El hombre acusado de intentar matar a su mujer en Azagra ha pedido este viernes en el juicio perdón a la víctima así como a las familias de ambos asegurando ser consciente del daño que ha causado y ha sostenido que los hechos no fueron premeditados ni les encuentra explicación.
En ejecución de su derecho de última palabra antes de quedar el caso visto para sentencia el procesado ha manifestado ser consciente de “el daño que se ha producido” tanto a la víctima como a sus respectivas familias asegurando sentir “verdaderamente” lo ocurrido y pidiendo “disculpas “ y “perdón”.
“En ningún momento pensé en hacer lo que acabé haciendo aquella mañana”, ha señalado reiterando que todavía no puede explicarse "cómo ocurrieron aquellos pocos segundos en los que ocurrió el hecho”.
Tras sus palabras el casos ha quedado visto para sentencia con la petición por parte de la fiscalía de 14,5 años de prisión y 864.000 euros de indemnización y de 15 años de cárcel y 1.016.000 euros además de 20 años de alejamiento y 10 de libertad vigilada por parte de la acusación particular y la ejercida por el Gobierno de Navarra.
Por su parte la defensa, que no ha establecido una petición de pena concreta por la complejidad del caso y la cantidad de variantes que pueden concurrir, ha solicitado que se le condene por un delito de lesiones graves con atenuantes de confesión, reparación del daño, arrebato y trastorno mental transitorio.
La defensa del acusado de tentativa de asesinato a su mujer en Azagra ha mantenido en el juicio durante su exposición de conclusiones la no existencia de alevosía ni intencionalidad, ha restado validez a la declaración de la víctima por la deficiencia cognitiva que sufre a causa de la agresión y considerado que puede estar influenciada por terceras personas.
La acusación ha defendido que no existe premeditación ni alevosía, dos cuestiones que la acusación mantiene contando solo con la declaración de una víctima que “no está calificada de creíble por la clínica forense” y que a su parecer podría estar influenciada por terceras personas
“Cuando ella despierta del coma lo primero que pregunta es por su marido” no acordándose de nada, ha indicado el abogado señalando que se ha reconocido que tras esto “le explican lo que ha ocurrido” pero “no sabemos cómo se lo explican” ni “qué le han transmitido” estableciéndose en ella “respuestas preconstituidas y prerrazonadas” con “posible inducción de terceros”.
Se producen además contradicciones e incongruencias en sus declaraciones como que hable de una “martillo gigante” o un “machete”, que diga que se cubre con un cuadro cuando este “estaba fuera del cuarto”, la omisión de la llamada de teléfono de una vecina hasta que es recordada por un abogado o que dijese que había tirado el teléfono y este apareciese sobre la mesa.
Además, ha señalado, “el informe de la clínica forense es radical” en lo referido a la víctima aludiendo a que “no ha recordado sus hechos hasta que su familia se los ha contado” y a diferentes problemas cognitivos que, aunque es cierto que son causados por el acusado, ha comentado, restan garantías y validez a su testimonio.
Ha aclarado que admiten la autoría por parte del procesado de una agresión “furiosa, reiterada y de graves consecuencias”, pero a su parecer deben calificarse judicialmente los hechos como un “delito de lesiones consumadas” porque según el Código Penal “quedara exento de responsabilidad quien evite voluntariamente la consecución del delito siendo responsable de los actos ejecutados”
En este sentido ha señalado que aunque los golpes se dirigen a una zona vital “no puede concurrir ese dolo en un estadio pasional que disminuye de forma importante la capacidad de actuar o comprender” y por lo tanto “no hay ningún ánimo de matar”.
Sobre el lugar en el que se encontraba la barra metálica con la que propinó los golpes ha considerado que lo más probable es que estuviese en la habitación de la víctima puesto que el informe de biología molecular confirmó que en las tres muestras sin sangre de este objeto existía más material genético de ella que de él, lo que incida que la mujer “utilizó ese bastón”.
Ha apoyado también la versión de su defendido de que previamente habían estado discutiendo y después se tumbaron juntos en la cama señalando que las zapatillas de él se encontraban junto a la cama y considerando carente de sentido que la mujer estuviese dormida cuando había quedado a esa hora para ir a pasear.
Ha mantenido todos los atenuantes solicitados desde el principio de la vista considerando que queda probado el arrebato u obcecación a través del informe pericial que demuestra que fue “una agresión es furiosa proviene de la ira” y que “ese cortocircuito” hace que el acusado “no sea casi consciente de lo que está haciendo”.
Ha denunciado que desde la acusación “se ha llegado a dudar de la profesionalidad” de las psicólogas que se encargan de realizar este informe defendiendo que el sometimiento del acusado a esta pericial y no a la de la clínica forense responde a que en esta segunda no hay profesionales de psicología legal y no a una búsqueda de un informe ad hoc.
A su juicio la confesión es “de libro” y “absoluta” ya que el procesado “dice lo que sabe” y da traslado de lo que hizo a las autoridades antes de que el procedimiento se dirija contra él colaborando "activamente en todo lo que puede”. Además, ha subrayado, la víctima “permanece viva porque se le atendió” gracias a que el hombre dio el primer aviso.
Ha defendido también el atenuante de reparación del daño puesto que el acusado ha ingresado 120.000 euros y el 16 de enero presentó un escrito a sala ofreciendo todo el patrimonio de Santiago, por lo que esta reparación “se produce con toda la intensidad que él puede”.
Según ha explicado el abogado, desde la defensa no han especificado petición de pena “dada la complejidad de la decisión y la cantidad de posibles variantes que pueden concurrir” y ha solicitado “una condena que contemple la realidad de lo ocurrido y en especial las circunstancias modificativas de la responsabilidad".
ACUSACIÓN PARTICULAR
La acusación particular de la víctima en el juicio del intento de asesinato a una mujer a manos de su marido en Azagra ha defendido en la exposición de sus conclusiones que la falsedad del relato del acusado tumba la validez del informe pericial, unas reservas por la prueba compartidas también por la acusación ejercida por el Gobierno de Navarra.
Ambos abogados, que han mantenido su petición de pena de 15 años de cárcel por intento de asesinato y una indemnización de 1.016.000 euros, además de 20 años de alejamiento y 10 de libertad vigilada, han mostrado sus reservas respecto a la pericial pagada por el acusado, más cuando no existe un dictamen de los médicos forenses porque este se negó a la práctica.
Para la acusación particular de la víctima la pericial solicitada por el acusado queda anulada por la falsedad de su testimonio ya que este es el único elemento en el que se apoyan las conclusiones de las psicólogas que realizan el análisis, las cuales no han realizado pruebas complementarias para corroborar este relato.
Esta versión, ha asegurado, “incurre en múltiples contradicciones” o incongruencias como que estando el matrimonio en la fase final de su relación y prácticamente sin hablarse ambos tuviesen esa mañana una conversación y muestras de cariño previo al ataque.
El acusado, ha indicado el abogado, dice además que estaban de pie cuando las pruebas demuestran que ella estaba en el suelo, se refiere a un ataque por parte de ella con un espejo que el resto de pruebas desmiente y asegura que entró a la habitación sin el arma cuando “está probado que la agresión se produjo con eso”.
En referencia a esto último ha comentado que o bien la llevaba consigo o tuvo que gastar tiempo en ir a por ella quedando evidenciado en ambos casos su intencionalidad.
Para la acusación del Gobierno “llama la atención que no hay en los autos informes médicos psiquiátricos previos del acusado” ya que “si tuviera un trastorno de la personalidad es de pensar que en algún momento se haría manifestado con anterioridad” y “por el contrario llevaba una vida profesional normal”.
Respecto a la declaración de la víctima la acusación particular ha referido que “aunque hay algunas contradicciones” estas son “mínimas” y están “amparadas por el daño mental” que el acusado le produjo recordando la mujer “todo perfectamente a pesar de su estado de salud”.
A juicio de la acusación ejercida por Gobierno de Navarra “el ataque se produjo de forma sorpresiva y traicionera” y tenía como pretensión la de matar a la víctima al “agredirle en la cabeza con una barra metálica de dimensiones y peso sin que haya duda de que la vida de ella corría peligro”.
“La muerte no se produjo por la voluntad del acusado, sino por un factor ajeno que fue la intervención de los sanitarios”, ha referido subrayando que “el acusado lo que hizo fue abandonar a la víctima” cuando “pudo haberla llevado a un centro de urgencias” a la cabecera de la zona básica situada a 7 kilómetros o al hospital de Calahorra situado a 10 kilómetros.
De acuerdo con él se ha mostrado el otro letrado, que ha destacado que el acusado no intentó socorrer a la víctima sino que “fue aseado a la Policía Foral”, no aparcó junto a la puerta de la comisaría y uno de los agentes que acudió al lugar “dijo que estaba todo ordenado”.
Para la acusación ejercida por el Gobierno “ninguna duda cabe” del ensañamiento evidenciándose una “brutalidad superior a la habitual” según la valoración de diferentes agentes que acudieron al lugar de los hechos.
Ambos abogados han coincidido en la no justificación del atenuante de arrebato refiriendo la acusación ejercida por la víctima que “se avala la existencia de intencionalidad” y el otro letrado que no se entiende que el estímulo de la llamada a con la vecina sea “suficiente” para explicar los hechos siendo necesario “proporcionalidad entre el estímulo y la reacción”
También han rechazado el atenuante de confesión considerando la acusación particular de la víctima que fue a la Policía Foral para “aprovecharse del ordenamiento jurídico” y el abogado del Gobierno que “no puede entenderse por veraz puesto que ocultó elementos relevantes” y “ha ofrecido una versión irreal que demuestra el intento de eludir sus responsabilidades”.
Ambos han compartido que la reparación del daño no puede tampoco considerarse puesto que no es suficiente la cantidad consignada de 120.000 euros para resarcir el daño físico ni psicológico de la víctima.
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