación para vender una <strong>operadora de hidrocarburos</strong>. Según su declaración, Pano pretendía cobrar una comisión elevada, pero el despacho consideró que la empresa se encontraba en una situación irregular y que la operación no podía realizarse.</p>

<p>La letrada ha relatado la secuencia de reuniones mantenidas con Carmen Pano y con el empresario <strong>Álvaro Gallego</strong>. Este último ha declarado que acompañó a Pano a la sede del PSOE en Ferraz y ha corroborado como testigo el supuesto intento de soborno.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Álvaro Gallego ha asegurado además que él también habría obtenido un beneficio si Carmen Pano modificaba su declaración. En concreto, ha sostenido que le habrían ofrecido el <strong>pago de un coche</strong> como parte de la operación.</p>

<p>De la Hoz ha recalcado que en aquellas reuniones celebradas en el despacho participaron otras personas interesadas en la compra de <strong>operadoras de hidrocarburos</strong>. Por este motivo, ha señalado que existen testigos que pueden confirmar el contenido y la finalidad de esos encuentros.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/julen-madina-corredor-encierro-san-fermin-que-esquivo-muerte-toros-encontro-mar/20260711065815650908.html">Julen Madina, el corredor del encierro de San Fermín que esquivó la muerte ante los toros y la encontró en el mar</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Carmen Pano declaró el pasado <strong>29 de junio de 2026</strong> como testigo ante Santiago Pedraz. Durante aquella comparecencia ratificó la existencia del supuesto intento de soborno y consideró que el PSOE podía encontrarse detrás de la oferta.</p>

<p>Pano y su acompañante explicaron que, durante una de las reuniones, la abogada mantuvo una llamada telefónica con una persona. Ambos dedujeron que al otro lado del teléfono se encontraba alguien vinculado al <strong>PSOE</strong>.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/07/14/2026071408391773641.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/album/sanfermin/cuerno-pecho-toros-jandilla-ponen-patas-arriba-encierro-san-fermin-callejon/20260714084636654155.html">Con el cuerno en el pecho: los toros de Jandilla ponen patas arriba el encierro de San Fermín en el Callejón</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Leticia de la Hoz ha desmentido esa interpretación. Ha explicado que llamó al <strong>propietario del despacho</strong> y que activó el manos libres para que confirmara ante Pano y Gallego que la operación de hidrocarburos que proponían no era viable.</p>

<p>La letrada ha situado el origen definitivo del enfrentamiento el <strong>27 de febrero de 2026</strong>. Ese día, una persona le advirtió de que Pano estaba informando al medio The Objective de que acudía al despacho de De la Hoz para vender operadoras.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Esta actuación provocó, según la versión ofrecida ante el juez en Madrid, una <strong>quiebra de confianza</strong>. El despacho decidió entonces prohibir el acceso a sus instalaciones tanto a Carmen Pano como a las personas que la acompañaban.</p>

<p>De la Hoz ha enmarcado las acusaciones posteriores en un <strong>afán de venganza</strong> por la imposibilidad de cerrar la operación y cobrar la comisión prevista. La letrada ha sostenido que esa disputa empresarial ha terminado convirtiéndose en una acusación falsa de soborno.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[La abogada de Koldo niega pagos del PSOE y acusa a Carmen Pano de inventar el supuesto intento de soborno]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Koldo García acompaña a José Luis Ábalos al Parlamento de Navarra para asistir a la toma de posesión de María Chivite como presidenta del Gobierno de Navarra. IÑIGO ALZUGARAY / ARCHIVO]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Koldo García acompaña a José Luis Ábalos al Parlamento de Navarra para asistir a la toma de posesión de María Chivite como presidenta del Gobierno de Navarra. IÑIGO ALZUGARAY / ARCHIVO]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Un argelino viola a una menor con discapacidad en Pamplona y huye a Francia: será deportado]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/argelino-viola-menor-discapacidad-pamplona-huye-francia-sera-deportado/20260710132514653012.html</link>
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  <pubDate>Fri, 10 Jul 2026 13:25:14 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[José Ignacio de Quesada]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El Tribunal Superior avala íntegramente la condena al procesado, que asaltó a la joven de 16 años a la salida de un hospital de día.&nbsp;]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha ratificado de forma íntegra la condena de <strong>13 años de prisión</strong> impuesta por la Audiencia Provincial a un hombre de nacionalidad argelina por <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/sucesos/argelino-32-anos-viola-menor-pamplona-emiten-orden-busqueda-captura/20250304142653583632.html">violar en Pamplona a una menor de 16 años</a>. La víctima presenta una discapacidad reconocida del 56% y padece el síndrome de Gilles de la Tourette, circunstancias de especial vulnerabilidad que fueron utilizadas por el agresor para cometer el delito.</p>

<p>La resolución judicial reafirma que el procesado, en situación irregular en el país, <strong>será expulsado del territorio nacional una vez extinga la mitad de la pena de prisión</strong>, quedando inhabilitado para regresar a España durante un periodo de 10 años. Asimismo, se le imponen 8 años de libertad vigilada posterior, la prohibición de acercarse o comunicarse con la denunciante a menos de 300 metros durante dos décadas y una indemnización de 80.000 euros en concepto de responsabilidad civil por el daño moral causado.</p>

<h2>Aprovechamiento de la vulnerabilidad y huida a Francia</h2>

<p>Los hechos validados por los magistrados se remontan a febrero, cuando el encausado abordó a la menor a las puertas del hospital de día donde recibe tratamiento especializado. Aprovechándose de sus evidentes dificultades físicas, conductuales y emocionales —visibles para cualquiera, según detalla el texto legal—, el agresor la forzó y la arrastró del brazo hasta una habitación de alquiler donde se consumó la agresión sexual con violencia.</p>

<p>La menor logró escapar del domicilio aprovechando un descuido, huyendo presa del pánico de tal manera que se dejó olvidadas sus pertenencias, como el abrigo y la mochila, y tuvo que ser auxiliada por un vecino en el portal al encontrarse bloqueada. Por su parte, el agresor abandonó apresuradamente la vivienda minutos después y <strong><a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/sucesos/detenido-francia-argelino-que-huyo-violar-menor-discapacidad-pamplona/20250412091931588974.html">huyó a Francia bajo el pretexto de celebrar el Ramadán</a>, donde finalmente fue detenido por la Gendarmería</strong> mes y medio después gracias a una orden europea de detención.</p>

<h2>El Tribunal Superior avala la total credibilidad de la víctima</h2>

<p>La defensa del acusado recurrió la sentencia inicial de la Audiencia de Navarra, pero el TSJN ha desestimado el recurso en su totalidad al considerar que la declaración de la víctima reúne todos los requisitos jurisprudenciales para desvirtuar la presunción de inocencia. Los magistrados subrayan que la persistencia y coherencia en el testimonio de la joven ha sido "innegable" en todo momento.</p>

<p>A esto se suma el informe pericial psicológico que califica el relato de la menor como lógico y carente de contradicciones, así como los elementos periféricos de corroboración, como la huida desesperada de la víctima y la posterior fuga del condenado a suelo francés para eludir la acción de la justicia. Contra esta resolución judicial todavía cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Un argelino viola a una menor con discapacidad en Pamplona y huye a Francia: será deportado]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[La Policía Municipal de Pamplona coloca las esposas y detiene a un hombre en la capital navarra. POLICÍA MUNICIPAL DE PAMPLONA]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[La Policía Municipal de Pamplona coloca las esposas y detiene a un hombre en la capital navarra. POLICÍA MUNICIPAL DE PAMPLONA]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Ascenso en la judicatura de Navarra: la joven pamplonesa Andrea Elizalde jura como nueva magistrada en Tafalla]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/ascenso-judicatura-navarra-pamplonesa-andrea-elizalde-jura-como-nueva-magistrada-tafalla/20260704133607651383.html</link>
  <comments>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/ascenso-judicatura-navarra-pamplonesa-andrea-elizalde-jura-como-nueva-magistrada-tafalla/20260704133607651383.html#comentarios-651383</comments>
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  <pubDate>Sat, 4 Jul 2026 13:36:07 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[Con solo 33 años, la titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de la ciudad del Cidacos promociona en su carrera y ratifica su continuidad al frente del órgano judicial.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>Relevante movimiento e impulso profesional dentro de la carrera judicial en la Comunidad foral. La jueza <strong>Andrea Elizalde Fernández</strong> ha prometido oficialmente su cargo como <strong>nueva magistrada</strong> en un solemne acto celebrado ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), marcando un hito importante en la renovación y consolidación de las plazas judiciales de la región.</p>

<p>Natural de Pamplona y con tan solo 33 años de edad, Elizalde es la actual titular de la plaza número 1 de la <strong>Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tafalla</strong>. A pesar de este importante ascenso de categoría profesional, la nueva magistrada no cambiará de aires y <strong>continuará destinada al frente del mismo órgano judicial de la ciudad del Cidacos</strong>, garantizando la estabilidad y la continuidad del servicio para los ciudadanos de la merindad.</p>

<h2>Una trayectoria ascendente tras su paso por La Rioja</h2>

<p>Antes de asumir las riendas de la plaza de Tafalla, la magistrada pamplonesa ya contaba con experiencia en la judicatura de la ribera tras haber estado destinada previamente en el <strong>Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Calahorra</strong>, en la comunidad vecina de La Rioja. Su nueva condición de magistrada supone un respaldo institucional a su trayectoria y capacidad técnica a pesar de su juventud.</p>

<p>La ceremonia judicial ha estado presidida por el máximo responsable del TSJN, <strong>Julián Huarte</strong>, y ha contado con la presencia formal de los principales representantes de la Sala de Gobierno de Navarra. Entre ellos se encontraban figuras de gran relevancia institucional en la comunidad como María Jesús Azcona (presidenta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo), Ana Llorca (presidenta de la Audiencia Provincial) o Mari Paz Benito, entre otros magistrados y secretarios del alto tribunal.</p>

<h2>Respaldada por la cúpula judicial y fiscal foral</h2>

<p>En este importante acto de ascenso profesional, Andrea Elizalde ha contado con un fuerte apoyo de sus compañeros de profesión, habiendo sido <strong>amadrinada de forma oficial por la también magistrada Irene Ferrary</strong>.</p>

<p>El acto institucional tampoco se lo ha querido perder la máxima representación del Ministerio Público en la región, contando con la asistencia destacada del <strong>fiscal superior de la Comunidad foral, Jaime Goyena</strong>, así como de un nutrido grupo de jueces y fiscales destinados en los diferentes partidos judiciales de Navarra que han querido arropar a la joven magistrada en este nuevo paso clave para su futuro en Tafalla.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Ascenso en la judicatura de Navarra: la joven pamplonesa Andrea Elizalde jura como nueva magistrada en Tafalla]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[La jueza Andrea Elizalde Fernández. TSJN]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[La jueza Andrea Elizalde Fernández. TSJN]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[La Justicia condena en Navarra a un profesor que se restregó contra una alumna de 10 años]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/justicia-condena-navarra-profesor-que-restrego-alumna-10-anos/20260702145358651166.html</link>
  <comments>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/justicia-condena-navarra-profesor-que-restrego-alumna-10-anos/20260702145358651166.html#comentarios-651166</comments>
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  <pubDate>Thu, 2 Jul 2026 14:53:58 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial que condenó al docente por tocamientos en el interior del colegio, respaldando el testimonio de la víctima y las pruebas periciales. (32 palabras)</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La<strong> <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/golpe-judicial-18-millones-que-sacude-gobierno-navarra-protestas-arozteguia/20260701161807651012.html">Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN)</a></strong> ha confirmado la pena de 4 años y un día de prisión por un delito de agresión sexual impuesta el pasado marzo por la Audiencia Provincial a <strong>un profesor de un colegio de Pamplona que realizó tocamientos a una alumna de 10 años</strong>.</p>

<p>La <strong>sentencia</strong>, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, ratifica que el procesado, de 49 años, <strong>no podrá comunicarse ni acercarse a la menor </strong>a menos de 300 metros durante 6 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 5. En concepto de responsabilidad civil, la indemnizará con 4.000 euros por el daño moral.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/comercio-local/revolucion-comercial-plaza-castillo-conocida-marca-instala-emblematico-palacio-goyeneche/20260702110449651132.html">Revolución comercial en la Plaza del Castillo: una conocida marca se instala en el emblemático Palacio de Goyeneche</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Asimismo, ha sido condenado a una <strong>inhabilitación especial por tiempo de 10 años</strong> para cualquier profesión, oficio o actividad, sea retribuida o no, con menores de edad.</p>

<p>Los hechos enjuiciados se produjeron sobre las 10.45 horas del 18 de marzo de 2024. El acusado, que estaba a cargo del cuidado de los niños en el recreo, <strong>se dirigió a la víctima y a una amiga y les preguntó si querían ayudarle a encontrar unas pelotas</strong> de velcro que necesitaba. Las niñas accedieron y le acompañaron al almacén de la sala de calderas.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Allí, según recoge la sentencia, el inculpado cogió un pupitre, lo colocó junto al lateral del armario y dijo a las niñas que entre el armario y la pared había aprisionadas unas pelotas de velcro. Les hizo creer que se podían ver a través del hueco, ya que había un <strong>agujero entre el armario y la pared</strong>.</p>

<p>El profesor le dijo a la víctima que se subiera al pupitre, que se colocara en el borde y que diera saltos para intentar mover el armario. Le indicó que él estaría apoyando para hacer presión y así las pelotas podrían salir por el hueco.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/26/2026062610491242906.jpg" /></figure>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>“Con evidente ánimo lascivo”, añade la resolución judicial, el encausado se colocó detrás de la niña y, “durante unos minutos”, <strong>se restregó contra los glúteos</strong> y la zona lumbar de la menor.</p>

<p>En un momento dado, el acusado dijo que había escuchado caer una pelota, que mostró a las niñas, y salieron los tres del almacén. La víctima, que se sintió <strong>“rara y molesta con la situación, acosada y utilizada”</strong>, tras acceder al patio con sus amigos, “se puso a llorar y, cuando salió del colegio, contó lo sucedido a sus padres, visiblemente afectada”.</p>

<p>Según la sentencia de instancia, <strong>la menor, durante los primeros meses, presentó diversos índices de malestar emocional </strong>como pesadillas, recuerdos intrusivos que le generan malestar, cambios lábiles en el estado de ánimo, nerviosismo, preocupación, sentimientos de tristeza y culpa, e incomodidad en las muestras de afecto de familiares varones.</p>

<h2><b>Límite mínimo de la pena</b></h2>

<p>La condena impuesta por la<strong> Sección Segunda de la Audiencia Provincial </strong>fue recurrida por la defensa ante el Tribunal Superior, que ha desestimado todos los motivos, salvo el de la apreciación de la atenuante de reparación del daño, por la consignación por parte del procesado de 6.000 euros antes del juicio para hacer frente a la hipotética responsabilidad civil. Sin embargo, como el tribunal sentenciador ya impuso la pena en su límite mínimo, dicha atenuante, calificada por la Sala de lo Civil y Penal como “simple”, no tiene efectos sobre la rebaja de la pena.</p>

<p>Por lo demás, el Tribunal subraya que, en el presente caso, <strong>la convicción judicial alcanzada por el tribunal de instancia resulta correcta</strong> y respetuosa con las exigencias constitucionales derivadas del derecho a la presunción de inocencia, en la medida en que no se fundamenta en meras intuiciones, sospechas o apreciaciones subjetivas, sino en una valoración racional, conjunta y motivada de la totalidad del material probatorio practicado en el acto del juicio oral.</p>

<p>En cuanto a las <strong>críticas de la defensa</strong> a la inspección ocular realizada por los agentes de la Policía Foral un mes después de que se produjeran los hechos, la Sala sostiene que “resulta evidente que las fotografías que constan en el informe policial recogen con fidelidad las características y dimensiones del armario, y el propio acusado ha reconocido la posición que ocupaba como la que figura en la fotografía con un agente figurante. Tales fotografías, con independencia de que hubiese transcurrido un mes desde los hechos, aportan suficiente corroboración objetiva a la versión de la menor”.</p>

<p>“Tampoco apreciamos, como aduce el recurrente, que el <strong>colegio</strong>, con la colaboración de la Policía Foral (sic), haya aportado información incompleta, inexacta o basada en conjeturas con el único objetivo de poner en entredicho la labor educativa y la imagen del [inculpado]. Lo cierto es que el colegio tramitó la queja de la familia y la Policía Foral actuó tras tener conocimiento de la denuncia de los hechos. La trayectoria intachable de más de 20 años del acusado como profesor en el centro no resulta óbice, objetivamente considerado, a la realidad de los hechos declarados probados”, destacan los magistrados.</p>

<p>Por otra parte, el Tribunal rechaza la versión del profesor: “<strong>Resulta incongruente, desde cualquier punto de vista racional, la actuación llevada a cabo por el acusado en la búsqueda</strong>, supuestamente, de unas pelotas de velcro, según indica, queriendo comprobar si se encontraban en un armario-estantería de muy grandes dimensiones, que mide 3,20 m de largo, 1,87 m de alto y 34 cm de ancho, cuyos estantes o huecos estaban colocados contra la pared, como se aprecia en las fotografías, con la dinámica que refiere de interponer un pupitre para que las niñas saltasen repetidamente para empujar el armario desde el lateral,<strong> logrando así la posición corporal apetecida</strong>, tras quitarle la sudadera que portaba atada en su cintura, que colocó encima del pupitre”.</p>

<p>Además, añaden los magistrados, la<strong> afectación emocional de la menor</strong>, que se dio cuenta de lo que realmente estaba sucediendo, fue “inmediata”, y se pudo percatar de ello el propio encausado, quien se acercó a ella y pretendió darle explicaciones. Asimismo, resaltan la reacción de la menor con su padre en el trayecto del coche y con su madre al llegar a casa, “con quien estuvo abrazada durante 15 minutos, llorando, dando cuenta de la situación de angustia que presentaba”. Para los jueces, esta inmediatez temporal otorga verosimilitud al relato de la menor.</p>

<p>Y a mayor abundamiento, apostilla la Sala, la pericial de la psicóloga forense consideró <strong>“altamente creíble” tal relato</strong>.</p>

<p>En definitiva, el Tribunal recalca que la <strong>convicción judicial plasmada en la resolución impugnada puede considerarse correcta</strong> porque aparece construida sobre una actividad probatoria suficiente, practicada con todas las garantías procesales, valorada conforme a criterios de racionalidad y experiencia y exteriorizada mediante una motivación que permite conocer las razones por las cuales el tribunal alcanza su conclusión. No se aprecia, por tanto, arbitrariedad, irracionalidad ni insuficiencia probatoria, sino el legítimo ejercicio de la función jurisdiccional de valoración de la prueba que corresponde en exclusiva al órgano de instancia.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[La Justicia condena en Navarra a un profesor que se restregó contra una alumna de 10 años]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Vista del Palacio de Justicia en Pamplona. PABLO LASAOSA]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Vista del Palacio de Justicia en Pamplona. PABLO LASAOSA]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El Gobierno de Navarra entra en la causa contra el ex presidente del Tudelano y del Ribera Fútbol Sala]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/gobierno-navarra-entra-causa-expresidente-tudelano-ribera-futbol-sala/20260701192041651043.html</link>
  <comments>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/gobierno-navarra-entra-causa-expresidente-tudelano-ribera-futbol-sala/20260701192041651043.html#comentarios-651043</comments>
  <guid>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/gobierno-navarra-entra-causa-expresidente-tudelano-ribera-futbol-sala/20260701192041651043.html</guid>
  <pubDate>Wed, 1 Jul 2026 19:20:41 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>El Gobierno de Navarra analizará si las posibles irregularidades afectan solo a la última temporada o se han extendido durante varios ejercicios.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Hacienda Foral de Navarra</strong> y el <strong>Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física</strong> se van a personar como acusación particular en la <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/lazaro-intento-amanar-3-partidos-tudelano-ribera-navarra-desvio-fondos-clubes-pisos-nombre/20260610171436648608.html">causa judicial abierta contra <strong>Ramón Lázaro</strong></a>, ex presidente del <strong>Club Deportivo Tudelano</strong> y del <strong>Ribera Fútbol Sala</strong>.</p>

<p>El procedimiento investiga presuntos <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/futbol/policia-registra-corella-oficinas-ramon-lazaro/20260608174816648460.html">delitos de <strong>fraude en subvenciones</strong>, <strong>falsedad documental</strong>, <strong>apropiación indebida</strong> y <strong>blanqueo de capitales</strong></a>. La decisión ha sido anunciada este miércoles, <strong>1 de julio de 2026</strong>, tras la sesión semanal del Gobierno de Navarra.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/alerta-roja-policia-foral-avisan-colapso-tecnico-dias-arrancar-san-fermin/20260701141131650999.html">Alerta roja en la Policía Foral: avisan de un "colapso técnico" a cinco días de arrancar San Fermín</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La consejera de <strong>Cultura, Deporte y Turismo</strong>, Rebeca Esnaola, ha explicado que el <strong>INDAF</strong> ha iniciado los trámites para personarse en la causa. Al tratarse de un organismo autónomo, ha solicitado ya a la <strong>Asesoría Jurídica del Gobierno de Navarra</strong> que formule la correspondiente querella criminal.</p>

<p>Esnaola ha señalado que esta decisión se ha adoptado tras apreciar la posible existencia de delitos de <strong>fraude de subvenciones</strong> y <strong>falsedad documental</strong>. Según ha indicado, presuntamente pudieron alterarse <strong>facturas</strong> u otros documentos mercantiles para acceder a un mayor volumen de ayudas públicas.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>La consejera ha añadido que esas <strong>subvenciones públicas</strong> podrían no haberse destinado a la finalidad para la que fueron concedidas. El Gobierno de Navarra analizará ahora la documentación incorporada a la causa para comprobar el alcance de las posibles irregularidades.</p>

<p>Por su parte, el portavoz del Ejecutivo foral, <strong>Javier Remírez</strong>, ha avanzado que la <strong>Hacienda Foral de Navarra</strong> también se personará en el procedimiento judicial abierto contra <strong>Ramón Lázaro</strong>.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/bar-pamplona-que-debuta-san-fermin-almuerzos-oferta-especial-bocadillos-fritos/20260630104003650506.html">El bar de Pamplona que debuta en San Fermín cerca de la plaza de toros y con una gran oferta de bocadillos y fritos</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El Ejecutivo quiere determinar si las presuntas irregularidades afectan únicamente a la <strong>última temporada</strong> o si se han extendido durante varios ejercicios. Esta revisión será clave para delimitar el posible perjuicio sobre las ayudas concedidas.</p>

<p>La investigación ha sido desarrollada por la <strong>Policía Nacional</strong>, con el apoyo de <strong>Europol</strong> e <strong>Interpol</strong>. Las pesquisas atribuyen al ex presidente del <strong>Tudelano</strong> y del <strong>Ribera Fútbol Sala</strong> distintos delitos vinculados a la gestión económica y documental.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[El Gobierno de Navarra entra en la causa contra el ex presidente del Tudelano y del Ribera Fútbol Sala]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[El empresario corellano Ramón Lázaro, presidente del Tudelano y del Ribera Navarra de fútbol Sala.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[El empresario corellano Ramón Lázaro, presidente del Tudelano y del Ribera Navarra de fútbol Sala.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El golpe judicial al Gobierno de Chivite por no evitar unas protestas: deberá pagar 18 millones]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/golpe-judicial-18-millones-que-sacude-gobierno-navarra-protestas-arozteguia/20260701161807651012.html</link>
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  <pubDate>Wed, 1 Jul 2026 16:18:07 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>El Ejecutivo foral ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo las tres sentencias, que aprecian responsabilidad patrimonial por no evitar daños durante las protestas.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/cuantiosas-multas-que-tendran-que-pagar-7-condenados-navarra/20250919095645616410.html"><strong>El Palacio de Arozteguia</strong></a> ha vuelto este miércoles&nbsp;al primer plano de la actualidad después de que el <strong>TSJN</strong> haya condenado al <strong>Gobierno de Navarra</strong> a pagar alrededor de <strong>18 millones de euros</strong> por <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/cuantiosas-multas-que-tendran-que-pagar-7-condenados-navarra/20250919095645616410.html">no evitar daños durante las protestas</a> contra el proyecto del Palacio de Arozteguia.</p>

<p>La sala de lo contencioso administrativo del <strong>Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong> ha dictado tres sentencias en las que aprecia <strong>responsabilidad patrimonial</strong> del Ejecutivo foral. El Gobierno de Navarra ha anunciado que recurrirá la decisión ante el <strong>Tribunal Supremo</strong>.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/bar-pamplona-que-debuta-san-fermin-almuerzos-oferta-especial-bocadillos-fritos/20260630104003650506.html">El bar de Pamplona que debuta en San Fermín cerca de la plaza de toros y con una gran oferta de bocadillos y fritos</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El portavoz del Ejecutivo foral, <strong>Javier Remírez</strong>, ha explicado en la rueda de prensa posterior a la sesión de Gobierno que las sentencias estiman parcialmente las reclamaciones presentadas por <strong>Hotel Palacio de Arozteguia S.L.</strong>, la <strong>Junta de Compensación</strong> y <strong>Palacio de Arozteguia S.L.</strong></p>

<p>Estas reclamaciones sumaban en conjunto más de <strong>26 millones de euros</strong>. Según ha indicado Remírez, el <strong>TSJN</strong> ha reconocido un derecho al cobro por indemnización del <strong>75%</strong>, lo que supone alrededor de <strong>18 millones de euros</strong>.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Las sentencias han apreciado una <strong>inactividad de la Policía Foral</strong> al “no evitar” los daños en los altercados producidos por la oposición al proyecto de <strong>Arozteguia</strong>. Según los reclamantes, esos daños han impedido el desarrollo del proyecto.</p>

<p>No obstante, el tribunal también ha reconocido una <strong>participación en la culpa</strong> por parte de los reclamantes. En concreto, ha considerado que no adoptaron medidas para evitar los sabotajes, por lo que la indemnización se ha reducido en un <strong>25%</strong>.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Remírez ha recordado que las reclamaciones iniciales se plantearon tanto ante el <strong>Gobierno de Navarra</strong> como ante la <strong>Administración General del Estado</strong>. Los reclamantes entendían que había existido inactividad tanto de la <strong>Policía Foral</strong> como de la <strong>Guardia Civil</strong>.</p>

<p>Ambas administraciones desestimaron esas reclamaciones, tras los dictámenes del <strong>Consejo de Navarra</strong> y del <strong>Consejo de Estado</strong>. Según ha señalado el portavoz, consideraron que “jurídicamente no se daban los supuestos” para reconocer la <strong>responsabilidad patrimonial</strong>.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>El portavoz foral también ha apuntado que la <strong>Audiencia Nacional</strong> desestimó “íntegramente” las reclamaciones dirigidas contra el Estado. Lo hizo al considerar que la intervención de las <strong>Fuerzas de Seguridad del Estado</strong> había sido conforme a los estándares normales y exigibles de actuación.</p>

<p>Además, Remírez ha recordado que la Audiencia Nacional señaló que la empresa responsable del proyecto no adoptó medidas de protección de las obras, pese a la insistencia y las recomendaciones de las <strong>Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado</strong>.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>En esa misma resolución, según ha indicado el Gobierno foral, la <strong>Audiencia Nacional</strong> determinó que las obras eran ilegales. Lo hizo al haberse declarado nula de pleno derecho la adjudicación, tanto en vía administrativa como en vía judicial.</p>

<p>Sin embargo, el <strong>TSJN</strong> ha seguido ahora otro criterio en relación con el papel de la <strong>Policía Foral</strong>. Según Remírez, el tribunal navarro ha considerado que hubo una inactividad que, al no parar los sabotajes, pudo influir en la paralización del proyecto de <strong>Arozteguia</strong>.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Esa paralización habría generado, según las sentencias, un daño por las obras ejecutadas y un <strong>lucro cesante</strong>. Este punto ha sido uno de los aspectos que el Gobierno de Navarra ha cuestionado con mayor claridad.</p>

<p>Remírez ha afirmado que “llama la atención” que el <strong>TSJN</strong> vaya contra la tesis defendida por el Gobierno central, el Gobierno foral, el Consejo de Estado, el Consejo de Navarra y la Audiencia Nacional. Todos ellos, ha dicho, defendían que las actuaciones de las fuerzas policiales fueron correctas y que las obras eran ilegales.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>El portavoz ha resaltado también que las sentencias no han sido unánimes. En ellas aparece un <strong>voto discrepante</strong> de una magistrada, que sostiene que las reclamaciones debían haber sido desestimadas.</p>

<p>Ese voto particular recoge que las obras fueron ejecutadas por la promotora del proyecto “conociendo que eran ilegales”. Según la magistrada discrepante, la adjudicación había sido declarada nula de pleno derecho por haberse vulnerado los principios de <strong>transparencia</strong> e <strong>igualdad de trato</strong>.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>La magistrada también ha señalado que la jurisprudencia exige, para apreciar un daño efectivo que genere responsabilidad patrimonial, que ese daño sea real y no meramente hipotético. En su criterio, no se acredita la imposibilidad de continuar con el proyecto de <strong>Arozteguia</strong>.</p>

<p>Por ese motivo, el voto particular concluye que no se puede apreciar ningún tipo de <strong>responsabilidad patrimonial</strong>. Esta posición ha sido asumida por el Gobierno de Navarra, que ha asegurado compartir “totalmente” el criterio de la magistrada discrepante.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>“Respetamos, pero no compartimos, el fallo no unánime”, ha indicado <strong>Javier Remírez</strong>. El portavoz ha insistido en que el Ejecutivo foral no está de acuerdo con la condena fijada por el <strong>TSJN</strong>.</p>

<p>Remírez también ha llamado la atención sobre el hecho de que el tribunal navarro no haga mención “para nada” a la reciente sentencia de la <strong>Audiencia Nacional</strong>. Según ha recordado, esa resolución señaló que la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad fue acorde a lo previsto en las normas.</p>

<p>El Gobierno de Navarra ha defendido además que “la realidad a día de hoy” es que el proyecto puede retomarse cuando se quiera. Según ha afirmado el portavoz, las <strong>licencias</strong> siguen vigentes.</p>

<p>Por todo ello, el Ejecutivo foral ha anunciado que va a recurrir las tres sentencias del <strong>TSJN</strong> ante el <strong>Tribunal Supremo</strong>. El caso de <strong>Arozteguia</strong> queda así pendiente de una nueva revisión judicial tras la condena de alrededor de <strong>18 millones de euros</strong>.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[El golpe judicial al Gobierno de Chivite por no evitar unas protestas: deberá pagar 18 millones]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[María Chivite, presidenta del Gobierno de Navarra, junto a Javier Remírez, vicepresidente del Gobierno de Navarra, durante el Pleno del Parlamento. PABLO LASAOSA]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[María Chivite, presidenta del Gobierno de Navarra, junto a Javier Remírez, vicepresidente del Gobierno de Navarra, durante el Pleno del Parlamento. PABLO LASAOSA]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El exjefe de ETA ‘Kantauri’ saldrá tres días de la cárcel de Pamplona tras una decisión de la Audiencia Nacional]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/exjefe-eta-kantauri-saldra-tres-dias-carcel-pamplona-decision-audiencia-nacional/20260701160144651008.html</link>
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  <pubDate>Wed, 1 Jul 2026 16:01:44 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>El tribunal ha impuesto condiciones estrictas al exdirigente etarra y ha defendido que la medida no supone una desatención a las víctimas.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/audiencia-nacional-investiga-imagenes/20260408191727639880.html"><strong>Audiencia Nacional</strong></a> ha concedido un <strong>permiso de salida de prisión</strong> de tres días al <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/politica/upn-quiere-identificar-que-portaron-fotos-etarras-korrika-ponerles-querella/20260326074919638113.html">exjefe de ETA José Javier Arizcuren, conocido como <strong>‘Kantauri’</strong></a>, interno en el Centro Penitenciario de <strong>Pamplona</strong>. El tribunal ha considerado “proporcionada” la medida y ha rechazado que suponga “una desatención a las víctimas”.</p>

<p>La resolución ha estimado un recurso de apelación presentado por la defensa de <strong>‘Kantauri’</strong> contra un auto de la Sección de Vigilancia Penitenciaria del Tribunal Central de Instancia. Ese auto había ratificado la negativa al permiso acordada por la <strong>Junta de Tratamiento</strong> de la cárcel de <strong>Pamplona</strong>.</p>

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	<li>
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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/bar-pamplona-que-debuta-san-fermin-almuerzos-oferta-especial-bocadillos-fritos/20260630104003650506.html">El bar de Pamplona que debuta en San Fermín cerca de la plaza de toros y con una gran oferta de bocadillos y fritos</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El exjefe de <strong>ETA militar</strong> fue condenado en 2013 a 56 años de prisión por un delito de <strong>atentado terrorista</strong> y otro de <strong>homicidio terrorista</strong>. La condena se dictó por ordenar el asesinato en 1998 del segundo teniente de alcalde y portavoz del PP en el Ayuntamiento de Sevilla, <strong>Alberto Jiménez Becerril</strong>, y de su esposa, <strong>Ascensión García Ortiz</strong>.</p>

<p>Los magistrados han supeditado el <strong>permiso penitenciario</strong> al cumplimiento de varias condiciones concretas. Entre ellas, <strong>‘Kantauri’</strong> tendrá que designar el domicilio o lugar de permanencia durante los tres días y no podrá modificarlo sin autorización.</p>

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	<li>
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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/estudiante-upna-gana-concurso-biotecnologia-dona-premio-antiguo-colegio-pamplona/20260629174833650820.html">Un estudiante de la UPNA gana un concurso de biotecnología y dona el premio a su antiguo colegio de Pamplona</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La <strong>Audiencia Nacional</strong> le ha impuesto una “prohibición absoluta” de aproximarse o comunicarse, de forma directa o indirecta, con las <strong>víctimas</strong>, sus familiares o los perjudicados por los delitos por los que cumple condena. Tampoco podrá acudir a domicilios, localidades o lugares afectados por prohibiciones judiciales de aproximación, residencia o presencia que sigan vigentes.</p>

<p>Además, el tribunal ha prohibido al exdirigente de <strong>ETA</strong> participar en actos públicos, concentraciones, homenajes, entrevistas, comunicaciones públicas o actividades que puedan suponer exaltación, justificación, banalización o instrumentalización de los delitos cometidos. La resolución también menciona aquellas conductas que puedan causar perturbación o <strong>revictimización</strong>.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/07/01/2026070114135449421.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/alerta-roja-policia-foral-avisan-colapso-tecnico-dias-arrancar-san-fermin/20260701141131650999.html">Alerta roja en la Policía Foral: avisan de un "colapso técnico" a cinco días de arrancar San Fermín</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Durante el <strong>permiso de salida de prisión</strong>, ‘Kantauri’ deberá mantener un teléfono operativo y facilitar un medio de contacto. También tendrá que comparecer ante las dependencias policiales, judiciales o administrativas que determine el centro penitenciario con la periodicidad fijada en su plan de salida.</p>

<p>El auto le ordena respetar las pautas médicas y farmacológicas prescritas. Asimismo, deberá abstenerse de cualquier conducta incompatible con su estado de salud o con el objeto del permiso.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/30/2026063009591657364.jpg" /></figure>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>La <strong>Audiencia Nacional</strong> también ha advertido al exjefe de ETA de que deberá regresar puntualmente a la prisión de <strong>Pamplona</strong> en la fecha y hora señaladas. Cualquier incumplimiento podrá suponer la denegación de permisos posteriores.</p>

<p>En su resolución, los magistrados han señalado que <strong>‘Kantauri’</strong> “ha superado sobradamente la cuarta parte de la condena”. También han indicado que “no consta la existencia actual de expedientes disciplinarios”.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>No obstante, la Sala ha recordado que esa situación objetiva de cumplimiento “no es, por sí sola, determinante” para conceder un <strong>permiso ordinario</strong>. Aun así, ha considerado que desplaza la valoración hacia la preparación gradual para “la vida en libertad”.</p>

<p>El tribunal ha afirmado que no desconoce ni puede minimizar la “extraordinaria gravedad” de los delitos por los que el interno cumple condena. Ha subrayado que se trata de delitos de <strong>terrorismo</strong>, asesinatos y hechos de máxima lesividad, con víctimas mortales y graves daños personales, familiares y sociales.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/investigan-pamplona-dos-clinicas-veterinarias-practicas-que-podrian-poner-riesgo-mascotas/20260701105035650940.html">Investigan en Pamplona a dos clínicas veterinarias por prácticas que podrían poner en riesgo a mascotas</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Por ese motivo, la <strong>Audiencia Nacional</strong> ha justificado la adopción de cautelas especiales durante cualquier salida autorizada. Sin embargo, ha añadido que la gravedad delictiva no puede operar “por sí sola y de manera indefinida” como causa automática para excluir todo permiso ordinario.</p>

<p>Los magistrados han tenido en cuenta que la ejecución de la pena se encuentra “muy avanzada” y que existen “datos penitenciarios actuales” que permiten efectuar un pronóstico “muy favorable”. También han valorado que el permiso sea breve, controlado y sometido a condiciones.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/asiron-pide-que-concejales-puedan-pasar-curia-insultos-evita-senalar-entorno-abertzale-radical/20260701094941650934.html">Asiron pide que los concejales puedan pasar por Curia sin insultos, pero evita señalar a su entorno abertzale radical</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El auto ha señalado que el exdirigente de <strong>ETA</strong> tiene causas penales pendientes de sustanciación. Aun así, la Sala no aprecia que la concesión de un permiso ordinario de tres días pueda afectar a su disponibilidad judicial.</p>

<p>La resolución ha insistido en que la concesión del permiso no supone “una normalización acrítica” de la situación penitenciaria de <strong>‘Kantauri’</strong>. Según el tribunal, precisamente por la gravedad de los hechos, el permiso debe concebirse como un primer permiso ordinario, limitado, sometido a control reforzado y con reglas expresas de respeto a las víctimas.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[El exjefe de ETA ‘Kantauri’ saldrá tres días de la cárcel de Pamplona tras una decisión de la Audiencia Nacional]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[El mundo de ETA incluye entre los presos que quiere acercar a Kantauri, acusado de ordenar el asesinato de Blanco. ARCHIVO / EUROPA PRESS]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[El mundo de ETA incluye entre los presos que quiere acercar a Kantauri, acusado de ordenar el asesinato de Blanco. ARCHIVO / EUROPA PRESS]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Ocho años de prisión por dejar sin un ojo a un hombre que intentaba mediar en una pelea en Pamplona]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/condena-navarra-hombre-que-pego-punetazo-dejo-ojo/20260630124845650896.html</link>
  <comments>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/condena-navarra-hombre-que-pego-punetazo-dejo-ojo/20260630124845650896.html#comentarios-650896</comments>
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  <pubDate>Tue, 30 Jun 2026 12:48:45 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>El condenado deberá indemnizar a la víctima con 208.894 euros y no podrá acercarse ni comunicarse con ella durante 15 años.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/juicio-pamplona-piden-10-anos-perder-ojo-pelea/20260316083525637041.html"><strong>condena a 8 años de prisión</strong></a> por un puñetazo que hizo perder un ojo a la víctima ha sido ratificada por el <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/nacional/portero-discoteca-tuerto-cliente-punetazo/20220329151301401896.html"><strong>Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong></a>. La Sala de lo Civil y Penal del TSJN ha confirmado la sentencia dictada el pasado mes de marzo por la <strong>Audiencia Provincial de Navarra</strong>.</p>

<p>El caso se remonta a septiembre de 2022, en las inmediaciones de un bar de <strong>Pamplona</strong>. El condenado golpeó a un hombre que trataba de mediar en una discusión y le causó la pérdida completa del <strong>ojo derecho</strong>.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/pamplona-despedira-miercoles-aintzane-lopez-joven-30-anos-fallecida-atropello-navarreria/20260630091345650865.html">Pamplona despedirá este miércoles a Aintzane López, la joven de 30 años fallecida en el atropello en Navarrería</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El acusado no podrá <strong>comunicarse</strong> ni acercarse a menos de <strong>300 metros</strong> del denunciante durante 15 años. Además, deberá indemnizarle con <strong>208.894 euros</strong> por el daño causado.</p>

<p>La sentencia también establece que el condenado deberá abonar las cantidades derivadas de futuros gastos de <strong>asistencia sanitaria</strong>. Entre ellos figura la posible colocación de una <strong>prótesis ocular</strong>.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Según ha informado el <strong>TSJN</strong>, los hechos ocurrieron durante la madrugada del <strong>5 de septiembre de 2022</strong>. Primero se produjo una discusión en el interior de un <strong>disco-bar de Pamplona</strong> entre el procesado y otro hombre que no ha sido identificado.</p>

<p>Para evitar que la pelea fuera a más, dos amigos de ese segundo hombre lo llevaron a su domicilio. Después, el denunciante y otro varón regresaron al <strong>local</strong>.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/es-verdadera-razon-que-miura-cierra-encierros-san-fermin-ano/20260629100557650511.html">Esta es la verdadera razón por la que Miura no cierra los encierros de San Fermín este año</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Sobre las 4 de la madrugada, uno de ellos decidió marcharse a casa junto a una amiga. En las proximidades del establecimiento, el acusado les abordó de forma violenta, según recoge la sentencia.</p>

<p>El procesado agredió e insultó al hombre. Durante ese altercado le dio un <strong>manotazo</strong>, lo que provocó que se le cayera el <strong>teléfono móvil</strong> y se rompiera.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Por estos hechos, el condenado también ha recibido una multa de <strong>600 euros</strong> por un delito leve de maltrato. Asimismo, deberá indemnizar con <strong>739 euros</strong> al dueño del móvil roto.</p>

<p>En ese momento llegó al lugar la víctima, que trató de mediar entre ambos. Sin solución de continuidad, recibió dos <strong>puñetazos</strong> por parte del procesado.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>La sentencia señala que la víctima no pudo esquivar los golpes. El segundo puñetazo impactó directamente en el <strong>ojo derecho</strong>.</p>

<p>Como consecuencia de la agresión, el hombre, que entonces tenía <strong>35 años</strong>, sufrió la pérdida completa del globo ocular derecho. También ha padecido secuelas <strong>funcionales</strong> y <strong>estéticas</strong>.</p>

<p>Entre las consecuencias funcionales, la resolución menciona la <strong>visión monocular</strong> y un déficit en la percepción fina de las distancias. Ese déficit, según la sentencia, puede ir mejorando con un esfuerzo de acomodación del ojo izquierdo.</p>

<p>La resolución también recoge la importancia de la <strong>prótesis ocular</strong> prescrita a la víctima. Esta permitiría transformar su imagen y favorecer su rehabilitación social con una apariencia normal.</p>

<p>La Sección Segunda de la <strong>Audiencia de Navarra</strong> calificó los hechos como un delito de lesiones agravadas. La defensa recurrió la condena ante el <strong>Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong>, que ha desestimado íntegramente sus alegaciones.</p>

<p>Para la Sala, la sentencia recurrida ha detallado la prueba practicada. En ella se incluyen los testimonios de varios testigos, tres policías, la médica forense y la declaración del condenado.</p>

<p>El acusado reconoció ante dos agentes de la <strong>Policía Municipal</strong> que había dado un puñetazo a la víctima. También admitió haber propinado un tortazo al otro hombre, el dueño del móvil roto.</p>

<p>El TSJN ha destacado que esta manifestación fue valorada por la Audiencia. Los jueces tuvieron en cuenta que el acusado la realizó de forma espontánea, libre y voluntaria, en el lugar del altercado y justo después de los hechos.</p>

<p>Además, el tribunal ha subrayado que el reconocimiento quedaba corroborado por el estado de sus propios <strong>nudillos</strong>. Presentaban una lesión compatible con haber asestado un puñetazo.</p>

<p>La Sala también ha señalado otras “poderosas corroboraciones”. Entre ellas figura el informe de la <strong>médica forense</strong>, que describe lesiones compatibles con la forma en que se produjeron los hechos.</p>

<p>El Tribunal ha rechazado la tesis de la defensa, que consideraba que las lesiones debían calificarse como menos graves. También ha descartado encajar el caso en una <strong>riña tumultuaria</strong>.</p>

<p>Esa figura penal se aplica a peleas multitudinarias en las que no se puede identificar con precisión quién ha causado cada golpe o lesión concreta. Según el TSJN, esa circunstancia no concurre en este caso, ocurrido en <strong>Pamplona</strong>, porque la autoría del puñetazo ha quedado acreditada.</p>
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        <media:title><![CDATA[Ocho años de prisión por dejar sin un ojo a un hombre que intentaba mediar en una pelea en Pamplona]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Imagen generada con IA de un hombre tapándose la cara. CHAT GPT]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Imagen generada con IA de un hombre tapándose la cara. CHAT GPT]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Confirmada la pena a un joven de 18 años que violó a una compañera del centro de menores en San Fermín]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/confirmada-pena-chico-18-anos-que-violo-companera-centro-menores-san-fermin/20260629122206650777.html</link>
  <comments>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/confirmada-pena-chico-18-anos-que-violo-companera-centro-menores-san-fermin/20260629122206650777.html#comentarios-650777</comments>
  <guid>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/confirmada-pena-chico-18-anos-que-violo-companera-centro-menores-san-fermin/20260629122206650777.html</guid>
  <pubDate>Mon, 29 Jun 2026 12:22:06 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El texto destaca la existencia de elementos que sustentan la versión de la víctima, entre ellos unos mensajes enviados por el inculpado en los que la amenazaba para que no contara lo ocurrido.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) <strong>ha confirmado la condena a 13 años y 6 meses de prisión</strong> impuesta el pasado marzo por la Audiencia Provincial a un acusado que el 8 de julio de 2023 violó a una joven de 15 años en Pamplona tras amenazarla con una navaja en el cuello. &nbsp;</p>

<p>Según recoge la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, el inculpado no podrá comunicarse ni acercarse a la denunciante a menos de 500 metros durante 16 años.</p>

<p>Además, el procesado, de nacionalidad española, deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 9 años. En concepto de responsabilidad civil, indemnizará a la joven con 25.000 euros por el daño moral.</p>

<p>En 2023, el encausado, que tenía entonces 18 años, y la víctima <strong>convivían en un centro de menores</strong>. El 6 de julio, los dos, junto con otros compañeros del centro y algunos educadores, acudieron al Chupinazo de los Sanfermines. Ese día, según reza la resolución judicial, “tontearon” y “se liaron”, pero ella ya le advirtió entonces que “no quería mantener relaciones sexuales completas”.</p>

<p>En compañía de otro joven que había estado en el centro hasta mayo, ambos volvieron a salir el día 8. Acudieron por la tarde a un concierto en la plaza de los Fueros. Entretanto, compraron una botella de pacharán, que se tomaron entre los dos chicos. Ella no bebió.</p>

<p>En un momento dado, el acusado dijo que quería ir al baño. Ella le acompañó. <strong>Pasaron de largo la estación de autobuses, a donde ella creía que iban</strong>. Él dijo que habría mucha cola en los baños, y la llevó hacia las murallas, a una zona apartada.</p>

<p>Allí, según recoge la sentencia, el inculpado le dijo que quería tener relaciones sexuales, a lo que ella se negó. Él insistió. La tocó “por todo el cuerpo” y la agarró para que no se pudiera marchar. Sacó una navaja de la riñonera y se la colocó en el cuello a la adolescente. Le espetó que, si gritaba, se lo rajaba. Entonces, la violó.</p>

<p>Cuando el encausado se marchó, la víctima se quedó allí un rato en estado de shock. De regreso al centro, recibió un mensaje del inculpado en el que la amenazaba para que no contara lo ocurrido. En una de sus respuestas, la víctima le contestó: “Déjame en paz […]. Me has jodido la vida. Espero que te quedes Agusto [sic] después de lo que me has hecho”.</p>

<p>&nbsp;El día 15, el condenado le escribió otra vez para indagar si había “contado algo” y volvió a amenazarla.</p>

<p>El agresor se marchó del centro a principios del mes de agosto. En octubre, la víctima relató a su terapeuta la agresión sexual sufrida. Pusieron los hechos en conocimiento de la coordinadora del centro, quien los comunicó a la fiscalía e interpuso denuncia ante la Policía Foral.</p>

<h2><b>Un testimonio “persistente y carente de contradicciones”</b></h2>

<p>La sentencia condenatoria dictada por la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra fue recurrida por la defensa ante el Tribunal Superior, que ha desestimado íntegramente el recurso.</p>

<p>Al respecto, el Tribunal considera que el testimonio de la denunciante reúne todos los requisitos que exige la jurisprudencia para servir como prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia del procesado. “Esta sala, visionada la grabación de su declaración, comparte el criterio de la sala de instancia acerca de su verosimilitud, estimando que dicho testimonio resulta ser creíble, verosímil, fiable y coherente, apreciando la sala sinceridad en la forma de expresarse la misma y narrar los hechos imputados”, apostilla.</p>

<p>Asimismo, los magistrados destacan la existencia de elementos que sustentan la versión de la víctima, entre ellos los mencionados mensajes, cuyo contenido juzgan “perfectamente acorde con la versión mantenida por la denunciante y corroborador de la realidad de la misma, sin que la versión ofrecida por el acusado constituya explicación razonable de ese contenido de las comunicaciones”.</p>

<p>Por lo que atañe a la persistencia en la incriminación, agrega la Sala, el testimonio de la denunciante fue persistente y carente de contradicciones, sin que se aprecien reticencias, inexactitudes&nbsp;ni modificaciones, en lo fundamental. “La misma narró los citados hechos que afirma que le sucedieron en la forma recogida, esencialmente, en la sentencia de instancia, lo que mantuvo en todo momento, desde que los narró a la terapeuta y a la directora del centro en el que residía, lo que igualmente manifestó en su denuncia, en el juzgado de instrucción y, últimamente, reiteró en el acto del juicio”, remarcan los jueces.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Confirmada la pena a un joven de 18 años que violó a una compañera del centro de menores en San Fermín]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Miles de personas acuden a ver los fuegos artificiales en San Fermín. Maite H. Mateo.-09]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Miles de personas acuden a ver los fuegos artificiales en San Fermín. Maite H. Mateo.-09]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Hito en España: una jueza de Pamplona logra el primer permiso de la historia para cuidar a un bebé en acogimiento de urgencia]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/hito-espana-jueza-pamplona-logra-primer-permiso-historia-cuidar-bebe-acogimiento-urgencia/20260626131040650468.html</link>
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  <pubDate>Fri, 26 Jun 2026 13:10:40 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El Consejo General del Poder Judicial concede de forma pionera una licencia de 17 semanas a la magistrada María Boedo ante un vacío legal "incomprensible" en el Estatuto del Empleado Público que dejaba desprotegidos a los menores más vulnerables.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>Una magistrada destinada en la capital navarra ha protagonizado un hito jurídico y social sin precedentes en España. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha concedido, de forma pionera en todo el país, un permiso de maternidad de al menos 17 semanas a una jueza para que pueda hacerse cargo del <strong>acogimiento familiar de urgencia de un bebé recién nacido</strong>. La decisión tumba un vacío legal histórico que, de manera incomprensible, negaba este derecho a los funcionarios públicos.</p>

<p>Pese a que la Ley Orgánica del Poder Judicial no contempla de forma expresa esta modalidad de baja, la Comisión Permanente del CGPJ, tras recibir un informe previo favorable del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), ha dado luz verde a la solicitud de la afectada. El órgano de gobierno de los jueces determina que en estos casos de máxima vulnerabilidad es de justicia aplicar la misma licencia que ya existe para el resto de modalidades de acogimiento.</p>

<h2>Un vacío legal "incomprensible" que penaliza a los bebés</h2>

<p>Hasta el momento, la legislación española recomendá el derecho a una licencia de 17 semanas para los acogimientos temporales, permanentes o preadoptivos, una medida aplicable tanto a jueces como al resto de funcionarios a través del Estatuto Básico del Empleado Público. Sin embargo, la modalidad de "urgencia" —clave para la protección de menores desamparados— se encontraba en un limbo legal y no daba derecho a ningún tipo de permiso.</p>

<p>La protagonista de este logro histórico es la magistrada <strong>María Boedo</strong>, titular de la plaza número 5 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Pamplona. Boedo explica la gravedad de la situación que existía hasta ahora: <strong>"El acogimiento de urgencia está previsto para niños de 0 a 6 años que, en muchas ocasiones, llegan con graves problemas de salud, como síndromes de abstinencia. Está médicamente constatado que necesitan crear un apego seguro, lo que exige una dedicación absoluta"</strong>.</p>

<p>La jueza tilda de "incomprensible" que el Estatuto de los Trabajadores sí reconozca este derecho para el sector privado, mientras que la administración pública daba la espalda a estas familias, a pesar de la acuciante necesidad que transmiten los Servicios Sociales para evitar que los bebés acaben en centros de menores masificados.</p>

<h2>El Supremo atiende el interés superior del menor</h2>

<p>La raíz del problema radica en que el Reglamento de la Carrera Judicial no se actualizaba en esta materia desde antes de 2015, ignorando por completo la reforma del Código Civil que introdujo los acogimientos de urgencia. Ante esta parálisis legislativa, realizar un acogimiento de este tipo resultaba inviable para cualquier funcionario al no poder conciliar la vida laboral con el cuidado intensivo de un recién nacido.</p>

<p>Para solucionar el conflicto, la magistrada Boedo solicitó formalmente acogerse al artículo del reglamento que permite ausentarse <strong>"por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber relacionado con la conciliación"</strong>. El CGPJ ha terminado aceptando el pulso en un gesto que la jueza agradece, aunque lanza un aviso urgente a la política: <strong>"El CGPJ se ha mostrado sensible a una realidad de la que deben hacerse eco con urgencia los poderes públicos, modificando el Estatuto del Empleado Público con premura para proteger a los más vulnerables"</strong>, concluye.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Hito en España: una jueza de Pamplona logra el primer permiso de la historia para cuidar a un bebé en acogimiento de urgencia]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[La jueza María Boedo. TSJN]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[La jueza María Boedo. TSJN]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Condenado en Navarra por grabar desnudas a sus compañeras de piso con microcámaras escondidas en la ducha]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/condenado-navarra-grabar-desnudas-companeras-piso-microcamaras-escondidas-ducha/20260625115321650366.html</link>
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  <pubDate>Thu, 25 Jun 2026 11:53:21 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>El acusado instaló microcámaras en los baños, obtuvo cientos de imágenes íntimas y ha aceptado indemnizar a las víctimas tras un acuerdo judicial.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/profesor-instituto-navarra-grababa-alumnas-vecinas-probadores-asi-sera-juicio/20260323084020637726.html"><strong>Audiencia de Navarra</strong></a> ha condenado a 7 años de prisión a un joven de 23 años que <strong><a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/fiscalia-pide-20-anos-carcel-hombre-acusado-grabar-camaras-ocultas-cuatro-companeras-piso-tudela/20260604082904647552.html">grabó desnudas a sus cuatro compañeras de piso en Tudela</a></strong> tras colocar microcámaras de vídeo en los baños, enfocadas hacia la ducha.</p>

<p>El acusado ha sido condenado por <strong>cuatro delitos continuados contra la intimidad</strong>. Sin embargo, no ingresará en prisión si no delinque durante 5 años, abona las indemnizaciones pendientes en el plazo de un mes y participa en un curso de educación sexual.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/24/2026062412312146533.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/politica/guardia-civil-investiga-mas-575000-euros-abonados-erri-berri-empresa-antxon-alonso-cerdan/20260624123258650211.html">La Guardia Civil investiga más de 575.000 euros abonados por Erri Berri a la empresa de Antxón Alonso y Cerdán</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La sentencia ha sido dictada por la <strong>Sección Segunda</strong> tras un acuerdo entre la fiscalía, las acusaciones particulares y la defensa. Los hechos han sido considerados constitutivos de cuatro delitos continuados contra la intimidad, penados cada uno con 1 año y 9 meses de prisión.</p>

<p>En la resolución judicial se ha apreciado la agravante de abuso de confianza. También se han tenido en cuenta las atenuantes de reparación del daño, analógica de confesión y alteración psíquica.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/reflexion-ernest-hemingway-filosofia-vida-nadie-vive-vida-apurarla-toreros/20260623091956650088.html">La reflexión de Ernest Hemingway sobre la filosofía de vida: "Nadie vive su vida hasta apurarla, excepto los toreros"</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El condenado no podrá comunicarse ni acercarse a las víctimas a menos de 200 metros durante 5 años. Además, deberá indemnizar con 23.000 euros a tres de ellas y con 33.000 euros a la cuarta por el daño moral ocasionado, hasta alcanzar un total de 102.000 euros.</p>

<p>Los hechos se han situado en una fecha indeterminada, pero en todo caso entre el año 2021 y octubre de 2022. Durante ese periodo, el acusado compartía piso con cuatro mujeres en <strong>Tudela</strong>.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/24/2026062418574326900.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/dos-jovenes-van-fiesta-tudela-uno-acusa-violarle-casa-madre-noche-copas/20260625074817650258.html">Dos jóvenes se van de fiesta en Tudela y uno le acusa al otro de violarle en casa de su madre tras una noche de copas</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Según consta en la sentencia, el procesado obtuvo un total de 160 vídeos y 966 imágenes procedentes de las grabaciones realizadas en los baños y estancias en las que vivían y ocupaban habitualmente las perjudicadas. En esas imágenes, las víctimas aparecían total o parcialmente desnudas o en situaciones de la más estricta intimidad.</p>

<p>La <strong>Audiencia de Navarra</strong> ha recogido también que el acusado envió parte de ese material a una persona cuya identidad no ha podido determinarse. En concreto, remitió al menos 85 imágenes con la finalidad de someterlas a un proceso de edición.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>La sentencia explica que esas imágenes fueron enviadas para incorporar elementos y contenidos de carácter sexual especialmente vejatorio, como textos, viñetas o imágenes. Además, el condenado compartió al menos 103 imágenes y un vídeo de índole íntima con once personas a través de un servicio de mensajería instantánea.</p>

<p>En el momento de los hechos, el joven padecía un trastorno por comportamiento sexual compulsivo. Esta circunstancia ha sido valorada en la sentencia dentro del acuerdo alcanzado entre las partes.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>El procesado ha reconocido expresamente la realidad de los hechos y ha asumido su responsabilidad. También ha dejado constancia de su “profundo y sincero arrepentimiento”, del rechazo absoluto de sus actos y de la conciencia del daño causado a las perjudicadas.</p>

<p>Antes del juicio, que estaba señalado para el 4 de junio, el acusado ya había consignado 54.000 euros para su entrega a las víctimas en concepto de <strong>indemnización</strong>. Tras el pacto alcanzado entre las acusaciones y la defensa, ha asumido el compromiso de ingresar los 48.000 euros restantes en el plazo de un mes.</p>

<p>En virtud del acuerdo suscrito entre las partes, <strong>el joven no entrará en prisión si cumple las condiciones fijadas</strong>. Deberá no delinquir durante 5 años, pagar la cantidad indemnizatoria pendiente, respetar las prohibiciones de acercamiento y comunicación y participar en un programa formativo de educación sexual.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Condenado en Navarra por grabar desnudas a sus compañeras de piso con microcámaras escondidas en la ducha]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Imagen generada con inteligencia artificial de un baño con ducha. CHAT GPT]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Imagen generada con inteligencia artificial de un baño con ducha. CHAT GPT]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Dos jóvenes se van de fiesta en Tudela y uno le acusa al otro de violarle en casa de su madre tras una noche de copas]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/dos-jovenes-van-fiesta-tudela-uno-acusa-violarle-casa-madre-noche-copas/20260625074817650258.html</link>
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  <pubDate>Thu, 25 Jun 2026 07:48:17 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La Fiscalía sostiene que el acusado se aprovechó del estado de embriaguez de la víctima tras una noche de fiesta en Tudela.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Fiscalía de Navarra</strong> ha solicitado nueve años de prisión para un hombre acusado de violar a un amigo en <strong>Tudela</strong> después de una noche de fiesta. El juicio se celebra esta semana en la <strong>Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra</strong>, en Pamplona.</p>

<p>El Ministerio Público sostiene que el acusado, de nacionalidad española, se aprovechó del estado de embriaguez de la víctima para agredirla sexualmente en el interior de un domicilio. Ambos habían pasado la noche consumiendo bebidas alcohólicas en varios establecimientos de la localidad.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/23/2026062300181223102.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sanfermin/reflexion-ernest-hemingway-filosofia-vida-nadie-vive-vida-apurarla-toreros/20260623091956650088.html">La reflexión de Ernest Hemingway sobre la filosofía de vida: "Nadie vive su vida hasta apurarla, excepto los toreros"</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Los hechos se remontan a principios de febrero de 2024, sobre las cinco y veinte de la madrugada. Según el escrito de acusación, el procesado y la víctima regresaron a la vivienda de la madre del acusado con la intención de que el afectado se quedara allí a dormir.</p>

<p>La <strong>acusación pública</strong> mantiene que, en ese momento, la víctima no conservaba plenamente sus facultades intelectivas y volitivas como consecuencia de la ingesta previa de alcohol. Es decir, según el fiscal, tenía anuladas sus capacidades de comprensión, conciencia y voluntad.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2025/07/06/2025070614395672232.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/acercamiento-sexual-entre-hombres-banos-estacion-pamplona-acaba-golpes-sentados-banquillo/20260624074238650146.html">Un acercamiento sexual entre hombres en los baños de la estación de Pamplona acaba a golpes y sentados en el banquillo</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>En ese contexto, el acusado presuntamente realizó varios actos sexuales sin consentimiento. El Ministerio Público sostiene que le practicó una felación y le introdujo un dedo por el ano. La víctima, según recoge el escrito, no consintió esos actos en ningún momento.</p>

<p>El denunciante no recordó lo ocurrido hasta el día siguiente, cuando advirtió diversas marcas físicas en su cuerpo. A raíz de la <strong>agresión sexual</strong>, sufrió hematomas por succión en la zona cervical y en el pectoral izquierdo, además de una erosión en el pene.</p>

<p>La Fiscalía también atribuye a los hechos un importante impacto psicológico. El afectado padeció un cuadro de ansiedad y depresión leve que requirió tratamiento médico prolongado con psicofármacos y seguimiento psicológico continuado.</p>

<p>En total, la víctima tardó 247 días en sanar de las lesiones. De ese periodo, 40 días han sido considerados de perjuicio moderado, al haber limitado el desarrollo normal de su vida cotidiana.</p>

<p>El escrito de acusación añade que el afectado arrastra secuelas físicas y emocionales crónicas. En concreto, padece sintomatología depresiva y un <strong>trastorno de estrés postraumático</strong> derivado de la agresión.</p>

<p>Por todo ello, el Ministerio Público reclama una indemnización total de <strong>15.000 euros para la víctima</strong>. De esa cantidad, 10.000 euros corresponderían a las lesiones sufridas durante el ataque y otros 5.000 euros a las secuelas psicológicas.</p>

<p>En el plano penal, la Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de <strong>violación</strong>. Solicita para el acusado nueve años de prisión, además de la inhabilitación para el sufragio pasivo durante el tiempo de condena.</p>

<p>La acusación no aprecia circunstancias atenuantes ni agravantes que modifiquen la responsabilidad penal del procesado. También pide una orden de alejamiento que le impida aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, de su domicilio o de su lugar de trabajo.</p>

<p>Esa prohibición se extendería también a cualquier forma de comunicación, tanto física como telemática, durante un periodo de 12 años. La Fiscalía reclama, además, que se imponga al acusado una medida de libertad vigilada durante ocho años una vez salga de prisión.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Dos jóvenes se van de fiesta en Tudela y uno le acusa al otro de violarle en casa de su madre tras una noche de copas]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Dos chicos caminan por una plaza de Tudela.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Dos chicos caminan por una plaza de Tudela.]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Un acercamiento sexual entre hombres en los baños de la estación de Pamplona acaba a golpes y sentados en el banquillo]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/acercamiento-sexual-entre-hombres-banos-estacion-pamplona-acaba-golpes-sentados-banquillo/20260624074238650146.html</link>
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  <pubDate>Wed, 24 Jun 2026 07:42:38 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Ignacio Murillo]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[La Fiscalía solicita 18 meses de prisión para el presunto autor de los tocamientos y tres años para el joven que usó un cinturón para la pelea.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p><strong>Dos hombres</strong> se van a sentar esta semana en el banquillo de los acusados por una <strong>agresión sexual</strong> ocurrida en los baños de la <strong>Estación de Autobuses de Pamplona</strong> y por la violenta pelea que se desencadenó&nbsp;justo después en el mismo entorno.</p>

<p>El caso ha llegado al <strong>Juzgado de lo Penal de Pamplona</strong> con una doble acusación de la Fiscalía de Navarra. El Ministerio Público diferencia entre los tocamientos no consentidos que, según su escrito, sufrió un joven de 18 años, y las lesiones causadas después durante una riña en la que llegó a utilizarse un cinturón como arma.</p>

<p>Los hechos ocurrieron&nbsp;sobre las 07:20 horas en el interior de la infraestructura de transportes de la capital navarra. Según recoge el escrito de acusación, un ciudadano de 28 años y nacionalidad colombiana, en situación administrativa irregular en España y sin antecedentes penales, abordó a un joven de 18 años y nacionalidad española, también sin historial delictivo.</p>

<p>El mayor de ellos le pidió que le acompañara al baño. El joven aceptó. Una vez dentro de las instalaciones, siempre según la Fiscalía, el acusado actuó con ánimo libidinoso, exigió de forma explícita una felación al joven e inició <strong>tocamientos en sus genitales</strong> sin su consentimiento. Además, le ofreció dinero para que accediera a sus pretensiones.</p>

<p>La víctima se negó de forma rotunda. Pese a ello, el acusado persistió en su actitud y continuó con los tocamientos hasta que el joven logró salir del aseo. Ya en el exterior, le recriminó lo ocurrido. Esa discusión subió rápidamente de tono y derivó en una pelea física en la que ambos se golpearon con intención de menoscabar la integridad del otro.</p>

<p>El joven español abandonó el lugar durante unos instantes, pero regresó poco después a la <strong>Estación de Autobuses</strong>. Allí volvió a encontrarse con el otro acusado en la zona de las escaleras mecánicas de acceso. En ese momento se reanudó la reyerta.</p>

<p>Según el relato del Ministerio Fiscal, el joven de 18 años se desabrochó entonces el cinturón y se lo enrolló alrededor del puño con el objetivo de causar un daño mayor a su oponente. Después le propinó varios golpes hasta que ambos fueron separados finalmente por patrullas de la <strong>Policía Municipal de Pamplona</strong>.</p>

<p>La pelea dejó lesiones en los dos implicados. El joven de 18 años sufrió una herida en el labio superior y en la mucosa oral, además de dolores en la zona mandibular y en el cuello. Necesitó una primera asistencia facultativa, consistente en enjuagues bucales antisépticos y analgesia. Sus lesiones tardaron siete días en curar y no le han dejado secuelas.</p>

<p>El ciudadano colombiano sufrió heridas inciso-contusas de mayor gravedad en la mucosa labial inferior y en el fondo vestibular. Una de ellas alcanzó el plano muscular de la boca y le limitó gravemente la apertura oral por el dolor.</p>

<p>Este acusado tuvo que recibir <strong>tratamiento médico-quirúrgico</strong> en el servicio de Urgencias hospitalarias. El equipo de Cirugía Maxilofacial le realizó un lavado exhaustivo y la sutura de las heridas bajo anestesia local. Además, se le pautaron antibióticos, dieta blanda y una baja laboral por incapacidad temporal de ocho días. En total, sus lesiones tardaron 18 días en sanar y tampoco presenta secuelas.</p>

<p>La Fiscalía considera que los hechos atribuidos al ciudadano colombiano son constitutivos de un <strong>delito de agresión sexual</strong> y de un delito leve de lesiones. Por la agresión sexual solicita una pena de 18 meses de prisión, la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y una medida de libertad vigilada durante tres años.</p>

<p>El Ministerio Público también pide para él una inhabilitación de cuatro años para ejercer cualquier profesión o actividad que implique contacto directo con menores de edad. Por el delito leve de lesiones, solicita una multa de dos meses con una cuota diaria de 12 euros.</p>

<p>En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía reclama que este acusado indemnice al joven español con 1.800 euros por el daño moral sufrido y con otros 315 euros por las lesiones físicas causadas.</p>

<p>La situación penal del joven de nacionalidad española es diferente. La Fiscalía le acusa de un <strong>delito de lesiones con uso de medio peligroso</strong>, al considerar que empleó el cinturón de una forma que aumentó el riesgo de causar daño durante la pelea.</p>

<p>Por este delito, el Ministerio Público pide para él una <strong>pena de tres años de prisión</strong> y la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo. Además, reclama que indemnice al ciudadano colombiano con 1.050 euros por los días de curación de las lesiones y con otros 500 euros por el perjuicio personal derivado de la intervención quirúrgica.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Un acercamiento sexual entre hombres en los baños de la estación de Pamplona acaba a golpes y sentados en el banquillo]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Llegada de viajeros a la estación de autobuses en San Fermín. Maite H. Mateo_]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Llegada de viajeros a la estación de autobuses en San Fermín. Maite H. Mateo_]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[El Supremo sitúa a Koldo García en el centro de la trama corrupta de las mascarillas y le condena a 19 años de cárcel]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/supremo-situa-koldo-garcia-centro-trama-corrupta-mascarillas-condena-19-anos-carcel/20260622130453649982.html</link>
  <comments>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/supremo-situa-koldo-garcia-centro-trama-corrupta-mascarillas-condena-19-anos-carcel/20260622130453649982.html#comentarios-649982</comments>
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  <pubDate>Mon, 22 Jun 2026 13:04:53 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El exasesor navarro de José Luis Ábalos ha sido condenado por su papel en la trama de las mascarillas durante la pandemia.]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>El <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/politica/nuevo-reves-judicial-koldo-garcia-supremo-mantiene-medida-clave-antes-sentencia/20260605130041647767.html"><strong>Tribunal Supremo</strong></a> ha condenado al <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/koldo-garcia-revela-supremo-que-eran-chistorras-dice-saber-nada-soles-lechugas/20260430190206642834.html">socialista navarro <strong>Koldo García Izaguirre</strong></a> a 19 años de prisión por su papel en el conocido como <strong>caso mascarillas</strong>, la trama de corrupción vinculada a contratos públicos de material sanitario durante la pandemia de coronavirus.</p>

<p>La sentencia ha situado al exasesor de <strong>José Luis Ábalos</strong> como una pieza principal dentro de la organización investigada. El tribunal ha considerado probado que Koldo García participó de forma activa en el reparto de funciones y en las gestiones relacionadas con las adjudicaciones públicas.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>El fallo también ha condenado al exministro de Transportes <strong>José Luis Ábalos</strong> a 24 años de prisión. Por su parte, el empresario <strong>Víctor de Aldama</strong> ha recibido una pena de cuatro años y medio de cárcel, aunque el tribunal ha suspendido la ejecución de la condena por su colaboración con la justicia.</p>

<p>Según la resolución, los tres acusados formaron una organización en la que cada uno asumía un papel diferente. Ábalos aportaba el poder institucional, <strong>Koldo García</strong> ejercía funciones de intermediación y Aldama facilitaba el acceso al dinero y a las empresas.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>El episodio central de la causa ha sido la adjudicación del suministro de trece millones de mascarillas durante la pandemia a la empresa <strong>Soluciones de Gestión</strong>, vinculada a Aldama. La compra se realizó mediante dos contratos públicos, uno con Puertos del Estado y otro con ADIF.</p>

<p>La sentencia sostiene que la empresa adjudicataria conocía de antemano datos esenciales de la operación antes incluso de que los responsables de contratación tuvieran conocimiento formal de la compra. Entre esos datos figuraban la publicación de una orden ministerial, el volumen de mascarillas y el hecho de que sería la adjudicataria.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/dineral-que-ha-gastado-pueblo-navarra-renovar-piscinas-verano/20260622075110649778.html">El dineral que se ha gastado un pueblo de Navarra para poder abrir sus piscinas municipales este verano</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El tribunal ha dado por probado que Aldama canalizó comisiones por un total de 6,6 millones de euros a través de sus sociedades. A cambio, según la sentencia, Ábalos y Koldo García habían acordado recibir dos millones y medio millón de euros, respectivamente, con cargo a esas comisiones.</p>

<p>El Supremo también ha considerado acreditados pagos mensuales de 10.000 euros destinados a cubrir gastos del entorno de Ábalos. La documentación analizada en el juicio ha incluido correos electrónicos, mensajes de WhatsApp, una hoja Excel elaborada por Aldama y declaraciones de testigos.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>En el caso concreto de <strong>Koldo García</strong>, la sentencia subraya que mantuvo un papel relevante en la trama. El fallo le atribuye gestiones personales en la adjudicación de contratos públicos y también en la contratación de personas en empresas del sector público.</p>

<p>La condena tiene una especial repercusión en Navarra, donde Koldo García ha desarrollado parte de su trayectoria política. Fue concejal socialista en Huarte y ha estado vinculado al entorno del <strong>PSN</strong>, antes de convertirse en hombre de confianza de Ábalos en el Ministerio de Transportes.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>El caso estalló en febrero de 2024 con las primeras detenciones y desde entonces ha tenido derivadas políticas y judiciales en distintos ámbitos. En Navarra, su nombre también ha aparecido en debates parlamentarios y en las investigaciones sobre la compra de material sanitario durante la pandemia.</p>

<p>La sentencia del Supremo no cierra todas las ramificaciones del caso. La pieza principal ha quedado resuelta con estas condenas, pero otras líneas de investigación continúan abiertas en distintos juzgados, especialmente en la Audiencia Nacional.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[El Supremo sitúa a Koldo García en el centro de la trama corrupta de las mascarillas y le condena a 19 años de cárcel]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Captura de video de la señal del Tribunal Supremo, de un momento de la declaración de Koldo García. EFE/Señal Tribunal Supremo]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Captura de video de la señal del Tribunal Supremo, de un momento de la declaración de Koldo García. EFE/Señal Tribunal Supremo]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Los juzgados de Navarra notan el aumento de concursos mientras caen las reclamaciones de deuda]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/juzgados-navarra-notan-aumento-concursos-mientras-caen-reclamaciones-deuda/20260622113301649961.html</link>
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  <pubDate>Mon, 22 Jun 2026 11:33:01 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>El informe del Consejo General del Poder Judicial recoge una subida de los concursos, mientras bajan ejecuciones hipotecarias, desahucios, monitorios, despidos y reclamaciones de cantidad.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>Los <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/reclamaciones-deudas-caen-mitad-navarra-mientras-desahucios-disparan/20251015102247619280.html"><strong>concursos en Navarra</strong></a> han aumentado un 26,3% en el primer trimestre de 2026 en los juzgados de lo Mercantil. Entre enero y marzo se han instado 192 concursos, frente a los 152 registrados en el mismo periodo del año anterior.</p>

<p>El dato figura en el informe sobre los <strong>Efectos de la crisis en los órganos judiciales</strong> del Servicio de Estadística del <strong>Consejo General del Poder Judicial</strong>. El estudio recoge también descensos en ejecuciones hipotecarias, desahucios, procedimientos monitorios, demandas por despido y reclamaciones de cantidad.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/20/2026062019445352354.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/navarra/presentadora-marilo-montero-homenajeada-navarra-cofradia-muy-peculiar/20260620194405649874.html">La presentadora Mariló Montero, homenajeada en Navarra por una cofradía gastronómica muy peculiar</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Los <strong>concursos en Navarra</strong> presentados por personas físicas no empresarias han llegado a 156 en el primer trimestre de 2026. Esta cifra supone un incremento del 21,9% respecto al mismo periodo de 2025, cuando se interpusieron 128 procedimientos.</p>

<p>En cambio, los <strong>concursos de personas jurídicas</strong> han bajado durante los tres primeros meses del año. En total, se han instado 17, cuatro menos que en el mismo trimestre del año anterior, cuando se registraron 21.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/incendio-forestal-que-ha-obligado-trabajar-toda-noche-bomberos-pueblo-navarra/20260622095933649944.html">El incendio forestal que ha obligado a desalojar a 80 vecinos en un pueblo de Navarra</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>También han aumentado los concursos incoados por <strong>personas naturales empresarias</strong>. Entre enero y marzo se han contabilizado 19, frente a los 3 registrados en el primer trimestre de 2025.</p>

<p>Por otra parte, los procedimientos abiertos por <strong>ejecuciones hipotecarias</strong> han descendido un 29,7% en Navarra. En este primer trimestre se han incoado 26, frente a los 37 contabilizados en el mismo periodo del año anterior.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/19/2026061916353248629.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/dineral-que-ha-gastado-pueblo-navarra-renovar-piscinas-verano/20260622075110649778.html">El dineral que se ha gastado un pueblo de Navarra para poder abrir sus piscinas municipales este verano</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>El informe del <strong>CGPJ</strong> también recoge un fuerte descenso de los lanzamientos derivados de ejecuciones hipotecarias. En Navarra se han practicado 2 desahucios de este tipo, seis menos que en el primer trimestre de 2025, cuando se llevaron a cabo 8.</p>

<p>Los desahucios practicados por el impago del alquiler de <strong>locales comerciales</strong> también han bajado en la Comunidad foral. Entre enero y marzo se han llevado a cabo 19 lanzamientos derivados de procedimientos de la Ley de Arrendamientos Urbanos, frente a los 33 registrados en el mismo periodo del año anterior.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/21/2026062118375292035.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sucesos/cortada-12-humo-incendio-que-obliga-desalojar-varias-viviendas-navarra/20260621183900649899.html">Un tremendo incendio devora varios coches, afecta a viviendas de Mañeru y obliga a cortar la autovía por la humareda</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Esto supone un descenso del 42,4% en los lanzamientos vinculados al <strong>impago del alquiler</strong>. La caída se suma a la reducción de otros indicadores judiciales relacionados con la actividad económica y las reclamaciones de deuda.</p>

<p>Los <strong>procedimientos monitorios</strong> han registrado una de las bajadas más importantes del informe. En los tribunales de instancia navarros se han instado 2.103 monitorios en el primer trimestre de 2026, frente a los 3.762 registrados entre enero y marzo de 2025.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/19/2026061919003843956.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/navarra/pueblo-navarra-que-abre-piscinas-noche-como-refugio-climatico-ola-calor/20260621143503649860.html">Un pueblo de Navarra decide abrir sus piscinas hasta la noche ante la llegada de una importante ola de calor</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>La reducción ha sido del 44,1% en este tipo de procesos, que sirven para reclamar <strong>deudas dinerarias</strong> líquidas, determinadas, vencidas y exigibles. También incluyen las cantidades debidas en concepto de gastos comunes de comunidades de propietarios de inmuebles urbanos.</p>

<p>En el ámbito laboral, las <strong>demandas por despido</strong> presentadas en el primer trimestre se han situado en 295. En el mismo periodo del año anterior se registraron 327, lo que supone un descenso del 9,8%.</p>

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	<div class="article-data"><a href="/articulo/pamplona/caos-trafico-pamplona-cortada-avenida-principal-obras-mas/20260622081942649934.html">Caos en el tráfico en Pamplona: cortada una avenida principal por unas obras de más de 285.000 euros</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>De igual forma, los tribunales de instancia de lo Social han contabilizado 305 <strong>reclamaciones de cantidad</strong> entre enero y marzo. En el primer trimestre de 2025 se plantearon 357, por lo que la disminución ha sido del 14,6%.</p>

<p>El informe también recoge los datos relativos a los juicios verbales posesorios por <strong>ocupación ilegal de viviendas</strong>. Esta estadística se publica desde el tercer trimestre de 2018, tras la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil mediante la ley 5/2018, de 11 de junio.</p>

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	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/06/19/2026061916353248629.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/sociedad/dineral-que-ha-gastado-pueblo-navarra-renovar-piscinas-verano/20260622075110649778.html">El dineral que se ha gastado un pueblo de Navarra para poder abrir sus piscinas municipales este verano</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Estos procedimientos se refieren a casos en los que los propietarios son personas físicas, entidades sin ánimo de lucro o entidades públicas poseedoras de vivienda social. En el primer trimestre de 2026 no se ha iniciado en Navarra ningún procedimiento de este tipo.</p>

<p>Los <strong>concursos en Navarra</strong> han sido, por tanto, el principal indicador al alza dentro del informe judicial del primer trimestre. El incremento se ha concentrado especialmente en las personas físicas no empresarias y en las personas naturales empresarias.</p>
]]></content:encoded>
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        <media:title><![CDATA[Los juzgados de Navarra notan el aumento de concursos mientras caen las reclamaciones de deuda]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Vista del Palacio de Justicia en Pamplona. PABLO LASAOSA]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Vista del Palacio de Justicia en Pamplona. PABLO LASAOSA]]></media:description>
      </media:content>
        </item>
                        <item>
  <title><![CDATA[Controlaba su móvil y la llegó a violar dos veces: la Audiencia de Navarra condena a un colombiano a tres años de prisión]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/controlaba-movil-llego-violar-dos-veces-condenado/20260618112024649618.html</link>
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  <pubDate>Thu, 18 Jun 2026 11:20:24 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[No podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante siete años]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>La <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/accedio-171-veces-historial-medico-yerno-ahora-justicia-navarra-condena/20260617122604649506.html"><strong>Audiencia de Navarra</strong></a> ha condenado a <strong>3 años de prisión</strong> a un acusado que <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/condenan-pamplona-peruano-que-violaba-mujer-pago-haberla-traido-espana/20240603140819539695.html">maltrató y violó en dos ocasiones a su pareja</a> en septiembre y octubre de 2023 en una vivienda de Pamplona.</p>

<p>La sentencia ha sido dictada de conformidad, después de un acuerdo alcanzado entre la fiscalía, la acusación particular y la defensa. Los hechos han sido considerados constitutivos de un delito de <strong>maltrato habitual</strong> y de un delito continuado de <strong>agresión sexual</strong> con acceso carnal.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2025/10/29/2025102917250393008.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/pamplona/asiron-aumenta-dispositivo-seguridad-carpa-violacion-pasada-edicion-alrededores/20260324152016637915.html">Asiron aumenta la seguridad para la Carpa tras la violación de la pasada edición en los alrededores</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Por el delito de maltrato habitual, el acusado ha sido condenado a un mes y 15 días de prisión. Esa pena ha sido sustituida por una <strong>multa de 540 euros</strong>.</p>

<p>Además, la <strong>Audiencia de Navarra</strong> le ha impuesto 3 años de prisión por el delito continuado de agresión sexual con acceso carnal. En ambos delitos han concurrido las atenuantes de reparación del daño y alteración psíquica, esta última estimada como cualificada.</p>

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	<li>
	<figure class="image capture"><img width="120" height="68" alt="" src="/asset/zoomcrop,480,270,center,center/media/navarra/images/2026/03/11/2026031114472441399.jpg" /></figure>

	<div class="article-data"><a href="/articulo/tribunales/masaje-que-acaba-violacion/20260311144850635941.html">Un masaje que acaba en violación: la Justicia condena a un hombre en Navarra pero no irá a la cárcel</a></div>
	</li>
</ul>
</div>

<p>Según ha trasladado el <a href="https://navarra.okdiario.com/tags/tribunal-superior-justicia-navarra/"><strong>Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong></a>, el encausado es un hombre natural de Colombia, de 29 años. No podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante 7 años.</p>

<p>El condenado también deberá cumplir una medida de <strong>libertad vigilada</strong> durante 5 años. Esta medida se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad.</p>

<p>En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la víctima con <strong>8.000 euros</strong> por el daño moral ocasionado. Esa cantidad ya había sido depositada por el inculpado antes de la celebración del juicio.</p>

<p>Por otra parte, la <strong>Audiencia de Navarra</strong> ha acordado en la sentencia que el procesado sea visto por el médico forense. Esa valoración se realizará antes de resolver si procede suspender su ingreso en prisión.</p>

<p>La sentencia de conformidad recoge que el acusado y la denunciante comenzaron su relación en diciembre de 2020. Durante esa relación, él mantuvo una actitud de “desprecio” y celos hacia ella.</p>

<p>Según la resolución judicial, el acusado la insultaba y con frecuencia se ponía agresivo. También golpeaba objetos en el contexto de esa convivencia y relación de pareja.</p>

<p>La actitud de <strong>control</strong> fue aumentando con el paso del tiempo. El acusado llegó a exigir a su pareja que compartiera su ubicación, a lo que ella accedió al sentirse “presionada”.</p>

<p>También le controlaba de forma constante el teléfono móvil. Bloqueaba o eliminaba contactos y se enfadaba si ella recibía mensajes de otras personas.</p>

<p>La sentencia recoge además que, en varias ocasiones, el acusado aseguró a la mujer que se iba a quitar la vida si no seguía con él. Cuando ella le comunicó que quería terminar la relación, él continuó intentando comunicarse con ella y merodeando por su domicilio.</p>

<p>En dos ocasiones, en días indeterminados de septiembre y octubre de 2023, ambos se encontraban en la vivienda del procesado, en <strong>Pamplona</strong>. Allí, según los hechos probados, él la violó.</p>

<p>La resolución judicial también señala que el condenado presentaba en aquellos momentos un trastorno por consumo de cannabis. En relación con los delitos perpetrados, el acusado “tendría alteradas sus facultades intelectivas y volitivas en grado moderado-grave”.</p>
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        <media:title><![CDATA[Controlaba su móvil y la llegó a violar dos veces: la Audiencia de Navarra condena a un colombiano a tres años de prisión]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[Mensajes de Whastapp en un teléfono sobre la imagen del edificio de la Audiencia de Navarra.]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[Mensajes de Whastapp en un teléfono sobre la imagen del edificio de la Audiencia de Navarra.]]></media:description>
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  <title><![CDATA[Accedió 171 veces al historial médico de su yerno y ahora la Justicia de Navarra la condena]]></title>
      <category><![CDATA[Tribunales]]></category>
    <link>https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/accedio-171-veces-historial-medico-yerno-ahora-justicia-navarra-condena/20260617122604649506.html</link>
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  <pubDate>Wed, 17 Jun 2026 12:26:04 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[Iranzu Larrasoaña]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[<p>La trabajadora del Centro de Salud de Alsasua deberá indemnizar a su yerno y cumplir una orden de alejamiento tras el acuerdo alcanzado en el juicio.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>Una <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/fiscalia-pide-3-anos-carcel-funcionaria-navarra-mirar-mas-100-veces-historial-medico/20260602090206647340.html"><strong>administrativa del Centro de Salud de Alsasua</strong></a> ha sido condenada por la Audiencia de Navarra a <strong>iranzu</strong> por <a href="https://navarra.okdiario.com/articulo/tribunales/juega-3-anos-prision-entrar-historial-medico-yerno-pueblo-navarra/20260309133154635743.html"><strong>acceder sin autorización en 171 ocasiones al historial médico de su yerno</strong></a>. La sentencia se ha dictado de conformidad tras el acuerdo alcanzado entre la fiscalía, la acusación particular y la defensa.</p>

<p>La condenada, trabajadora del <strong>Servicio Navarro de Salud</strong> destinada en Atención Primaria de <strong>Alsasua</strong>, tampoco podrá comunicarse ni aproximarse a menos de 200 metros de su yerno durante 5 años. Además, deberá indemnizarle con 15.000 euros por el daño moral causado.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>La Sección Primera de la <strong>Audiencia de Navarra</strong> ha considerado probado que la encausada accedió al historial sanitario de su yerno entre el 23 de junio de 2021 y el 15 de abril de 2024. Para ello utilizó el programa informático Atenea, empleado en el ámbito sanitario.</p>

<p>Los hechos han sido calificados como un <strong>delito continuado de revelación de secretos</strong> cometido por funcionario público. En la sentencia se ha aplicado la agravante de parentesco por afinidad y las atenuantes de anomalía o alteración psíquica y reparación del daño.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>La resolución judicial recoge que la acusada imprimió en 15 ocasiones la historia médica de su yerno. De esta forma, según la sentencia, tuvo “conocimiento de todos los datos sanitarios”.</p>

<p>En el momento de los hechos, la administrativa estaba diagnosticada de <strong>trastorno adaptativo</strong> y trastorno de control de impulsos. La sentencia señala que esta situación afectaba de manera leve a sus facultades intelectivas.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>Antes de la celebración del juicio, que tuvo lugar el pasado 2 de junio, la procesada había consignado 10.000 euros para reparar el daño causado. Esta cantidad ha sido tenida en cuenta dentro del acuerdo alcanzado por las partes.</p>

<p>La condena se suma a otro procedimiento anterior contra la misma funcionaria. El pasado mayo, el <strong>Tribunal Superior de Justicia de Navarra</strong> confirmó una pena de 8 años de prisión por haber accedido en 1.329 ocasiones a los informes médicos de su hija y de tres nietos.</p>

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	</li>
</ul>
</div>

<p>La Audiencia Provincial ha indicado que, cuando se acredite la firmeza de esa sentencia del TSJN, se aplicará el pacto alcanzado entre las partes. En virtud de ese acuerdo, se otorgará a la condenada la suspensión de la pena de prisión.</p>

<p>Esa suspensión quedará condicionada a que la administrativa no delinca durante 4 años, abone el resto de la indemnización y continúe en tratamiento psiquiátrico durante ese mismo periodo, salvo alta terapéutica anterior.</p>

<p>La condenada también deberá respetar las prohibiciones de comunicación y acercamiento impuestas respecto a su yerno. La sentencia se ha dictado después de que las acusaciones y la defensa cerraran un acuerdo el día del juicio en la <strong>Audiencia de Navarra</strong>.</p>
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        <media:text><![CDATA[Imagen generada con Inteligencia Artificial de una administrativa consultando el ordenador en un centro de salud. CHAT GPT]]></media:text>
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