El Gobierno de Navarra ha archivado el procedimiento para modificar la autorización ambiental de la planta centralizada de fangos de Tudela, una instalación de titularidad de Navarra de Infraestructuras Locales, S.A. (Nilsa). La decisión se ha adoptado al considerar negativos los informes urbanísticos emitidos por el Ayuntamiento de Tudela.
La Dirección General de Medio Ambiente ha resuelto cerrar las actuaciones y poner fin al expediente de modificación sustancial de la autorización ambiental unificada. La resolución ha sido trasladada a los servicios jurídicos del Consistorio tudelano para que procedan a su análisis y valoración.
Los informes urbanísticos de Tudela
La resolución ha determinado que los distintos documentos presentados por el Ayuntamiento de Tudela deben calificarse como informes urbanísticos negativos. Esta consideración ha llevado al Ejecutivo foral a archivar el procedimiento relacionado con la planta, ubicada en el término municipal de la capital ribera.
El expediente se inició en 2023, cuando Nilsa solicitó una modificación de la autorización ambiental unificada del proyecto. Durante su tramitación, el Gobierno de Navarra consideró que la actuación debía someterse a una Autorización Ambiental Integrada (AAI) porque superaba determinados umbrales establecidos por la legislación.
Una autorización concedida y posteriormente anulada
La Autorización Ambiental Integrada fue concedida en noviembre de 2025. Sin embargo, la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE), el Ayuntamiento de Tudela y varias entidades ecologistas presentaron recursos contra esa autorización.
Posteriormente, el Gobierno foral estimó el requerimiento formulado por la CHE y anuló la AAI. La Administración entendió que se habían incluido indebidamente en ella la estación depuradora de aguas residuales y el vertido al río Ebro. Por este motivo, ordenó retrotraer las actuaciones y continuar la tramitación como una modificación de la autorización ambiental unificada.
Los recursos que permite la resolución
La nueva resolución no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán presentar un recurso de alzada en el plazo de un mes, mientras que las Administraciones Públicas dispondrán de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo.
La decisión ha sido comunicada a Nilsa, al Ayuntamiento de Tudela, a la Fundación Sustrai Erakuntza, a la Asociación Landazuria Ecologistas en Acción de la Ribera y a la Confederación Hidrográfica del Ebro. También se ha trasladado a diferentes servicios y secciones del Gobierno de Navarra relacionados con el territorio, la biodiversidad, el guarderío y el régimen jurídico de Medio Ambiente.
Informes contradictorios
El Gobierno de Navarra ha afirmado este lunes que la decisión de archivar la autorización ambiental de la modificación de las instalaciones de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Tudela se debe a "la existencia de informes de compatibilidad urbanística (ICU) contradictorios en el Ayuntamiento de la capital ribera".
"La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, después de solicitar un informe a sus propios servicios jurídicos consultando el proceder, ha resuelto archivar la autorización ambiental de la modificación de las instalaciones de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Tudela por la existencia de informes de compatibilidad urbanística (ICU) contradictorios en el Ayuntamiento de la capital ribera", han indicado fuentes del departamento.
Concretamente, "después de que la autorización ambiental hubiera sido concedida en noviembre de 2025 con dos informes urbanísticos favorables del Ayuntamiento de Tudela, apenas tres meses después, el pasado mes de febrero, este mismo Consistorio envió un ICU desfavorable, aun cuando no había habido ninguna modificación sobre el proyecto ni en la normativa urbanística municipal".
Ante esta "situación contradictoria", Medio Ambiente "requirió aclaraciones al Ayuntamiento tudelano, que se ratificó en su veto, posteriormente pidió en informe a sus propios servicios jurídicos, que han considerado que, ante esta situación, procede el archivo del expediente, tal y como se acaba de resolver".
La autorización de modificación de las instalaciones de la EDAR de Tudela había sido concedida el 5 de noviembre de 2025 por resolución de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.
La tramitación se había llevado finalmente bajo el procedimiento de una Autorización Ambiental Integrada (AAI), "que es el régimen más exigente de tramitación desde el punto de vista ambiental". Este procedimiento, sin embargo, fue objeto de requerimiento por parte de la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) para volver a una Autorización Ambiental Unificada (AAU), "una tramitación menos exigente desde el punto de vista administrativo". Medio Ambiente estimó esta petición el pasado mes de abril.
En ese momento, "contando con todas las verificaciones técnicas de la Dirección General de Medio Ambiente y los informes sectoriales favorables, incluido dos informes urbanísticos favorables del Ayuntamiento de Tudela", este expediente se encontraba en situación de poder ser nuevamente autorizado, ahora bajo el régimen de modificación sustancial de una AAU.
Sin embargo, en el proceso de requerimiento previo presentado por el Ayuntamiento de Tudela a la autorización de noviembre de 2025, "se aporta el 24 de febrero de 2026 un informe urbanístico desfavorable que, habiéndose firmado de forma previa, todavía no se había presentado ante el Gobierno de Navarra".
A partir de ese momento, y "ante la contradicción de este informe municipal con otros anteriores sobre el mismo objeto, se le requiere al Ayuntamiento de Tudela que aclare esta discrepancia y se ratifique el cuál debe ser tenido en cuenta, al obrar en Medio Ambiente informes urbanísticos contradictorios sobre un mismo proyecto, que responden a un mismo planeamiento urbanístico y firmado por el mismo técnico".
El Ayuntamiento de Tudela "se ratifica finalmente en el informe urbanístico desfavorable, que contradice a los dos informes favorables previos". En este contexto, la Dirección General de Medio Ambiente se solicita informe jurídico sobre "el proceder en relación a la existencia de informes urbanísticos contradictorios, más allá del hecho de que el informe desfavorable había sido aportado al Gobierno de Navarra fuera de los plazos de la tramitación".
En este informe jurídico de Medio Ambiente se concluye que "ante la existencia de un informe desfavorable por parte del Ayuntamiento, aun existiendo informes favorables anteriores, procede archivar el expediente". El informe "no entra a valorar el contenido urbanístico ni el contenido técnico del expediente y se circunscribe únicamente a la tramitación".
"Este informe es compartido tanto con el promotor del proyecto como con el Ayuntamiento, de forma previa a proceder a la firma de la Resolución por la que se archiva el expediente", han añadido desde el Ejecutivo.