• viernes, 29 de marzo de 2024
  • Actualizado 12:56
 
 

TRIBUNALES

El TSJN avala las medidas restrictivas de Chivite: entran en vigor este miércoles

La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que son unas medidas "necesarias y proporcionadas" por el aumento de los contagios.

La presidenta del Gobierno Foral, María Chivite y la consejera de salud Santos Induráin antes de participar en la concentración este miércoles frente al Palacio de Navarra para mostrar su rechazo a la violencia machista. Con motivo del Día Internacional contra la Violencia hacia las Mujeres, los miembros del Ejecutivo han guardado un minuto de silencio ante las pancartas colocadas en la fachada del Palacio de Navarra con las manos de color violeta, símbolo de la lucha contra la violencia machista. EFE/ Jesús Diges
La presidenta del Gobierno Foral, María Chivite y la consejera de salud Santos Induráin. EFE/ Jesús Diges

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha estimado la solicitud del Gobierno foral y ha autorizado el cierre de los bares y discotecas a la una de la madrugada, así como la extensión del certificado COVID a residencias, hoteles o gimnasios.

En el auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN sostiene que, a la vista de los informes aportados por el Ejecutivo navarro, las medidas acordadas son necesarias y proporcionadas para intentar atajar los contagios.

La Orden Foral 63/2021 de la consejera de Salud, que entra en vigor este miércoles y estará vigente hasta el 14 de enero, establece además la obligatoriedad del consumo sentado en mesas para un máximo de 10 personas y la regulación de eventos específicos de carácter social, cultural y deportivo, así como actividades navideñas.

En esta orden foral se incluye la petición del certificado COVID para acceder a las residencias y centros sociosanitarios, medida ya contenida en la orden foral aprobada la semana pasada por la consejera de Derechos Sociales y que el TSJN no avaló por falta de competencia, ya que la solicitud debió ser dictada por la consejera de Salud.

El citado pasaporte se va a requerir para el acceso de las personas de más de 12 años a los locales y establecimientos con licencia de discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, eventos multitudinarios en el interior (excepto los eventos deportivos que tengan la regulación del documento de actuaciones coordinadas del ministerio de sanidad), bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, establecimientos en espacios multifuncionales, restaurantes (excluidos comedores de universidades y comedores de empresa), alojamientos turísticos como albergues, hoteles y similares, gimnasios, instalaciones en las que se desarrollen actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados, con excepción de los entrenamientos deportivos de competiciones organizadas.


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