TRIBUNALES

Violó a una conocida mientras estaba dormida: la prueba decisiva para su condena

Imagen generada con inteligencia artificial de un hombre observando a una mujer mientras duerme. CHAT GPT

El tribunal ha desestimado el recurso de la defensa y ha considerado probado que la víctima no pudo consentir porque se encontraba dormida.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado la condena de 6 años de prisión impuesta a un hombre que violó a una conocida mientras ella dormía en una vivienda de una localidad próxima a Pamplona.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJN ha desestimado íntegramente el recurso presentado por la defensa y ha ratificado la sentencia dictada en febrero por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra. La resolución puede ser recurrida ahora ante el Tribunal Supremo.

El condenado, natural de Ecuador, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante 9 años. Además, deberá cumplir una medida de libertad vigilada durante otros 5 años, una vez termine la pena de prisión.

El tribunal también ha fijado una indemnización de 3.000 euros para la mujer por el daño moral sufrido. Los hechos han sido considerados constitutivos de un delito de abuso sexual con introducción de miembros corporales por vía vaginal, con la atenuante simple de dilaciones indebidas.

Los hechos ocurrieron sobre las 20 horas del 20 de noviembre de 2020, cuando varias personas acudieron a la vivienda en la que residía el procesado con su entonces pareja. Entre ellas se encontraba la denunciante, que había acudido acompañada de un amigo.

Durante los preparativos y la cena, los asistentes consumieron bebidas alcohólicas y algunas personas fumaron marihuana, según recoge la sentencia. Después, jugaron a un juego de preguntas y retos en el que la víctima tomó 9 chupitos de ron y whisky.

Cuando se acabaron los licores, la mujer bebió además 4 copas de vino y una lata de cerveza. Ya de madrugada, cuatro personas se tumbaron en el salón, tanto en el sofá como en un colchón que habían sacado de un dormitorio.

Según la sentencia, cuando la denunciante estaba dormida, el procesado le introdujo “varios dedos en la vagina”. La mujer se despertó al sentir incomodidad en su cuerpo y, al percatarse de quién había abusado de ella, se quedó en estado de shock.

La resolución recoge que la víctima permaneció unos diez minutos tumbada, sin saber qué hacer y pensando en lo que le había ocurrido. Después, contó por mensajes lo sucedido a una amiga y decidió interponer la denuncia el día 23.

El TSJN ha considerado que el testimonio de la víctima ha quedado corroborado “de forma abrumadora” por varias evidencias incriminatorias. Entre ellas, ha destacado las conversaciones de WhatsApp mantenidas por la denunciante con una amiga justo después de los hechos.

En esos mensajes, la mujer le contó lo que acababa de suceder. El tribunal también ha valorado las declaraciones de las personas que estuvieron en la vivienda, que, según la sentencia, “avalan sin fisuras” el testimonio de la víctima sobre el desvelamiento de los hechos y las disculpas ofrecidas por el acusado.

La Sala ha resaltado igualmente la declaración de la madre de la víctima. La mujer oyó una conversación telefónica en la que un varón pedía insistentemente perdón a su hija, repetía que estaba bastante borracho y drogado y le pedía que no denunciara.

Los magistrados han citado también el dictamen médico-forense, en el que no se apreció contradicción respecto a lo relatado por la víctima. Además, el informe analítico determinó la existencia de ADN espermático en la ropa interior.

El tribunal ha valorado, por último, la declaración del propio acusado. Aunque mantuvo una versión exculpatoria, llegó a admitir en el juicio que había existido un contacto sexual, que calificó como “consentido”.

Para la Sala, sin embargo, el contexto de los hechos acredita “de forma indubitada” la falta de consentimiento. La sentencia subraya que la denunciante quedó en estado de shock, se encerró en el baño y empezó a relatar a una amiga por WhatsApp lo ocurrido.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha destacado que la víctima mantuvo desde ese primer momento y durante toda la causa una versión uniforme y persistente. En concreto, relató que el acusado le introdujo los dedos en la vagina mientras ella se encontraba dormida y, por tanto, en “condiciones claras de ausencia de consentimiento”.