• martes, 08 de abril de 2025
  • Actualizado 17:08
 
 

SOCIEDAD

AFAPNA dice que Fontellas deberá readmitir o indemnizar a dos trabajadoras que fueron despedidas "de forma improcedente"

Según el sindicato, la sentencia indica que se deberá indemnizar a las trabajadoras con 275,42 y 3136,13 euros respectivamente. 

Ayuntamiento de Fontellas ARCHIVO
Ayuntamiento de Fontellas ARCHIVO

El Juzgado de lo Social número 1 de Navarra ha condenando al Ayuntamiento de Fontellas a readmitir o indemnizar a dos trabajadoras por un despido improcedente, según informa el sindicato AFAPNA que demandó en nombre de sus afiliadas.

El Ayuntamiento alegó que no se trataba de despidos, sino de una extinción de la relación laboral por la convocatoria reglamentaria para la provisión de la contratación temporal conforme a lo dispuesto en la normativa de aplicación, según el sindicato. 

Tras la sentencia favorable a sus afiliadas, AFAPNA exige a las administraciones públicas de Navarra que "tomen las medidas necesarias para reconocer los mismos derechos para los trabajadores".

"Las actoras fundamentan su solicitud en el hecho de que teniendo una relación laboral de carácter indefinido no fijo a jornada parcial desde la firma del primer contrato, podía proceder a la extinción del contrato únicamente o mediante la ocupación definitiva de la plaza a través del procedimiento reglamentario correspondiente o a través de la amortización de dicha plaza. Hechos que no han tenido lugar toda vez que lo que procedió a realizar el Ayuntamiento es únicamente la convocatoria para la creación de una bolsa de contratación temporal. Por ello considera que estamos ante un despido nulo, o subsidiariamente improcedente", añaden en un comunicado. 

El fallo por parte del Juzgado de lo Social, "condena a la empresa demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a readmitir a las demandantes en iguales condiciones a las que regían con anterioridad al despido o a indemnizarles con la suma de 275,42 y 3136,13 euros respectivamente".

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