• martes, 10 de diciembre de 2024
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TRIBUNALES

La justicia no investigará nunca la corrupción en Davalor que comprometía a Barkos y Chivite

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha confirmado que la investigación judicial del denominado ‘caso Davalor’ se prorrogó fuera del plazo de un año establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La presidenta del gobierno de Navarra, Uxue Barkos (GeroaBai) habla con el vicepresidente Manu Ayerdi (GeroaBai). MIGUEL OSÉS
Una foto de archivo de la entonces presidenta del gobierno de Navarra, Uxue Barkos (GeroaBai) con el vicepresidente Manu Ayerdi (GeroaBai). ARCHIVO

Miles de euros públicos malgastados en una empresa ruinosa vinculada al nacionalismo vasco, pero los jueces nunca lo investirán. La Justicia ha decidido archivar de forma definitiva el conocido como 'Caso Davalor', donde estaba implicado el que fuera consejero del Gobierno foral con Uxue Barkos (Geroa Bai) y María Chivite (PSN), Manu Ayerdi (PNV). 

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha confirmado este miércoles que la investigación judicial del denominado ‘caso Davalor’ se prorrogó fuera del plazo de un año establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por lo que será archivado. 

 

Este caso se inició a raíz de la concesión por parte de la empresa pública Sodena de ayudas a la empresa Davalor, que acabó en concurso de acreedores. El caso conllevó la dimisión, en 2021, del consejero de Desarrollo Económico del Gobierno de Navarra Manu Ayerdi. El Tribunal Supremo acordó la incoación de las diligencias el 21 de enero de 2021 y el Juzgado de Instrucción nº 2 de Pamplona, que recibió la causa el 9 de marzo de ese año, dictó la prórroga de la investigación el 18 de febrero de 2022.

UPN presentó una querella contra el entonces consejero de Desarrollo Económico y empresarial por convenir un préstamo de 1.000.000 de euros en septiembre de 2015 a la entidad Davalor Salud SL sin respetar los procedimientos de control internos y los criterios analíticos de la Sociedad, pese a conocer que la entidad no reunía las condiciones establecidas para su concesión y que se encontraba en situación de insolvencia.

Además de Ayerdi, hubo otras personas que formaron parte de los distintos gobiernos nacionalistas que estuvieron bajo la sospecha y fueron citados por el juez, aunque nunca declararon. Entre las personas citadas estuvieron las directoras generales del Gobierno de Navarra Maitena Ezkutari, Yolanda Blanco, e Izaskun Goñi.  También debían declarar como investigadas la exdirectora de Sodena cesada por la compra de mascarillas, Pilar Irigoien, y el administrador de Iniciativas Innovadoras, José Javier Baztarrika. Nadie nunca se sentó delante del juez.

Ahora, para el tribunal navarro que ha tomado la decisión, “a pesar de los minuciosos y esforzados argumentos impugnatorios aducidos” por las acusaciones, la primera prórroga decretada por el entonces titular del Juzgado de Instrucción nº 2 de Pamplona el 18 de febrero de 2022 fue extemporánea, puesto que se acordó finalizado el plazo anual, iniciado el 21 de enero de 2021, fecha en la que el Tribunal Supremo acordó la incoación de las diligencias.

De esta forma, la Sección Segunda de la Audiencia ratifica las resoluciones judiciales decretadas el pasado diciembre por la titular del Juzgado de Instrucción nº 2, que declaró la invalidez de las diligencias acordadas después del 21 de enero de 2022.

Tras esta decisión de la Sección Segunda, la decisión final sobre el archivo de esta causa le competerá decretarla en las próximas semanas al tribunal al que le hubiera correspondido el enjuiciamiento, la Sección Primera de la Audiencia.  

En la resolución judicial, contra la que no cabe recurso, la Sección Segunda de la Audiencia destaca que la exclusiva razón que determina la declaración por parte de la juez del fin de la instrucción y, por ende, de la declaración de la conclusión del sumario, radica en la terminación del plazo de investigación sin haberse acordado temporalmente las prórrogas correspondientes.

Según la Audiencia, a pesar de los argumentos expuestos por la fiscalía y las acusaciones populares —UPN y Partido Popular—, la primera prórroga decretada el 18 de febrero de 2022 “era de carácter extemporáneo”, pues se acordó finalizado el plazo de un año, el 21 de enero de 2021.

Ciertamente, añaden los magistrados, las únicas diligencias de investigación acordadas con posterioridad fueron las dispuestas el 28 de abril de 2023, entre ellas las declaraciones en calidad de investigados del querellado y de las otras personas reseñadas.

La única diligencia de averiguación dictada en el plazo oportuno fue el informe encomendado el 19 de mayo de 2021 al Cuerpo Nacional de Policía. “Exclusión hecha de las diligencias acordadas en la providencia (resolución judicial), ninguna otra se practicó en las cuatro sucesivas prórrogas”, señala la Audiencia.

La decisión final sobre el archivo del sumario, según exponen los magistrados, le corresponderá ahora a la Sección Primera de la Audiencia, donde las partes acusadoras y las defensas podrán exponer sus argumentos tanto sobre la continuación de la investigación como sobre el sobreseimiento definitivo.

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