El Gobierno de Navarra ha adoptado, en su sesión de este miércoles, un decreto foral en materia de consumo que recoge que las personas consumidoras y usuarias podrán formalizar sus reclamaciones a través de soporte físico o de medios electrónicos.
Hasta ahora, estas peticiones solo se podían realizar mediante hojas de reclamaciones de forma física en los establecimientos.
Este nuevo decreto supone la derogación del Decreto Foral 69/1998, que regulaba las hojas de reclamaciones de personas consumidoras y usuarias, para adaptarse al ordenamiento europeo y nacional.
En concreto, años más tarde se publicó la Directiva 2012/11/UE, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo, y traspuesta al ordenamiento jurídico español mediante Ley 7/2017.
Esta ley indica que los empresarios pondrán a disposición de las personas consumidores y usuarias información sobre la dirección postal, número de teléfono y dirección de correo electrónico en los que se pueden interponer quejas y reclamaciones, o solicitar información sobre los bienes o servicios ofertados o contratados. Además, los empresarios deben comunicar su dirección legal si no coincide con la dirección habitual para la correspondencia.
Por lo que respecta a la respuesta a las reclamaciones, los empresarios deberán realizarlas en el tiempo más breve posible, y en todo caso, en el plazo máximo de un mes desde la presentación de la reclamación.