La normativa del encierro
Al correr delante de un toro no todo está permitido y las multas pueden llegar a los 3.000 euros.
Al correr delante de un toro no todo está permitido y las multas pueden llegar a los 3.000 euros.
Tanto para correr como para ver el encierro hay que respetar unas normas básicas promulgadas por el Ayuntamiento de Pamplona. Son las siguientes:
1.- A partir de las 7.30 horas solo podrán estar en el recorrido los corredores y las personas autorizadas y nadie podrá acceder a él a partir de esta hora.
2.- Los corredores deberán atender a la policía y personal técnico, incluso obedecer si les obligan a abandonar el recorrido.
3.- No podrán participar en el encierro los menores de 18 años.
4.- En el espacio entre el doble vallado solo puede permaneces el personal autorizado con la identificación correspondiente visible.
5.- Este espacio está reservado para los corredores que necesiten protección en situación de riesgo.
6.- Los establecimientos con acceso al recorrido deberán cerrar a las 6.00 horas.
7.- Los portales de viviendas con acceso al recorrido del encierro deberán estar cerrados a partir de las 07:30 horas. A partir de esa hora no podrán permanecer personas en ellos ni salir al recorrido del Encierro.
8.- No se podrá dificultar la limpieza del recorrido.
9.- Una vez que haya pasado el servicio de limpieza no podrá sacarse basura ni vidrio al recorrido ni a las calles transversales (Tejería, Javier y Travesía de Espoz y Mina).
10.- A partir de las 07:00 horas no podrá emitirse música hacia el recorrido del encierro.
11.- Los espectadores se situarán en los lugares habilitados para ello y atenderán las indicaciones que les puedan dar los policías.
Toda infracción supone una multa. Las muy graves pueden suponer desde 1.501 euros hasta 3.000 euros y son:
- Participar en el encierro con patines, monopatines, bicicletas, etc.
- Cualquier actitud que suponga un riesgo para la integridad física de las personas (tocar o citar al toro, provocando que embista).
- Repetir infracciones consideradas graves.
Las infracciones graves tienen una multa de 751 a 1.500 euros. Son:
- Instalar elementos en el recorrido del encierro (en el espacio vertical, horizontal y aéreo).
- Permanecer en el recorrido estando borracho, bajo la influencia de las drogas o sin plenas condiciones físicas o psíquicas.
- Ensuciar el recorrido después de haber sido limpiado.
- Correr hacia los toros o detrás creando peligro.
- Tocar o citar a los toros (salvo para evitar una cogida).
- Dificultar la carrera parándose en el recorrido o el vallado.
- Grabar sin autorización dentro del recorrido.
- Utilizar aparatos para sobrevolar el encierro.
- Tener abiertos portales y locales después de la hora fijada.
- Cualquier actuación que dificulte el desarrollo del encierro.
- Reiterar infracciones leves.
Las Infracciones leves se multan con hasta 750 euros, son las siguientes:
- Encaramarse a elementos inseguros dentro del recorrido del encierro.
- Situarse en las zonas y lugares del recorrido expresamente prohibidos.
- Desbordar las barreras policiales dentro del recorrido.
- Llevar ropa o calzado inadecuado para correr.
- Llevar mochilas, bolsos, botellas, vasos, máquinas fotográficas o de vídeo, aparatos para grabar imágenes, micrófonos y otros objetos que dificulten el encierro.
- Emitir música hacia el recorrido del encierro a partir de las 07:00 horas.
- Obstaculizar las labores de limpieza.
- Tirar cohetes o petardos entre las 07:00 y las 08:30 horas.