La Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a 22 meses de prisión a un hombre por maltrato físico y psíquico a su esposa y sus dos hijos.
La sentencia ha sido dictada de conformidad después del acuerdo alcanzado entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa. El condenado, natural de Pamplona, tampoco podrá acercarse ni comunicarse con su mujer y sus hijos durante cuatro años.
En concreto, tendrá prohibido aproximarse a ellos a menos de 300 metros. El matrimonio se encuentra actualmente en trámites de separación, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
La pareja había convivido durante más de 20 años en una localidad de la merindad de Pamplona. Durante ese tiempo, el acusado se dirigía de forma habitual a su esposa con expresiones insultantes y vejatorias.
La resolución judicial señala que este comportamiento estaba motivado por el carácter "voluble y agresivo" del procesado y por la "nula consideración" que tenía hacia su mujer. El maltrato físico y psíquico se fue agravando con el paso del tiempo.
La situación provocó que la mujer viviera con miedo y angustia. Temía cualquier posible reacción de su marido ante alguna acción o comentario que pudiera molestarle.
El condenado también mantuvo un comportamiento agresivo con sus hijos. La sentencia destaca especialmente el trato que dispensaba a su hija, a la que insultaba, empujaba y abofeteaba.
En una ocasión, el acusado llegó a agarrar del cuello a su hija. También había abofeteado alguna vez a su hijo por las notas obtenidas.
Los gritos, reproches, empujones y golpes llevaron a la esposa a una "situación extrema". En enero de 2023, la mujer protagonizó un intento autolítico, según los hechos declarados probados en la sentencia.
A finales de junio de ese mismo año, la madre recibió el alta y regresó al domicilio familiar. Poco después comenzó una nueva discusión en la que el procesado volvió a insultarla.
La hija decidió entonces avisar a la Guardia Civil. Desde ese día, el acusado abandonó la vivienda situada en la merindad de Pamplona y continuaron los trámites de separación.
Los hechos han sido considerados constitutivos de un delito de violencia física y psíquica habitual en el ámbito de la violencia de género y doméstica.
La Audiencia de Navarra ha acordado suspender durante dos años la pena de prisión impuesta. Esta decisión ha contado con el consentimiento de las acusaciones y de la defensa, aunque está condicionada al cumplimiento de varias medidas.
El condenado deberá realizar los actos necesarios para hacer frente a la responsabilidad civil, respetar las prohibiciones de acercamiento y comunicación y participar en un programa formativo de igualdad de trato y no discriminación.