• viernes, 04 de octubre de 2024
  • Actualizado 14:24
 
 

La normativa del encierro

Al correr delante de un toro no todo está permitido y las multas pueden llegar a los 3.000 euros.

Barrera policial en el recorrido del encierro. NATALIA ROUZAUT
Barrera policial en el recorrido del encierro. NATALIA ROUZAUT
  1. Normas del Encierro de San Fermín de Pamplona
  2. ¿QUÉ PASA SI NO RESPETAS LAS NORMAS?

 

Normas del Encierro de San Fermín de Pamplona

Tanto para correr como para ver el encierro hay que respetar unas normas básicas promulgadas por el Ayuntamiento de Pamplona. Son las siguientes:

1.- A partir de las 7.30 horas solo podrán estar en el recorrido los corredores y las personas autorizadas y nadie podrá acceder a él a partir de esta hora.

2.- Los corredores deberán atender a la policía y personal técnico, incluso obedecer si les obligan a abandonar el recorrido.

3.- No podrán participar en el encierro los menores de 18 años.

4.- En el espacio entre el doble vallado solo puede permaneces el personal autorizado con la identificación correspondiente visible.

5.- Este espacio está reservado para los corredores que necesiten protección en situación de riesgo.

6.- Los establecimientos con acceso al recorrido deberán cerrar a las 6.00 horas.

7.- Los portales de viviendas con acceso al recorrido del encierro deberán estar cerrados a partir de las 07:30 horas. A partir de esa hora no podrán permanecer personas en ellos ni salir al recorrido del Encierro.

8.- No se podrá dificultar la limpieza del recorrido.

9.-  Una vez que haya pasado el servicio de limpieza no podrá sacarse basura ni vidrio al recorrido ni a las calles transversales (Tejería, Javier y Travesía de Espoz y Mina).

10.- A partir de las 07:00 horas no podrá emitirse música hacia el recorrido del encierro.

11.- Los espectadores se situarán en los lugares habilitados para ello y atenderán las indicaciones que les puedan dar los policías.

¿QUÉ PASA SI NO RESPETAS LAS NORMAS?

Toda infracción supone una multa. Las muy graves pueden suponer desde 1.501 euros hasta 3.000 euros y son:

- Participar en el encierro con patines, monopatines, bicicletas, etc.

- Cualquier actitud que suponga un riesgo para la integridad física de las personas (tocar o citar al toro, provocando que embista).

- Repetir infracciones consideradas graves.

Las infracciones graves tienen una multa de 751 a 1.500 euros. Son:

- Instalar elementos en el recorrido del encierro (en el espacio vertical, horizontal y aéreo).

- Permanecer en el recorrido estando borracho, bajo la influencia de las drogas o sin plenas condiciones físicas o psíquicas.

- Ensuciar el recorrido después de haber sido limpiado.

- Correr hacia los toros o detrás creando peligro.

- Tocar o citar a los toros (salvo para evitar una cogida).

- Dificultar la carrera parándose en el recorrido o el vallado.

- Grabar sin autorización dentro del recorrido.

- Utilizar aparatos para sobrevolar el encierro.

- Tener abiertos portales y locales después de la hora fijada.

- Cualquier actuación que dificulte el desarrollo del encierro.

- Reiterar infracciones leves.

Las Infracciones leves se multan con hasta 750 euros, son las siguientes:

- Encaramarse a elementos inseguros dentro del recorrido del encierro.

- Situarse en las zonas y lugares del recorrido expresamente prohibidos.

- Desbordar las barreras policiales dentro del recorrido.

- Llevar ropa o calzado inadecuado para correr.

- Llevar mochilas, bolsos, botellas, vasos, máquinas fotográficas o de vídeo, aparatos para grabar imágenes, micrófonos y otros objetos que dificulten el encierro.

- Emitir música hacia el recorrido del encierro a partir de las 07:00 horas.

- Obstaculizar las labores de limpieza.

- Tirar cohetes o petardos entre las 07:00 y las 08:30 horas.

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