• sábado, 20 de abril de 2024
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SOCIEDAD

Una pamplonesa consigue cancelar 168.000 euros de deudas que le exigían tras divorciarse

Con la pensión que recibía no podía pagar los 168.000 euros que le reclamaban desde diferentes entidades financieras.

Una mujer espera a la villavesa en la plaza de Merindades durante la crisis del coronavirus en Pamplona. Miguel Osés
Imagen de archivo de una mujer en la plaza de Merindades, en Pamplona. Miguel Osés

El caso de esta protagonista demuestra que estar en una cómoda situación económica no te salva de tener problemas financieros. I. M. dispone de una pensión considerable que, junto a la nómina de su ex-cónyuge, les permitía abonar su cuota mensual sin demasiados apuros, según fuentes de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.

El desencadenante de las complicaciones llegó cuando se divorció y, por ende, la mitad de todas las deudas acumuladas durante el matrimonio recayó sobre su responsabilidad. Supuso para ella un duro golpe y tampoco lo gestionó de la mejor manera. Para evitar males mayores, solicitó nuevos créditos para pagar los antiguos. Fue peor el remedio que la enfermedad.

Eran ya 168.000 euros los que debía y decidió reflexionar y buscar otra solución. Entonces, escuchó algo acerca de la “Ley de la Segunda Oportunidad”, procedimiento para las personas que no pueden pagar todas sus deudas. Contactó con los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, especialistas en este derecho, para informarse en qué consistía este derecho.

Tras el estudio de su caso, los letrados aseguraron a la interesada que terminarían con uno de los dos posibles fines del proceso. “Sólo existen dos objetivos en esta ley: conseguir una rebaja de la deuda total con un plan de pagos asumible para el deudor o el perdón del 100% de las obligaciones”, así lo explica Mónica Puente, abogada de la Asociación.

Pasos de esta deudora para el perdón de sus deudas

La primera actuación realizada por los abogados fue avisar de la insolvencia a los Juzgados de Primera Instancia de Marbella. Con ello, la deudora obtendría el primer beneficio: no debe pagar nada y suspender posibles embargos hasta el fin del proceso.

El segundo paso consistía en plantear una propuesta de acuerdo a todos los acreedores (bancos y entidades financieras). Este trámite se hizo ante notario para que quedara demostrada la buena fe por parte de la beneficiada. Fue rechazado por los acreedores, que lo vieron insuficiente, pero el hecho que tal acto sea ajeno a su voluntad otorga el derecho a la cancelación de la totalidad de las deudas.

El último paso era, tras constatar la imposibilidad de llegar a un acuerdo, presentar demanda de concurso de acreedores y solicitar tal derecho. Los abogados lo hicieron efectivo en el Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Pamplona, quedando resuelta este mes de abril.

Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad

Los requisitos en términos generales son la insolvencia del deudor y que este sea considerado un deudor de buena fe.

Concretamente, el Juez y la Administración Concursal deben confirmar este último extremo atendiendo a algunos datos objetivos. Estos, según nos confirma Mónica son: “que la cuantía total de la deuda no supere los 5 millones de euros, que el deudor no tenga antecedentes penales económicos y haya intentado un acuerdo extrajudicial con sus acreedores”.

Una vez comprobados estos presupuestos no había discusión. El Juez ha dictado sentencia concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) y cancelando los 167.665,39 euros. Además, se ha permitido a la navarra conservar su vehículo en propiedad.

Ya son 30 las exoneraciones de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que llevamos de 2022. Otras sentencias interesantes recientes son la conseguida el pasado 8 de marzo en Albacete, que cancela deudas de Derecho Público, o la lograda en Valencia el pasado 8 de febrero, que permite conservar la vivienda de los concursados también.


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