• lunes, 28 de julio de 2025
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TRIBUNALES

Condenado un argelino que hirió a su compañero de piso con un objeto cortante en la cara en Pamplona

El acusado se encuentra en prisión provisional y en situación irregular en España.

Vista del Palacio de Justicia en Pamplona. PABLO LASAOSA
Vista del Palacio de Justicia en Pamplona. PABLO LASAOSA

La Audiencia de Navarra ha condenado a 5 años de prisión a un hombre que en mayo agredió a otro con un objeto cortante en la cara dentro de un edificio abandonado de Pamplona.

La sentencia, dictada por la Sección Segunda, considera probado que el acusado, de 32 años y nacionalidad argelina, atacó a la víctima tras una discusión relacionada con las normas de convivencia en el inmueble ocupado por personas en situación de exclusión social.

El tribunal también ha impuesto una orden de alejamiento y prohibición de comunicación durante 7 años y ha fijado una indemnización de 25.050 euros en concepto de responsabilidad civil por las heridas y secuelas sufridas por la víctima. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).

Los hechos ocurrieron el 2 de mayo a las 19:30 horas. Según recoge la resolución, el enfrentamiento se produjo porque el acusado quería ser incluido en la lista de personas que colaboraban con las tareas de limpieza del lugar, lo que permitía acceder a alimentos y productos de primera necesidad ofrecidos por una asociación de voluntariado. El denunciante, responsable de dicha lista, se negó a incluirle, al considerar que no había participado en las tareas.

Tras retirarse momentáneamente, el procesado volvió al lugar de la discusión y, de forma sorpresiva, le propinó dos cortes en la cara: uno en el puente nasal y otro en la mejilla izquierda. Durante la agresión, le dijo en árabe: "Te voy a estropear la cara". Como consecuencia, la víctima padece dos cicatrices visibles que alteran de forma ostensible su aspecto físico, constituyendo lo que el tribunal considera una deformidad.

El acusado se encuentra en prisión provisional y en situación irregular en España. La Audiencia destaca en la sentencia que no podrá ser expulsado al no aceptar Argelia la deportación de nacionales desde España.

Durante el juicio, celebrado el 23 de junio, la Fiscalía solicitó 6 años de prisión por un delito de lesiones con deformidad en concurso con lesiones con instrumento peligroso. La defensa, que pedía la absolución o en su defecto la aplicación de una atenuante por drogadicción, no logró que esta se estimara, al no acreditarse.

La Audiencia ha valorado especialmente la versión “unívoca y verosímil” del denunciante, que no mostró contradicciones y fue corroborada por un testigo presencial, a pesar de que este fue objeto de intimidaciones para evitar su declaración. También se han tenido en cuenta los testimonios de agentes de la Policía Foral y el informe del médico forense.

Por el contrario, los jueces califican de “carente en absoluto de credibilidad” la versión del acusado, que negó la agresión y afirmó que fue él quien se defendió de un ataque previo.

El tribunal concluye que las secuelas sufridas por la víctima son compatibles con la calificación jurídica de lesiones con deformidad, al provocar un “patente afeamiento” de la cara que afecta a su vida cotidiana.

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