• domingo, 28 de abril de 2024
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SUCESOS

Los motivos por los que se ha expulsado de España a dos condenados extranjeros en Navarra

No podrán volver a España por un periodo de 10 y de 8 años. La Policía Nacional ya ha ejecutado la expulsión. 

Coche de la Policía Nacional. POLICÍA NACIONAL
Coche de la Policía Nacional. POLICÍA NACIONAL

Miembros de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de la Jefatura Superior de Policía de Navarra en colaboración con la Unidad Central de Repatriaciones de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras procedieron a materializar la expulsión del territorio nacional de un ciudadano extra comunitario, de acuerdo con la resolución decretada por la Subdelegación del Gobierno en Cádiz en aplicación del artículo 57.2 de la L.O 4/2000 de 11 de Enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, imponiéndole además una prohibición de entrada de España y del espacio Schengen por un periodo de 10 años

Dicho extranjero había cumplido una condena de 20 años, después de que según hechos probados en la sentencia que le llevó a prisión, se recogiera la violación a dos hermanas y su detención ilegal  en una casa abandonada de un descampado de Madrid, donde ambas mujeres sufrieron agresiones sexuales y lesiones.

Además hay que añadir que durante el tiempo que el condenado estuvo en diversas cárceles españolas, sufrió un proceso de radicalización islamista, llegando a un nivel tan extremo en sus ideas religiosas, que fue en varias ocasiones ingresado en módulos de aislamiento.

Igualmente  agentes  de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de la Jefatura Superior de Policía de Navarra han ejecutado la expulsión de un ciudadano comunitario decretada por la Delegación del Gobierno en Pamplona en aplicación del artículo 15.1 c  del R.D 240 /07 del 16 de Febrero sobre Entrada, Libre circulación y Residencia en España de Ciudadanos de los Estados Miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo imponiéndole una prohibición de entrada en España por un periodo de 8 años, así como la extinción del Certificado de Registro de Residencia Permanente Comunitario , en base a motivos imperiosos seguridad pública.

El ciudadano comunitario había sido condenado en ocho ocasiones por delitos relacionados con la Violencia de Género y la violencia intrafamiliar, llevando a cabo múltiples actos de importante gravedad.

La Policía Nacional en cumplimiento de la legalidad en estos dos casos y en otros muchos, ejecuta un instrumento normativo que contribuye a aumentar la seguridad ciudadana y que redunda en beneficio de toda la sociedad.


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