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ECONOMÍA

Los pasos a seguir con las hipotecas referenciadas al IRPH: advierten de no llegar a 'acuerdos trampa' con los bancos

El abogado navarro Jorge Iribarren ha adelantado que "habrá que acudir a los tribunales para reclamar lo pagado de más".

Imagen de archivo de un cliente firmando una hipoteca con el gestor de un banco. ARCHIVO
Imagen de archivo de un cliente firmando una hipoteca con el gestor de un banco. ARCHIVO

La sentencia del abogado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) deja claro que el Índice de Referencia Préstamos Hipotecarios (IRPH) no es un índice transparente por el mero hecho de ser oficial y, por tanto, los jueces pueden estudiar si es abusivo o no. El letrado contradice la doctrina del Tribunal Supremo español, que lo avaló en el 2017 y declaró que la referenciación de una hipoteca a un tipo oficial como el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad.

Entre 8.000 y 9.000 familias navarras podrían ver afectadas sus hipotecas por el IRPH, por lo que desde NAVARRA.COM se ha abordado la cuestión con Jorge Iribarren, experto del buffete Iribarren Ribas de Tudela.

Iribarren considera que "aunque las conclusiones del Abogado General no pueden determinar la decisión del Tribunal de Justicia al carecer de carácter vinculante, en este caso sí que son un buen indicativo del sentido que pueda tomar la ulterior sentencia ya que sus opiniones en materia de consumidores suelen ser menos proteccionistas que las dictadas por el órgano jurisdiccional europeo y realmente lo que ha hecho en el informe es aplicar la doctrina del TJUE".

ANÁLISIS DEL CONFLICTO

Los expertos son conscientes de que es un tema complicado de entender, por lo que el abogado explica que "en este procedimiento lo que se discute es si las entidades bancarias cumplieron con su deber de suministrar información a los clientes que les permitiría tomar una decisión fundada sobre el producto que estaban contratando, es decir, si la cláusula en la que se incluye el IRPH supera el filtro de transparencia", explica el abogado.

En cuanto a los criterios el Abogado General ha perfilado "los elementos que esa información debía contener para poder considerar que el cliente hubiese podido tomar una decisión prudente incluyendo el método de cálculo del tipo de interés, los elementos que lo componen, las disposiciones normativas nacionales que lo determinan y la evolución en el pasado del índice de referencia y la comparativa con otros índices", explica Iribarren.

Los años en los que este índice tuvo mayor operatividad son entre 2003 y 2007, pero hasta el 2015 se ha seguido referenciando hipotecas con este índice.

'ACUERDOS TRAMPA' DE LOS BANCOS

Respecto al dinero que se debería devolver al consumidor en caso de que la sentencia se haga efectiva, Iribarren considera que "las cantidades rondarían el 20-25% del importe total de la hipoteca y un ahorro a futuro del 10% de la misma por los intereses que va a dejar de pagar. De todas formas es muy difícil hacer un cálculo porque depende de muchas variables, pero las cantidades son siempre muy altas, de media rondan los 25.000 €".

Los expertos como Iribarren piden precaución a la hora de acudir al banco y no firmar ningún 'acuerdo trampa'. "Los bancos que están llamando a sus clientes para ofrecer acuerdos que suponen realizar cambios en su hipoteca, referenciándola al Euribor, a cambio de que la entidad se asegura de que el cliente no pueda reclamar después los intereses pagados ya por IRPH, y que podrían declararse nulos según ha dictaminado el abogado del TJUE y varios juzgados de España que han elevado el asunto a la Unión Europea".

Declarada la nulidad de la clausula que incluye el IRPH "nos encontraríamos con un préstamo hipotecario que no tendría ningún tipo de interés por lo que el cliente se beneficiaría de la devolución de todos los interés pagados y su hipoteca no devengaría en lo sucesivo más intereses, con los acuerdos trampa los bancos están obligando al cliente a renunciar a reclamar los intereses pagados de más (que como media pueden alcanzar los 25.000€)", cuestión por la que según Iribarren, los bancos obligan a los clientes "a firmar una hipoteca con un Euribor y un diferencial elevado, por lo que no se acogerían a las ventajas de restitución de las cuantías indebidamente cobradas hasta ese momento ni del ahorro que tendría de las cantidades futuras".

RECLAMACIÓN DE LA DEVOLUCIÓN

Respecto al proceso de reclamación de la devolución del dinero, Iribarren recomienda que "en este momento extrajudicialmente no se podrán alcanzar acuerdos en esta materia y se tendrá que proceder judicialmente, nuestra recomendación desde el bufete es que el cliente se ponga en contacto con su abogado para que le pueda asesorar sobre las cláusulas de su hipoteca y,en el caso de que tenga IRPH, realizar un cálculo de las cantidades pagadas de más y de los pasos a seguir".

REPERCUSIÓN EN LA ECONOMÍA NAVARRA

Respecto al impacto que supondría en la economía española la devolución al cliente de este dinero que se le cobró de más, el abogado navarro expresa que "se está hablando de que puede haber un millón de hipotecas afectadas por lo que con un cálculo medio de un perjuicio del consumidor de 20.000 € por lo que el impacto podría rondar los 20.000 millones de euros" a nivel estatal.

Del mismo modo, tomando estas referencias y teniendo en cuenta que en Navarra la incidencia de este índice sería menor, el perjuicio económico no sería tan elevado como en otras Comunidades Autónomas. 10. ¿Cuando se podría conocer la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE? A finales de este año o principio del 2020 seguramente tengamos la respuesta definitiva sobre esta cuestión.

SIMILITUD CON LA 'CLAÚSULA SUELO'

A muchos clientes este caso les ha recordado a la reciente sentencia sobre la 'claúsula suelo' por sus similitudes pero también albergan diferencias. "El parecido principal lo podemos encontrar en que en ambos la posición de la Comisión fue a favor de declarar la nulidad de las cláusulas y como diferencia que el Abogado General en el caso de las clausulas suelo se posicionó del lado de la banca y en este caso ha seguido el posicionamiento de la Comisión. Esto nos hace pensar que la sentencia del TJUE teniendo en cuenta los votos particulares del Tribunal Supremo, el dictamen de la Comisión y las conclusiones del Abogado General vaya en la misma línea", concluye.

A pesar de que esto no es definitivo, todo apunta a que la decisión del TJUE acabará del lado del consumidor. "A finales de este año o principio del 2020 seguramente tengamos la respuesta definitiva sobre esta cuestión", concluye Jorge Iribarren.

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