• martes, 03 de diciembre de 2024
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POLÍTICA

El TAN expedienta a Bildu en Viana y le reclama los gastos por colocar la ikurriña

Exige también que en el próximo pleno se debata la petición de NA+ de rechazo a la colocación de la ikurriña en 2019.

Fachada del Ayuntamiento de Viana (Navarra). Facebook.
Fachada del Ayuntamiento de Viana. FACEBOOK

El Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) ha estimado parcialmente un recurso de alzada presentado por el grupo municipal de Navarra Suma en Viana y ha declarado la obligación de la alcaldesa, Yolanda Gómez (PSN), de incoar el correspondiente procedimiento para exigir a Bildu el reintegro de los gastos que ha ocasionado al Ayuntamiento acatar la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona nº1 por la colocación de la ikurriña el día del cohete anunciador de las fiestas de 2019.

Por ello, desde NA+ se ha pedido a González que “no dilate más en el tiempo esta exigencia, cumpla dicha resolución y afronte su responsabilidad en el asunto”.

Cabe recordar que NA+ presentó una moción el 18 de febrero de 2020 en la que se exigía a la concejala Irantzu Antoñana y al grupo municipal de EH Bildu el reintegro de los gastos que ha ocasionado al Ayuntamiento acatar la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona nº1, así como la cantidad facturada a los procuradores y abogados asignados para la defensa y representación del Ayuntamiento. En la misma moción se pedía también el rechazo de manera firme y contundente del acto de colocación de la ikurriña en la fachada de la Casa Consistorial.

Esta moción se incluyó para su debate en la sesión de pleno del 18 de junio, cuatro meses después, pero la alcaldesa, Yolanda González (PSN), rechazó someterla a votación al considerar ésta que no era resolutiva y que no era competencia del Pleno, sino de la alcaldía. Dicha denegación fue recurrida por el grupo municipal de NA+.

Ahora, el tribunal estima parcialmente el recurso de NA+ al considerar que la apertura del expediente para la posible repercusión de los gastos es competencia de alcaldía, pero en la misma resolución declara “la obligación de la Alcaldía de incoar el correspondiente procedimiento para la exigencia de la responsabilidad solicitada por los recurrentes, todo ello sin prejuzgar el resultado del mismo”.

Además, declara el derecho del grupo municipal de NA+ “a que el apartado de la proposición referente al rechazo de manera firme y contundente de la colocación de la ikurriña en la fachada de la Casa Consistorial y a la publicación del acuerdo en la página web y tablón de anuncios del Ayuntamiento se debata en la primera sesión que se celebre tras la notificación de esta resolución”.

Para NA+, “la decisión de la alcaldesa fue en realidad una argucia para evitar pedir responsabilidades a sus socios de gobierno, con el único propósito de evitar la condena de este acto protagonizado por la concejal de EH Bildu”.

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