• miércoles, 18 de marzo de 2026
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SOCIEDAD

La Ley Trans permite que dos maltratadores se cambien de sexo en Navarra para acogerse a beneficios

Una organización recopila distintos casos de agresores que se han cambiado de sexo en los registros

Acto electoral de Unidas Podemos con la presencia de Irene Montero, Ione Belarra, Neniques Roldán, Maite Mola, Mikel Buil, Ainhoa Aznárez y Edurne Eguino. IÑIGO ALZUGARAY
Imagen de Irene Montero con la líder de Podemos, Ione Belarra, en un acto en Navarra. IÑIGO ALZUGARAY

La Ley Trans en Navarra, que impulsó la dirigente de Podemos, Irene Montero, ha vuelto al centro del debate tras la publicación de un mapa interactivo de la Alianza Contra el Borrado de las Mujeres que recopila más de un centenar de casos en España sobre el impacto del cambio de sexo registral. Entre ellos, la plataforma pone el foco en dos ejemplos vinculados con Navarra que, según su denuncian, afectan a procedimientos por maltrato. 

La organización sostiene que estos casos expuestos reflejan cómo algunos agresores han intentado aprovechar la normativa estatal aprobada en 2023 para alterar el encaje judicial de nuevas denuncias. Su mapa, presentado el mes pasado, sitúa geográficamente cada episodio y enlaza la referencia mediática en la que se apoya.

 

Según la Alianza, la casuística reunida ya supera el centenar de ejemplos en España, aunque advierte de que solo aparecen los asuntos que han trascendido a los medios de comunicación. La plataforma denuncia además una falta de sistematización oficial de los datos y habla de “oscurantismo” institucional al no existir, a su juicio, un registro completo y accesible de estos casos. 

Por otra parte, el debate no gira tanto sobre hechos anteriores al cambio registral como sobre las consecuencias que puede tener en procedimientos posteriores. La propia Ley 4/2023 establece que la rectificación registral no altera el régimen jurídico aplicable a situaciones previas a la inscripción a efectos de la ley de violencia de género, pero sí reconoce efectos jurídicos plenos desde que el cambio queda inscrito. 

Ese punto es precisamente el que la organización considera más delicado. La Alianza sostiene que, si una agresión a la pareja o expareja se produce después del cambio de sexo legal, la tramitación puede variar y abrir conflictos de competencia entre un Juzgado de Violencia sobre la Mujer y un juzgado de instrucción ordinario, con el consiguiente retraso o pérdida de protección específica para la víctima.

La recopilación publicada también insiste en otro aspecto: el procedimiento registral previsto en la norma no exige informe médico o psicológico previo. El BOE recoge que la solicitud puede presentarse ante el Registro Civil y que no puede condicionarse a pruebas médicas, mientras que la Alianza subraya que tampoco se verifican antecedentes penales en ese trámite. Lo primero figura expresamente en la ley; lo segundo es una denuncia de la plataforma en su comunicado. 

Además, la ley señala que quien rectifique su inscripción del sexo de masculino a femenino podrá acceder, desde ese momento, a determinadas medidas de acción positiva previstas para mujeres, aunque no respecto de situaciones jurídicas anteriores. Ese apartado es otro de los elementos que la Alianza cuestiona en su mapa, donde también incluye casos relativos a oposiciones, vestuarios o prisiones. 

La publicación del mapa llega en un momento en el que el impacto de la Ley Trans sigue generando un fuerte choque político y jurídico en España. Mientras la norma nació para "garantizar la igualdad real y efectiva de las personas trans y facilitar la rectificación registral del sexo", varios casos recientes han alimentado la controversia sobre sus posibles efectos colaterales en ámbitos como la violencia machista o las políticas de igualdad. 

En ese contexto, la Alianza reclama a los medios y a las instituciones mayor precisión al informar sobre estos procedimientos. A su juicio, mezclar el dato registral con la realidad de los delitos cometidos por varones puede distorsionar estadísticas y generar desinformación, una crítica que la plataforma repite de forma expresa en la presentación del mapa. 

Lo que ha quedado acreditado hasta ahora es que el mapa existe, que fue difundido a comienzos de febrero y que sitúa en Navarra dos casos que la organización utiliza como ejemplo de los efectos no deseados de la norma. Lo que sigue abierto es el debate de fondo: si se trata de casos aislados o de una grieta legal con consecuencias reales para la protección de las mujeres. 

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