• viernes, 24 de abril de 2026
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TRIBUNALES

Cambio en el caso de la mujer que cayó de un tercer piso en Pamplona: libertad para el investigado por la muerte de su expareja

La magistrada considera que ya no puede alterar pruebas y fija medidas para asegurar su presencia judicial

La Policía Municipal de Pamplona ha detenido este domingo a un hombre, por quebrantamiento de condena, después de que una mujer se haya precipitado desde la terraza de un edificio de viviendas en el barrio de San Jorge. El suceso, ha informado a EFE la Policía Municipal de Pamplona, ha tenido lugar hacia las 4:30 horas de este domingo en la calle Sanduzelai, hasta donde se ha desplazado además un equipo médico que no ha podido hacer nada por salvar la vida de la mujer.-EFE/ Iñaki Porto
Zona de Pamplona donde una mujer cayó desde la terraza de un edificio de viviendas en el barrio de San Jorge.-EFE/ Iñaki Porto

La juez de Pamplona ha decretado la libertad provisional del hombre que permanecía en prisión tras la muerte de su expareja el pasado día 12, cuando la mujer se precipitó desde un tercer piso en el barrio de San Jorge.

La decisión se ha producido después de una comparecencia celebrada este jueves, en la que la Fiscalía ya había solicitado su puesta en libertad. La magistrada ha considerado que el investigado “no puede alterar ya pruebas” y que las posibles penas permiten aplicar medidas menos restrictivas.

El hombre, que había ingresado en prisión el día 14, está investigado por detención ilegal y quebrantamiento de medida cautelar, en relación con unos hechos que siguen bajo investigación judicial.

La resolución establece varias condiciones. El acusado deberá comparecer cada 15 días en el juzgado y comunicar cualquier cambio de domicilio, con el objetivo de garantizar su disponibilidad ante la justicia.

Según recoge el auto, la relación entre la víctima y el encausado había estado marcada por episodios previos. La mujer había denunciado por malos tratos al investigado y en septiembre de 2025 se había dictado una orden de alejamiento.

La magistrada señala que, pese a esa orden, ambos continuaban conviviendo y manteniendo contacto. También considera probado que el día de los hechos el acusado cerró la puerta de la vivienda, aunque subraya que en el interior había otras personas con llave.

En este sentido, la juez apunta que la decisión de la mujer fue “personal y fatídica”, en un contexto de discusiones previas entre ambos, caracterizadas por rupturas y reconciliaciones.

Asimismo, la resolución recoge que, momentos antes de la caída, no se produjo una discusión relevante, más allá de la intención de la mujer de abandonar la vivienda. También indica que la víctima se encontraba bajo los efectos de alcohol y sustancias.

El auto judicial menciona además que en la causa constan informes de la Policía Municipal, grabaciones del portal y declaraciones de testigos, incluidos convivientes y la responsable de un bar que los vio antes de los hechos.

La magistrada ha tenido en cuenta que el investigado tiene trabajo en una entidad pública, domicilio en España y arraigo familiar, factores que han pesado en la decisión de sustituir la prisión provisional por medidas cautelares.

La resolución no es firme y puede ser recurrida.

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