• martes, 27 de octubre de 2026
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POLÍTICA

La Junta Electoral abre un expediente a Chivite por participar en un acto de inauguración: multa de hasta 3.000 euros

La Junta Electoral Provincial ha iniciado el procedimiento tras una denuncia de UPN y ha consultado al órgano central quién debe tramitarlo.

Colocación de la primera piedra del edificio Bioma de la Universidad de Navarra, espacio multidisciplinar dedicado a la docencia y a la investigación. PABLO LASAOSA
María Chivite, durante la colocación de la primera piedra del edificio Bioma de la Universidad de Navarra. PABLO LASAOSA

La Junta Electoral Provincial de Navarra ha abierto un expediente sancionador contra la presidenta del Gobierno foral, María Chivite, por su participación en un acto institucional celebrado en Pamplona en plena precampaña de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. La decisión se ha adoptado tras una denuncia presentada por Unión del Pueblo Navarro (UPN), que considera que la dirigente socialista ha podido vulnerar la legislación electoral.

El expediente tiene su origen en la ceremonia de colocación de la primera piedra del Centro BIOMA de la Universidad de Navarra, celebrada el pasado viernes 23 de octubre. Chivite participó activamente en el acto, que incluyó la plantación simbólica de una encina y la firma de un documento institucional introducido posteriormente en una cápsula del tiempo.

La Junta Electoral Provincial ha examinado la reclamación de UPN y, mediante una resolución fechada el 26 de octubre de 2026, ha acordado registrar la denuncia e incoar el correspondiente expediente sancionador. No obstante, antes de continuar con su tramitación, ha decidido consultar a la Junta Electoral Central qué órgano debe asumir el procedimiento y resolverlo.

La decisión supone la apertura formal de un procedimiento contra la presidenta navarra. La cuestión pendiente es establecer si corresponde a la Junta Electoral Provincial o a la Central investigar y resolver los hechos denunciados.

UPN denuncia que Chivite participó en una inauguración prohibida por la ley electoral

La denuncia de UPN sostiene que la presidenta vulneró el artículo 50.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que prohíbe determinados actos de inauguración de obras, servicios públicos o proyectos durante el periodo electoral.

Los regionalistas recuerdan que las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 fueron convocadas mediante un real decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado 6 de octubre. Por tanto, consideran que las restricciones electorales ya estaban plenamente vigentes cuando Chivite acudió al acto de BIOMA hace sólo unos días. 

UPN argumenta que una ceremonia de primera piedra constituye, a efectos electorales, una inauguración de un proyecto, aunque el edificio todavía no esté terminado. En este caso, además, la tradicional colocación de una piedra fue sustituida por la plantación simbólica de una encina, sin que ello altere, según los denunciantes, el carácter inaugural del acontecimiento.

La formación regionalista destaca que Chivite no se limitó a asistir como invitada, sino que participó en los actos simbólicos y firmó el documento institucional depositado en una cápsula del tiempo. Para UPN, estos elementos demuestran una intervención activa de la presidenta en la presentación pública del proyecto.

El Gobierno de Navarra anunció y difundió la participación de Chivite

Otro de los aspectos de la denuncia se centra en la utilización de los canales oficiales del Gobierno de Navarra para anunciar la presencia de la presidenta en la ceremonia.

El Ejecutivo foral publicó el 22 de octubre una convocatoria institucional en la que comunicaba que Chivite acudiría al acto, previsto para el día siguiente a las 12.40 horas, frente al CIMA, en la avenida de Pío XII de Pamplona.

La convocatoria también anunciaba la asistencia del consejero de Universidad, Innovación y Transformación Digital. UPN considera que esta difusión oficial refuerza el carácter institucional de una participación que, a su juicio, debía haberse evitado durante el periodo electoral.

Además, los regionalistas denuncian que Chivite aprovechó su presencia en el acto para realizar declaraciones políticas ante los medios de comunicación. Entre otras cuestiones, se pronunció sobre asuntos de actualidad, encuestas relacionadas con la vivienda y datos del Instituto Nacional de Estadística sobre la calidad de vida en Navarra.

Por este motivo, UPN solicita que también se examine una posible vulneración del artículo 50.2 de la LOREG, relativo al deber de neutralidad de los poderes públicos durante los procesos electorales.

Un proyecto privado que también cuenta con financiación pública

La denuncia incorpora otro elemento que UPN considera relevante: aunque el Centro BIOMA pertenece a la Universidad de Navarra, una institución privada, el proyecto cuenta con aportaciones económicas de las administraciones públicas.

En concreto, los regionalistas señalan que tanto el Gobierno de España como el Gobierno de Navarra figuran entre las entidades que contribuyen a financiar el proyecto.

Asimismo, recuerdan que el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 del Ejecutivo foral contemplaba una aportación nominativa de 100.000 euros en 2025 destinada al nuevo edificio del Centro BIOMA.

UPN sostiene que esta vinculación económica con las administraciones públicas debe tenerse en cuenta para determinar si la participación de Chivite encaja en las prohibiciones electorales.

En su reclamación, la formación aclara que no cuestiona la importancia del proyecto científico para Navarra, sino la presencia activa de la presidenta en una ceremonia institucional cuando ya se habían convocado las elecciones generales.

La Junta Electoral Central deberá decidir quién tramita el expediente

La resolución de la Junta Electoral Provincial introduce una cuestión jurídica que debe resolverse antes de avanzar en el procedimiento sancionador.

El órgano electoral navarro ha acordado elevar una consulta formal a la Junta Electoral Central porque la denuncia afecta a la máxima autoridad de una comunidad autónoma y se produce durante unas elecciones de ámbito estatal.

La Junta Provincial recuerda que la LOREG atribuye a la Junta Electoral Central competencias para corregir infracciones electorales e imponer las multas previstas en la legislación.

Como precedente, cita expresamente un acuerdo de la Junta Electoral Central relacionado con un expediente sancionador abierto al entonces presidente de la Generalitat de Cataluña por una vulneración del principio de neutralidad institucional durante unas elecciones generales.

La consulta pretende aclarar si debe ser la Junta Electoral Central la que asuma directamente la tramitación del expediente contra Chivite o si corresponde continuar con las actuaciones a la Junta Electoral Provincial de Navarra.

Chivite se enfrenta a una posible multa de hasta 3.000 euros

La denuncia presentada por UPN solicita que se investigue la actuación de la presidenta y que, si se acredita la infracción, se imponga la sanción correspondiente.

El artículo 153.1 de la LOREG contempla multas de entre 300 y 3.000 euros para las autoridades que incumplan las obligaciones establecidas en la normativa electoral. En caso de que la sanción fuera impuesta por una Junta Electoral Provincial, el límite de su competencia sancionadora sería de 1.200 euros.

Por ahora, el procedimiento deberá determinar si su participación en la ceremonia del Centro BIOMA vulneró las restricciones electorales y, en su caso, qué sanción correspondería.

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