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POLÍTICA

El juez deja en libertad a Cerdán tras el bombardeo de pruebas y el demoledor informe de la UCO

El juez considera que ya no puede destruir pruebas y que no existe riesgo cierto de fuga.

El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán a su llegada a declarar en el Tribunal Supremo, a 30 de junio de 2025, en Madrid (España). El Tribunal Supremo (TS) ha citado a declarar a Santos Cerdán por presuntos delitos de organización criminal y cohecho. Cerdán está siendo investigado dada su conexión inescindible con los hechos referidos al exministro de Transportes José Luis Ábalos.

Jesús Hellín / Europa Press
30 JUNIO 2025;SANTOS CERDÁN;TRIBUNAL SUPREMO;CASO KOLDO
30/6/2025
El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán a su llegada a declarar en el Tribunal Supremo, el pasado 30 de junio, día que fie enviado a prisión. EFE

El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha acordado la puesta en libertad de Santos Cerdán, ex secretario de Organización del PSOE, tras valorar que el riesgo de destrucción de pruebas que motivó su ingreso en prisión el pasado 30 de junio se encuentra ahora notablemente reducido. La decisión llega en paralelo a la incorporación al procedimiento del último informe elaborado por la UCO de la Guardia Civil.

Según explica el juez, la investigación desarrollada durante estos meses ha permitido asegurar material que, en fases iniciales, podía haber quedado oculto o haber sido alterado. Esa circunstancia, señala, rebaja la necesidad de mantener la medida excepcional de prisión provisional, aunque subraya que los indicios contra Cerdán se mantienen e incluso se han visto reforzados con las diligencias practicadas.

En su resolución, Puente impone al investigado nuevas medidas cautelares: deberá presentarse cada quince días en un juzgado —bien en el Supremo o en el órgano más próximo a su domicilio— y no podrá salir del territorio nacional, quedando obligado a entregar su pasaporte en la Secretaría de la Sala Penal.

El auto recuerda que la prisión provisional solo puede mantenerse si existe un riesgo acreditado de fuga, de reiteración delictiva o de destrucción de pruebas. Sobre esta última posibilidad, el magistrado admite que fue determinante en el momento de decretar su ingreso en prisión, pero considera que, una vez asegurada la documentación clave, ya no concurre con la misma intensidad.

En relación con el riesgo de fuga, la resolución señala que no existe un peligro “cierto y acusado” que haga imprescindible el encarcelamiento, ya que ese riesgo puede neutralizarse mediante medidas menos restrictivas. También descarta la posibilidad de que se repitan los hechos investigados, al no ocupar ya Cerdán ningún cargo público ni puesto de dirección en el PSOE.

El juez concluye que la situación actual permite sustituir la prisión por medidas cautelares más leves, sin perder de vista que la investigación ha abierto nuevas líneas de trabajo y ha confirmado, en su opinión, la solidez de los indicios sobre los delitos que se atribuyen al ex dirigente socialista.

Cerdán deberá cumplir estas obligaciones mientras continúe el procedimiento en el Tribunal Supremo.

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