• lunes, 21 de septiembre de 2026
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PAMPLONA

Asiron permite a algunos lo que deniega a otros: autoriza un concierto en la Chantrea pero veta pinchar música en la Media Luna

El Ayuntamiento permitió en la plaza Arriurdiñeta una paellada de 15 euros y un concierto de cuatro horas, mientras rechazó que el establecimiento del parque de la Media Luna pinchara vinilos en el exterior

Fotomontaje de Joseba Asiron y el concejal de Seguridad Ciudadana, Endika Alonso, sobre una imagen del bar de la Media Luna.
Fotomontaje de Joseba Asiron y el concejal de Seguridad Ciudadana, Endika Alonso, sobre una imagen del bar de la Media Luna.

Dos resoluciones del Ayuntamiento de Pamplona, firmadas con apenas cinco días de diferencia, han dejado un llamativo contraste en la aplicación de los criterios municipales para celebrar actividades vinculadas a establecimientos de hostelería en espacios públicos.

El 4 de septiembre, el Área de Seguridad y Convivencia Ciudadana autorizó a Kaskallueta Elkartea y al Bar Harpea a celebrar al día siguiente una "paella popular y concierto" en la plaza Arriurdiñeta, donde se encuentra este establecimiento de la Chantrea. La autorización fijó la comida entre las 14.30 y las 16.30 horas y permitió el concierto desde las 18 hasta las 22 horas.

La actividad tenía además una vertiente económica. El cartel difundido por Harpea Taberna anunciaba un precio de 15 euros por persona por una comida compuesta por ensalada, paella, postre, vino y gaseosa, además del posterior concierto. El hecho de que existiera un precio acredita que la comida no era gratuita.

Sólo cinco días después, el 9 de septiembre, el mismo Área de Seguridad y Convivencia Ciudadana resolvió en sentido contrario una petición para pinchar vinilos y poner música en el exterior del Bar Media Luna el sábado 12 de septiembre. En este caso, el Ayuntamiento denegó expresamente la autorización.

La primera razón utilizada por el Consistorio resulta especialmente significativa. La resolución recuerda que la Ordenanza reguladora de terrazas "prohíbe la emisión de música en las terrazas". Como segundo argumento, añade que se trataba de "una solicitud de un particular para una actividad de índole privada", no promovida por una asociación o entidad sin ánimo de lucro ni conveniada con el Ayuntamiento.

La propia ordenanza de terrazas confirma esa limitación. Su artículo 11 establece, "como norma general", la prohibición de instalar en las terrazas equipos de música, altavoces, televisores o cualquier otro aparato reproductor de imagen o sonido. La instalación de este tipo de elementos está además tipificada como infracción muy grave.

La resolución concedida al Harpea, sin embargo, autorizó expresamente un concierto en la plaza y estableció incluso sus condiciones acústicas. El Ayuntamiento exigió que se controlara el volumen y fijó como referencia un máximo de 60 dBA durante el día en zonas residenciales

También existen diferencias entre ambos expedientes. Los criterios municipales vigentes para autorizar actividades en espacios públicos establecen que se deben priorizar las iniciativas sin ánimo de lucro, benéficas o destinadas al disfrute general, pero no contienen una prohibición absoluta de las actividades comerciales o particulares: señalan que estas "sólo se autorizarán en determinadas condiciones". Para los eventos festivos, la misma resolución establece que no se autorizarán aquellos cuyo objeto sea "particular comercial".

En este caso, la autorización de la plaza Arriurdiñeta no sólo incluyó el concierto. También permitió la celebración de la comida, aunque obligó a elaborar (que no a degustar) la paella dentro del establecimiento.

La situación del Bar Media Luna tiene además una particularidad. Se trata de una cafetería situada en pleno parque de la Media Luna y el propio inmueble es municipal. El Ayuntamiento adjudicó en 2025 su explotación hasta finales de 2034 por un canon anual de 24.000 euros y destacó públicamente que la propuesta ganadora incluía precisamente "programación cultural y musical"

Este llamativo choque de criterios ha levantado ya soterradas críticas entre diversos profesionales del sector hostelero de la capital. Resulta difícil obviar que las facilidades administrativas, la flexibilidad en el control de ruidos y las excepciones a la ordenanza parecen fluir con notable agilidad cuando las solicitudes proceden de colectivos o locales radicados en el entorno sociopolítico afín al equipo de gobierno.

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