La multa no ha llegado, pero la advertencia del TSJN sí ha quedado por escrito. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha aprovechado un caso concreto para lanzar un mensaje que va mucho más allá de un solo recurso: el uso fraudulento de la inteligencia artificial en un procedimiento judicial puede ser sancionable por mala fe procesal.
La resolución parte del error de una abogada, pero el alcance del aviso es mayor. El tribunal navarro ha querido dejar claro que el uso descuidado de estas herramientas no es un simple tropiezo técnico, sino una práctica con implicaciones legales y éticas que puede alterar el trabajo de los jueces y comprometer la seriedad de un proceso.
Todo se remonta a un recurso presentado en octubre de 2025. En ese escrito, la letrada incluyó ocho citas inventadas de resoluciones del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo, del propio Tribunal Superior de Navarra y del Tribunal Superior de Madrid. A partir de ahí, la Sala abrió una pieza separada para estudiar si procedía imponer una sanción por mala fe procesal.
El pasado 20 de febrero, el tribunal acordó iniciar ese procedimiento sancionador. En aquel momento, la Sala entendió que la actuación de la abogada no solo podía vulnerar la buena fe procesal, sino que además suponía una falta de respeto a los magistrados, un desprecio a la función jurisdiccional y una perturbación del trabajo del propio tribunal.
Cinco días después, la letrada presentó un primer escrito en el que reconoció de forma expresa el error. Según expuso, no hubo voluntariedad, sino falta de revisión del recurso y confianza en un borrador preparado sin la comprobación necesaria. En ese mismo documento retiró por completo las citas afectadas y pidió que se tuvieran por no puestas, además de trasladar una disculpa formal.
La abogada volvió a dirigirse a la Sala el 3 de marzo. En ese segundo escrito insistió en sus disculpas, reiteró que el problema se había producido por no revisar adecuadamente el recurso y solicitó el archivo del expediente sancionador. También sostuvo que la propia apertura de la pieza ya le había servido de aprendizaje.
Esa reacción inmediata ha sido decisiva para que la Sala de lo Social haya optado por archivar la causa sin imponer sanción económica. Aun así, los magistrados han dejado una reflexión muy clara: el uso descuidado de estas tecnologías puede convertirse en “un claro ejemplo de mala fe procesal y de abuso del proceso”.
El tribunal remarca además que las herramientas emergentes y los materiales generados mediante inteligencia artificial no están al margen de las exigencias éticas y legales que rigen en los procedimientos judiciales. Por eso, subraya que cualquier documento elaborado con apoyo tecnológico exige una verificación adicional antes de ser presentado ante un órgano judicial.
La resolución también recuerda que la responsabilidad última sigue recayendo en los profesionales del Derecho. Dicho de otro modo: la IA puede ayudar a redactar, ordenar o buscar información, pero no sustituye la obligación del abogado de validar cada cita, cada referencia y cada argumento antes de llevarlos a un juzgado.
La Ley de Enjuiciamiento Civil prevé para este tipo de prácticas multas que pueden oscilar entre 180 y 6.000 euros. En este caso no ha habido castigo económico, pero sí un aviso que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha querido dejar negro sobre blanco para el futuro de los procedimientos judiciales.