• viernes, 06 de diciembre de 2024
  • Actualizado 09:28
 
 

SOCIEDAD

El Colegio de Enfermería ve innecesaria la formación adicional de 180 horas

Rechazan también la obligatoriedad de acreditarse como prescriptor, otro de los puntos recogidos en el Real Decreto de prescripción enfermera.

Enfermeras atendiendo a dos pacientes.
Enfermeras atendiendo a dos pacientes.

El Colegio Oficial de Enfermería de Navarra ha considerado "innecesarias" la "formación complementaria y la obligatoriedad de acreditarse como prescriptor, dos puntos recogidos en el Real Decreto de prescripción enfermera".

Según el Real Decreto aprobado el pasado 23 de octubre por el Consejo de Ministros, una norma a la que se opone el Colegio navarro, las enfermeras "no podrán usar ni indicar productos sanitarios (por ejemplo, material de curas) ni medicamentos no sujetos a prescripción médica sin la firma de un médico".

Igualmente, ha explicado el Colegio de Enfermería en un comunicado, "la administración de medicamentos sujetos a prescripción médica tendrá que ser autorizada en cada caso concreto por un médico hasta que se desarrollen las nuevas guías o protocolos de práctica clínica y asistencial consensuadas por el Ministerio de Sanidad y los Consejos Generales de Enfermería y Médicos, entre otros organismos, que prevé el Real Decreto".

Aunque el presidente del Colegio, Carlos Sesma, ha reconocido que "el decreto cambia la situación legal de la Enfermería y, si se aplica al pie de la letra, podría llegar a paralizar el sistema sanitario", ha recordado que "a día de hoy todavía no ha sido publicado en el BOE y, por tanto, no está vigente". "Por ese motivo, hemos preferido no alarmar a la población ni a las enfermeras navarras", ha expuesto.

En este sentido, el Colegio de Enfermería de Navarra se ha mostrado a favor de que se regule la prescripción enfermera existente en la actualidad. "Sin embargo, no estamos de acuerdo con la obligación que se propone de una formación adicional de 180 horas. Ya hemos recibido formación sobre Farmacología en la titulación universitaria que nos capacita para seguir realizando nuestras actividades propias en las unidades de Enfermería", ha defendido Carlos Sesma.

Del mismo modo, la Junta de Gobierno del Colegio se ha mostrado disconforme "con el requisito, previsto en el Real Decreto, de obtener con una acreditación específica para prescribir, que debe estar inscrita en el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios". "Nos oponemos ya que el número de colegiación es aceptado legalmente como identificador y registro de la actividad e intervenciones profesionales de Enfermería", ha afirmado Sesma.

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