• martes, 14 de abril de 2026
  • Actualizado 19:51
 
 

TRIBUNALES

El juez confirma que la mujer muerta en Pamplona huía por la ventana y manda a la cárcel a su expareja

La resolución judicial destaca que existía una orden de alejamiento vigente y que el investigado la incumplía pese a conocerla perfectamente.

La Policía Municipal de Pamplona ha detenido este domingo a un hombre, por quebrantamiento de condena, después de que una mujer se haya precipitado desde la terraza de un edificio de viviendas en el barrio de San Jorge. El suceso, ha informado a EFE la Policía Municipal de Pamplona, ha tenido lugar hacia las 4:30 horas de este domingo en la calle Sanduzelai, hasta donde se ha desplazado además un equipo médico que no ha podido hacer nada por salvar la vida de la mujer.-EFE/ Iñaki Porto
Lugar donde ocurrieron los hechos en Pamplona. EFE/ Iñaki Porto

El juez ha decretado el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza del hombre de nacionalidad argelina detenido el pasado día 12 tras la muerte de su expareja, que se precipitó cuando trataba de descolgarse desde una ventana del domicilio de él, un tercer piso situado en el barrio pamplonés de San Jorge.

El titular del juzgado número 2 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Pamplona le imputa un quebrantamiento continuado de medida cautelar en concurso con un delito de detención ilegal, según recoge una resolución judicial que puede ser recurrida.

La pareja había mantenido una relación sentimental durante la cual la mujer, natural de Nicaragua y de 37 años, interpuso una denuncia contra él por un delito de malos tratos. En ese procedimiento, en septiembre de 2025 se decretó una orden de alejamiento que seguía en vigor en el momento de los hechos.

Pese a ello, ambos habían retomado la relación desde hacía aproximadamente dos meses. El magistrado subraya en el auto que el investigado era “perfectamente conocedor” de la vigencia de esa resolución judicial y sostiene que había mostrado una actitud “deliberadamente obstativa y despreciativa” hacia su cumplimiento.

Según consta en la resolución, el atestado deja reflejado que una testigo que convivía en la vivienda, y que se encontraba en una habitación contigua, escuchó sobre las 4.10 horas cómo la víctima abrió la puerta de acceso al piso con intención de abandonar la vivienda.

Sin embargo, siempre según el relato judicial, el investigado se lo impidió de inmediato. Primero cerró la puerta con fuerza y después la cerró con llave, “de forma que no dejó que la mujer saliese del domicilio”, recoge el auto.

A continuación, la misma testigo oyó un golpe en la cocina, como si la puerta de esa estancia hubiera chocado contra una mesa. Por ello interpretó que el investigado había podido empujar a la víctima, a la que también escuchó emitir “sonidos jadeantes”.

Después de volver a acostarse, esta conviviente oyó “un grito de mujer como si viniese de la calle”, mientras el investigado gritaba: “¡Por qué, Dios, por qué!”.

El magistrado relata además que el atestado deja constancia de la precipitación de la víctima desde una ventana del piso, desde la que se habría intentado descolgar utilizando sábanas. También señala que los testigos coincidieron en que la puerta de la vivienda no solía quedar cerrada, aunque una de las personas presentes oyó cómo se cerraba por dentro cuando la mujer quería marcharse.

El juez añade que esa circunstancia se produjo mientras ambos mantenían una discusión dentro del domicilio, extremo que el investigado no niega, aunque ofreció una versión exculpatoria en la que atribuyó la tensión vivida a los celos de la víctima.

La resolución también recuerda que entre los motivos de la denuncia presentada por la mujer en septiembre de 2025 figuraba que el encausado la había golpeado y que le había impedido salir del lugar en el que se encontraba, reteniéndola contra su voluntad.

Con esos elementos, el magistrado ha acordado la prisión solicitada por la Fiscalía, tanto por la gravedad de las penas previstas para los delitos que se investigan como para evitar una posible fuga del encausado, al que describe en una “situación irregular y carente de arraigo”.

¿Tienes una tienda, un bar, un restaurante o un local comercial en Pamplona o alguna localidad de Navarra?

¿Quieres salir en nuestra sección de Comercio Local y que miles de personas conozcan todo lo que ofreces con una noticia y fotografías hechas por profesionales?

Escríbenos a esta dirección y hablaremos contigo para contactar cuando antes: [email protected]


Apóyanos para seguir realizando periodismo independiente.


  • Los comentarios que falten el respeto y que no se ciñan al tema de la noticia, podrán ser eliminados.
  • Cada usuario será el único responsable de sus comentarios.
El juez confirma que la mujer muerta en Pamplona huía por la ventana y manda a la cárcel a su expareja