• jueves, 12 de diciembre de 2024
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TRIBUNALES

Anular un pleno por WhatsApp no es válido: los tribunales 'abroncan' al alcalde del Valle de Egüés

La desconvocatoria se hizo mediante aplicación de mensajería Whatsapp y con "sólo un día de antelación", según ha explicado UPN en una nota.

Un pleno en el Valle de Egüés con el alcalde de Geroa Bai, Alfonso Echeberria.
Un pleno en el Valle de Egüés con el alcalde de Geroa Bai, Alfonso Echeberria.

El Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) ha anulado una notificación del Ayuntamiento del Valle de Egüés que suspendía la convocatoria de un pleno extraordinario en el que se iba a tratar la contratación de obras para la construcción de la escuela infantil de Sarriguren.

La desconvocatoria se hizo mediante aplicación de mensajería Whatsapp y con "sólo un día de antelación", según ha explicado UPN en una nota.

Ahora, el TAN ha resuelto que la decisión, recurrida por la formación regionalista, es contraria al ordenamiento jurídico. Según señala el tribunal, el artículo 78.3 de la ley foral de Administración Local dispone que, "cuando concurran circunstancias extraordinarias, el presidente podrá decretar la anulación de la convocatoria, que será motivada y deberá comunicarse a los miembros de la Corporación por el procedimiento más urgente".

"Pues bien, en el presente caso y así lo reconoce el Ayuntamiento impugnado, la anulación de la convocatoria de sesión a celebrar el día 4 de julio de 2018 no fue acompañada de la exteriorización de su motivación ni, consecuentemente, de la expresión de las circunstancias extraordinarias, en su caso, concurrentes", apunta el TAN.

La resolución del Tribunal Administrativo de Navarra añade que la convocatoria de la sesión extraordinaria del día 4 de julio se realizó el 29 de junio y que "en la tarde-noche del día 3 de julio de 2018 se recibe por whatsapp un mensaje, que informa de la suspensión del pleno extraordinario convocado, así como de que se remitirá convocatoria para pleno extraordinario a celebrar el día 6 de julio de 2018".

Según ha señalado UPN en una nota, el TAN concluye que "al haberse incumplido de modo tan claro y evidente el mandato legal que regula la posibilidad de anulación de una convocatoria de sesión plenaria realizada, procede estimar el presente recurso de alzada".

El grupo municipal de UPN ha afirmado que "otra vez se ponen de manifiesto las formas de actuar del alcalde de Geroa Bai, Alfonso Etxeberría, que es incapaz de seguir los procedimientos legales y que gestiona el ayuntamiento y adopta decisiones como si se tratara de una propiedad privada obviando al resto de grupos políticos".

"El equipo de gobierno municipal, con Alfonso Etxeberría a la cabeza, pretende una y otra vez dirigir el ayuntamiento a su antojo y disponer de los recursos comunes como si fueran propios. UPN no está dispuesto a permitirlo y recurriremos a los tribunales cuantas veces sea necesario", han afirmado desde la formación regionalista.

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