• miércoles, 11 de diciembre de 2024
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TRIBUNALES

El tribunal de 'La Manada' considera maltrato ocasional que un hombre intentara matar a su mujer

La sección segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado al hombre únicamente a 10 meses de prisión y le inhabilita 2 años y medio para tener la custodia de sus hijos.

Sala de Visitas del Palacio de Justicia de Navarra en la que tendrá lugar el juicio contra 'La Manada', presuntos autores de una violación múltiple en los Sanfermine (34)
Sala de Visitas del Palacio de Justicia de Navarra en la que tuvo lugar el juicio contra 'La Manada'. ARCHIVO / ALZUGARAY

La sección segunda de la Audiencia de Navarra, el mismo tribunal que condenó a 'La Manada' a 9 años de cárcel por un delito de abuso sexual y no por violación o agresión sexual como reclamaban las acusaciones y Fiscalía, ha vuelto a pronunciarse sobre un hombre que trató de matar a su mujer, al que absuelve de un delito homicidio en grado de tentativa y rebaja la condena a maltrato ocasional.

El hombre ha sido condenado a 10 meses de cárcel por un delito de maltrato ocasional, lejos de los 8 años y medio que reclamaba la Fiscalía y los 10 años de cárcel que pedía la acusación.

Los hechos ocurrieron en verano de 2017 en una localidad de la Ribera navarra. El matrimonio, que tiene dos hijos de 3 y 6 años, llevaba separado seis meses y estaba a punto de formalizar el divorcio.

El hombre volvió a la casa familiar para recoger algunas pertenencias, momento en el que marido y mujer comenzaron a mantener una fuerte discusión. Según los hechos probados en la sentencia emitida por la sección segunda, a la que ha tenido acceso Navarra.com, el condenado cogió un cuchillo de 15 centímetros.

"Salió apresuradamente, dirigiéndose hacia la víctima, portando en su mano derecha el cuchillo, que esgrimió dirigiéndolo hacia ella, siendo consciente de que con tal acción podía poner en peligro su vida", relata la sentencia en la que se explica que la mujer trató de protegerse y sufrió una "herida incisa muy superficial de un centímetro".

Los dos se cayeron al suelo y siguieron forcejando. Entonces el marido trató de asfixiar a la mujer. "Agarró con su mano izquierda el cuello de la víctima presionando fuertemente la zona peritraqueal, hasta que comprobó que ésta gesticulaba angustiosamente, le estaba haciendo daño, tosía, e igualmente le faltaba el aire y al ver su creciente estado de asfixia, de modo consciente y voluntario dejó de apretar el cuello, poniendo fin a la situación de peligro para su vida", se explica en el escrito judicial.

LOS NIÑOS PRESENCIARON LA AGRESIÓN

La agresión fue presenciada por los hijos del matrimonio. Según los hechos probados, la niña de 6 años gritó a su padre para que no siguiera hiriendo a su madre. "Déjala, no la mates", dijo la menor.

Además, la sentencia declara probado que la mujer "una vez incorporada, tras haber padecido la angustiosa situación relatada, salió a la terraza de la cocina con los niños, pidiendo ayuda a gritos, entre tanto el procesado permanecía en el interior de la cocina, pidiéndoles que entraran".

"Cuando la víctima regresó al interior de la cocina, el procesado le pidió que le perdonara por lo que había hecho, rogándole que no le denunciara y marchándose de la vivienda, después de tratar de despedirse de los niños", se señala.

LOS JUECES CONSIDERAN QUE "DESISTIÓ" DE MATAR A LA MUJER

El tribunal compuesto por José Francisco Cobo Sáenz, Ricardo Javier González y Raquel Fernandino Nosti justifica en su escrito la condena por maltrato ocasional y no por homicidio en grado de tentativa justificando que el agresor "desistió" de la idea de matar a su mujer.

Los jueces consideran que los hechos probados son "constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa", pero entienden que el hombre "desistió de forma eficaz": "El procesado, quien tenía a su disposición el cuchillo antes referido, de manera libre y voluntaria, no continuó con la reiteración o insistencia en actos dirigidos a lograr la muerte de la mujer; por este motivo cesó la situación de peligro para su vida".

Por todo ello, los magistrado consideran que, al haber desistido el acusado de su tentativa de estrangulamiento de manera voluntaria, el hombre debe ser condenado solo por maltrato ocasional en aplicación del Código Penal y la jurisprudencia que lo interpreta. Esta circunstancia, añaden los jueces, le eximen de la responsabilidad por homicidio, aunque procede la condena por las lesiones producidas.

En la sentencia se condena al hombre a 10 meses y 15 días de prisión, a la inhabilitación de la patria potestad durante 2 años y medio, a la prohibición de acercarse a la mujer o a sus hijos o a comunicarse con ellos durante 2 años, 10 meses y 15 días, y al pago de una indemnización de 5.150 euros.

MARLASKA PIDE RESPETO A TODAS LAS SENTENCIAS

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha pedido este jueves en Bilbao el "necesario respeto" para todas las sentencias aunque no las comparta, en relación con esta resolución de la Audiencia de Navarra.

Preguntado por esta sentencia por los periodistas, Grande-Marlaska ha comentado que aún no la ha leído, pero que debe haber un "necesario respeto" hacia todas las sentencias, "que no quiere decir que la comparta".

"Si los hechos son en esos términos, hay altas probabilidades de no compartirla, pero con todas las cautelas, y hay que esperar a que alcance firmeza para valorar", ha añadido. El ministro del Interior ha confiado en que este tipo de resoluciones no causen "desánimo" en la sociedad.

"Somos 5.500 jueces ejerciendo y dictamos muchísimas sentencias, también en el ámbito de violencia contra la mujer y unos pocos elementos fácticos, no personas, o resoluciones no pueden generar desconfianza en el sistema judicial en modo alguno", ha añadido.

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